* Tomado de Confecoop
Flash No.607 y anexo
28-07-07
La Superintendencia de la Economía Solidaria, expidió la Circular Externa 006 del 27 de Junio de 2007, a través de la cual hace algunas aclaraciones sobre el tema de registro de las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado, a la luz del Decreto 2417 mediante el cual se amplió el termino para que estas entidades ajusten sus estatutos y regimenes al Decreto 4588 del 2006. Por considerarlo de interés para el sector, a continuación transcribimos el texto del comunicado emitido por la oficina de prensa de esa Superintendencia.
BOLETÍN DE PRENSA SUPERSOLIDARIA
Con la expedición del Decreto 2417 del 26 de junio de 2007, mediante el cual se amplió el termino para que las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado ajusten sus estatutos y regimenes al decreto 4588 del 2006, la Superintendencia de la Economía Solidaria, expidió la Circular Externa 006 del 27 de junio de 2007 que aclara algunas consideraciones sobre el tema de registro de estas entidades presentado en la Circular Externa 005 expedida el pasado 4 de junio.
La Circular Externa 006 señala que todas las cooperativas y precooperativas constituidas antes de la expedición del Decreto 4588 de 2006 y las que se constituyan con posterioridad a la expedición de dicha norma, deben solicitar su reconocimiento (registro) ante la Superintendencia de la Economía Solidaria, para cuyo efecto deberán allegar los documentos referidos en la circular.
Con estos documentos, la Superintendencia hará el control de legalidad de forma y de fondo, efectuará el registro de la organización, inscribirá los demás actos (actas, libros, nombramientos, reformas, entre otros) y expedirá los certificados requeridos, incluyendo el de existencia y representación legal.
El plazo para ajustar los estatutos y reglamentos, así como para solicitar el registro e inscripción ante la Supersolidaria vence el 30 de Septiembre, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 2417 del 26 de junio de 2007. Hasta esta fecha el registro de estas entidades y la expedición de certificados continuarán en las cámaras de comercio y simultáneamente en la Superintendencia de la Economía Solidaria, para aquellas entidades que así lo soliciten.
A partir del 30 de septiembre de 2007, el único registro válido será el de la Superintendencia de la Economía Solidaria, por lo que las cámaras de comercio se abstendrán de registrar nuevas organizaciones de esta naturaleza, de realizar algún tipo de inscripción de las mismas en el registro de las ESAL, o de expedir certificaciones a las mismas con posterioridad a esta fecha.
Las precooperativas y cooperativas de trabajo asociado que no ajusten sus estatutos y regimenes dentro del termino establecido en el Decreto 2417 del 26 de junio de 2007, quedarán incursas en causal de disolución ante la imposibilidad de desarrollar su objeto social.
A continuación podrá consultar el texto de la circular, dar click en el siguiente enlace:
Circular Externa 006 de 27/06/2007 Supersolidaria
Recibe semanalmente la información Contable y Tributaria más actualizada.

La Ética Profesional, la Credibilidad, los Conocimientos Técnicos y los Profesionales son algunos de los Factores que se exponen en esta Conferencia dictada por el Dr. Enrique Zamorano, quien nos muestra algunos de los deberes que los Contadores Públicos tienen ante la Sociedad, sus Colegas y la Profesión.
¿Cómo interpretar el Mercado de Capitales en Colombia?
Conferencista: Jose Arbey Maldonado
Nueva Ley sobre Facturación (Ley 1231 de Julio de 2008) y otras normas relacionadas
Conferencista: actualicese.com (Dr. Diego Hernán Guevara M.)
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Conferencista: Dr. Joser Arbey Maldonado
Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
Conferencista: Victor Abreu
5 Oportunidades Económicas para el Contador Público en la Industria del Conocimiento
Invitados: Orlando Rincón, Carlos Lián, Juan Fernando Zuluaga
Foro: Propuesta de Tabla de Honorarios Profesionales para Contadores Públicos
Invitados: Dr.Omar Montilla, Dr. Harold Edgar Perea
Duración: 30 minutos
LAS ENTIDADES GUBERNAMENTALES EXPIDEN NORMAS O CONTRARIAS A LA LEY O QUE NO SE PUEDEN CUMPLIR POR LOS PLAZOS QUE DAN.
