A partir del próximo 1 de agosto de 2006 se inicia la etapa en la cual las empresas, esta vez en forma obligatoria , deben dar uso a la “Planilla Integrada de Liquidación de aportes” para liquidación y pago conjunto de los aportes que deben hacer al entero sistema de seguridad social y parafiscales originados sobre los salarios de sus trabajadores. Así lo dispuso el decreto 1931 expedido el pasado 12 de junio de 2006 (publicado en el diario oficial 46.298).
Este suceso incluso lo habíamos vaticinado en un reciente editorial que publicamos en nuestro portal y en el cual explicábamos por qué razón los que principalmente se podrían alegrar de que el mecanismo de liquidación y pago de los aportes de seguridad social y parafiscales de las empresas fuera unificado y electrónico, serían los Revisores Fiscales de tales empresas.
En efecto, y luego de haber experimentado durante casi un año con la opción voluntaria de que las empresas pudieran hacer la liquidación y pago de los aportes a la seguridad social y parafiscales de sus trabajadores y pensionados en forma electrónica (Internet), haciendo uso de la “Planilla integrada de liquidación de aportes” (pues el decreto 1465 de Mayo de 2005 expedido por el Ministerio de Protección dispuso que era solamente una opción más alternativa a la de usar los tradicionales formularios en papel), el Gobierno Nacional decidió que era hora de hacer que todas las empresas entraran a hacer uso de la mencionada Planilla.
La principal intención de establecer que todos los aportes a la seguridad social y parafiscales se liquiden en una única planilla es lograr que el pago respectivo se cumpla oportunamente para con todos los actores del sistema (salud, pensiones, ARP, Caja de Compensación, Sena, ICBF, ESAP y Ministerio de Educación), pues hoy día existen practicas como la de efectuar la liquidación y pago de los aportes a salud únicamente, y dejar atrasados los pagos a los demás rubros.
En consecuencia, al usar la Planilla Integrada , la liquidación de los aportes se hace en un único documento y el pago se hace en forma total.
Por tal razón, el artículo 1 del decreto 1931 de junio de 2006 dispuso que según el nivel de cotizantes a la seguridad social que posea una entidad (publica o privada), la fecha en la que deberá hacer uso obligatorio de la “Planilla Integrada de Liquidación de aportes” es la siguiente:
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Nivel de Cotizantes |
Fecha a partir de la cual es obligatorio usar la “Planilla Integrada” |
Opción de uso de la Planilla , y forma de pago de los aportes |
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Para quienes a la fecha de entrada en vigencia del decreto 1931 de junio de 2006 (el cual según su art.5 empieza a regir en agosto 1 de 2006) tengan 1.500 o más cotizantes |
Deberán usar la “Planilla Integrada”, a partir del 1 de agosto de 2006 |
Solamente por Internet |
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Para quienes a la fecha de entrada en vigencia del decreto 1931 de junio de 2006 (el cual según su art.5 empieza a regir en agosto 1 de 2006) tengan 500 o más cotizantes |
Deberán usar la “Planilla Integrada”, a partir del 1 de octubre de 2006 |
Solamente por Internet |
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Para quienes a la fecha de entrada en vigencia del decreto 1931 de junio de 2006 (el cual según su art.5 empieza a regir en agosto 1 de 2006) tengan 100 o más cotizantes |
Deberán usar la “Planilla Integrada”, a partir del 1 de diciembre de 2006 |
Solamente por Internet |
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Para quienes a la fecha de entrada en vigencia del decreto 1931 de junio de 2006 (el cual según su art.5 empieza a regir en agosto 1 de 2006) tengan 30 o más cotizantes |
Deberán usar la “Planilla Integrada”, a partir del 1 de Febrero de 2007 |
Solamente por Internet |
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Para quienes a la fecha de entrada en vigencia del decreto 1931 de junio de 2006 (el cual según su art.5 empieza a regir en agosto 1 de 2006) tengan menos de 30 cotizantes, y también los trabajadores independientes |
Deberán usar la “Planilla Integrada”, a partir del 1 de abril de 2007 |
Puede optar por hacerlo “via Internet” o en “forma asistida” |
De la lectura del cuadro anterior podemos precisar algunas puntos:
Ahora bien, a esta altura surgen los preguntas : ¿Cómo es el contenido de la Planilla Integrada de liquidación de aportes?. ¿Cómo es su diligenciamiento por via interent? ¿Cómo sería el uso de tal planilla pero en “forma asistida”?. Pasemos entonces a resolver estas inquietudes
A la fecha en que escribimos el presente editorial, el contenido de la “Planilla integrada para liquidación de aportes” que se debe usar para liquidar unificadamente todos los aportes a la seguridad social y parafiscales está contenida en la resolución 0634 de marzo 26 de 2006 expedida por el ministerio de protección social, resolución que luego sufrió unos pequeños ajustes con la resolución 1317 de aril.25 de 2006 .
