Las normas de los Artículos 52 y 81 del Decreto 2649 de 1993 indican que existen tres tipos de pasivos contigentes y aclaran cuáles de ellos son los que se deben registrar contablemente y el momento para hacerlo. Para aclarar tales normas, la Supersociedades citó un ejemplo en un reciente concepto de Abril de 2010
Contenido:
Repaso de las normas contenidas en los artículos 52 y 81 del Decreto 2649 de 1993 sobre contabilización de pasivos contingentes
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