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Dentro de poco las declaraciones a la DIAN también se podrán pagar virtualmente - Conferencia Virtual

Por: actualicese.com
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Publicado: 13 de Febrero de 2007

Duración: 11 minutos 9 segundos


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¿De qué se trata esta conferencia?

Hasta ahora, los contribuyentes de los impuestos nacionales administrados por la DIAN unicamente pueden efectuar, en forma virtual, lo que corresponde a la "presentación" y/o "corrección" de sus declaraciones tributarias en forma virtual. Sin embargo, el "pago" de tales declaraciones aun implica ir hasta las sedes físicas de los bancos.

Pero con la modificación introducida por el art.48 de la ley 1111 de 2006 a la norma fiscal, dentro de poco los contribuyentes también podrán contar con la opción de hacer sus pagos tributarios en forma "virtual".

En esta miniconferencia reseñamos esta importante normatividad.

Contenido

  1. Repaso a los servicios virtuales que ofrece actualmente el portal de Internet de la DIAN.
  2. Análisis a la norma contenida en el art.48 de la ley 1111 de dic.27 de 2006, el cual modifica el art.579-2 del ET, y que implicará que un futuro muy cercano los pagos de las declaraciones tributarias también se podrán realizar de forma virtual.

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