Esa resolución 0634 reemplazó la anterior Planilla integrada que se venía usando desde mayo de 2005 cuando se había expedido la resolución 1303 de 2005 .
En consecuencia, para quienes hasta la fecha no habían venido utilizando la mencionada Planilla, es conveniente que empiecen a estudiar las 44 paginas de contenido de la resolución 0634 de marzo de 2006 pues al hacerlo se dará cuenta de que la misma fue diseñada pensando en reunir todos los “valores bases”, “novedades”, “ingresos bases de cotización”, y demás factores con los cuales se pueden liquidar la totalidad de los aportes a:
Cabe mencionar que al estudiar el texto de la resolución 0634 de marzo de 2006, y en especial las casillas donde se dan las explicaciones sobre si los datos son obligatorios o no según se trate del tipo de empresa que va a diligenciar la Planilla Integrada , tales explicaciones sirven incluso para solucionar vacíos de interpretación de normas laborales vigentes en Colombia razón por la cual, al estudiar dicha resolución en su totalidad, es como si se recibiera un curso completo de liquidación de aportes a la seguridad social .
Cuando se expidió el decreto 1465 de mayo de 2005 se mencionó que la Planilla Integrada funcionaría electrónicamente (por Internet) gracias a la intervención de los siguientes actores:
En consecuencia, para hacer llegar los aportes de la seguridad social y parafiscales hasta las respectivas Administradoras, tales Administradoras deben suscribir acuerdos con algún “Operador de Información” quien se encargará de recepcionar la información de parte de los aportantes quines deberán visitar el portal del respectivo “Operador de Información” y en dicho portal deben empezar por obtener una clave de seguridad, y luego, cada mes, diligenciar la planilla directamente en dicho portal , o solamente “cargarla” si ya la han elaborado previamente en un archivo plano (archivo. TXT)
En ese mismo portal del “Operador de Información”, se abrirán los respectivos links para que la empresa aportante escoja con cual “entidad financiera”(banco) quiere hacer sus pagos. Para ello, la empresa aportante debe haber obtenido previamente con dicho banco las claves para hacer pagos por Internet
Una vez se haya diligenciado la “Planilla Integrada”, y se haya hecho el pago del total de los aportes liquidados en la misma (no se aceptan pagos parciales), el “Operador de Información” le reporta al aportante que el tramite fue exitoso y le comunica su “numero de planilla”.
Tal “Operador de Información” debe encargarse luego de hacer llegar la información sobre los valores liquidados y pagados hasta cada “Administradora de la seguridad social y parafiscales”. Y tal “Administradora” debe, dentro de los dos días siguientes, emitir a la empresa aportante un “certificado de confirmación de pagos”.
Según el art.4 de la resolucion 0634 de marzo de 2006, tal “certificado” podrá descargarse desde el portal de la propia “Administradora” o desde el portal del “Operador de Información”, o recibirse en el correo electrónico de la empresa aportante, y deberá contener lo siguiente:
Artículo 4º. Confirmación. …
“(nombre de la administradora) certifica que ha recibido del (nombre del aportante) la suma de ($ valor recibido), el (fecha: año-mes-día-hora-minuto), respecto de (número de afiliados) afiliados, por el período (año-mes), correspondientes al formulario único o planilla integrada número (No. de la planilla)“
Esta Certificación deberá ser firmada digitalmente con un certificado digital emitido por una entidad certificadora abierta, debidamente autorizada por la Superintendencia de Industria y Comercio
Para quienes luego de presentar una liquidación inicial de aportes deban entrar a efectuar correcciones a la misma, tales correcciones también se deberán hacer por la misma vía (Internet).
