Una vez más, al igual de lo sucedido con las declaraciones de renta por los años gravables 2004 y 2005, una gran cantidad de personas naturales que estaban obligadas a presentar su declaración de renta por el año gravable 2006 ante el Gobierno Colombiano no lo hicieron oportunamente (pues los plazos vencieron el pasado 31 de agosto de 2007; ver art.15 del dec.4583 de dic de 2006 ), y han entrado a engrosar la lista de los “omisos” detectados por la DIAN (consulta nuestro anterior editorial: cuales personas naturales deberán declarar 2006?)
En efecto, y según noticia publicada en el diario EL PAIS del la ciudad de Cali el día 12 de octubre de 2007, en un informe que presentó el Director de la DIAN Oscar franco Charry el pasado 11 de octubre sobre los montos de recaudos hechos por la DIAN entre enero y octubre de 2007 se explicó que esta vez fueron 350.000 las personas naturales que fueron detectadas como omisas por no haber presentado oportunamente su declaración de renta por el año gravable 2006 (recuérdese que en relación con el año gravable fueron 400.000 las omisas y en relación con el año gravable 2005 fueron 800.000 )
Por lo visto, a pesar de la gran publicidad que se hace cada año en los medios de comunicación sobre las personas que estarían obligadas a presentar su declaración de renta, son muchas las que insisten en “jugar a los evasores”. O quizás otras conocen a medias, o desconocen totalmente, cuáles son las normas que los obligarían a presentar dicha declaración y asumen que no les correspondía presentarla (recuérdese que según los art.592 a 594-3 del ET , son 6 los requisitos que se deben cumplir en su totalidad para quedar exonerado de declarar renta; véase el art.8 del dec. 4583 de dic de 2006 ; consulta también nuestro productivo educativo “ Declaración de renta 2006 para personas naturales” ).
Y lo triste del asunto es que algunas de las personas que tienen que declarar no tienen necesariamente que pagar algún valor por impuesto y hasta es posible que sus declaraciones les arrojasen saldos a favor. Pero si dejan caer en extemporaneidad su declaración, se va “esfumando” dicho saldo a favor y se convierte entonces en un saldo a pagar (consulta un editorial anterior al respecto)
Además, debe tenerse presente que de acuerdo a las normas de los art.715 y siguientes del ET , la DIAN tiene hasta 5 años , contados desde la fecha en que se vencía el plazo para declarar, como plazo para obligar a un contribuyente a presentar una declaración que aun no haya presentado. Según ello, la DIAN puede hoy día solicitar declaraciones de renta de los años gravables 2002 en adelante a las personas naturales que aun no las hayan presentado.
Pero mientras más se demore la DIAN en iniciar el proceso, o el contribuyente no lo haga en forma voluntaria, serán más graves las sanciones por extemporaneidad (ver art.641 y 642 del ET ), o por no declarar (ver art.643 del ET ) y los intereses de mora respectivos (ver art.634 y 635 del ET ; consulta las herramientas en excell que vienen incluidas en nuestro producto “ Declaración de renta 2006 de Personas naturales ” y con las cuales se pueden efectuar tales cálculos)
Sea cual sea la razón para que las personas no cumplan oportunamente con su obligación de declarar renta, lo que todas ellas deben saber es que la DIAN , desde finales del año 2004 y para aprovechar al máximo su nueva plataforma tecnológica MUISCA, ha exigido cada año mucha más de la famosa “ información exógena tributara en medios electrónicos y/o magnéticos ” (ver art.622 a 633 del ET )
Tal información se solicita a entidades especializadas como los bancos, notarías, cámaras de comercio, Bolsas de Valores y comisionistas de bolsa, al igual que a las empresas grandes, medianas y pequeñas (consulta nuestro producto educativo: “ Información exógena tributaria a la DIAN año gravable 2006” )
Y es claro que con todo ese mayor flujo de información, en el cual se pide hasta las direcciones de correo urbano de las personas o empresas que quedan incluidas en los reportes, la “cacería” de la DIAN va encaminada a capturar a las personas naturales omisas o evasoras, pues al menos en el caso de las personas jurídicas (mal que bien) hay más conciencia de tener que cumplir con sus obligaciones fiscales algo que no sucede con muchas de las personas naturales.
