Duración: 35 minutos 14 segundos (esta conferencia es un poco más larga que las regulares…)
A partir del mes de abril de 2007 los trabajadores independientes están obligados a entenderse con el funcionamiento de la denominadsa “PILA” (Planilla Integrada para la Liquidación de Aportes a la seguiridad social).
Por ello, en esta conferencia se ilustran los pasos que los profesionales independientes cotizantes deben seguir para poder diligenciar y pagar sus aportes mediante dicho mecanismo. Se desarrolla incluso un ejercicio práctico.
Comentarios a los pasos que debe seguir un trabajador independiente para lograr efectuar la liquidación y pago de la Planilla Integral para la liquidación de aportes (PILA) mediante la opción del pago electrónico (por internet)
Visualización de un caso practico en el que se usa el portal de internet de uno de los “Operadores de información” hoy día autorizados por el Ministerio de la Protección social para el diligencimiento y pago electrónico de la PILA para el caso de un trabajador independiente
Buenas tardes, excelente presentacion. Mi pregunta es si los trabajadores independientes deben cotizar el 9% correspondiente a las cajas por sena , icbf, y su correspondiente 4%, y la segunda pregunta es que en que momentos no se deben cancelar los aportes pensionales si ya tengo 55 años y no alcanzaria a pagar las semanas obligatorias para pensionarme. Muchas gracias
cual es la respuesta para un trabajador de 65 años que solo esta pagando aporte a salud.
gracias por su ayuda
La conferencia es muy completa y bastante didáctica, a nosotros los contadores nos ahorra tiempo, al igual que a la empresa.Tengo una inquietud si hago el pago de los empleados por PILA el del jefe como independiente lo puedo hacer en la misma? Gracias
POR FAVOR ME EXPLICA COMO VER LA CONFERENCIA PUES ENCUENTRO UN TEXTO EN INGLES
EN ESTE MOMENTO YO ESTOY COTIZANDO A SALUD (INDEPENDIENTE) POR UNA PERSONA QUE EN ESTE MOMENTO TIENE 77 AñOS, DEBO COTIZAR IGUALMENTE POR PENSION Y CAJA DE COMPENSACION? GRACIAS
Muy buena la conferencia, sobre todo en estos momentos de tanta congestion y desorden en estos sistemas.
Aun asi,quedo con la misma inquietud de la compañera Griselda Patiño, acerca de si el pago de los empleados por PILA y el del jefe como independiente se puede hacer en la misma planilla, ya que me he comunicado directamente con los asesores del operador de sistema elegido, y cada vez me dan una razon diferente.
Me gustaria que alguien nos pudiera aclarar esa duda.
Muchas gracias y felicitaciones a “actualicese” por su excelente servicio en informacion y por su constante búsqueda de superacion.
BUEN DIA COLEGA, PODRIA EXPLICARME COMO HIZO PARA VER LA CONFERENCIA, NO SE COMO HACERLO. GRACIAS
Buenos dias, mi pregunta es si en este momento una persona solo esta afiliada a riesgos y a salud unicamente y no se hace el pago en el mes de mayo queda desafiliada automaticamente.
Agradezco mucho a ACTUALICESE por brindar una orientación a todos aquellos trabajadores independientes que en la mayoria de casos son personas que desconocen el manejo de paginas en Internet.
Extraordinaria presentación resaltando el aporte ilustrativo que es vital para tener presente o como modelo al momento de efectuar la elaboracion de la PILA.
Edward: me parece una ayuda bastante buena, porque de hecho yo estaba ancioso de encontrar una explicacion bastante profunda acerca de la PILA, ya que me estaban exiguiendo el manejo de esta.exelente la conferencia !felicitaciones
PARA QUIENES NO PUEDEN VER LA CONFERENCIA, DEBEN UTILIZAR EL NAVEGADOR FIREFOX
MUY BUENA LA CONFERENCIA PERO TENGO UNA INQUIETUD, TUVE QUE INSCRIBIRME COMO EMPLEADOR Y VENGO APORTANDO A ARP Y EPS SIN PENSION A MI ESPOSO, TRABAJO PARA UN CONTRATISTA DE CODENSA Y ELLOS ME EXIGIERON ARP Y EPS SOLAMENTE. LO LO AFILIE A MI EPS COMO BENEFICIARIO PORQUE TENGO A MIS PADRES AFILIADOS. QUE DEBO HACER??? SE QUE DEBO AFILIARLO A PENSION, PERO APARAFISCALES SI???.