Hasta la fecha, la entidad que ha venido operando desde mayo de 2005 como “Operador de Información”, recepcionando las planillas y pagos por Internet, es la entidad conocida como “S.O.I ” y las entidades bancarias la avalan como “Operador de Información” por el cual se pueden hacer validamente los pagos a los aportes sociales (véase por ejemplo la página del Banco Santander por donde se pueden hacer los pagos parafiscales pero accediendo al “Operador de Información” conocido como “S.O.I.”)
Claro está, ante el hecho de que ahora la utilización de la Planilla no es voluntaria sino obligatoria, será previsible esperar que entren a funcionar nuevos “Operadores de Información” que presten el mismo servicio. Incluso, cabe esperar también que las propias Administradoras de la Seguridad social (EPS, Fondos, ARPs, etc) empiezan a mandar comunicados a sus empresas aportantes sugiriéndoles con cual “Operador de Información” podrán hacer sus respectivas liquidaciones y pagos de los aportes.
Como lo reconoció el mismo decreto 1931 de junio de 2006 en su parte considerativa, hoy día en Colombia muchas empresas no tienen “capacidad tecnológica o capacitación para acceder a Internet”. En consecuencia, para tales empresas, y solo si tal empresa es una empresa con menos de 30 cotizantes o se trata de un “trabajador independiente”, la norma del art,3 del decreto 1465 de 2005, luego de la modificación que le hiciera el art.2 del decreto 1931 de junio de 2006, estableció lo siguiente:
Artículo 3º. Condiciones de operación . El mecanismo utilizado para la autoliquidación de los aportes al Sistema de la Protección Social será la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes. Los pagos asociados a la Planilla se deberán hacer de manera unificada mediante las modalidades que se describen en el presente decreto. El mecanismo de autoliquidación y pago unificado deberá reunir las siguientes condiciones:
3.1 La Planilla Integrada de Liquidación de Aportes será una planilla electrónica. Los aportantes podrán ingresar y confirmar el contenido de la misma mediante los procedimientos descritos en el numeral 2.4.2. También podrán hacerlo a través de la liquidación asistida, en cuyo caso el aportante remitirá la información detallada de los cotizantes, por cualquier medio, al Operador de Información, quien procederá a digitarla o digitalizarla de manera que se transforme en planilla electrónica.
3.2 Los pagos asociados a la Planilla deberán hacerse de manera unificada a través de alguna de las siguientes modalidades:
3.2.1 Pago electrónico.
3.2.2. Pago Asistido. Si el aportante utiliza la liquidación asistida señalada en el numeral 3.1 anterior, el Operador de Información generará para el aportante un código o número de referencia que vincula el valor por pagar con la liquidación asistida. El Aportante deberá utilizar dicho código o número de referencia para realizar el pago, ya sea mediante consignación bancaria, orden telefónica, tarjeta débito o crédito, cajero electrónico o datáfono, entre otro s .
Si el aportante utiliza la liquidación asistida, el Operador de Información le advertirá sobre los intereses de mora que se generarán si no efectúa el pago en la fecha límite prevista para ello. Para asegurar el pago adecuado, liquidará el valor del pago con intereses de mora para los siguientes cinco (5) días hábiles e informará a las entidades financieras y/o sistemas de pago en los cuales se recibirán los pagos sobre el valor que se podrá recibir en cada uno de los cinco (5) días siguientes a la fecha límite. Vencido dicho plazo el código que autoriza la utilización de la Planilla Asistida caducará y, para efectua r el pago, el Aportante deberá solicitar una nueva liquidación y su respectivo código.
Para habilitar la modalidad de pago asistido, los Operadores de Información deberán hacer los acuerdos a que haya lugar y mantener la conexión con las instituciones financieras y/o sistemas de pago elegidos. Una vez se efectúe el pago, vincularán la información de la Planilla con la del pago y la enviarán a sus destinatarios de conformidad con el esquema previsto en el presente decreto.
