Cada vez son más las personas naturales a quienes les termina correspondiendo el tener que presentar ante el Gobierno Colombiano su respectiva "Declaración anual del impuesto sobre la renta y complementarios" pues terminan incumpliendo alguno de los 6 requisitos señalados en los art.592 a 594-3 del ET y que los exonerarían de tener que presentar dicha declaración.
En consecuencia, y para aquellas personas naturales a quienes les corresponda presentar declaración de renta por el año gravable 2006, la presente herramienta les permite contar con un modelo a través del cual puedan definir uno de los valores más importantes dentro de dicha declaración: El valor de su renta presuntiva.
Haz click aquí para descargar este modelo en Excel
* Para guardarlo en tu computador, haz click en el botón secundario del mouse, y haz click en “Guardar destino como…” (o “Save target as…” en Inglés).
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Los Sistemas de Cobranza hacen uso de la tecnología de una forma intensiva para hacer efectiva su labor, lo cual no deja de ser una molestia para muchas personas que reciben llamadas de grabaciones automatizadas en horas de la noche. ¿Hay fallos éticos en estos "molestos" métodos? ¿O es una molestia merecida por aquellos que no pagan a tiempo sus obligaciones?.
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Necesito saber cual es el decreto que exonera a las cooperativas del pago de los aportes parafiscales
EL DEDRETO ES EL 4588 PERO SOLO PARA PRECOOPERATIVAS Y COOPERARTIVAS DE TRABAJO ASOCIADO
Para Bety Fontalvo, en el comentario 1
Si al usar el termico \”cooperativas\” te estás refiriendo específicamente a las \”cooperatativas de trabajo asociado\”, en ese caso la norma que fue declarada nula, y que antes obligaba a tales entidades a cumplir con el pago de aportes parafiscales al Sena, ICBF y Caja de Compensación, fue la parte final contenida en el inciso primero del artículo primero 2996 de septiembre 16 de 2004
Para que obtengas más detalles sobre la sentencia de nulidad que se produjo sobre dicha norma el pasado 12 de ocutbre de 2006, te invitamos a que leas un editorial anterior publicado aquí mismo en http://www.actualicese.com y que encuentras en este enlace.
Hasta pronto
segun el articulo de agosto que toda persona natural debe presentar el formulario de retencion en la fuente en O o si hace reteiva al regimen simplificado no importa si los ingreso son de 180 millones o menos hay de toda manera presentar la retencion en la fuente gracias.
buenos dias,si yo cree una empresa en sept 2006, para la declaración de renta, tengo q calcular renta presuntiva, y como?
deseo consultar la tabla de renta para persona natural
Excelente pagina web, la recomendare a muchos colegas Contadores y administradores, mis mas sinceras felicitaciones, con ustedes no es necesario acudir a la ayuda de la Dian, ojala alli fueran igual de eficientes para brindar orientacion y apoyo, muchas gracias,adicionalmente ustedes sirven de ejemplo para otros gremios
CORDIAL SALUDO
Pregunto: Si una persona natural, que posee un patrimonio de $110.000.000.00, no es responsable del IVA, recibe renta por concepto arriendo de bienes raices residenciales y uno comercial. Debe pertenecer al Regimen Común por el solo hecho superar el tope en patrimonio?, de igual manera si es comerciante de venta de prendas de vestir, pero sus ingresos no superan el tope maximo establecido para pasar al común de todas formas lo debe hacer por patrimonio?
Hola me gustaria que me ayudaran como calcular la renta presuntiva para el 2006, de antemano gracias
Muy bueno dias, la presente es para consultarles lo siguiente:
yo soy estudiante de 8 semestre de contaduria, actualmente, el profesor de tributaria, nos esta enseñando la depurancion de la renta presuntiva, y el nos afirma que los dividendos por acciones y particiapaciones no son rentas gravable. me gustaria por favor que me ayudaran a cuanto de esta duda.
Muchas Gracias