(fecha de elaboración : Agosto 24 de 2007)
Cuando un responsable del IVA en el régimen común pretende solicitar en devolución el saldo a favor que se le haya originado en su declaración del IVA, en ese caso se deberá cumplir con lo indicado en el art.6 del decreto 1000 de 1997 , artículo que en su literal a) establece lo siguiente:
“a) Certificación del revisor fiscal o del contador público, según el caso, en la cual conste que se ha efectuado el ajuste de la cuenta “impuesto sobre las ventas por pagar” a cero (0). Para tal efecto, en la contabilidad se deberá hacer previamente un abono en la mencionada cuenta, por un valor igual al saldo débito que la misma arroje en el último día del bimestre o período objeto de la solicitud, y cargar por igual valor el rubro de cuentas por cobrar. Lo anterior, sin perjuicio del ajuste previo establecido en el parágrafo 2º del presente artículo, cuando a ello haya lugar”
Por lo anterior, a continuación se suministra un modelo-plantilla sobre la forma en que un Revisor Fiscal podría emitir el certificado al que se refiere la norma antes citada (Nota: Recuerda que si necesitas conseguir el formato diseñado por la DIAN para la solicitud de devolución y/o compensaciones de saldos a favor que se originan en declaraciones de Renta o de IVA, lo puedes conseguir haciendo clic aquí .
Y si quieres profundizar sobre el tema de las solicitudes de devolución de saldos a favor ante la DIAN , consulta el material especial que tenemos en nuestro portal haciendo clik aquí
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7 Conferencias publicadas (las grabaciones ya están al aire)
Muy valioso su aporte, y útil en nuestras labores de Asesoría. Que posibilidad tienen de publicar modelos de informes de Auditoría.
Agradeciendo su colaboración.
Cordialmente,
César Enrique Lozano Ramírez
http://www.cesarlozanoram.blogspot.com
La cuenta 135530 se denomina en el PUC “IMPUESTOS DESCONTABLES”, no sería más acorde la cuenta 135520 SOBRANTES EN LIQUIDACION PRIVADA DE IMPUESTOS?
Ok, esa es la cuenta correcta.
me gusta mucho toda esta clase de ilustraciones ya que son de mucha ayuda,
felicitacines por tan buenos consejos.
las herramientas dadas por ustedes son de gran utilidad para nuestra labor… los felicito por el material colgado a la red, que son de vital ayuda para nosotros los contadores de colombia
ME GUSTARIA QUE PROFUNDIZARAN MAS EN LE TEMA DE LOS AJUSTES POR INFLACION
GRACIAS POR ESA LABOR TAN LOABLE REALIZADA POR SU EMPRESA EN BENEFICIO DE TODOS
LOS DE NUESTRA PROFESION, DE ALGUNA MANERA LE DEBEMOS CONTRIBUIR A QUE SIGAN CON ESA GRAN LABOR QUE NOS FORMA Y DESDE LUEGO NOS AYUDA A SER MEJORES EN NUESTRA PROFESIOMALES.
Magnifico los aportes al crecimiento del conocimiento de los profesionales de la Contaduria,esto facilita nuestro trabajo reduciendo el margen de error en nuestro desempeño.
En la DIAN de Barranquilla, además de la información que ustedes colocan en el formato, solicitan que en dicha certificación vaya incluído el Número del Folio del Libro Diario Legal, en el cual quedó registrado el comprobante de ajuste a cero de la cuenta de Iva por Pagar
hola los felicito.
por esta gran labor de instruir y colaborar con la informacion que no facilitan.
tengo un pregunta me pueden informar que sociedades estan obligada a tener revisor fiscal, aparte de las que mensiona el codigo de comercio.
Gracias por toda esta colaboracion, Ahora necesito que alguien me colabore, El servicio de levante y engorde de animales, se puede registrar en bolsa agropecuaria?. Tengo el decreto 574 de 2002, pero la interpretaciòn que algunos dan es que no se puede registrar este servicio.
Gracias
no me canso de decirlo aunque a muchos le pueda molestar.. pero..
LOS AMO!!!!!!
SON LO MAS NICE Y DINDO DEL MUNDO.. LOS QUELO MUTO….
MUY BUEN APORTE Y OPORTUNO COMO SIMPRE, PREGUNTA EN EL CASO DE QUE LA DECLARACION INICIAL TENGA UN MENOR VALOR PERO QUE AUN NO HAN APROBADO PROYECTO DE CORRECCION DE LA DECLARACION PARA LA AMPLIACION DE ESTO COMO SE REALIZARIA ESTA CERTIFICACION YA QUE ES CLARO QUE SE DEBE SOLICITAR LO QUE ESTA CONTABILIZADO Y DE ACUERDO A LA DECLARACION PRESENTADA?
Muy buenos días.
Tengo una inquietud respecto al IVA, y estoy atenta a quien me pueda colaborar.
Una panadería elabora pan básico que está excluido de IVA, otros productos gravados al 10%; y compran algunos insumos al 16%.
El IVA que me puedo descontar es del 10% que es igual al que genero, mi pregunta es:
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Comentario para Katerine Blandón Gallego
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…”PRORRATEO DEL IVA”…
La tarifa aplicable para todos sus efectos está íntimamente ligada a la generada por la actividad económica que se desarrolla.
Los siguientes documentos le serán de suma utilidad para resolver su inquietud:
1) Ejemplo de prorrateo
http://buscar.actualicese.com/search?q=PRORRATEO+IVA&site=default_collection&client=default_frontend&proxystylesheet=default_frontend&output=xml_no_dtd
2) Impuesto a las ventas Secretaría de Hacienda Distrital (Documento:JECastañedaD página 150 y ss.)
http://www.shd.gov.co/pls/portal/docs/PAGE/PORTAL_INTERNET/SERVICIOS_ENTIDADES/CONTABILIDAD_PRE/CAPACITACION2/TAB704482/CONFERENCIA%20IVA.PDF
Cordialmente,
Bogotá D. C., Colombia, S. A.
hola!!
me disculpan por lo aprendiz que parecere, pero es que no tengo ni idea de los pasos que se tienen que llevar a cabo en una revisoria fiscal, agradeceria que alguien me colabore. no he podido ir a clases estos dias por que estoy incapacitada y debo presentar un modelo gracias.
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Comentario para GLORIA BLANDON
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…”EJERCICIO DE LA REVISORIA FISCAL”…
Para Gloria que se encuentra malita…va esta ayudita…de parte de la virgencita.
Este es el anzuelo, “actualícese.com” pone el pez y también el lago:
http://www.actualicese.com/editorial/2003/0349.htm
Hola queridos colegas: Soy contadora pùblica y actualmente estoy terminando una especializacion en revisoria fiscal y control de gestiòn, y en estos dìas estoy preparando mi tesis de grado y el tema escogido es sobre el INFORME COSO, por lo que serìa de gran ayuda si alguno de ustedes tiene informaciòn sobre el tema, o un trabajo que me sirva de guìa… lo agradecerìa muchisimo…. SUERTE…