(los subrayados son nuestros)
Con base en lo anterior, se concluye que este tipo de empresas (las de menos de 30 cotizantes y los trabajadores independientes) deberán tener diligencia la respectiva planilla integrada, en un archivo plano (extensión.txt) y hacersela llegar en forma presencial (en diskett, o CD) hasta la sede del respetivo “Operador de Información”, para que sea tal “Operador” el que la convierta en un archivo utilizable por Internet.
Ese “Operador de Información” le genera un “codigo” para que con el mismo la empresa aportante vaya hasta el banco y cancele la totalidad de sus aportes.
Cabe mencionar que los plazos en los que se vienen actualmente declarando y pagado los aportes a la seguridad social (fijados en el decreto 1406 de 1999 , y en los cuales también se deben pagar los parafiscales pues así lo dispuso el decreto 1464 de mayo de 2005 ), no se ven alterados . Lo único que entrará a operar es la utilización de la “Planilla Integrada” con lo cual quedan por fuera de uso, a partir de abril de 2007, los tradicionales formularios en papel que hasta ahora se vienen utilizando.
En consecuencia, los plazos van a seguir dependiendo de si la empresa es “Grande Aporatante”, “Pequeño aportante”, o “Trabajador Independiente” , y adicionalmente de su respectivo ultimo digito del Nit (ver art.16,20 y 24 del dcreto 1406 de 1999; si quieres programar tales calendarios, utiliza nuestro “ Calendario Tributario Personalizado”)
Lo que sí se debe entender como eliminado son los reportes en medio magnético (diskett) con la liquidación de los aportes que corría por cuenta de los “Grandes Adorantes”, y que hacía alusión del art.19 del decreto 1406 de 1999, pues ahora la información la deben presentar únicamente por Internet usando la “Planilla integrada”
En definitiva, la utilización de la “Planilla Integrada” traerá grandes beneficios en especial a las empresas aportantes, pues ya no tendrán que diligenciar, cada mes, múltiples formularios repetitivos, pues con solo diligenciar una única “Planilla integrada” por una sola vez, y sin que se produzcan novedades entre los cotizantes, el mismo archivo plano que se usó en el periodo anterior se utilizaría para el subsiguiente (cambiando solo el dato de los “periodos a cotizar”) y con ello habría un gran ahorro del tiempo destinado a este proceso.
Así mismo, los mensajeros ya tendrán menos “vueltas bancarias” a realizar para entidades oficiales, pues el pago se podrá hacer por Internet.
Los que sí van a tener que hacer un gran ajuste de cultura económica serán los empresarios que a veces decidían hacer solamente pagos parciales a estos rubros de sus empresas, pues desde agosto de 2006 en adelante o pagan todo o no pueden tener cobijados con seguridad social a sus empleados.
Yo soy un contador que solo tengo una sesoría pequeña por la cual cobro $408.000 y no me parece justo que también tenga que aportar el 9% de mi sueldo para una caja de compensación que no me beneficai en nada, que hacemos los que intentamos trabajar independientemente y con poco sueldo, para subsisitir?, si el Estado me quita tanto dinero? el 10% de retenciones, y pago el 12% de salud y el 15.5% de pensiones y ahora el 9% de caja? con esto ya no puedo contar con el 46.5% de mis $408.000, entonces más me convendría no trabajar, y de que vivo? ya tengo 40 años y no es fácil conseguir trabajo, y desafortunadamente he perdido mi capital al igual que muchos colombianos y no se podrá hacer algo para cambiar las leyes a nuestro favor???, escucho ideas, gracias mi e-mail es emmaines1@yahoo.es
iVONNE, ME SOLIDARIZO CONTIGO, DEBERIAMOS PROMOVER UNA REVOCATORIA DE ESTAS LEYES Y DECRETOS YA QUE VAN EN DETRIMENTO DE LA POBLACION MAS VULNERABLE, ESTRATOS 1, 2 3 , DE QUE VANOS A VIVIR?. escribamosle al señor Presidente preguntándole donde está la SEGURIDAD SOCIAL QUE TANTO PREDICA Y QUE ES LO PRIMERO PARA EL, se olvido de los desempleados, independientes, trabajadores informales, etc, nos vamos a retirar de las EPS y seremos más los enfermos y la gente que se va a morir por no tener atención medica, o se medio come , o se medio vive, o pagamos todas estas arandelas, que tristeza y que injusticia.