GRACIAS POR SU RESPUESTA
Al Dr. Diego Hernán millon de gracias. A todo el grupo de actualicese eterna gratitud. En especial porque en nuestra Isla, no es facil contar con el apoyo como lo hacen ustedes. Pregunto: en caso de la planilla asistida si deciden extender el plazo, quier decir que se continuan con las planillas utilizadas hasta ahora?
saludos
Beatriz Stella
Me sumo a los que han elevado la consulta:
Como respuesta a nuestra compañera Griselda, a quienes también tuvieran la misma duda, y a la misma inquietud que yo tenia, despues de mucho preguntar en el operador del servicio, en el caso de independientes con empleados a su cargo, si en las afiliaciones a los diferentes fondos aparece como empleador identificado con cedula, los aportes se pueden pagar en la misma planilla. Si aparece como empleador identificado con nit, los aportes se deben pagar en planillas diferentes. Espero mi comentario sea util para algunos de ustedes.
A actualicese, como siempre, no nos queda mas que agradecer sus intervenciones siempre tan precisas y oportunas.
En cuanto al pagoa la seguridad social para personas independientes pregunto . EL MINISTERIO YA SE ABRA PREGUNTADO, COMO LE HA COMPLICADO ESTE TRAMITE A LAS PERSONAS DE PROVINCIA, , 1) QUE NO TIENEN NI CONCEN TODAVIA UN COMPUTADOR, NO TIENEN CUENTA BANCARIA Y ESCASAMENTE REUNEN PARA PAGAR SU APORTES A SALUD. Y LO OBLIGAN A PAGAR PENSION SIN ARGUMENTO ALGUNO, EN EL SENTIDO DE SI REALMENTE TIENE LOS RECURSOS Y AMERITA ESTE PAGO DE PENSION YA QUE POR TIEMPO Y POR EDAD NO LO ACOGE NINGUNA DE LAS LEYES DE PENSION.
O SIMPLEMENTE LA PERSOAN POR SUS CIRCUNSTANCIAS NO SE BENEFICIA MUCHO AL OPBLIGARLO A PAGAR ESTE APORTE.
Personalmente yo creo que al ministetrio de seguridad Social se le fueron las luces, teniendo en cuanta que hoy en día el desempleo a aumentado y nosotros los independientes, escasamente reunimos para subsistir.
POR LO ANTERIO QUISIERA SABER SI YA HAY ALGUN PRONUNCIAMIENTO AL RESPECTO, Y MI PETICION ES QUE LOS PAGOS PARA NOSOTROS, SEAN DE LA MANERA Y FORMA MáS SENCILLA SIN COMPLICAR Y AUMENTAR LOS COSTOS PARA PAGAR UN APORTE Y TENER DERECHO A LA SALUD. POR DIOS EN QUE PAIS VIVIMOS.-PIENCEN EN EL CAMPESINO, EN LAS PERSONAS DE ESCASOS RECURSOS Y QUE NO TIENE LOS MEDIOS Y RECURSOS SUFICIENTES.
Solo existe la exencion de APORTANTES INDEPENDIENTES en pagos para pension de las mujeres mayores de 50 y hombres mayores de 55 que nunca hayan hecho aportes a pension? o existe alguna otra exenciòn, la pregunta la realizo ya que algunas EPS recibiran unicamente el pago de EPS directamente en sus cajas para no tener que pagar pension los independientes.
A un trabajador independiente que estè como beneficiario en salud de su esposa, lo obligan a convertirse en cotizante en salud, ya que la PILA, no admite pagos parciales de de la misma?
gracias por su respuesta
Buenos días, la conferencia es de gran importancia y quisiera saber si me pueden colaborar con la resolucion 1190 del 24 de abril de 2007.
Muchas gracias
para nosotros profesionales de la contaduría es de bastante ayuda todos estos temas porque nadie se las sabe todas por ello GRACIAS actualicese y el equipo que lo conforma . igualmente si algún colega o profesional que maneje el regimen de seguridad pensional quiero saber se en mi caso que me aproximo a los 40 y he aportado a pensiones interrumpidamente por la situacion laboral en el momento llevo dos años que no cotizo y quiero un consejo si vale la pena seguir cotizando como independiente ya que no se si con el regimen actual puedo pensionarme?
excelente exposición, gracias y felicidades; me inqueta la OBLIGACION para las personas que nunca han aportado como tampoco tienen acceso a tecnología por estar residenciados en el campo.
la forma de explicar la conferencia es excelente, FELICITACIONES.
