Ciclo de Talleres de las NIIF para Pymes

Seminario en Línea sobre la
Insolvencia de la persona natural no comerciante

Información de este evento:

actualicese.com informa que el Seminario en Línea sobre la Insolvencia de la Persona Natural No Comerciante programado a partir del 18 de septiembre, será aplazado hasta nueva fecha debido a que la reglamentación de la Ley de Insolvencia no ha sido expedida. Dicha reglamentación puede afectar la interpretación de la ley, su aplicación y entrada en rigor.

Fechas: POR DEFINIR 18 al 21 y 25 al 28 de Septiembre
Horario: 6:00 a 7:00 p.m
Intensidad:
8 Unidades de 1 hora por sesión (8 horas en total)
Lugar: Online, desde tu computador
Organiza: actualicese.com
Incluye: Acceso a la conferencia en línea - Descarga de las grabaciones - Material complementario para descargar (diapositivas)



Este es un Seminario En Línea exclusivo para Suscriptores Oro. Si ya eres suscriptor ORO podrás verlo sin costo; si aún no lo eres Suscríbete YA y disfruta de este Seminario, y además de todos los beneficios de la Suscripción ORO


Unidades y Fechas de Transmisión:

Unidad 1 - Bases normativa
Unidad 2 - Procedimiento de negociación de deudas
Unidad 3 - Designación del conciliador y aceptación del cargo.
Unidad 4 - Acreencias, subsistencia del deudor desarrollo de la audiencia
Unidad 5 - El acuerdo de pago y sus efectos
Unidad 6 - Cumplimiento del acuerdo
Unidad 7 - Convalidación, liquidación patrimonial, inventario y avalúo de bienes del deudor
Unidad 8 - Audiencia, comerciantes en ley 1116 de 2006, procedimiento de insolvencia

Justificación (el ABC de la Insolvencia)

Las Leyes 550 del 2000 y 1116 de 2004 permitieron la insolvencia y reorganización de la  las Personas Jurídicas y de las Personas Naturales Comerciantes; sin embargo, sólo hasta que se emitió el Código General del Proceso (en la Ley 1564 de Julio 12 de 2012) se definieron los aspectos relativos a la insolvencia de las Personas Naturales NO Comerciantes.

Y llegó la hora: las normas contenidas en esta Ley empezarán a tener vigencia a partir de octubre 1 de 2012.

¿Quiénes se pueden acoger a estos procesos?

En general, se podrán acoger todo tipo de Personas Naturales NO Comerciantes (sin importar su nacionalidad o si están o no residiendo en Colombia), con excepción de quienes sean controlantes de Sociedades Mercantiles o que formen parte de un grupo de empresas.

De esta forma, se podrá solicitar la iniciación del proceso cuando entre en cesación de pagos, la cual se configura:

  • Cuando la persona natural no comerciante incumpla el pago de 2 o más obligaciones a favor de 2 o más acreedores por más de 90 días.
  • Cuando cursen en su contra 2 o más procesos ejecutivos o de jurisdicción coactiva.

En cualquiera de los dos casos, el valor porcentual de las obligaciones deberá representar no menos del cincuenta (50%) por ciento del pasivo total a su cargo. Bastará como prueba  solo la  declaración del deudor la cual se entenderá prestada bajo la gravedad del juramento.

¿Qué se debe comprobar para que sea aceptada la Insolvencia?

Que esas deudas que tendría en cesación de pagos representen el 50%, o más del total de sus pasivos al inicio del proceso, lo cual requeriría presentar, bajo la gravedad de juramento, la Certificación de Ingresos por parte del empleador (si es empleado), o una Declaración de Ingresos (si es independiente).

Si se acepta la Insolvencia… ¿qué efectos se generan?

  • No se le podrán suspender la prestación de los servicios públicos para su casa de habitación
  • Si tiene deudas atrasadas por predial o cuotas de administración sobre inmuebles que piensa vender para poder pagar sus deudas, estas se pagarán dentro de los plazos que se acuerden con los acreedores pero no le podrán exigir que las cancele primero para poder vender el inmueble.