Perla
AMIGOS YO TAMBIEN SOY CONTADORA PUBLICA Y ESTOY MANEJANDO LA CONTABILIDAD DE UN SAI QUE TENGO, Y ME PARECE INJUSTO QUE SI ES UN NEGOCIO PEQUEñO TENGO QUE APORTAR PENSION, CAJA Y ARP A SABIENDAS QUE HOY EN DIA QUIEN SE VA A PENSIONAR, YA QUE LAS LEYES QUE ESTAN CREANDO ES CON ESE FIN.
yo soy una persona independiente vivo de vender ropa y fantasia a mis conocidos y familiares, este trabajo apenas me da para ganar entre 300 y 400 milpesos cada mes, con unb gran esfuezo venia pagandomio salud comoindependiente, pero ahora debe cancelar con laplanilla unificacda salud,pension y caja de compensacion,es muy triste quelaspersonas que se encuentran en mi situacion de desempleo y que buscan alguna oportunidad de negosio para subsistir unicamente, tenga que gastar casi la mitad delo que gana y dejarselo al estado ??? quiere decir que las personas que no cotizan como dependientes al sistema tienen que trabajar para dejar todo el dinero en los fondos es injusto que se nos vilen los derechos fundamentales en este caso la salud.Y DESPUES PORQUE TANTA VIOLENCIA.
querida monica:
espero que estes bien pero te cuento que estas en un error absoluto hay una ley donde dice que los independientes solamente cotizan la slud no pension y mucho menos la caja de compensacion asi que actualizate y averigua bien tu estado para la planilla unificada
buenos dias me gustaria saber cual es la ley que comenta ya que hasta la fecha los independientes por obligacion deben cancelar pension. es importante que consulte con los operadores porque las excepciones son solo para las mujeres mayores de 50 y hombres de 55 años
gracis
cordial saludo
Estoy totalmente de acuerdo, en mi caso trabajo x mi cuenta o como le decimos el rebusque, me gano mensualmente maximo 200.000 y ahora tengo q sacar para pensiones y salud 134.400 ya q me cotizaron con un salario de 480000 la plata no alcanza.
q injusticia
pero si eres trabajador independiente recuerde que solo aportarias para salud 12.5% y para pension un 15.5% tanto la caja de compensacion sena icbf es de 0% entonces no hay 4% por cual temer
cuales son los operadores de información, en la ciudad de Barrancabermeja, para las empresas aportantes con menos de 30 trabajadores
los operadores de informacion tienen cobertura nacional, cualquiera de ellos puede brindarle la posibilidad de pagas sus aportes comodamente.
http://www.soi.com.co
http://www.enlaceoperativo.com
http://www.asocajas.org.co
entre otros
asocajas corazon actualizate por favor
anonimo
Asocajas es correcto, el que debe actualizarce es usted
Margoth :
Si alguien puede aclararme cual seria la forma de presentacion de la planilla integrada, si tengo sucursales en otras ciudades y se manejan los costos por separado? igual van todos los empleados en la misma planilla?
los que votaron por uribe tienen que reclamarle
El comentario de Ivonne López me parece muy acertado. El gremio de contadores en Colombia ha sido muy desunido y apático a una problemática que nos afecta a todos como lo es el de la Seguridad Social. Esta es una buena oportunidad para que nos unamos (ojalá bajo la directriz de quienes dirigen esta página web)y presionemos una reforma a la denigrante Ley 100 que sólo se creó para el beneficio de unos pocos gamonales a los que yo denomino “grandes comerciantes de la salud”. Dejemos de lado nuestra apatía.
hay que acabar con la ley 100 y punto.
VARIAS COSAS IMPORTANTES:
1. HAY QUE UNIR NUESTRA PROFESION EN TORNO A UNIFICACION DE TARIFAS DE HONORARIOS PROFESIONALES, AFORTUNADAMENTE YA TENEMOS ALGUNOS PARAMETROS, QUE SE DEBEN DEBATIR Y ELEVAR A ESTANDAR PARA LA PROFESION.
