Por estos días los asalariados empiezan a experimentar un cierto “éxtasis” de felicidad por la expectativa que genera recibir la tan esperada (y para muchos “previamente comprometida”…) prima legal de servicios a que tienen derecho por su vinculación laboral. El “éxtasis” de alegría es mayor si a la prima legal se suma alguna otra “prima extralegal” (que por estas épocas podríamos decir que es solo propia de las empresas “pudientes”…)
Sin embargo, aunque la prima legal y las extralegales constituyen un ingreso tributario en cabeza del trabajador, es necesario conocer lo que las normas tributarias disponen para efectos de la posible retención en la fuente a que habría lugar de practicarle al trabajador que perciba tales valores.
En efecto, de la lectura de los art.385 y 386 del Estatuto Tributario, se desprenden las siguientes conclusiones:
En este caso, debe primero distinguirse a cual de los dos procedimientos de retención en la fuente sobre pagos laborales viene acogido el trabajador, es decir, si al “Procedimiento 1” o al “Procedimiento 2”, pues dependiendo de dicho procedimiento, el resultado de la retención a practicar puede ser totalmente distinto. Para ilustrarlo, obsérvese los siguientes ejemplos:
Un trabajador tiene un salario mensual de $3.000.000. En el mes de junio de 2005 le liquidan y pagan una prima legal de 1.500.000 y una prima extralegal de 1.000.000. Su aporte obligatorio a fondo de pensiones es el 4.75% de sus salarios) (incluido el aporte al Fondo de Solidaridad). Dicho trabajador tiene autorizado que mensualmente le descuenten $700.000 con destino al fondo de pensiones voluntarias, pero para el mes de junio de 2005 decide aportar no solo $700.000 sino $1.000.000. Este trabajador no efectuó pagos por préstamos de vivienda ni por salud prepagada o educación de sus hijos y esposa en el año 2004, razón por la cual no tiene valores para disminuir la base gravable del 2005 con tales pagos. Los cálculos serían:
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Concepto |
Sueldos ordinarios, más las primas Extralegales |
Prima legal |
Total devengado |
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Valor recibido |
4.000.000 |
1.500.000 |
5.500.000 |
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Menos: Ingresos no gravados -Aportes (obligatorios y voluntarios) a fondos de pensiones o a las cuentas de ahorro AFC (no pueden exceder del 30% valor recibido en el mes) |
(1.142.500) |
0 |
(1.142.500) |
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Subtotal 1 |
2.857.500 |
1.500.000 |
4.357.500 |
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Menos : Rentas exentas (25% del subtotal 1 sin exceder, en el gran total, de la suma de $4.539.000) |
(714.375) |
(375.000) |
(1.089.375) |
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Subtotal 2 |
2.143.125 |
1.125.000 |
3.268.125 |
|
Menos: Pagos por interes en credito de adquisición de vivienda hechos durante 2004 (la deducción por este concepto, cada mes durante el 2005, no puede exceder de $1.955.000), Ó los pagos por salud prepagada, seguros de salud y gastos de educación de su esposa e hijos en el 2004 (no pueden exceder del 15% de subtotal 2) |
0 |
0 |
0 |
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Subtotal 3 (“pago gravable”) |
2.143.125 |
1.125.000 |
3.268.125 |
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El subtotal 3 se busca en la tabla, pues es un procedimiento 1, y la Retención en la fuente a practicar es… |
65.000 |
0 |
65.000 |
Obsérvese que el valor del subtotal 3 se busca, para cada columna , en forma INDEPENDIENTE en la tabla del art.383 del ET, y de allí se desprende el hecho de que sobre los salarios más la prima extralegal SI hay retención, pero que la prima legal, por arrojar una “base gravable” inferior a 1.804.000, entonces no tiene retención. Si el valor de la prima legal se hubiera sumado en forma CONJUNTA con los otros pagos del mes, entonces se le hubiera terminado practicando una retención de $335.945, es decir, una retención en exceso de $335.945 – $65.000 = $270.945. En este mismo ejemplo podemos darnos cuenta que fue por la presencia de la prima extralegal que en la primera columna se llegó a un valor base de retención en la fuente. De no haber recibido esa prima extralegal, el salario normal del mes (primera columna) hubiera llegado solo a una base gravable de $1.393.125 y en tal caso, no se hubiera generado retención en la fuente.
