Aunque se haya cumplido con el tope de ingresos comerciales en el 2008 por debajo de 4.000 UVT y con ello se pueda pertenecer al régimen simplificado del IVA durante el presente año 2009, los que pertenezcan a dicho régimen deben tener presente que el tope de ingresos que los obligaría a tener que declarar renta por el 2008 es mucho menor.
Contenido:
Repaso a las normas contenidas en los art.499 y 592 del Estatuto Tributario
Análisis al caso especial de los responsables del régimen simplificado del IVA por honorarios, comisiones y servicios
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