El Código Laboral tiene un vacío normativo respecto a la obligación que debería tener el empleador para conceder permisos a sus trabajadoras embarazadas para las citas de control. Esta obligación nace por interpretación constitucional.
Contenido:
Artículos 43 y 53 de la C. N. concede a la mujer embarazada protección especial durante el embarazo y después del parto.
Derechos constitucionales de la mujer embarazada.
La Legislación Laboral NO establece expresamente permisos por el embarazo
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