2. YA ERA HORA DE QUE EL ESTADO SE APIADARA DE LOS ADMINISTRADORES DE LAS EMPRESAS Y UNIFICARA LA PRESENTACION PAGO DE PARAFISCALES Y SEGURIDAD SOCIAL, PERO, CUANTOS AñOS DE DESGASTE EN TIEMPO Y RECURSOS PARA CUMPLIR CON OBLIGACIONES QUE IMPONE EL MISMO ESTADO, POR MEDIDAS SIN PLANEACION.
COMO DIJO ALGUIEN ALGUNA VEZ: CONTADORES DEL PAIS “UNIOS”.
LO QUE PASA ES QUE MUCHOS DE NOSOTROS ESTAMOS TAN ENCLAUSTRADOS EN NUESTRAS FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES QUE NO NOS QUEDA TIEMPO EN PENSAR COMO HACER PROSPERA NUESTRA PROFESION. CONOZCO AMIGOS COLEGAS QUE SON MUY VERSADOS Y TIENEN MUCHAS INICIATIVAS A NIVEL GREMIAL PARA EL DESARROLLO DE LA PROFESION, PERO QUE POR SUS MULTIPLES OCUPACIONES Y EL TIEMPO LIBRE QUE LE QUEDAN LO USAN PARA DESCANSAR Y ESTAR CON SUS FAMILIAS. ES LABOR DE LIDERES LA QUE TENGAMOS QUE APOYAR QUE SE IDENTIFIQUEN CON NUESTRAS LABORES DE NOSOTROS.
Respuesta a Claudia Pto. 3
Hola
Para ayudarte con tu pregunta, es posible deducirlo del Decreto 1931 de 12/06/2006 que citan los de actualícese en el presente editorial, ya que en su Art. 1o dice:
“Parágrafo 1
CIERTAMENTE HABEMOS PROFESIONALES QUE ESTAMOS TAN OCUPADOS EN NUESTRAS RESPONSABILIDADES Y OFICIOS QUE ESTOS TEMAS TAN RELEVANTES LO DEJAMOS DE LADO PARA PODER TRABAJAR Y ASI GANARNOS EL SUSTENTO DIARIO. TENGO AMIGOS COLEGAS LOS CUALES TIENEN BUENAS PERSPECTIVAS EN EL CAMPO DE LA PROFESION, LO QUE PASA ES QUE EL POCO TIEMPO LIBRE LO DEDICAN A SUS FAMILIAS Y SU HOGAR. DESAFORTUNADAMENTE LA PROFESION ESTA MUY DEMERITADA, Y LO QUE DEBEMOS HACER C/U DE NOSOTROS ES UNIR ESFUERZOS Y VISUALIZAR UN LIDER QUIEN NOS REPRESENTE EN LOS ALTOS ESTAMENTOS GUBERNAMENTALES, QUIEN SEA UNA PERSONA DE LA PROFESION LA CUAL SE COMPROMETA A SACAR ADELANTE NUESTRO GREMIO BRINDANDO APOYO Y SEGURIDAD A NIVEL DE ESTATUS LABORAL Y ECONOMICO DE LA CONTADURIA PUBLICA.
Oiga señor John solo una correción si a estudiado. No se dice habemos sino hay conmigo o somos…
Espero lo tenga presente
Oiga señor Alex sólo (con tilde = únicamente) una correción si ha (con hache, del verbo haber) estudiado. No se dice habemos sino hay conmigo o somos…
Espero tenga presentes estas dos correcciones.
Hola amigos: Hace poco tiempo recibo la informacion de Actualicese, y francamente me parece un servicio excelente. Muchas gracias por preocuparse por la profesión y por los Contadores Públicos.
Quisiera decirle a Ivonne López, que estoy de acuerdo con ella, pero lo que no me parece justo es que esté prestando sus servicio profesionales por tan poco pago. Si no se puede mejorar esa situación, solicitele a su contratante, que la afilie él a la Seguridad Social, ya que le está pagando solo parte del Salario Mínimo.
No te dejes explotar Ivonne. Eres una Profesional, Adelante .
Saludos y que Dios te Bendiga.