LUEGO AMPLIAN EL PLAZO, O CORRIGEN ALGO QUE HAN EXPEDIDO UNA Y OTRA VEZ. TAL ES EL CASO DE LA DIAN, DE LA SUPERSOLIDARIA, ETC.
TAMPOCO DAN UN PLAZO DE EDUCACION SOBRE LA NUEVA NORMA, 6 MESES UN AÑO ETC. PARA QUE LA GENTE APRENDA BIEN LAS COSAS Y LAS PRESENTE BIEN. CASO SOI, DECLARACIONES EN MEDIOS MAGNETICOS, ETC.
DEBERIA HABER UNA LEY EN LA QUE OBLIGUE A LOS ENTES GUBERNAMENTALES A NO EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE UNA NORMA HASTA QUE HAYA HABIDO UN PERIODO DE CAPACITACION Y QUE ESTE PERIODO SEA UN REQUISITO INDISPENSABLE PARA QUE ENTRE A REGIR LA NORMA.
pregunta
las precooperativas de trabajo asociado pueden despedir a una mujer en estado de embarazo?
ME PODRIAN AYUDAR,CON ESTA CONSULTA:
CUALES OSN LOS PASOS A SEGURI PARA CONFORMAR UNA COOPERATIVA DE TRABAJO ASOCIADO.
SOY RESIDENTE EN CARTAGENA AQUI CUALES SON LAS ENTIDADES ENCARGADAS DEL SECTOR COOPERATIVO
GRACIAS MUY AMABLES
LOS FELICITO POR LA INFORMACION QUE SUMINISTRARON SOBRE COOPERATIVAS ES DE GRAN AYUDA PARA TODOS LOS CONTADORES. LES AGRADECERIA SI ME PUDIERAN FACILITAR EL PUC PARA COOPERATIVAS.
MUCHAS GRACIAS Y QUE DIOS LOS BENDIGA.
Buena Tarde…
me podrian decir donde consigo un plan de cuentas de una cooperativa de trabajo asiciado..
gracias
Las empresas estan usando las cooperativas de trabajo asosiado para evadir el pago de los parafiscales y pension. Solo les interesa que los trabajadores esten afiliados ariesgo y a salud lo demas valla y venga. y les pagan espesie de un sueldo integran pero con un monto demasiado bajo
Me podrian aclarar si fue eliminada del código laboral la figura del preaviso por parte del trabajador?, lo cual quiere decir que el trabajador puede renunciar en cualquier momento perjudicando a la empresa por falta de la vacante; pero en caso contrario la empresa si tiene que pagarle indemnización?. Si esto es asà entonces no existe equidad; las leyes deberian crearlas o modificarlas teniendo en cuenta los benfeficios o perjuicios de las dos partes.
buenas tardes
por que el gobierno o quien corresponda ajusta el tema cooperativa ya que estan explotando al trabajador y no les cancelan prestaciones, sociales,vacaciones y demas.
soy asociado de una de ellas y en total en el pais somos alrededor de 600 personas de las cuales nunca recibimos informacion al respecto recibimos solamente lo que ellos llaman compensacion.
nuestra precooperativa le presta servicios a una empresa de telecomunicaciones, me podrian ayudar informandome si ellas estan en la obligacion de cancelar cajas de compensacion, prestaciones y demas, nunca tenemos conocimiento de las situaciones financieras ni mucho menos cuentan con nuestra opinion se benefician solo unos pocos el gobierno no puede reglamentar eso, estan explotando al trabajador gracias.
muy buen dia para todos y toditas estoy atento para cualquier asesoria empresarial o requieran contratar con cooperativa gracias y feliz semana que mi Dios los bendiga.
DESEO UN PLAN DE CUENTA PARA EL MANEJO DE UN FONDO DE EMPLEADOS.
me gustaria saber que direferencia hay entre una cooperativa de trabajao asociado una precooperativa de trabajo asociado y una empresa asocitiviad de trabajo