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En contraste con la información solicitada por el año gravable 2005, esta vez la DIAN, en su exigencia de información por el año gravable 2006 ha indicado que aún las sociedades que hayan funcionado solo por una fracción dentro del año 2006 (porque se liquidaron), estarían obligadas a suministrar la información sobre las retenciones que alcanzaron a practicar durante el 2006 (los plazos para hacerlo transcurrián entre junio 5 y agosto 24 de 2007).
En esta conferencia se estudia esta importante disposición
Repaso a las disposciones contenidas en la resolución 12807 de octubre de 2006 y que exigen, a todos los que hayan sido agentes de retención durante el 2006, presentar el detalle sobre la totalidad de dichas retenciones en el formato 1002
Análisis a la norma contenida en el parágrafo del artículo 2 de la resolución 12807 y que exige que establece que aun las sociedadedes que se hayan liquidado durante el 2006, si no cancelaron el RUT antes de octubre 26 de 2006,deben suministrar el detalle de las retenciones alcanzadas a practicar durante el 2006.
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La recientemente expedida ley 1231 de julio 2008 introduce importantes modificaciones al código de Comercio para redefinir la forma en como se seguirán manejando los títulos valores que hasta ahora se conocen como “Facturas Cambiarias de Compraventa” y que a partir del 18 de octubre de 2008 se llamarán simplemente “Factura”.
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
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Diferencia entre Régimen Pensional del ISS y los Fondos Privados
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Los Pro y los Contra de la Cobranza Sistematizada
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Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
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5 Oportunidades Económicas para el Contador Público en la Industria del Conocimiento
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Foro: Propuesta de Tabla de Honorarios Profesionales para Contadores Públicos
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Duración: 30 minutos
Es interesante saber estos detalles, pero creo que es una apreciación de coyuntura, a medida que pase el tiempo lo que queda claro es que así se liquide la sociedad se debe presentar la información.
Con respecto a la información exogena , la debe presentar un edificio de propiedad horizontal de 21 apartamento debe presentar tambien esta infoemación.
muchas gracias,
sandra coronel
Hola Sandra Coronel,Los edificios o conjunto proiedad horizontal, si estan obligados a presentar el formato 1002, sobre las retenciones que practicaron durante el año 2006.
Una Institucion Educativa que en el año 2006, no haya practicado ninguna retencion, debe presentarse a la DIAN con el formato en blanco
Bueno no tanto como comentario si no como pregunta