Supóngase que este mismo trabajador no estuviese sometido al procedimiento 1 de retención en la fuente, sino al procedimiento 2. En tal caso la situación cambiaría pues de la lectura del art.386 del ET se desprende la conclusión de que a tal trabajador la prima legal SI se le sumaría con los demás pagos laborales del mes, y al gran total de “pago gravable” se le aplica el porcentaje fijo de retención en la fuente que le definieron en dic de 2004 (y que se le aplica a todos sus “pagos gravables” entre enero y junio de 2005) Por tanto, supóngase que el porcentaje fijo que debe aplicársele a todos sus “pagos gravables” hasta junio de 2005 sea el 3,81%. La parte final de los mismos cálculos anteriores cambiaría así:
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Concepto |
Sueldos ordinarios, más la prima legal, más las primas extralegales |
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Subtotal 3 (“pago gravable”) |
3.268.125 |
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Al subtotal 3 se le aplica el % fijo, y la Retención en la fuente a practicar es… |
125.000 |
Obsérvese como, en el procedimiento 2, la prima legal se une con los demás pagos laborales del mes para formar una UNICA base gravable (aunque si se quisiera depurar en columna aparte, el resultado final sería el mismo pues a cada “base gravable” se le aplicaría el mismo 3,81% de retención…)
En conclusión, para los trabajadores del sector privado, y con procedimiento 1, la prima legal se debe someter a depuración INDEPENDIENTE de los demás pagos laborales del mes. Cuando tengan procedimiento 2, dicha primal legal se suma con los demás pagos laborales del mes. Esto nos lleva a concluir que puede ser más gravoso para un trabajador pertenecer al procedimiento 2 que al 1 al momento de recibir su prima legal (aunque cada caso particular es distinto y se deben efectuar los respectivos estudios)
En estos casos, la norma del art.385 del ET nos permite concluir que, si está sometido al procedimiento 1, la prima legal SI SE SUMARIA con los demás pagos laborales del mes, para hacer de esa forma una UNICA depuración total pues la única prima que en el sector público, y con procedimiento 1, se debe someter a depuración INDEPENDIENTE de los demás pagos del mes es la “prima de navidad” (la cual es una prima extralegal en dicho sector)
Y si pertenece al procedimiento 2, el resultado sería el mismo que si perteneciese al procedimiento 1 pues de igual forma la prima legal se sumaría en una UNICA gran base.
En consecuencia, para un trabajador de este sector, si le aplicamos el mismo tipo de valores del ejemplo planteado para los trabajadores del sector privado, en el caso del procedimiento 1 se le terminaría practicando una retención de $335.945 y en el caso del procedimiento 2 una retención de $125.000
Preparado por el Comité tributario de www.actualicese.com
Aparte del inciso 2
desearia saber que de cierto hay de que una persona con contrato laboral a termino indefinido no tienen derecho a prima ni vacaciones hasta despues de 90 dias. Gracias por su pronta respuesta
hola eso es cierto los trabajadores contratados a termino indefinido solo tienen derecho a prima, si tienen como minimo 90 dias de laborar en la empresa
para sandra rios y en especial para maria fernanda arcila
En cualquier clase de contrato laboral los trabajadores tendrán derecho al pago de vacaciones y prima de servicios en proporción al tiempo laborado cualquiera que éste sea, de acuerdo con las Sentencias de la Corte Constitucional Nos C-42 del 13 de enero de 2003 (Prima) y C-19 del de 2004 (Vacaciones).
BUENAS TARDES:
QUISIERA SABER SI LAS VACACIONES, SE LES TIENE QUE APLICAR RETENCION EN LA FUENTE, Y SI ES ASI SOBRE QUE BASE SE APLICO Y QUE PORCENTAJE DE RETENCION… AGRADEZCO SU PRONTA RESPUESTA
Quisiera saber si a las vacaciones y prima de vacaciones se les tiene que aplicar retención en la fuente, y si es asì sobre que base le aplico la retención. gracias…
1. CUALES SON LAS BASES, CONCEPTOS Y PORCENTAJES ACTUALES DE RETENCION EN LA FUENTE?.
2. COMO SE CLASIFICAN SEGUN SU REGIMEN LAS EMPRESAS ANTA LA DIAN?
3. QUE ES EL IVA Y REIVA?
4. QUE ES EL ICA Y RETEICA?
Que paso al fin con el incremento de la retención en la fuente del 6% al 7% para las personas naturales no declarantes de impuesto de renta….
Quedo en firme o que paso?…. Por que en las tablas de Retención en la fuente todavia aparece el 6%.
Andrey
Quiero saber si al fin quedo en firme la retención en la fuente por servicios del 6% al 7% para las personas naturales no declarantes
HOLA MI PREGUNTA ES RESPECTO AL ICA Y RETEICA COMO SE CALCULA, QUE ES, PORQUE SE GENERA,QUIENES ESTAN OBLIGADOS A HACER RETEICA ETC, NORMATIVIDAD PARA DICHO IMPUESTO.