Doctor Gomez deseo contactarme con usted Cordialmente Ricardo Delgado Tel 3002743573
PRECISAMENTE COLEGAS, ES QUE DEBEMOS UNIRNOS, DEBATIR Y ELEGIR HAY VARIAS PROPUESTAS DE CANALIZAR ESTAS ACTIVIDADES A TRAVES DEL PORTAL DE ACTUALICESE, NO LO ECHEMOS AL OLVIDO Y PROPONGAMOSLE AL DR ZULUAGA ALGUNA MANERA DE HACERLO. PODRIA SER A TRAVES DEL RECIEN (O RENACIDO) FUNDADO COLEGIO DE CONTADORES.
ANIMO, SAQUEMOSLE UN RATICO DE TIEMPO A ESTO QUE NOS PUEDE BENEFICIAR EN TODO SENTIDO, PUESTO QUE SI LOGRAMOS UN MEJOR POSICIONAMIENTO DE LA PROFESION Y DARLE LE DEBIDA IMPORTANCIA A NUESTRAS ACTIVIDADES HABRA MAS TIEMPO Y RECURSOS PARA TODOS.
Como asidua lectora de actualicese los sigo felicitando por esta valiosa pagina. A todos los colegas que han enviado sus comentarios creo que todos los que amamos la profesion y nos ha costado muchos sacrificios estamos totalmente de acuerdo y siempre decimos hay que hacer algo, hay que valorar nuestra profesion, pero desafortunadamente hay otros colegas que no les interesa, o hay otros que por diferentes circustancias o necesidades se ven obligados a trabajar por lo que les ofrezcan, pero es hay en donde necesitamos unión y apoyo, me parecio estupenda la tabla que nos suministraron para fijar nuestras tarifas de honorarios pero es que todos los contadores sin ninguna discriminacion la debemos aplicar, por otra parte yo estuve presente en la asamblea de la creacion de la colegiatura de contadores, pero desde esa fecha no he sabido mas nada ni siquiera y a pesar de que envie un correo no tengo y asi hay muchos colegas a los cuales les comente de esta colegiatura el numero de cuenta para pagar mi inscripción y hacer parte de esta agremiación, ojala no pase como ha pasado en otras oportunidades que el fervor nos dure poco y esto solo haya sido para intereses de unos pocos por que sería un engaño. Solicito si algun colega me puede enviar mas información de la colegiatura se los agradezco.
Me parece muy conveniente la unificacion del pago de aportes, debido a que asi se optimiza el tiempo de la persona encargada de hacer los pagos en los bancos. Igualmente obliga a las empresas y patronos a cancelar oportuna y completo el valor de los mismos; y de esta manera como Revisores Fiscales estamos más tranquilos de saber que se cumplió a cabalidad con dicho deber.
Martha.
En verdad la planilla unificada para el pago de aportes economiza mucho tiempo, pero, nosotros somos una empresa nueva que hemos estado tratando de afiliarnos a una caja de compensacion y no ha sido posible, hemos presentado varias solicitudes a las diferentes cajas, nosotros manejamos el gremio de la construccion y nuestros empleados son muy rotativos duran cinco dias otros un mes otros dos dias y asi sucesivamente, queremos estar en el marco de la ley y cumplir todas las obligaciones pero no dan las facilidades, QUIERO QUE ME AYUDEN A SABER COMO HACER EN ESTE CASO PARA PAGAR POR INTERNET CON LA PLANILLA UNIFICADA SI LA CAJA DE COMPENSACION NO ME HA DICHO SI NOS INSCRIBE O NO ?
LES AGRADECERIA SU RESPUESTA
LUZ MARITZA
DOS COSAS:
ANONYMOUS, QUE OJALA ALGUN DIA SE IDENTIFIQUE, TIENE RAZON, AL PARECER TODO QUEDO AHI, CASI EN NADA, LA INFORMACION QUE SE TIENE ES CASI NULA, SERIA ACONSEJABLE PREPARAR UNA BUENA PAGINA WEB CUANTO ANTES PARA VER Y PARTICIPAR DEL PROCESO QUE SE DEBE SEGUIR Y,
MARITZA, LA AFILIACION A LAS CAJAS DE CO0MPENSACION ES UNO DE LOS TANTOS CALVARIOS QUE DEBEN SUFRIR LOS EMPRESARIOS POR QUE SI LOS DATOS QUE PIDEN PARA UNICAMENTE ENTREGAR EL FORMULARIO DE AFILIACION NO LES DA UN SUPERAVIT CON RESPECTO A LOS SUBSIDIOS QUE DEBEN RCONOCER, DEFINITIVAMENTE TIENE QUE RECURRIR A DERECHOS DE PETICION PARA QUE LE ENTREGAN AL MENOS EL FORMULARIO, ESAS SON ENTIDADES EXCLUYENTES QUE BURLAN LA LEY Y LOS EMPRESARIOS QUERIENDO CUMPLIR SU OBLIGACION QUE ADEMAS ES REQUISITO PARA LA DEDUCCION DE SALARIOS QUEDA A LA DERIVA.
