Recientemente, mediante la expedición de la resolución 01618 de febrero de 2006, la Dirección de impuestos y aduanas nacionales sufrió todo un “revolcón” interno en cuanto a la asignación de las funciones que se tenían distribuidas entre sus distintas divisiones internas. Desde la vigencia de esta resolución, las actividades al interior de la DIAN correrán por cuenta de 65 distintas “divisiones”
Sabiendo que son muchas las ocasiones en que los ciudadanos deben dirigir correspondencias a la DIAN, o adelantar personalmente procesos ante tal entidad, a continuación resaltamos cuales son algunas de las divisiones o departamentos internos más importantes a los cuales, después de la vigencia de la resolución 01618 de febrero de 2006, se deberán empezar a dirigir los contribuyentes
Como lo indica el art. 774 del ET, todos los entes económicos obligados a llevar contabilidad (ya sean personas jurídicas o naturales), si pretenden hacerla valer como prueba para sus efectos fiscales, deben tener registrados sus libros contables ya sea en la cámara de comercio o en la DIAN
Para cuando algún ente jurídico requiera registrar sus libros de contabilidad ante la DIAN (consulta nuestro editorial “donde registran sus libros de contabilidad las entidades sin animo de lucro”), la división que se encargará de tal trámite será la “División de Gestión y Asistencia al Cliente” (ver artículo 65 de la resolución 01618 de febrero de 2006)
Esta tarea corre por cuenta ahora de la “División de Contabilidad”, pues el artículo 35 de la resolución 0168 menciona dentro de la lista de actividades de esta división la de “Administrar el sistema de información de la Cuenta Corriente de los Contribuyentes y de las correcciones a la información coordinando con la Oficina de Servicios Informáticos, su mantenimiento y actualización”
La “División de Programas de Fiscalización” (ver artículo 39 de la resolución 01618 de febrero de 2006) será la encargada de gestionar todos los procesos de suministro de información en medios magnéticos, tema que para el año 2006 será de gran agite para esta división (si quieres aumentar tu conocimiento sobre el reporte de información en medios magnéticos a la DIAN, puedes conocer nuestro producto “Actualizate en Medios Magnéticos)
Quienes necesiten obtener de la DIAN algún tipo de asesoría especial o apoyo en el entendimiento o interpretación de las normas tributarias vigentes, deberán dirigirse a la “División Jurídica Tributaria” (artículo 52 de la resolución 01618 de feb de 2006) pues entre las funciones de dicha División figura la de “Prestar el servicio de orientación y atención al contribuyente en materia tributaria”
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La Ética Profesional, la Credibilidad, los Conocimientos Técnicos y los Profesionales son algunos de los Factores que se exponen en esta Conferencia dictada por el Dr. Enrique Zamorano, quien nos muestra algunos de los deberes que los Contadores Públicos tienen ante la Sociedad, sus Colegas y la Profesión.
¿Cómo interpretar el Mercado de Capitales en Colombia?
Conferencista: Jose Arbey Maldonado
Nueva Ley sobre Facturación (Ley 1231 de Julio de 2008) y otras normas relacionadas
Conferencista: actualicese.com (Dr. Diego Hernán Guevara M.)
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Conferencista: Dr. Joser Arbey Maldonado
Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
Conferencista: Victor Abreu
5 Oportunidades Económicas para el Contador Público en la Industria del Conocimiento
Invitados: Orlando Rincón, Carlos Lián, Juan Fernando Zuluaga
Foro: Propuesta de Tabla de Honorarios Profesionales para Contadores Públicos
Invitados: Dr.Omar Montilla, Dr. Harold Edgar Perea
Duración: 30 minutos
Cuando la cuenta corriente de una sociedad ante la DIAN no se encuentra actualizada cómo se solicita? y ésto se puede alegar para que desembarguen las cuentas por un proceso de cobro coactivo que no procedía por tener saldo a favor para compensar?
Muy interesante el artículo, sería muy importante estudiar y adicionar, si las unidades residenciales(propiedad horizontal) ante quien debería inscribir los libros, pues hoy un administrador se desplaza a la Dian y ningún funcionario de orientación al contribuyente sabe si hay o no obligación por parte de los administradores su registro.
Buenos dias:
Aunque leà el comentario, necesito CON URGENCIA de su colaboración para que por favor me indiquen donde puedo ubicar el procedimiento escrito PARA LIQUIDACION DE PERSONAS JURIDICAS.
He estado buscando en su portal pero no he sabido ubicarlo. Lo anterior teniendo en cuenta que soy Representante Legal de una organización cuyos socios han decido liquidar definitivamente.
Gracias por su valiosa y oportuna colaboración.
Cordialmente,
Gloria Siabatto Fernández