Temática tratada: Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA)
Fecha de grabación de esta sesión: Abril 21 de 2007
Duración: 20 minutos
Participantes:
Como Moderador, Juan Fernando Zuluaga C., Líder de Negocios Electrónicos
Conferencista Invitado: Dr. Germán Plazas
Importante:
Debes tener los parlantes encendidos para escuchar esta sesión de preguntas.
¿En qué consiste la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes?
¿Es la planilla un formato físico que puedo comprar en algún lado?
¿Cuáles son los responsables y sus roles en este proceso?
¿Cuándo comienza esta obligación?
¿Habrá algún periodo de transición en donde no haya multas por incumplimiento en su implementación?
¿Cuál es el primer paso que debe darse frente a la PILA?
¿Cómo es el proceso de liquidación y pago vía Internet?
¿Se requiere que el pago sea vía Internet?
Este proceso tiene algún costo adicional para la empresa?
¿Está preparado el sistema tecnológico para recibir todas las solicitudes?
¿Es necesario digitar mensualmente la información de todos los empleados vía Internet?
¿Es necesario algún software para manejar la información para llenar la planilla?
¿Cómo afecta la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes a los jubilados y/o pensionados?
¿Cómo afecta la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA – a los independientes que solamente han venido haciendo sus aportes a la salud?
Existe alguna incompatibilidad entre la forma de presentar las prestaciones por parte de los independientes (mes anticipado) y las empresas (mes vencido)?
Una empresa que ha dejado de hacer algún pago, ¿podrá comenzar a usar la planilla inmediatamente o se le cobrará retroactivamente?
Si la empresa no se encuentra al día en aportes, ¿podrá hacer el pago vía electrónica o será sancionado?
¿Cómo pagarán las CTA’s (Cooperativas de Trabajo Asociado?
¿Cómo puede pagar una empresa grande con sucursales a nivel nacional que paga aportes de forma centralizada y los parafiscales de forma des-centralizada?
¿Cómo se manejarán a los empleados domésticos?
¿Qué deben hacer las personas desempleadas que van a utilizar la PILA con el salario mínimo con respecto a sus ingresos promedios de cotización para efectos de pensión por invalidez, vejez o muerte?
los operadores cobran por prestar el servicio a una persona que cotice como independiente?
HOLA BUENAS TARDES,,, POR FAVOR ME INDICAN COMO ISTALO EL SOFWARE PARA LA PLANILLA UNICA
GRACIAS
HOLA SANDRA, EN EL CASO DE LA EMPRESA EN LA CUAL LABORO, NO HUBO NECESIDAD DE INSTALAR NINGUN SOFTWARE PARA ACCEDER A LOS SERVICIOS DEL OPERADOR DE INFORMACIÓN, SIMPLEMENTE DEBES SABER COMO ES EL MANEJO DE LA PLANILLA UNIFICADA Y LISTO, RECUERDA QUE CADA OPERADOR DE INFORMACION FUNCIONA DE MANERA DISTINTA.
Paola, no es necesario instalar un software específico, puedes hacer uso de uno de los operadores autorizados a través de internet, para eso si requieres una buena velocidad de conexión, ojalá de banda ancha, basta con registrarte.
Algunos de los operadores son http://www.soi.com.co, http://www.enlaceoperativo.com, pagosimple.com, etc.
Algunos softwares contables, en su módulo de nómina generan unos archivos planos que pueden subirse de una al operador sin necesidad de digitar la información de cada empleado y sus novedades, pero esto es opcional y por supuesto si tiene un costo.
Quiero felicitarlos por la informacion sobre la PILA nos ha ayudado mucho en materia de asesoramiento
1. A pesar de que la Ley 1111 de 2006 y posteriormente el Art. 5 del Decreto 567 de 2007 hablan claramente de la reclasificación del régimen común a simplificado para aquellos contribuyentes que cuya único requisito para continuar en el régimen común era el del patrimonio, sin embargo en algunas administraciones locales de impuestos están validondo previo a la reclasificación, que el contribuyente haya permanecido los 3 años sin cumplir los requisitos, desconociendo el mandato de la norma.
