Hasta el 30 de Junio de 2009 hay plazo para pagar las obligaciones morosas que se encuentran reportadas en las Centrales de Riesgo. No hacerlo, es perder los beneficios de transición que tiene la Ley. Conózcalos.
Contenido:
Ley de Habeas Data o Ley 1266 de 2008 (31 de diciembre)
Artículo 21, Régimen de Transición
¿Qué pasa si paga la deuda reportada después de Junio de 2009?
Comentarios