9.1. ¿Cuándo se configura un pago de lo no debido en una declaración tributaria?
Se genera cuando se efectúan pagos con cargo a impuestos no administrados por la DIAN o a impuestos que sean administrados por ésta y se hayan efectuado sin que su cumplimiento sea exigible legalmente.
Orden Administrativa 0004 de 2002
9.2. ¿Cuál es el término para solicitar una devolución de un pago de lo no debido?
Dentro del término de prescripción de la acción ejecutiva, establecido en el Artículo 2536 del Código Civil, es decir diez (10) años contados a partir de la fecha en que se efectuó el pago. El Código civil establece que la acción ejecutiva se prescribe por cinco (5) años. Y la ordinaria por diez (10). La acción ejecutiva se convierte en ordinaria por el lapso de cinco (5) años, y convertida en ordinaria durará solamente otros cinco (5).
Orden Administrativa 0004 de 2002
9.3. ¿Dónde se deberá presentar la solicitud de devolución de un pago de lo no debido?
Se deberá presentar en la Administración que corresponda al lugar en donde se efectuó el pago.
Orden Administrativa 0004 de 2002
9.4. ¿Cuál es el término para la devolución por parte de la Administración de Impuestos?
El término para que se efectúe la devolución es de treinta (30) días siguientes a la fecha de la solicitud. Cuando se presente con garantía dicho término será de diez (10) días.
Orden Administrativa 0004 de 2002
9.5. ¿Cuáles son los requisitos para realizar la devolución de un pago de lo no debido?
Se debe indicar número del autoadhesivo y fecha de presentación de los documentos que acreditan el valor pagado, en el formato establecido para la solicitud de devo lución.
Orden Administrativa 0004 de 2002
Devoluciones o compensaciones de impuestos y otros a favor de contribuyentes