Pero en relación con el año gravable 2006, y tal como lo pusimos en evidencia en un anterior editorial , se puede decir que parte de la culpa por las personas naturales detectadas como omisas la tiene la misma DIAN, ya que tal entidad solicitó los mencionados reportes de información exógena tributara del año gravable 2006 en una fecha tan temprana como marzo de 2007 (puso a madrugar más a los contadores, pues incluso les pidió primero los reportes de información exógena y luego la declaración de renta 2006)
Y se suponía que al acabar de recibir la mayor parte de esos reportes en junio de 2007, entonces tendería oportunidad (aunque no era su obligación) de avisar a las personas naturales, antes de agosto de 2007 , sobre el hecho de que les iva a tocar presentar su declaración de renta y de esa forma entonces no hubieran dejado pasar el mes de agosto y convertirse en lo que ahora se convirtieron: en omisos por no declarar a tiempo
(Nota: recuérdese que en relación con el año gravable 2006 fue toda una novedad que la DIAN haya dado tanto plazo a las personas naturales para presentar su declaración de renta, pues en relación con los años gravables anteriores, los plazos se vencían entre abril y mayo del año siguiente; consulta un editorial anterior al respecto).
Como lo dijimos en ese anterior editorial, hubo quizás una mala planificación de la DIAN en cuanto a sus calendarios para recepcionar la información exógena del año 2006 y al mismo tiempo evitar que las personas naturales quedaran como omisas en su declaracion de renta 2006, pues los últimos reportes de información exógena 2006 (los reportes de quienes únicamente presentarían el “ formato 1002 ” con el detalle de las retenciones practicadas a terceros durante el 2006) se estuvieron recibiendo en el mismo mes de agosto de 2007 (mes en el que se vencían los plazos para las declaraciones de renta 2006; ver art.18 resolución 12807 de oct de 2006 y art.15 dec.4583 dic de 2006 ).
Por tanto, sin haber acabado de procesar toda l a información del año gravable 2006 no podían dar entonces aviso a tiempo sobre cuales personas naturales quedaban detectadas como obligadas a presentar declaracion de renta 2006.
Y no faltará quien diga que a la DIAN le conviene es que las personas mejor caigan como “omisas”, pues así le pueden cobrar sanciones e intereses de mora. Pero al final la DIAN es la que se complica tratando de atender, a un mismo tiempo, a tantos omisos juntos (los del 2004, 2005 y 2006)
Toda esta experiencia algo fallida en la gestión de la DIAN para evitar que tantas personas naturales cayeran como omisas por no declarar a tiempo el año 2006 le debe servir a tal entidad de experiencia a la hora de planificar mejor cómo solicitará la información exógena del año gravable 2007, información que tal entidad tiene que dar a conocer mediante resoluciones que se han de expedir antes de que finalice el presente mes de octubre de 2007
Ojalá no suceda otra véz que ponga a “madrugar más a los contadores” pidiéndoles en fechas muy tempranas la entrega de esa información pero al final no haya sido de mucha utilidad dicha “madrugada”.
Al mismo tiempo, la experiencia de todos estos sucesos deja claro que las personas naturales deben estar adquiriendo mayor conciencia frente a una de las más importantes obligaciones que tienen los ciudadanos de la mayor cantidad de países del mundo: cumplir oportuna y voluntariamente con presentar su declaración de renta, pues definitivamente es más oneroso si s esperan a que los detecten como “omisos”
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no es posible que muchas personas teniendo el deber formar de presentar su declaracion no lo hayan hecho, esto quiere decir que todavia ahi mucha des informacion por parte de estas personas que no conocen los 6 requsitos del dc 4586 de dic/06, un trabajo que esta bajo responsabilidad de la direccion de impuesto y aduanas nacionales.
LA CULTURA DE LOS COLOMBIANOS,GENERALMENTE ES NO LEER, NO INFORMARNOS Y DEJAR LAS COSAS PARA ULTIMA HORA. SUENA FEO PERO ES LA TRISTE REALIDAD.
