Ley 1064 del 26 de Julio de 2006 .
Primero se cambia de nombre, ya no se denominará Educación no formal como lo establecía la Ley General de Educación Ley 115 de 1994 y el Decreto que la reglamenta 114 de 1996 Decreto 114 de 1996 y que consta de 33 artículos; sino que se denominará Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano.
La educación no formal, viene siendo reconocida por las autoridades de Educación Departamental, pero es criticada por la informalidad, por no ser usada en forma tan transparente como se espera, por no emitir títulos y si los emiten estos no tienen validez y además, por no permitirser utilizada al hacer los pagos que estos sean retirados de los fondos de cesantía y finalmente por labaja categoríaen queera tenida tanto en el sector públicocomo el privado.
Con esta Ley se viste de frac y pasa al nivel de la Educación dentro del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.
Su objetivo, es articular a los proveedores de educación técnica, tecnológica y formación profesional en el país, para modernizar y mejorar sus programas, de acuerdo con las necesidades y demandas del sector productivo, garantizando mayor cobertura, pertinencia, flexibilidad y servicios de calidad que contribuyan a la competitividad nacional, atendiendo las siguientes características:
En concreto la ley dice:
En los artículos 2 y parágrafo, así como en el artículo 3º en resumen que ;
La Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano :
En el parágrafo del artículo 3º se indica que las instituciones ya reconocidaspor las autoridades de educación departamentalesse les aplicarán los beneficios aquí establecidos.
En los artículos 4º y 5º encontramos más beneficios:
ARTICULO 4• Los empleados y trabajadores del sector público o privado podrán solicitar el retiro parcial de sus cesantías de las entidades administradoras de fondos de cesantías para el pago de matrículas en instituciones y programas técnicos conducentes a certificados de aptitud ocupacional, debidamente acreditados, que impartan educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano del empleado, trabajador, su cónyuge, compañera o compañero permanente o sus descendientes, conforme a los procedimientos establecidos en la ley.
ARTICULO 5º. Los certificados de aptitud ocupacional, expedidos por las instituciones acreditadas como de "Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano", serán reconocidos como requisitos idóneos de formación para acceder a un empleo público en el nivel técnico que se señala en el Decreto 785 del 3 de marzo de 2005 y las disposiciones que lo modifiquen o adicione .
En el artículo 6o. da la posibilidad de que los pagos que hagan los trabajadores a estas institucionesde acuerdo con el artículo 387 del estatuto tributario , los trabajadores podrán optar por disminuir de su basede retenciónlos pagos de salud y educación ………..y le añade un literal e) que dice “los programas técnicosy de educación para el trabajo y desarrollo humano debidamente acreditadas’.
Comentario .Quiere decir lo anterior que entra este tipo de educación o formación a las grandes ligas puesto que las instituciones que den esta formación podrán emitir Certificaciones de aptitud profesional y además serán reconocidos estos estudios como requisitos idóneosde formación para acceder a empleos públicos ; más aúnlos valores pagados podrán disminuirse de la base de retención en la fuente si el trabajador así lo decide.
En los artículos 7o. y 8º le da más importancia a estos estudios pues podrán ser objetode reconocimiento para la formación de ciclos propedéuticos por las instituciones de Educación superior y tendrán igual tratamiento que los programas técnicos y tecnológicos.
Quienes hacen estos estudios tendrán derecho a créditos educativos del ICETEX y tendrán iguales incentivos que los que se dan a estudiantes de educación superior.
Comentario: No se puede pedir más y el gobierno ha dado un paso importante para que estas instituciones sean apoyo del SENA en el Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.
Documento preparado por el comité Contable y Tributario de www.actualicese.com
4 de Agosto de 2006.
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Los Sistemas de Cobranza hacen uso de la tecnología de una forma intensiva para hacer efectiva su labor, lo cual no deja de ser una molestia para muchas personas que reciben llamadas de grabaciones automatizadas en horas de la noche. ¿Hay fallos éticos en estos "molestos" métodos? ¿O es una molestia merecida por aquellos que no pagan a tiempo sus obligaciones?.
