Adjunto plantilla para la liquidacion de intereses de mora, y proyectar su respectivo pago.
José Miguel Barbosa M.
Contador Publico
BAVAR ASESORES CONTABLES Y TRIBUTARIOS
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Qué sómos, qué debemos cambiar y cuál es el futuro, son algunos de los interrogantes que plantea el Presidente de la Junta Central de Contadores, Dr. Luis Alfonso Colmenares en esta conferencia donde la Ética y las problemáticas de la Profesión son temas tratados a fondo. De la misma manera se aclaran muchas de las dudas que nos surgen a los profesionales de la Contaduría Pública en Colombia, sobre el futuro y las dinámicas de trabajo.
¿Cómo interpretar el Mercado de Capitales en Colombia?
Conferencista: Jose Arbey Maldonado
Nueva Ley sobre Facturación (Ley 1231 de Julio de 2008) y otras normas relacionadas
Conferencista: actualicese.com (Dr. Diego Hernán Guevara M.)
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Conferencista: Dr. Joser Arbey Maldonado
Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
Conferencista: Victor Abreu
5 Oportunidades Económicas para el Contador Público en la Industria del Conocimiento
Invitados: Orlando Rincón, Carlos Lián, Juan Fernando Zuluaga
Foro: Propuesta de Tabla de Honorarios Profesionales para Contadores Públicos
Invitados: Dr.Omar Montilla, Dr. Harold Edgar Perea
Duración: 30 minutos
MUY INTERESANTE ESTA PLANTILLA, PERO ME CREA CONFUSIÓN FRENTE A LO QUE EXPRESA EL GRUPO DE ACTUALICESE, PUES SE ASEGURA QUE SE DEBE LIQUIDAR INTERÉS SOBRE INTERÉS?
AGRADECERÍA COMENTARIOS QUE AYUDEN A ESCLARECER ESTA SITUACION…..
Por favor aclarar el concepto sobre cual base se debe calcular los intereses de las cesantias, si el 1% mensual es sobre el Salario o sobre el valor de las cesantias…?
Agradezco sus comentarios
desde hace varios años se viene aplicando la practica del ANATOSISMO, que es el cobro de intereses sobre intereses, actividad que constituye un delito que es penalizado. La forma de liquidar intereses sobre intereses por la DIAN es abusiva y debe demandarse ante el Consejo de Estado la norma que asi lo consagra.
Los colombianos que han perdido sus viviendas saben de que manera se incrementaron los saldos de los créditos adeudados a los Bancos,por ca capitalización de intereses.
Lo mejor es ser cumplido con el Estado pagando oportunamente las obligaciones, y no llegar a este término.
HUMBERTO SALAZAR CASANOVA
NEIVA
Muchas gracias por esta plantilla, es en realidad muy práctica.
Felicitaciones por este material es una herramienta muy util. Gracias
Miguel:FELICITACIONES Por esta gran herramienta,que chevere es contar con compañeros, amigos y profesionales como tú, dispuestos a apoyar la profesión.
Dr. Jose Miguel: Felicitaciones por la plantilla es una herramienta muy útil. Quisiera indagarle por su concepto fremte al artículo de la ley 1066 que dice:
Artículo 4°. Cobro de intereses por concepto de obligaciones pensionales y prescripción de la acción de cobro. Las obligaciones por concepto de cuotas partes pensionales causarán un interés del DTF entre la fecha de pago de la mesada pensional y la fecha de reembolso por parte de la entidad concurrente. El derecho al recobro de las cuotas partes pensionales prescribirá a los tres (3) años siguientes al pago de la mesada pensional respectiva. La liquidación se efectuará con la DTF aplicable para cada mes de mora.
Quisiera saber su concepto sobre la manera como se deben cálcular dichos intereses ya que se desconoce la fecha del desembolso por parte de la entidad concurrente. Se debería facturar mora sin conocer cuando nos van a pagar, ó facturar la mora en el periodo siguiente, cual sería la tasa? como debemos proceder en este caso?
Mil Gracias por su ayuda!!!
Apreciado colega Eduedilson Avila, la norma laboral hace referencia a que se debe tomar el 1% del total devengado o el 12% de la cesantias.
considero que si se hace un aporte se debde verificar primero que los datos que refleja son los exactos, este archivo posee errores que pueden en un momento dado cometer equivocaciones delicadas
POR FAVOR SEAMOS RESPONSABLES AL COLOCAR AYUDAS
gracias
Señor José Miguel Barbosa
El caso es el siguiente, yo trabajaba en una empresa X, mi salario era el minimo, llevaba
trabajando 9 meses y me salio una oferta de trabajo mejor. Pase mi carta de renuncia y me la aceptaron. Después de 1 mes llame a preguntar por mi liquidación y me dijeron que no la tenían, al otromes volví a llamar y me dijeron que no la tenían tampoco, puse un requerimiento en el Ministerio de Protección Social, me llamaron y me
dijeron que me invitaban a almorzar no acepte y simplemente me dijeron deme el nombre de su abogado, cuando vieron que no les di ningún
nombre me dijeron que me esperaban en la entrevista. La entrevista es el 24 de Septiembre y me gustaria llegarles con la mayor información pocible. Hoy le pido ayuda mis numeros teléfonicos son 4319021 o 3115115573, si es el caso me gustaria llamarlo a un telefono que usted me diera, que tenga un buen día Yeisson Tamayo
En primera instancia ya hice mi liquidación pero no se como sacar los
intereses de la misma, me gustaría que me ayudaran en eso, si pueden
se los agradecería.
Quedo a la espera de una respuesta que tengan un buen día.
Miky…
Muchas gracias por la herramienta, fabuloso que colabores con colegas preocupados por engrandecer cada día nuestra profesión. Un abrazo
Me gustaria saber sí alguno, me puede ayudar; tengo una empresa y le facture a un cliente con credito para 30 dias, ya van 60 y no ha cancelado el 50% de la factura, como le cobro los interes?, cual es el porentaje?, y los intereses los tengo que facturar o como se los presento al cliente? Muchas gracias, si me pueden ayudar…