GRACIAS
DESEO SABER CON ART. Y TODO SI UNA PERSONA CON CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO TIENE O NO DERECHO A PRIMAR Y VACACIONES ANTES DE CUMPLIR 90 DIAS. GRACIAS.
el ica es un impuesto que recae a todas las actividades comerciales, industriales,de servicios y financieras. y se calcula sobre los ingresos brutos de una empresa 35%
Para la obligación del pago de la prima, se causa desde le primer día que se empieze a laborar, ley 789 de 2003.
Como se debe liquidar la prima para un trabajador q en estos 6 meses ha cambiado de ingreso 2 veces, en enero en Mayo y en Junio el ultimo sueldo es de $800.000 se saca un proedio o se paga sobre el ultimo aumento?
[...] Sin embargo, el hecho de que no sea “salario”, no impide que sí sea considerado “ingreso tributario para el trabajador” y por tanto debe sumarse con los demás pagos laborales del mes para efectos de poder calcularle la base total sujeta a retención en la fuente a título de impuesto de renta, so pena de que si no fue incluido en la base y por tanto no fue posiblemente sujeto a retención en la fuente, en ese caso tal pago no sea deducible para el empleador en su declaracion de renta (vease el art.87-1 del ET; consulta también nuestro editorial escrito en junio de 2005 y que explica como incluir la prima en la base para retención por pagos labores) [...]
quieo saber si una persona que ingrea el 2 de febrero/2006 y se termina el 30 diciembre tiene por obligacion que pagarle prima y obtener sus vacaciones pagadas
estoy realizando una licencia no remunerada por 5 meses quiero saber si tengo derecho a la prima en el mes de diciembre.
buenas tardes
Quiero saber como liquidar a un empleado que lleva nueve años de labores con contrato indefinido y su salario es de 1.050.000
Tambien quiero saber que beneficios tiene esta persona en el momento de su liquidacion, si merece o no una indemnizacion
Gracias
Quisiera saber cuales son los rubros que hacen parte de los ingresos no gravados que se descuentan para el calculo de la retencion en la fuente por salarios. pues no tengo mucha claridad para el calculo de esta retencion , y de esta forma poder entrar a consultar en la tabla.
Gracias por su valiosa colaboracion.
LOS FELICITO POR ESTA PAGINA, LES AGRADEZCO SI ME PUEDEN COLABORAR, MI PREGUNTA ES CON RESPECTO A LA RETENCION EN LA FUENTE QUE SE LE DEBE PRACTICAR A LA PRIMA DE NAVIDAD EN EL SECTOR PUBLICO, YA QUE SE ESTA APLICANDO LA RETENCION POR SALARIOS POR EL PROCEDIMIENTO NUMERO 1,
Mabel estoy interesado en saber que respuesta te dieron en cuanto a este tema, al practicar retencion en la fuente de la prima de navidad se debe descontar ademas del valor excento 25% el valor de aportes de pension y fsp, si se liquida por separado del pago del salario del mes?
BUENOS DIAS:
QUISIERA SABER SI LAS VACACIONES Y LA PRIMA LEGAL SOBRE UN SALARIO DE $3.000.000 SE LES TIENE QUE APLICAR RETENCION EN LA FUENTE, Y SI ES ASI SOBRE QUE BASE SE APLICA Y QUE PORCENTAJE DE RETENCION… AGRADEZCO SU PRONTA RESPUESTA
A los empleados con procedimiento 1 de Retención en la Fuente su prima legal de servicios está exenta el 25% y a la diferencia aplico el rango que corresponda de acuerdo a la tabla que aplica para el año 2007 (UVT)
Gracias por su valiosa colaboración.
LOS FELICITO POR ESTA PAGINA.
QUISIERA HACER LA SIGUIENTE CONSULTA:
SI UN EMPLEADO ESTA INCAPACITADO (POR ARP O POR EPS)O HA TENIDO SANCIONES 2 O MAS MESES TIENE DERECHO A PRIMA, O SE LE PAGA PROPORCIONALMENTE?
Soy empleada del Tribunal de Etica Medica del Magdalena con Nit.800.091.305-2
somos una empresa pequeña y solo estamos en nómina mi compañera Carmen y yo, deseo me expliquen como se liquidan las primas semestrales (enero- junio/07)para nosotras.
NOMBRES SALARIO BASICO TIEMPO DE SERVICIO
TATIANA RUEDA $784.813.oo 5 años
CARMEN ESCALANTE $584.381 12 años
Es cierto que las primas se liquidan sobre el total devengado? osea en nuestro caso incluyendo el subsidio de transporte? y si esto es así como quedaría?. Teniedo en cuenta el Sub de transporte actual.