El IBC EN LA PLANILLA UNICA CORRESPONDE A PAGOS DIFRENTES AL SALARIO BASICO EN FORMA PERMANENTE, EL AUXILIO DE TRANSPORTE DEBE INCLUIRSE EN ESA CASILLA.
SEñOR MAYOR DE 65 AñOS NO PENSIONADO SIN APORTE DE PENSIONES, SE ENCUENTRA LABORANDO COMO REALIZA EL PAGO DE LA PLANILLA UNICA.
LA PERSONAS INDEPENDIENTE PUEDE REALIZAR EL PAGO DE APORTES POR ESTA PLANILLA UNICA?
En este momento las cajas de compensacion son de libre aceptacion de afiliar empresas, estas miran la cantidad de empleados y la clase de empresa hay alguna norma que obligue a las cajas de compensacion de inscribir las empresas sin mirar la cantidad de empleados y su condicion.
Gracias
Ruben Dario Garcia: Lo que debe hacer es enviar oficio, o presentarlo haciendo la solicitud de cambio de regimen y que le firmen este por que ellos tienen un mes para el cambio si le firman el oficio como recibido no se preocupe que ellos tienen que informar si se realiza el cambio o no.
Buenas tardes. Si en el momento aporto como independiente pero no tengo ninguna actividad economica o laboral definida, como debo hacer para digitar esta informacion en los formatos de inscripcion
Muchas gracias en verdad por atenderme estoy bastante desorientado con la planilla unificada, el paso que hecho es enviar los datos de la empresa al soi, en respuesta me mandaron una clave de ahi para delante no se que más debo hacer. Gracias por la atencion que se me presta.
Hola Jhon
Con la clave asignada debes ingresar ala pagina del SOI y empezar a registrar a los trabajadores, es un proceso parecido al que anteriormente se había con el programa ABACO, debes ingresar la cc del trabajador, la eps el fondo de pensiones el salario, las novedades, las incapacidades. Posteiormente, debes tramitar en el banco donde la empresa tiene cuenta, una clave para pagos electronicos.
Jhon mario el siguiente paso es registrar a los trabajadores en la web del soi, debes ingresar los datos como cc, fondo de pensiones, eps, caja de compensación, IBC, incapacidades, entre otros daticos, es parecido a los datos que se ingresaban anteriormente con el programa abaco. Luego debes solicitar al banco donde la empresa tiene cuenta, una clave para pagos por internet, de esta forma lo que liquidas por el SOI, lo puedes pagar sin necesidad de ir al Banco.
CUAL FUE LA TASA REPRECENTATIVA DEL MERCADO EN COLOMBIA EN EL AñO 2006 2005
EXISTEN MUCHAS DUDAS SOBRE LA PILA EN LO QUE RESPECTA A PROCEDIMIENTO Y PAGOS: SI UN INDEPENDIENTE DESEMPLEADO CON 57 DE EDAD PAGA EPS CON SALARIO MINIMO, TIENE REGIMEN SUBSIDIADO PARA PENSIONES, NO PAGA CAJA DE COMPENSACION NI ARP. COMO REALIZARIA LOS FUTUROS PAGOS ?
tengo una hija que tiene 27 años y estudia en una universidad presencial. por su edad debe pagar su seguro de salud. en este caso que se debe hacer?.
Al respecto la norma ha sido inflexible, cualquier persona independiente con excepción de las ya especificadas están obligadas al pago de la pensión. ahora bien puedes incluirla en tu grupo familiar como beneficiaria adicional o UPC Adicional y pagar mensualemente la suma de $94268 en la EPS y no paga pensión; Considerando que cotiza con base en un salario mínimo tendría un ahorro neto de $27232, mensuales. Aunque lo que se ahorraría en pension lo gastaría en los copagos que les cobran a los beneficiarios en la eps por examenes y procedimientos. Es mejor que piense bien porque ahora puede parecer dificil pero se convertirá en un beneficio en el tiempo para su hija cuando reciba su pensión.