GRACIAS
La verdad no estoy de acuerdo con este articulo, ya que cada persona sabe que ingresos y patrimonio se tiene, ademas nadie mas que ellos saben cuales han sido sus moviemientos bancarios o financieros, ademas de esto se que se adelanto una campaña publicitaria donde se daba a conocer quienes estaban obligados a declarar; tal vez el haber puesto a MADRUGAR a los contadores es el problema, pero me parese bien que se hagan las cosas a tiempo y no se dejen para ultima hora, como lo hacen la mayoria. EL PROBLEMA FUE PONERLOS A TRABAJAR COMO LO DEBEN HACER. la informacion exogena no es problema para que las personas naturales no tengan el conocimiento de si deben declara o no, que se pueden basar en esta informacion?, si, talvez pero no es la unica forma de establecer si esta obligado o no.
GRACIAS BUEN DIA
NO HAY NECESIDAD DE UN COMENTARIO TAN DESPECTIVO HACIA LOS CONTADORES, CADA DIA VEMOS COMO EL TRABAJO AUMENTA Y SON LOS GERENTES O SOCIOS QUIENES HACEN QUE EL TRABAJO SEA CADA VEZ MAS DISPENDIOSO POR SU IMPERIANTE ANSIA DE OCULTAR INFORMACION. SERA QUE USTED SI HACE SU TRABAJO COMO DEBE?. POR FAVOR MAS RESPETO…..
NO SE EN QUE PUDO HABERTE OFENDIDO COMO PROFESIONAL DE LA CONTADURIA PUBLICA EL ARTICULO EL CUAL SOLO TRATA DE UNA REALIDAD QUE SE ESTA DANDO EN NUESTRO PAIS, DONDE LOS CONTADORES DEBERIAMOS APORTAR POSIBLES SOLUCIONES Y NO SENTIRSE OFENDIDO.
QUIEN SE CREE UD PARA JUZGAR LA LABOR DEL CONTADOR?…..
el problema adriana es que cada vez más se incrementa el trabajo de los contadores y en esto la Dian es especialista. Pregunto, eres funcionaria de la DIAN?
Buenos Dias para todos, yo quisiera saber si Adriana es Contador Publico, por que me parece un atrevido el comentario COMO DEBEN HACERLO???? si lo es pesimo apunto se evidencia la falta de respeto y poco apoyo de gremio y de colegas. Y si no lo es, pues obviamente uno se espera ese tipo de comentarios de parte de los demás profesionales porque es la imagen que se tiene de nosotros
Cordial Saludo
Salome
Adriana, Te pregunto si sabes que es informacion Exogena por tu comentario tu no eres contadora.
Con respecto a las colegas que no están de acuerdo con el contenido de este editorial, me parece que por dicho desacuerdo no se pueden poner a juzgar a una persona o entidad (en este caso actualícese.com) que están tratando de mantener informado a todos los gremios y en especial al nuestro que debe estar a la vanguardia en todos los asuntos que atañen el manejo financiero y contable de las empresas para las cuales prestamos nuestros servicios.
Solcito además que tengan al menos el mínimo respeto para referirse en este medio pues se nota que con sus comentarios quisieran desafiar a quien solo está tratando de dar un criterio basado en los hechos que se registran a diario tanto a nivel de la Dian como de las personas que deben entregar información a ésta.
Otra de las cosas que me preocupa es que leyendo algunos comentarios, estos carecen de de una revisión ortográfica considerable, lo que está denotando la falta de compromiso personal por estar atentos en la parte gramatical de nuestro idioma.
Finalmente refiriéndome a la página de actualicese.com felicito a sus directores y columnistas por tratar diariamente de manejar la información más actual que se tenga sobre todos los temas que tienen que ver con nuestra versátil profesión de Contadores Públicos.
Gracias a todos.
GRACIAS… LOS AMO..
Apreciados colegas, solo nosotros sabemos la seriedad, esfuerzo y responsabilidad que le imprimimos a nuestra labor. No nos enfrasquemos en comentarios que no deben resbalarnos. Sigamos en nuestra gran labor que por cierto es muy grata y compensadora cuando a tiempo siempre entregamos los informes que nos piden. Cordial saludo.
ESTOY DE ACUERDO CON SU COMENTARIO CARLOS JULIO Y CON EL ESFUERZO Y RESPONSABILIDAD DE LOS CONTADORES Y DE ACTUALICESE.COM. LO QUE PASA ES QUE ADRIANA APARENTEMENTE NO ES CONTADORA PUES SE REFIERE A LOS CONTADORES COMO REFIRIENDOSE A UN TERCERO Y NO EN PRIMERA PERSONA. ADELANTE COLEGAS YO SE QUE USTEDES SON RESPONSABLES CON SUS COMPROMISOS.