Pero el Gobierno NO ESTA PESANDO En los Independientes que son POBRES, que si pagan la EPS, no tendrian para pagar PENSION.
ESTAS PERSONAS INPENDIENTES ESTARIAN PENSANDO EN RETIRARSE DE LA EPS POR LO DUDAN PORQUE: POR HIJOS MENORES QUE NECESITAN DEL SERVICIO, POR PERSONAS CON ENFERMEDADES TERMINALES, MUJERES EMBARAZADAS, PERSONAS PENDIENTES DE CIRUJIAS Y OTRAS MUCHAS SITUACIONES, PERO ESTARIAN OBLIGANDO A MUCHAS PERSONAS NECESITAS DEL FACTOR DINERO A COMETER UN DELITO (ROBAR) PARA PODER CUMPLIR CON OTRO PAGO PARA PODER SEGUIR TENIENDO EL SERVICIO QUE TANTO NECESITAMOS.
EN CONCLUSION EL GOBIERNO ESTA INDUCIENDO AL POBRE A CUMPLIR UN REQUISITO Y PODER CUMPLIRLO POR OTRO MEDIO NO DESEA.
LO QUE ESTAMOS ANALIZANDO QUE LOS UNICOS BENEFICIADOS SON LOS FONDOS DE PENSIONES,….
Y QUIENES SON LOS DUENOS DE LOS FONDOS LOS RICOS, LOS MISMO DEL GOBIERNO, LOS QUE IMPLANTAN LAS LEYES……….
POR FAVOR NO TODOS SOMOS RICOS…….
Exelente conferencias felicitaciones y gracias a actualicece.com y todos sus integrantes por todas las ayudas suministradas.
Exelente conferencia. Felictaciones y gracias a Actualicece.com por mantenernos actualizados.
Felicitaciones por la conferencia sobre el pago de aportes integrales. Estuvo muy bien diseñada.
Buenos dias a todos
Igual que algun colega pregunta acerca de la Pension
en este momento estoy pasando documentos para salicitar la pension la pregunta es debo pagar tambien el aporte de pension y ademas no en ninguna parte donde se dijera que habia que pagar el 9% para las cajas de compensacion se debe hacer tambien?
Gracias por la respuesta oportuna
Aura Maria F.
Buenas tardes
Quisiera saber si yo que en este momento estoy pasando documentos para solicitar pension debo tambien cotizar pension, ademas tambien se debe pagar el 9% para las cajas de compensacion? ahora una mas una persona que no trabaja pero se inscribio para tener una eps y solamente y a duras penas consigue para pagar la eps tambien debe pagar la pension y el 9% de las cajas de compensacion. por favor alguien que me ayude.
Gracias
buenas dias, primero quiero felicitarlos por esta herramienta tan ùtil que nos envian para mantenernos a todos los profesionales actualizados.
mi pregunta es soy una empresa que tengo tres empleados, necesariamente debo realizar el pago atravez la planilla unica o lo puedo hacer de forma convencional. gracias y muchas felicitaciones
Los felicito es bastante clara la conferencia, pero me queda una duda y es que en este momento estoy aportando a la EPS por mi señora madre como independiente. Realmente ella no recibe ningùn ingreso tiene 79 años de edad es obligatorio aportar para pensiòn?.
Si una persona que se quedó sin trabajo, quiere cotizar por salud como independiente con ingreso mínimo (smlv), debe hacerlo tambien para caja de compensación, pension y riesgos profesionales.
como hago para cancelar aportes del patron pues aparece como persona independiente.
Tambien para el caso de la persona independiente pero q no es patrón.
Gracias
felicitacones por la conferencia, mi inquietud es, el las personad independiente que unicamente cotizan eps, y no pueden cotizar pension, por no tener los ingresos suficiented para esto, por la razon de que no alcanzan a ganar un minimo para hacerlo, su traabajo no lo genera, por que no es estable, es por dias o horas. la pregunta es
BUENAS TARDES: LA CONFERENCIA FUE EXCELENTE ME ACLARO MUCHAS DUDAS DE ESTE PROCEDIMIENTO.GRACIAS
nancy barreto. buenas tardes, soy empleado independiente, pero solo cotizo salud, tengo obligatoriamente pagar pension,
tambien temenos afiliada a mi suegra y tiene 58 años, no se si por ella tambien tenga que pagar pension obligatoriamente. se que a partir del 1 de junio ese sistema lo tenemos que aplicar
espero una pronta respuesta muchas gracias
no se como ver el video no he podido
GRACIAS POR LA ORIENTACIóN RESPECTO A ESTE NUEVA REGLAMENTACION.