Agradezco infinitamente a Angélica Hurtado por sus precisiones y estoy de acuerdo el pago de pensiones para trabajadores independientes es lo mejor ..ya que se convierte en un ahorro programado para cuando ya no haya mercado laboral por la edad.
LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES QUE LABORAN EN OFICINA EN UNA EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS, ESTAN OBLIGADOS A PAGAR ARP????
Si, yo soy independiente y trabajo en una empresa de servicios públicos bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios y debo pagar salud, pensión y arp. también como requisito para tramite de cuenta de cobro.
quisiera saber a que numero o ocmo puedo solicitar la liquidacion asistida, no tengo idea por donde comenzar a registrar alos empleados de la empresa donde trabajo.
Karen a continuación están los datos de los operadores, si la empresa tiene menos de 30 trabajadores puedes hacer uso de la planilla asistida, de lo contrario debes realizar el pago por medio de la planilla unificada a través de internet. Cualquier inquietud puedes escribirme a mi e mail angelicahurtadoc@gmail.com.
Operador Teléfonos
Asocajas 018000121260-Línea nacional; ó 4030300-249468-Bogotá.
Banco Agrario 018000915000-Línea-nacional, ó 5948500-Bogotá
Compensar Call center 307 70 06
Enlace Operativo 018000519977- Línea nacional ó 5144480 en Medellín
Fedecajas 2885956 -2853465 - Jurídico: 2457065
Pago Simple 3432949 en Bogotá, 5540515 en Cali
Banco de Bogotá 018000110764 –Línea-nacional, ó 4049050- Bogotá
en que consiste la eficiencia y la eficacia en el manejo administrativo operativo y financiero del inventario de una empresa
felicitaciones por esta pagina, muy practica y muy buena informaciòn.
me gustaria que me facilitaran en archivo la informacion de la planilla, para organizar con mi grupo de trabajo una excelente orientaciòn a nuestros usuarios,
gracias
dubesqui regalame tu e mail y te envio todo lo que tengo.
Muy buenos días:
La verdad es que en la empresa estamos un poco desorientado con los pagos de aportes que deben realizarse en la planilla única, quisiera que me regalaran información al respecto y que debemos hacer para adquirir la clave.
Muchas gracias y felicitaciones
Maria
puedes ingresar a la pagina web http://www.soi.com.co, allí puedes solicitar la clave, es muy facil. luego puedes registrar a los trabajadores, y tambien debes solicitar clave al banco para que realices los pagos por internet.
disculpen queria preguntar si ustedes pueden darnos una induccion con ejemplos graficos de los pasos para la elaboracion y cancelacion de la planilla unica… gracias..
Sobre tu inquietud, te recomiendo los vídeos explicativos de Enlace Operativo y en general este portal.
http://www.enlaceoperativo.com.co/index.php?option=com_videos
En el portal de SOI tambien te dan buenas ayudas :
http://www.soi.com.co/
Atentamente,
María Cecilia Zuluaga Cardona
Lider de Contenidos
mczuluaga@actualicese.com
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http://www.actualicese.com - El Portal de los Contadores Públicos
Recibe gratis la información Contable y Tributaria más actualizada en tu
e-mail
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Para ralizar el pago de la PILA se debe realizar por internet solicitando una clave , pero
Tengo un pequeño taller de servicio electrònico uso los servicios de algunos conocidos enforma temporal es decir por diasde acuerdo al tiempo de ellos y tengo un acuerdo con ellos segunsus necesidades a dos de llos los afilie ysoporteel pago del servicio de pension en el ISS otros doslos afilie a Cafesalud unicamente aporte de salud unoen el ISS en salud y una el famisanar solo salud.
Mi taller noda para aportar el total de todos asi que el acuerdo es que ellos me colaboran con sus aportes adicionalesque no les puedo cubrir
Como ven aunque deseo colaborarles aalguno por su edad ya que no le cubre el tiempo de pension tendre que cancelarles a todos mi ayuda y retiraralos del sistema asi se quedensin proteccion social eseso lo que quiere el estado? Por favor colaboreme prontoconla respuesta antresquelos retire y sefrieguen
coridalmente
Tecnisain@hotmail.com
ellos pueden afiliarse como independientes y tu les puedes seguir colaborando como hasta ahora, les puedes dar el dinero que tu aportas y que ellos realicen la liquidación utilizando la planilla asistida (por telefono) y luego cancelando en efectivo previa comunicación con el operador que le da un codigo para que la información de sus pagos sea enviada a las administradoras.
