El Examen Médico de retiro no es obligatorio pues el trabajador cuenta con afiliación a una EPS, pero no se debe ser confundido con la Evaluación Médica Ocupacional que es totalmente distinta y obligatoria en unos casos particulares al ingreso, durante y posterior a la terminación del contrato.
Contenido:
Art. 57 numeral 7º C.S.T. Obligaciones Especiales del Empleador
Ley 100 de 1993 y demás normas de Seguridad Social Integral
Corte Suprema de Justicia No 12.108, de julio 22 de 1999desaparecida o innecesaria
No confundir el examen médico “inaplicable” con Evaluaciones Médicas Ocupacionales
Resolución 2346 de 2007
Tipos de evaluaciones médicas ocupacionales
Costo de las evaluaciones médicas ocupacionales
Contratación de las evaluaciones médicas ocupacionales
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