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Uno de los pasos que debe agotar toda sociedad comercial cuando se liquida es la de proceder a la "cancelación" de su respectivo RUT.
Sin embargo, en el caso de las sociedades comerciales que se hayan liquidado durante el presente año 2006 (o se lleguen a liquidar en lo que resta del año) es importante conocer que varias de ellas sí deberán suministrar información de medios magnéticos a la DIAN por la fracción del año gravable 2006 antes de que se les permita poder cancelar su RUT.
Lo anterior se desprende del estudio que se hace a la norma contenida en el parágrafo del art.2 de la resolución DIAN 12807 de octubre de 2006.
En esta miniconferencia hacemos justamente el análisis a esa importante novedad en relación con los reportes de medios magnéticos del año gravable 2006.
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La Ética Profesional, la Credibilidad, los Conocimientos Técnicos y los Profesionales son algunos de los Factores que se exponen en esta Conferencia dictada por el Dr. Enrique Zamorano, quien nos muestra algunos de los deberes que los Contadores Públicos tienen ante la Sociedad, sus Colegas y la Profesión.
¿Cómo interpretar el Mercado de Capitales en Colombia?
Conferencista: Jose Arbey Maldonado
Nueva Ley sobre Facturación (Ley 1231 de Julio de 2008) y otras normas relacionadas
Conferencista: actualicese.com (Dr. Diego Hernán Guevara M.)
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Conferencista: Dr. Joser Arbey Maldonado
Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
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5 Oportunidades Económicas para el Contador Público en la Industria del Conocimiento
Invitados: Orlando Rincón, Carlos Lián, Juan Fernando Zuluaga
Foro: Propuesta de Tabla de Honorarios Profesionales para Contadores Públicos
Invitados: Dr.Omar Montilla, Dr. Harold Edgar Perea
Duración: 30 minutos
hola amigos de actualicese, quiero comentarles lo siguiente, en los años que estudie en la universidad y hasta el año pasado fui funcionaria pública y pues no tuve la oportunidad de practicar mucho la parte contable quisiera que ustedes me recomendaran cual sería la mejor ayuda en estos momentos pues no me atrevo mucho a ofrecer mis servicos debido a que no cuento con la experiencia, en estos momentos depronto en la parte tributaria la manejo mejor y además labore en la parte de fiscalización del impuesto de industria y comercio
gracias por la colaboración que me puedan ofrecer
Deseo que me colaboren si es posible con la siguiente inquietud:
Una empresa que se está liquidando en éste año y para información de Medio Magnéticos del 2006 sólo tendría que reportar retenciones pues los ingresos a Diciembre del 2005 no superan los $1.500.000.000 pero en el año 2006 si supera éste monto que pasaría con ese cruce de información que ya no se va a reportar por que el 2007 cuando debería hacer Medios del 2006 ya estaría liquidada y cancela da el RUT.
Agradezco de antemano sus comentarios.
Cordialmente,
ELBA TULIA GUTIERREZ
Estan hablando de las sociedades comerciales pero mi duda es bore una asociacion sin animo de lucro que esta entrando a este proceso de liquidacion
Señores
Actualicese
ciudad
Por favor hayudemen aclarar lo siguiente:
estoy liquidando una empresa unipersonal, esta empresa tiene un pasivo con un tercero por un prestamo, la empresa no tiene efectivo para concelar esta deuda, lo uncio que tiene la empresa es un inventario, entonces se acordo con este tercero que èl recibe un inventario para saldar esta deuda, por que no hay otra opcion de pago.
Entonces contablemente se puede hacer una nota contable para hacer el cruce de cuentas (inventario Vrs Pasivo)para que este pasivo quede en ceros, u obligatoriamente me toca hacerle una factura de venta con iva y pagar este iva y luego hacer el cruce de cuentas?.
Cabe anotar que este tercero no le esta haciendo una compra a mi empresa por que el no es comerciante, lo que esta es recibiendo un inventario por una deuda.
