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Según el Decreto 691 del 4 de Marzo de 2010, el Presidente de la República designará un miembro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Este podría ser Contador Público. El miembro designado por el Presidente presidirá el Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
PARÁGRAFO. De conformidad con el artículo 11 de la ley 1314 de 2009, la designación del cuarto miembro del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, quien deberá ser contador público, se hará por el Presidente de la República, de ternas enviadas por diferentes entidades legalmente constituidas tales como: Asociaciones de Contadores Públicos, Facultades de Contaduria, Colegios de Contadores Públicos y Federaciones de Contadores, conformadas de acuerdo con el procedimiento establecido en el articulo siguiente del presente Decreto.
Si usted estuviera en los zapatos del Presidente a qué Contador Público le daría su voto de confianza. Déjenos saber su opinión en este espacio. Bajo los argumentos anteriores, abrimos entonces el debate.
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