gracias por su valioso aporte. Sería bueno que el equipo de actualice planteara al ministerio de protección social, o preparara una campaña ante el ministerio en cuanto a las personas independientes que nunca han cotizado a pensión por sus escasos recursos y que ademas ya sobrepasan la edad de los 50 años y por tanto obligarlos a empezar a cotizar a estas alturas es ineficaz por cuanto nunca podran acceder a cumplir los requisitos minimos ni de tiempo ni de dinero ahorrado para pensionarse , ni para tener derecho a una indemnizacion pension por lo tanto sus aportes se perderian. son personas que hoy deben tomar la decision simplemente de retirarse de las eps y quedarse sin protección en salud. Aclaro para quienes tienen dudas : los independientes solo estan obligados a cotizar salud y pensión. no cotizan arp ni cajas de compension ni sena ni icbf. tampoco se cotizan estos rubros por las empleadas de servicio domestico.
Buenas tardes, excelente presentacion. Mi pregunta es si los trabajadores independientes deben cotizar el 9% correspondiente a las cajas por sena , icbf, y su correspondiente 4%, y la segunda pregunta es que en que momentos no se deben cancelar los aportes pensionales si ya tengo 55 años y no alcanzaria a pagar las semanas obligatorias para pensionarme. Muchas gracias
Te recomiendo ver el siguiente lik, el cual despeja tu duda sobre los pagos que deben hacer los INDEPENDIENTES.
http://www.actualicese.com/actualidad/informacion-mas-consultada/planilla-integrada-de-liquidacion-de-aportes/los-operadores-responden/#Independientes
Sobre tu segunda inquietud, te envío el link a la Circular Externa 0032 de 23/05/2007, sobre las Personas excluidas del Sistema General de Pensiones, en razón a la edad.
http://www.actualicese.com/normatividad/2007/06/05/circular-externa-0032-de-23052007/
Atentamente,
María Cecilia Zuluaga Cardona
Lider de Contenidos
mczuluaga@actualicese.com
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los trabajadores independientes donde y como deben realizar los pagos de salud y pension.
Muchas gracias a actualicese.com y a su equipo…Con la conferencia del Dr. Diego Hernan Guervara y su manera tan didáctica..colocando un ejemplo ..se despejan muchas dudas..y se hacen muchas precisiones. También agradezco la premura con que han respondido a estas demandas. FELICITACIONES.
Una persona que haya completado la obligación de cotización en pensiones en una empresa, y que actualmente como trabajador independiente debe cotizar en salud;
Trabajo como independiente pagando Salud y Pensiones y tengo entendido que no estoy obligado a pagar ARP. Sin embargo la empresa a la que presto servicios me pide estar obligatoriamiente afiliado a ARP. Averiguando resultó que tengo que afiliarme a la misma ARP de la empresa a la que presto mis servicios y que tengo que cotizar con base mínima de dos salarios mínimos (que yo sepa podemos cotizar con una base de un salario mínimo) y además tener un contrato de prestación de servicios de mínimo 3 meses con la empresa. Es ésto legal? Será que los profesionales independientes no tenemos derecho a trabajar ni afiliarnos a una ARP sin tantas trabas impuestas en complicidad con los del Ministerio de Protección Social? Será que los únicos que tienen privilegios son los corruptos que se enriquecen con los aportes de los trabajadores y no piensan de verdad por el bienestar de las personas que quieren trabajar honestamente?
Hola
Yo soy trabajadora inependiente y no he podido pagar mi EPS este mes porque ya tengo que pagar las penciones y no se cuanto tengo que pagar de ahora en adelante y en la EPS no me ayudaron????
agradezco su ayuda
COMO TRABAJADOR INDEPENDIENTE DEBO APORTAR PARA SALUD(12.5%) Y PENSION (15.5%) TENGO ENTENDIDO QUE EL APORTE PARA SALUD ES ANTICIPADO. PARA PENSION COMO ES????.
AL DIA DE HOY NO HE PODIDO PAGAR LO CORRESPÃ’NDENTE A PENSION. ASI LAS COSAS PARA QUEDAR AL DIA EN EN MES DE JULIO CUANTO DEBO PAGAR POR ESTE CONCEPTO??