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Muy interesante esta pagina que siempre nos permite estar actualizados.
Gracias
Martha Eutenia
ME PARECE IMPORTANTE EL COMENTARIO SOBRE LA CITADA LEY DE LA LLAMADA EDUCACION NO FORMAL.
YA ERA HORA DE DARLE ESTA CATEGORIA.
FELICITACIONES
Un artículo muy importante, pero que se ha quedado corto en los análisis de las posibles consecuencias “desfavorables” para la comunicad con menos recursos económicos y que acuden a instituciones como el SENA en donde, hasta hoy, la formación es gratuita.
El artículo 4
Felicitaciones: Muy Oportunos sus comentarios, (como siempre), sobre la citada Ley 1064!
Me quedan algunas dudas; espero me puedan ayudar, ya que estoy dirigiendo una Institución de “Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano” en Cali:
1. Respecto al parágrafo del artículo 3
Buenas noches, tengo una pregunta sobre empresas educativas, yo trabajo en un colegio privado de educacion basica primaria, y secundaria, alla emiten libretas de pago a los alumnos cuando inicia el año, y me encontre que ellos solicitaron hace dos años la resolucion de autorizacion de facturacion a la Dian y esto fue tenido en cuenta para imprimir las libretas de pago, en este momento la resolucion ya vencio, sin embargo aun hay en existencia un gran numero de libretas impresas que se podrian usar el proximo año 2007, al preguntarle a alguien si debia renovar la resolucion, me dijo que este tipo de empresas no estan obligados a solicitar la autorizacion es esto cierto?
ESTO LE CONVIENE A LAS COOPERATIVAS?
La ley 1064 de 2006, cuyo gran artifice fue Asenof, trae excelentes oportunidades para las Instituciones pero sobre todo para los estudiantes especialmente de bajos recursos, quienes no pueden entrar a la Universidad, tomando como primera alternativa para aprender un oficio entrar en una Institucion de educacion para el trabajo y el desarrollo Humano, cuando ya pueda insertarse en el mercado laboral dispondra de recursos para ingresar a la universidad, la cual le debera reconocer sus conocimientos adquiridos.
FELICITACIONES !
SON MUY CLAROS EN SUS COMENTARIOS SOBRE LOS CAMBIOS EN LA EDUCACION DE NO FORMAL, A EDUCACION PARA EL TRABAJO Y EL DESARROLLO HUMANO.
FELICITACIONES
CAROLINA
excelente esta noticia, la estaba esperando ya que yo fui estudiante de educacion no formal y ahora deseo ingresar a la universidad para continuar con mi ciclo profesional.
agradezco me den mas aclaraciones a travez del email
Alguien podria decirme si la educacion no formal esta obligada a presentar declaracion de renta asi, no cumpla ninguno de los requisitos para declarar???
que pasa con los centros de educacion informal por ejemplo mi caso es una peuqña empresa que doy clases de sistemas a la poblacion rural cada curso tiene una intensidad horarioa de 60 horas pero me gustaria poder brindarles una educacion mas amplia para que a la hora que se dirigan a la ciudad puedan desempeñar un trabajo desente con lo que aprendieron
la pregunta es como puedo llegar a octener una licencia donde pueda brindar una capacitacion reconocida ante cualquier entidad educativa?
como es el tratamiento fiscal con los centros de educacion no formal en colombia y que ley la argumenta.
pagos seguridad social a los empleados?
responsabilidad a impuesto a las ventas?
tipo de regimen??
que pasa con los centros de educacion informal por ejemplo mi caso es una pequeña empresa que doy clases de sistemas a la poblacion rural cada curso tiene una intensidad horaria de 60 horas pero me gustaria poder brindarles una educacion mas amplia para que a la hora que se dirigan a la ciudad puedan desempeñar un trabajo desente con lo que aprendieron
la pregunta es como puedo llegar a octener una licencia donde pueda brindar una capacitacion reconocida ante cualquier entidad educativa?
en este momento estoy realizando el proceso de CErtificación para Crear un Instituto para el trabajo, que pasos debo realizar para que
EXELENTE NOTICIA