¿Conviene que el Consejo Técnico de la Contaduría Pública actúe como secretario técnico de la mesa de trabajo y divulgue las actas a través de Internet?

Por: actualicese.com
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Publicado: 24 de December de 2009

Según el Artículo 6 del Proyecto de Norma 174 el Consejo Técnico de la Contaduría Pública actuará como secretario técnico de la mesa y divulgará las actas a través de Internet. Lo anterior indica que esta entidad tendrá una importancia no tan trascendental y que, hasta nos atrevemos a decir, pasa a un segundo plano.

Ahora, así como el Consejo Técnico ve un futuro oscuro, aparece la figura del Consejo Permanente para la Evaluación de los Procesos de Regulación y Normalización, organismo que emitirá las normas de información financiera y de aseguramiento de información en el país, lo cual para el Contador Público Samuel Mantilla es un “paso práctico, en el sentido de reunir a las distintas entidades del Estado y poner a funcionar estos procesos”.

Esta entidad aparecería debido a que la profesión contable en Colombia, en los últimos años, no ha mantenido una actitud proactiva en el tema de los Estándares Internacionales, lo que hace que la sociedad no reconozca la labor de los gremios y de la misma profesión.

Bajo los argumentos anteriores, abrimos entonces el debate.

Para usted, ¿Conviene que el Consejo Técnico de la Contaduría Pública actúe como secretario técnico de la mesa de trabajo y divulgue las actas a través de Internet? Déjanos tu comentario


  • Hernan Rodriguez

    El decreto reglamentario lo que dice es que el Consejo Técnico actuará como secretario técnico en las mesas de trabajo que se hagan con Ministerios de Educación Nacional, Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, Facultades y programas de Contaduría Pública del País. Estas mesas de trabajo son para para acordar los términos de referencia de los programas de divulgación, conocimiento y comprensión que desarrollarán las instituciones de educación.

    El Consejo Permanente de que habla el artículo 138 del decreto 2649 se le asigna el diseño y ejecución de las acciones de evaluación de la consistencia de las regulaciones a emitir y verificación de la publicidad y transparencia de los procesos regulativos.

    El Consejo Técnico seguirá siendo, según la ley 1314, un “organismo de normalización técnica” que presentará las propuestas de regulación sobre de normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información. Para estas propuestas tomara obligatoriamente las normas internacionales recomendarlas o rechazarlas, después de un debido proceso establecido en la ley. No podrá ni inventar una norma nueva ni adaptar las normas internacionales.

    Hernan A. Rodriguez G.

  • Hernan Rodriguez

    El decreto reglamentario lo que dice es que el Consejo Técnico actuará como secretario técnico en las mesas de trabajo que se hagan con Ministerios de Educación Nacional, Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, Facultades y programas de Contaduría Pública del País. Estas mesas de trabajo son para para acordar los términos de referencia de los programas de divulgación, conocimiento y comprensión que desarrollarán las instituciones de educación.

    El Consejo Permanente de que habla el artículo 138 del decreto 2649 se le asigna el diseño y ejecución de las acciones de evaluación de la consistencia de las regulaciones a emitir y verificación de la publicidad y transparencia de los procesos regulativos.

    El Consejo Técnico seguirá siendo, según la ley 1314, un “organismo de normalización técnica” que presentará las propuestas de regulación sobre de normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información. Para estas propuestas tomara obligatoriamente las normas internacionales recomendarlas o rechazarlas, después de un debido proceso establecido en la ley. No podrá ni inventar una norma nueva ni adaptar las normas internacionales.

  • Hernan Rodriguez

    La aseveración del primer párrafo es incorrecta. Lo que si dice el proyecto es que el CTCP actuará como secretaria técnica en las mesas de trabajo sobre los aspectos académicos a emprender.

    El segundo párrafo tampoco le hace honor a la realidad. El papel del Consejo Permanente es para garantizar la calidad, transparencia y pertinencia de los procesos regulatorios.

    El Consejo Técnico, según la ley 1314 es el ente de normalizacion técnica a cargo del proceso de estudio de los borradores de propuesta. La decisión de adopción es de la instancia reguladora.

    Hernan A.Rodriguez G.

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