Estimada Usuaria (Punto 13)
De antemano le agradezco por sus buenos comentarios sobre la comunidad de actualícese.
Sobre su inquietud acerca de la Colegiatura:
Aprovecho para contestarle por este medio para que otros usuarios con la misma inquietud, puedan también informarse:
La semana entrante tendrá información concreta. Estamos esperando la consecución de la personería Jurídica; En este momento ya está hecha la escritura pública, pero se requiere que los estatutos sean registrados en Cámara de Comercio, lo cual sucederá a más tardar la semana entrante.
Cumplido este proceso, podremos iniciar labores como abrir cuentas, recibir inscripciones y así podremos operar de manera normal; por supuesto, oportunamente estaremos entregando la información pertinente a través del portal de actualícese.
Cordial Saludo
José Hernando Zuluaga
http://www.actualicese.com
hola colegas, mi duda radica en las novedades basicamente, en el nuevo sistema de planilla integrada, se debe cancelar por anticipado el aporte a salud, y mes vencido los aportes de pensiones, arp y cajas de compensación. En el caso de que se tenga un trabajador al cual se le cancelan los aportes del mes de julio en salud, y los aportes de pensiones, arp y parafiscales del mes de junio y se retire el 15 de julio, como y cuando se debería reportar esta novedad?, si al momento de presentar la planilla, yo no tengo idea de que mi empleado se retira…
gracias.
luz maritmza:
Las cajas de compensación no te afilian si tu llamas por telefono te inscriben la empresa y te tienen llamando, siempre te contestan que aun no hay cupo; para evitar esto escribe una carta a una Caja de Compensaciòn que tù eliges, solicitando la afiliaciòn de la Empresa y das un numero tentativo de Empleados, la ràdicas en correspondencia en la Caja elegida y ellos tienen Quince Dìas Habiles para contestarte, si no tienes antecedentes de deuda en otra caja existe la obligaciòn legal de Aceptarte e iniciar el tràmite llenando el formulario y anexando los papeles que ellos te exigen.
suerte…
Hola Compañeros, mi duda es la siguiente: Mi papa es beneficiario mio en salud, (osea que el no aporta para salud) pero si aporta para pension como trabajador independiente, con esta nueva planilla unificada
agradezco alguien del foro me comunique que los trabajadores independientes tambien deben en la planilla unificada camcelar aportes parafiscales?, si es una persona que no alcanza a ganar ni el minimo entonces deja de vivir para pagarle a las cajas de compensacion, sena, icbf, que en muy poco le aporta al progreso del pais ya que es una burocracia mas ampara por el regimen uribista. estas entidades debeiran de tener otra forma de finaciamiento y no a costa del pobre trabajador. como decimos en santander hijuepuente y con tanto trabajo que hay?. y que viva uribe….
Según el decreto 1931 dice que las empresas con menos de 30 cotizantes deben utilizar por primera vez la planilla integrada a partir del 1o de abril de 2007. Osea que en mi empresa debemos esperar hasta el año entrante para empezar a utilizar esta planilla, y seguimos presentando los pagos en los formularios acostumbrados?… Agradezco a quien me aclare esta duda.
Para Ivonne López:
La resolución 634/06 establece que los trabajadores independientes están obligados a aportar a Salud y Pensión. La afiliación a Riesgos Profesionales y a Caja de Compensación es voluntaria. No se cotiza a SENA, ICBF, Ministerio de Educación y ESAP.
A propósito de la afiliación a Cajas de Compensación, en nuestro Departamento las Afiliaciones de Empleadores las decide el Consejo Directivo de la Caja, que se reúne usualmente una vez al mes. Imagínense tremenda ineficiencia.