Buenas tardes,
En el caso del pago de aportes para independientes, entiedo que se debe utilizar el software para el envío de la información, ya sea através del soi o cualquier otro operador, pero si ese independiente y no tiene cuenta bancaria para aplicar la transferencia,
grasias por los servicios prestados.
mi pregunta es:
si debo pagar por planilla unificada la seguridad social y mi empresa es una cooperativa, de que forma realizo el pago de aquellos asociados (trabajador independiente agremiado o asociado) que ya gozan de una pension pero que aun laboran y deben aportar en salud y riesgos profesionales?(y pension?)
De antemano agradezco su colaboracion; me es urgente.
para el caso del pago de aquellos asociados (trabajador independiente agremiado o asociado) que ya gozan de una pension pero que aun laboran y deben aportar en salud y riesgos profesionales al momento de ingresarlo en internet a la planilla unificada debe elegir la opción que dice que ya es un pensionado o es un cotizante que cumple con los requisitos para recibir la pensión. ej: aquellas personas que ya tienen las semanas pero no tienen la edad, En estos casos la planilla solo te pide información de arp y salud que son los dos regímenes a los cuales están obligados a cotizar los pensionados que continuan activos laboralmente.
y si el pago es mediante archivo plano?
Cordial saludo
deseo saber si un empleado no se le hizo su respectivo retiro en la fecha que se desvinculo como lo hare ahora con la planilla unica?
me parece absurdo que el gobierno quiera que toda persona independiente cotize en pension,como el caso de personas de 72 años que se afilia en este momento en salud, para obtener por lo menos si acaso una digna atencion en salud.Entonces como se favorecen las clases media que por alguna circustancias son liquidadas de su empleo, y aparte de eso la atencion del regimen subsidiado no tan buena como lo pintan.
Hola Lucy en relación a tu comentario quisiera aclarar algo muy importante que esta estipulado en la ley y que para efectos del tema le es aplicable y esta en: -Artículo 2 del Decreto 758/90 dispone que quedan excluidos del seguro social obligatorio de invalidez, vejez y muerte los trabajadores dependientes que al inscribirse por primera vez en el régimen de los Seguros Sociales, tengan 60 o más años de edad y los trabajadores independientes que se afilien por primera vez con 50 años de edad o más si es mujer, o 55 años o más si es varón.- (Régimen de Prima Media)
Artículo 61 de la Ley 100/93 que dispone la exclusión en el régimen de ahorro individual con solidaridad a “las personas que al entrar en vigencia el Sistema tuvieren 55 años o más de edad si son hombres o 50 años de edad o más si son mujeres……”
Para complementar esta información pueden ingresar tambien a la pagina http://www.minproteccionsocial.gov.co y está explicado claramente como deben liquidar la planilla por medio electrónico y la planilla asistida para las personas que no tienen internet ni cuentas en banco. Consultenla es muy clara.
Quisiera saber, si una persona que tiene 65 años y por la que solo se paga eps, como dependiente. Deba pagarse AFP, por ella?
necesito informacion sobre la rebaja de los aportes parafiscales a los empresarios
Buenas Tardes:
En e momento estamos solamente cancelando Pensiones y Salud, no hemos solictado afiliacion a caja de compensaciones, es necesario que pueda cancelar solamente pensiones y salud y NO Caja de compensaciòn si no deseamos afiliarnos?
MUY BUENAS QUISIERA SABER COMO VA A SER EL PAGO DE LA PILA PORQUE E ESCUCHADO ALGUNOS COMENTARIOS DE QUE VA A SER POR FECHAS COMO ESPECIE DE UN PICO Y PLACA DE ACUERDO A LOS ULTIMOS TRES NUMEROS DEL NIT DE LA EMPRESA .
GRACIAS POR SU ATENCION.