Las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado no podrán actuar como empresas de intermediación laboral, ni podrán disponer del trabajo de los asociados para suministrar mano de obra temporal a usuarios o terceros beneficiarios. Así quedó establecido en el Decreto 4588 del 27 de diciembre de 2006, por medio del cual se establecen requisitos que deben cumplir estas entidades para evitar que se siga distorsionando el modelo.
El Decreto también prohíbe a esta clase de entidades remitir a sus asociados como trabajadores en misión, con el fin de que atiendan labores o trabajos propios de un usuario o de un tercer beneficiario del servicio. El asociado que sea enviado por la Cooperativa y Precooperativa de Trabajo Asociado a prestar servicios a una persona natural o jurídica, configurando la prohibición que trae el artículo 17, se considerará trabajador dependiente de la persona natural o jurídica que se beneficie con su trabajo. En virtud de ello, cuando se configuren prácticas de intermediación laboral o actividades propias de las empresas de servicios temporales, el tercero contratante, la Cooperativa y Precooperativa de Trabajo Asociado y sus directivos, serán solidariamente responsables por las obligaciones económicas que se causen a favor del trabajador asociado.
La figura del cooperativismo de trabajo asociado se desnaturalizó, al asimilarse el modelo, a las empresas de servicios temporales, pero ahora cuando el gobierno emite nuevas normas para delimitar sus funciones, bien puede decirse que se retomará el camino bajo la filosofía del sector.
Se concede entonces un plazo máximo de seis (6) meses, contado a partir de la vigencia del presente decreto, para que las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado, adapten sus estatutos, el Régimen de Trabajo Asociado y el Régimen de Compensaciones a las disposiciones aquí contenidas.
Queda entonces derogado el Decreto 468 de 1990 y las demás disposiciones que sean contrarias.
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La Ética Profesional, la Credibilidad, los Conocimientos Técnicos y los Profesionales son algunos de los Factores que se exponen en esta Conferencia dictada por el Dr. Enrique Zamorano, quien nos muestra algunos de los deberes que los Contadores Públicos tienen ante la Sociedad, sus Colegas y la Profesión.
¿Cómo interpretar el Mercado de Capitales en Colombia?
Conferencista: Jose Arbey Maldonado
Nueva Ley sobre Facturación (Ley 1231 de Julio de 2008) y otras normas relacionadas
Conferencista: actualicese.com (Dr. Diego Hernán Guevara M.)
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Conferencista: Dr. Joser Arbey Maldonado
Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
Conferencista: Victor Abreu
5 Oportunidades Económicas para el Contador Público en la Industria del Conocimiento
Invitados: Orlando Rincón, Carlos Lián, Juan Fernando Zuluaga
Foro: Propuesta de Tabla de Honorarios Profesionales para Contadores Públicos
Invitados: Dr.Omar Montilla, Dr. Harold Edgar Perea
Duración: 30 minutos
La presente es con el fin de expresar, una realidad del sector profesional y de su medio laboral, si bien este articulo habla de la no intermediacion laboral, porque no se habla de sus antecedentes, porque esto son el tresultado de la realidad de nuestro pais en la cual las condiciones laborales son mas mediocres y por tanto menos llevaderas, porque si bien se tiene trabajo los derechos del mismo no se tienen, todo esta bajo el manto d la falsedad y la hipocrecia de nuestros dirigentes, de las empresas y de los politicos, que acomodan la ley para su beneficio y luego quieren hacer justicia con lo que es el resultado de sus actos.
El sector solidario y sus asociados tratan de sobrellevar esta realidad que limita las posibilidades para obtener vivienda y otros bienes, que si bien requieren de un certificado de ingresos, este a su ves responde a la poco que el asociado puede hacer por el, porque como es sabido el asociado compensa para salud y pension el total de valor a pagar y si lo hace esto representa un 70% de sus ingresos, por tanto tendria que regalar su trabajo y como trata de sobre llevar esta carga pues compensa sobre un menor valor, valor que luego va en su contra porque ya con este el accesos al bienes tar es limitado, y si compensa sobre el mayor y digamos que esto es su salario, conque va a pagar si todo va para cubrir la seguridad social. mejor dicho este es un robo, un descaro de las empresas y porque no de muchas cooperativas que estan aliadas a las empresas para explotar al trabajador, disque asociado, asociado si de su explotacion y de su ignorancia y falta de habilidad para ir contra los politicos y dirigentes de un pais como el nuestro en el que tiene pisa a los demas y lo explota, porque si bien el esclavismo se acabo estas nuevas maneras de tratar al asociado de hoy es su esclavitud, una manera diferente de llamarlo pero una nueva forma y mas elegante de llamarlo.
Nuestyro pais se libero de la carga prestacional con sector cooperativo y se alio con el capitalismo salvage, quemanera tan inteligente de lograr que unpais como el nuestro sea cada ves mas pobre, mediocre de filosofia y averrante.
Finalmente el estado dira ganaremos cobrandole a los asociados mejor dicho esclavos, no solo por darles trabajo sino por trabajar sin condiciones diganas.
“Aquel hombre o mujer esclavisado en nuestro pais es el resultado de las ideas de aquellos que nos drigen, y los esclavos el resultado de la no lucha y del desconocimientos de sus derechos, derechos que aun no existen”
Atentamente,
sector solidario- esclavo
solidaridad-sector cooperativo