Les agradezco su respuesta a la ayor brevedad.
Tatiana Rueda Hernandez
Auxiliar Administrativa.
PUES ME PARECE IMPORTANTE EL SALARIO DE UN TRABAJADOR EN SU ACCION LABORAL
llevo dos años de trabajo la empresa me esta haciendo un despido unilateral me daran la indemizacion pero no me han pagado la prima de junio quiero saber si esto tiene alguna penalidad?
[...] Pero si en vez de regalos en especie decide darles dinero (entiéndase “bonificaciones extraordinarias”), en ese caso ese dinero se le sumaría al trabajador con los demás pagos laborales de diciembre (incluidos hasta la prima legal o extralegal), se sometería a la retención en la fuente sobre pagos labores (retención que para muchos asalariados no se genera pues en el procedimiento 1 solo los asalariados que reciben ingresos brutos mensuales durante el 2007 superiores a $2.750.000 son los que empiezan a generar retención; consulta una de nuestras anteriores herramientas), y de esa manera ese pago sí sería deducible (ver art.87-1 del ET; además, sobre el pago de las primas y el hecho de que sumen para la base de retención, consulta uno de nuestros anteriores editoriales) [...]
Me gustaria saber si la deduccion por salud y educacion par efectos de retencion puedo utilizar hasta el 15% siendo salud y educacion superiores a este
Buenos dias, el motivo de mi consulta es si las primas extralegales del sector publico como lo son: prima de navidad, prima de vacaciones, aguinaldo, prima de vida cara, las vacaciones, bonificaciones costituyen base gravable como ingreso provenientes de la relacion laboral para calcular la retencion en la fuente segun los procedimientos de retencion como lo establece el estatuto tributario en su articulo 387. O si por lo contrario estan excentas de ser suceptibles de alguna retencion en la fuente.
Ademas si para saber si la persona esta suejta a retencion por concepto de salarios solo tomo como base su salario basico mensual sin incluir ningun otro concepto
Agradezco su pronta respuesta ya que de ello depende realizar la retencion en la fuente por estos conceptos.
Buena noches
Tengo una pregunta,
Al momento de liquidar la prima de servicio el valor de las incapacidades se tienen en cuenta o solo se les descuenta para efectos de promedio los dias de incapacidad?
Les agradezco su respuesta
ME GUSTARIA SABER QUE PORCENTAJE AUMENTAN LOS SUELDO EN GENERAL
Gracias por la respuesta
nancy
queporcentaje de pension y sueldo me puedo descontar como renta exenta en mi declaracion de renta como pensionada
Como se calcula la retencion en la fuente para las personas que tienen menos de 30 dias (incluyendo las deducciones por pension y fondo de solidaridad).
BUENAS TARDES, QUISIERA SABER SI UN EMPLEADO PUBLICO VINCULADO EN FEBRERO A LA ADMINISTRACION (ALCALDIA) TIENE DERECHO A LA PRIMA DE SERVICIOS, Y DE SER ASI BAJO QUE NORMA SE SUSTENTA.
lES AGRADEZCO POR SU ATENCION, TODA VEZ QUE ESTE TEMA SE HA DISCUTIDO CON TODOS LOS JURIDICOS Y NO SE HAN PUESTO DE ACUERDO.
GRACIAS
Señores Actualicese.
Si un trabajador recibe una incapacidad por 150 dias y sobre esta incapacidad la Eps paga las 2/3 del salario desde el primero de Enero a Mayo 30/2008 y luego el dia primero de Junio se va de vacaciones por 20 dias los cuales se le pagan en su totalidad, y pide permiso por los otros 10 dias, en donde la empresa decide cancelarcelos por mutuo acuerdo.
Pregunto¿Tendra derecho al pago de la prima por este semestreteniendo en cuenta que no trabajo ni un dia ?
QUISIERA SABER SI LAS ESES(EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO)HOSPITALES TAMBIEN SE LES PRACTICA RETENCION EN LA FUENTE EN SU PRIMA DE SERVICIO O SI HAY ALGUNA NORMA DE LA EXONERE. GRACIAS
mmmmmm
Pregunta.
SI NO SE PAGAN LAS PRIMAS EN LA FECHA INDICADA. ES DECIR DESPUES DEL 30 DE JUNIO. CUANDO YA HAN PASADO MAS DE 2 SEMANAS.. GERERA INTERESES DE MORA CON LOS TRABAJADORES?
LA PRIMA DE VACACIONES Y LAS VACACIONES TIENEN RETEFUETEN EN EL PROCEDIMIENTO 2 COMO SE CALCULAN