Duración: 6.37 minutos
De acuerdo con la norma vigente, si el vendedor de un bien raÃz es una persona jurÃdica, en ese caso los
notarios no serÃan los que actúen como agentes de retención. En esta conferencia se aclara de que forma entonces se deben practicar las retenciones (tarifa y agente de retención) cuando se lleven cabo ventas de bienes raices entre sociedades
Aclaración a las normas que rigen los procesos de venta de bienes raices, identificando en qué casos los notarios actuarÃan como agentes de retención o en qué casos las entidades o personas compradoras serÃan quienes actúen como agentes de retención
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Muy buena la conferencia, pero tengo la inquietud con respecto a la inversion del exterior de bienes inmuebles en Colombia, Tengo el caso de que al traer el dinero a Colombia, se tomo en cuenta los gastos de escrituracion y algunos otros gastos como tramites por parte del apoderado, al igual que el valor de bienes muebles para equipar el bien inmueble, este registro hay que hacerlo ante el Banco de la Republica, pero el vr. que entro a Colombia es mayor al vr. por el cual esta la escritura del bien inmueble, como se maneja esta diferencia ante el Banco de la Republica? Gracias por su asesoria.
buenos dias, muy buena la conferencia de retencion por venta de bienes raices. pero me queda una duda.
si quien vende es persona juridica y el comprador es persona natural. quien es el agente retenedor. ysi la sociedad al enagenar sus bienes raices debe facturas siendo estos parte de sus activos
muchas gracias
sofia
Estimada Sofia.
Si la persona natural es comerciante y además en el año 2006 los ingresos o el patrimonio bruto superaron los $600′000.000, en el año 2007 es agente de retencion de renta, luego debe efectuar la retención en la fuente; de lo contrario no se efectua retención en este caso.
Respecto a la facturacion de la venta de un activo fijo, si la persona que vende está obligada a facturar debe facturar tambien la venta de dicho activo fijo, pero no debe cobrar el IVA, POR QUE SOBRE LOS ACTIVOS FIJOS, VENDIDOS DIRECTAMENTE NO SE GENERA EL IMPUESTO A LAS VENTAS.
SALUDOS
ELEYCER
felicitaciones por el articulo retencion en la fuente por venta de bienes raices entre sociedades,lo estaba necesitando urgente tenia dicho problema y habia disparidad de criterios ,me lo solucionaron gracias
MUCHO LO BUENA E IMPORTANTE, PERO QUISIERA TENER EN CLARO QUE AL FACTURAR LA VENTA DE UN ACTIVO FIJO, CONLLEVA EL REGISTRO DE UN INGRESO,CUAL SERIA EL ASIENTO SI LO QUE SE CAMBIA ES TAN SOLO DE CLASE DE ACTIVO, DE IGUAL MANERA SERIA INDISPENSABLE DECLARAR LA VENTA COMO UN INGRESO NO GRAVADO EN LA DECLARACION DE IVA DEL BIMESTRE EN EL CUAL SE VENDE. MIL GRACIAS A QUIEN SE DIGNE COLABORAR.
Caja o Bancos XXX
Deprec. Acumulada XXX
AxI-Deprec. Acumulada XXX
Activo fijo XXX
Valorizaci
muy interesante el articulo….sin embargo quisiera que me ayudaran a aclarar lo siguiente, en este momento en la empresa donde trabajo importaron unos moldes y una maquinaria de segunda, pero el representante legal va a vender uno de los moldes a un cliente, se que la fra no debe generar iva por ser maquinaria usada pero por ser activo fijo tambien maneja la tarifa del 1% de retencion??? cual es la vida util que manejan estos activos fijos por ser usados????los puedo depreciar tambien por el metodo de linea recta?????
si hay alguien que me pueda colaborarar le agradeceria de todo corazon…..
Jhojanna; Pienso que en primer lugar debes determinar si se trata de un activo fijo (El bien permanecio por mas de 2 a