Lo importante del asunto o sorpresa hubiera sido que los funcionarios de Dian, obtuvieran resultados de los anterior, como es una entidad que exige y exige, pero los gremios como nosotros no asumimos una posicion critica y exigente, ella no regala, no perdona nada, todo se paga, pero exige como el que mas, esta situacion en mi concepto es una cortina de humo, de lo `poco preparado que esta la institucion, el aumento de los ingresos de la Dian, ha nacido de una conciencia de los contribuyente en la cultura de pago de impuestos y no de una accion profesional de la Dian, sino tomemos como nuestra profesion ha ido escalando importancia como elementos programadores de los negocios, considero que este efecto no se nos esta reconociendo y es el momento de reclamar nuestra contribucion, desarrollando posiciones de exigencia hacia los entes de control no es solamente pedir, es que nosotros exigamos en igual forma eficiencia y eficacia a esta institucion, porque no debemos olvidar que cada proceso al contribuyente le cuesta dinero en su organizacion,eso quiere decir que por los conductos legales exigamos tambien y esperemos que esten a nuestra altura en sus respuestas.
llego el momento que el impuesto sea eficiente al menos el proceso controlado por esta institucion Dian.
Pero al final del tunel veo que esto es positivo porque nos obloga a ser mas y mejor preparados para enfentar el futuro.
La conciencia que debemos promover, es la eficiencia,y lo mas importante la integridad en nuestras relacion con los funcionarios de esta institucion.
Buen articulo, porque por me coloca en pensar y me ofrece un canal de expresion y libre pensamiento.
exitos colegas.
Jose Almeyro
Estoy de acuerdo con el señor Antonio José Osorio, solicito por favor más respeto en sus comentarios y más aún cuando se refieran a actualicese.com ya que gracias a esta página muchos de nosotros los contadores hemos enriquecido nuestros conocimientos y fortalecido nuestro profesionalismo, además, considero que en ningún momento el contenido de este editorial ha tratado de ofender a los contadores. LEAN BIEN Y ESCRIBAN BIEN.
Muchas gracias.
Pienso que es un comentario, de esos de enaltecer o desprestigiar a alguien, a la que nos tiene muy acostumbrado esta administración.
Que la Dian en sus cómputos lo considere omisos, no quiere decir, que el lo sea.
El Año pasado conteste 16 de las notificaciones e invitaciones a declarar y NINGUNO de ellos estaba obligado a declarar y tampoco se pago la multa de que trata el 639 del E. T. Un dato de un computador no se puede tomar sin análisis, sirve para el espectacularisimo de las noticias.
Ej: el dato del desempleo, que éxito , pero si lo une al de subempleados, que desinflada, ahora sin considerar el cambio que se le hizo al concepto de subempleado, en donde una persona que devengue mas de 4 horas de salario mínimo a la semana, ya es subempleado. Un ingreso de > o = $7500. semanal.
NO ES UNA OBSERVACION SINO UNA INQYUIETU REFERENTE AL PAGO DE LA EPS QUE DESDE EL MES DE MARZO DE ESTE AñO NO HE PODIDO CANCELAR LA SALUD A LA FECHA Y LA EPS ME COBRA EL PAGO DE ESTOS MESES SI HABERME PRESTADO NINGUN SERVICIO POR EL SIMPLE HECHO DE NO HABER HECHO EL RETIRO POR FAVOR NECESITO QUE DIGAN LEGALMENTE QUE HAY QUE HACER MI IMEI ES DORA1505@HOTMAIL.COM
Dora05….es deber del afiliado si es trabajador independendiente ( como creo que es tu caso) el pagar los aportes obligatorios a salud ( EPS)mensualmente independientemente que el afiliado utilice los servicios o no…ahora te pongo el ejemplo alreves..que pasaria si te hubieras enfermado y requirieras el servicio de la eps… por supuesto que el servicio tiene una contraprestacion y es que tienes que pagar quieras o no por que el algo serio… la eps esta en todo el derecho legal de cobrar los aportes no cancelados oportunamente pues era tu obligacion-……gracias
LA DIAN DEBERIA OFRECER UN SERVICIO A LOS CONTRIBUYENTES PARA HACERLES SUS DECLARACIONES DEBIDO A QUE LA EVASION SE PRESENTA POR QUE LAS PERSONAS NO SABEN NI LIQUIDAR NI LAS OBLIGACIONES A LAS QUE ESTAN SUJETOS………CLARO ESTA TENDRIA UN COSTO Y ASI MISMO FOMENTAR TRABAJO PARA LOS CONTADORES O ESTUDIANTES EN PRACTICA ASI MISMO SERIAN UN EQUIPO ENTRE FISCALIZACION Y CONTADORES.