Entonces en este caso contablemente puedo hacer la nota contable para hacer este cruce de cuentas y queda correcta la contabilizacion o la DIAN no me hacepta esta nota contable y me obliga a facturar y pagar el iva y asi si puedo hacer este cruce de cuentas. POR FAVOR NECESITO ACLARACION.
OTRA: la DIAN para aprobarme la liquidacion de esta empresa me exige que no tenga pasivos en la declarcion de renta final, o se puede presentar esta declaracion de renta final con pasivos los cuales en esta empresa unipersonal se hace responsable el propietario de la empresa y la DIAN acepta la liquidacion?. HAYUDA POR FAVOR
SEñOR ANDRES MONTERO: TODA TRANSFERENCIA DE DOMINIO, LLAMESE VENTA, DONACION, CONSUMO O DACION EN PAGO GENERA IVA. EN ESTE CASO UD. VA A HACER UNA DACION EN PAGO AL COSTO EN LIBROS DE SU INVENTARIO. UD. PUEDE HACER UN DOCUMENTO LEGAL (QUE EN ESTE CASO NO ES UNA FACTURA) EN DONDE CONSTE EL PAGO EN ESPECIE QUE UD ESTA EFECTUANDO A SU ACREEDOR. ESTE DOCUMENTO DEBE SER UN ACTA DE DACION EN PAGO AUTENTICADA EN UNA NOTARIA Y QUE ESPECIFIQUE LOS BIENES Y EL COSTO ENTREGADOS. LA CONTABILIZACION PUEDE HACERLA CON UNA NOTA CONTABLE, PERO ESO SI, LIQUIDANDO EL IVA DE ESA MERCANCIA TOMANDO COMO BASE GRAVABLE EL VALOR COMERCIAL DE ESOS ARTICULOS, ES DECIR A LA LISTA DE PRECIOS QUE UD. GENERALMENTE LOS VENDE, CONTRA UN IMPUESTO ASUMIDO.
HOLA A TODOS ME ALEGRA MUCHO PODER CONTAR CON ESTA PAGINA Y CONOCER LA COMUNIDAD CONTABLE DE COLOMBIA…FELICITACIONES
SI TENGO UN LEASING COMERCIAL NO PYME VEHICULO Y REALIZO ABONOS A CAPITAL DEBO DESCONTAR RETENCION EN LA FUENTE?
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Quesiera que ustedes me colaboraran como se deben realizar los descuentos tanto en la declaración de iva como de renta del iva generado en compra de activos fijos, de una persona jurídica que vende bienes gravados,exentos y excluidos.
señores actualicese felicitacines el portal es de gran ayuda para nosotros los contadores publicos de este pais donde la norma cambia dia a dia
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es de gran ayuda la informaciòn que se adquiere por medio de esta pagina y agradezco la importancia que nos estan dando a nosotros los ontadores de adquirir y renovar a diario nuestro conocimiento. gracias.
Tengo un caso con una empresa que va comenzar el proceso de liquidacion que es el siguiente:
Desde el año 1999, que fue fundada, hasta el año 2004 no hay registro de los ajustes por inflacion ni la depreciacion de los activos fijos, para realizar el respectivo ajuste por depreciacion contra un gasto no descontable de renta debo calcular los ajustes por inflacion de todos estos años? o como debe ser el manejo fiscal en este caso?? gracias por su colaboracion.
MUY BUENA SU EXPOSISICION FELICITACION JOSE V BAQUERO
HOLA A TODOS, TENGO DUDAS RESPECTO AL PROCEDIMIENTO QUE SE DEBE SEGUIR EN ESTE CASO:
UNA PERSONA NATURAL DE REG COMUN, QUE TENIA 2 ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO, LOS CUALES CERRO EN EL 2006 Y DURANTE EL 2007 NO GENERO INGRESOS, PUESTO QUE SE DEDICO A OTRA ACTIVIDAD NO COMERCIAL QUE DEBE HACER PARA TERMINAR CON TODAS SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, YA QUE DESDE EL 2006, VIENE PRESENTANDO SUS DECLARACIONES EN CERO
LESA