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Modelo para la contabilización y amortización del impuesto diferido débito por diferencias temporales

Por: actualicese.com
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Publicado: 21 de Noviembre de 2006

De conformidad con la norma contenida en el art.67 del decreto 2649/93, si se dan las condiciones allí mencionadas,los entes económicos tendrán que contabilizar en algunos casos lo que la norma señala como el "impuesto diferido débito por diferencias temporales".

En esta herramienta planteamos un modelo sobre cómo se procedería a la hora de determinar el valor de dicho "impuesto diferido débito", al igual que la forma en que se procedería para su posterior amortización

Haz click aquí para descargar este modelo en Excel

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