JUAN GABRIEL LOPEZ
CONTADOR PUBLICO
311 2534371
Me gustaría que nos diera alguna información contable y tributaria sobre el área de las construcciones de edificios y obras civiles , pues actualmente trabajo para compañías de ingenieros y personas naturales dedicadas a tales oficios o que me digan donde encuentro la información especializada que necesito .Gracias por su valiosa ayuda.Felicitaciones por su página. Att Eduardo
Buenas Tardes Colegas….
Los comentarios y opiniones deberían ser para profundizar el tema planteado por esta excelente pagina, si alguna persona realiza comentarios poco profesionales deberíamos obviarlos y continuar con los comentarios a los cuales estamos acostumbrados…. serios, inteligentes, controvertidos e intelectuales…
GRACIAS……
H.A.R.G
Medellín.
Cordial Saludo:
Leyendo este articulo y los comentarios enviados por colegas y no colegas, deja ver una vez mas la ineficiencia del Estado, en cuanto al manejo de la informacion, por esto me permito hacer las siguientes apreciaciones:
1)La DIAN ha detectado omisos…es cierto…. pero ese resultado no es por causa de la gestion de esta Institucion, si no de la alta carga de trabajo que implica la elaboracion y presentacion de la informacion exogena que los mismos contribuyentes deben elaborar, proceso bastante engorroso que sumado a las demas obligaciones formales con el Estado, absorve el 80% del tiempo, en la elaboracion de informacion para la Dian y otras Entidades del Estado, tiempo que podria utilizarse en el crecimiento de las Empresas (mejorar la productividad) y hacer del Contador Publico un asesor Empresarial y no un ejecutor de las necesidades de informacion de la Dian, dada su ineficiencia e incapacidad para hacer una buena gestion.
2)Yo siempre me he preguntado, por que los contribuyentes deben suministrar una informacion para la Dian, otra informacion para la Secretaria de Hacienda Distrital, otra informacion para las Superintendencias, otra informacion para el D.A.N.E., y en fin informacion para cada Entidad del Estado que asi lo disponga….
Buenas noches Colegas y amigos:
Quiero aprovechar la generosidad de actualicese.com para invitarlos a pensar en lo siguiente: por estos dias la DIAN esta llamando telefonicamente a algunas personas con el fin de invitarlos (o citarlos) a las oficinas de dicha entidad con el propósito de “corregir” errores en algunas declaraciones. Con la preocupación del caso y el tremendo susto, la persona acude y en la mayoría de los casos el famoso error o inconsistencia se generó porque en los formularios prediligenciados que envía la misma DIAN el nombre del contribuyente NO LO PLASMARON EN LOS CAJONCITOS QUE LOS FORMULARIOS TIENEN. Por favor, no obstante el hacerlo acudir a “arreglar” esas inconsistencias, lo hacen esperar hasta cuatro o mas horas debido a que “el sistema está lento” o “no recibe la clave”. Conclusión: ERROR INDUCIDO POR LA MISMA ENTIDAD. No les parece?.
Muy buenas tardes
solicito el favor de aclarar una inquietud que tengo.
Según el Art. 284 de la Ley 100/93 debido a que a los docentes la ley estable que debe pagarse por los 12 meses; cuando estos trabajadores según su contrato de trabajo es por la labor desempeñada o sea que laboren según contrato 310 o 315 días, se les debe cancelar la totalidad del año la seguridad social?
lo mismo sus cesantias?
Por ejemplo un docente inicia labores el 25 de Enero y Termina el 5 de Diciembre