¿Qué se establece para iniciar los Acuerdos de Pago con los acreedores?

  • Todos los créditos estatales estarán sujetos a las reglas señaladas en el acuerdo para los demás créditos y no se aplicarán respecto de los mismos las disposiciones especiales  existentes.
  • Cuando se trate de  créditos fiscales, el acuerdo no podrá contener reglas que impliquen condonación o  rebajas por impuestos, tasas o contribuciones, salvo en los casos  que lo permitan las disposiciones fiscales.
  • Cuando hayan pasado 5 años se tiene la oportunidad para iniciar nuevos procesos de insolvencia y efectos de sus incumplimientos
  • La persona natural que incumpla con los acuerdos pactados con sus acreedores enfrentará la liquidación obligatoria de su patrimonio.

Obviamente, esta es sólo la superficie... ¡para eso es este Seminario!

Nuestro Líder de Investigación Legal en actualicese.com, el abogado Alexander Coral Ramos, explicará en 8 lecciones los pormenores de la aplicación de esta figura legal.

Lo novedoso es que no sólo lo hará desde la perspectiva de quienes deseen acogerse a la medida, sino desde el punto de vista de los bancos y entidades a las cuales afectará.

En general, un recorrido detallado, profundo y práctico de vital utilidad para la Persona Natural No Comerciante.

Unidades que componen este Seminario:

Bases normativas

  • Ámbito de aplicación
  • Competencia para conocer de los procedimientos de negociación de
  • Deudas.
  • Convalidación de acuerdos de la persona natural no comerciante.
  • Los centros de conciliación
  • Capacitación  sobre el procedimiento de insolvencia
  • De las controversias
  • Papel del juez civil municipal
  • Donde se concilia
  • Costo de la conciliación
  • Pago de las Expensas.
  • Reglamento para  el establecimiento de tarifas  de los  centros de conciliación y las notarías
  • Facultades y atribuciones del conciliador.
  • Deberes del Conciliador


Procedimiento de negociación de deudas

  • Supuestos de insolvencia.
  • Verificación de la insolvencia
  • Requisitos de la solicitud de trámite de negociación de deudas.
  • Quién presenta la solicitud
  • Documentos soporte de la solicitud de insolvencia
  • La gravedad del juramento en la  solicitud de insolvencia
  • Detalles relacionados con los acreedores
  • Propuestas de negociación de deuda


Designación del conciliador y aceptación del cargo.

  • Obligación de aceptación de la conciliación
  • Plazos del proceso
  • Conciliador nombrado que no puede serlo.
  • Obligaciones del conciliador
  • Las exigencias requeridas y las obligaciones del  conciliador
  • Responsable de la verificación del  cumplimiento de los requisitos en la solicitud de negociación
  • Duración del procedimiento de negociación de deudas.
  • Pasos subsiguientes a partir de la aceptación de la solicitud .
  • Qué pasa cuando hay
  • Procesos ejecutivos alimentarios en curso.
  • Si hay Terceros garantes y codeudores que respaldan obligaciones que pasos se siguen
  • El papel de los  jueces en los procesos de insolvencia.


Acreencias, subsistencia del deudor desarrollo de la audiencia

  • Comprobación de las acreencias e inicio de negociación de deudas
  • Comunicación de la aceptación
  • Información a los Jueces del inicio del procedimiento de negociación de dudas
  • Recursos  necesarios para la subsistencia del deudor y de las personas a su cargo
  • Causales del fracaso del procedimiento de negociación de deudas.
  • Reglas para el Desarrollo de la audiencia de negociación de deudas.
  • Cuándo se da la suspensión de la audiencia de negociación de deudas.


El acuerdo de pago y sus efectos

  • Decisión sobre objeciones  en la audiencia
  • Papel del Juez.
  • Presentación de objeciones
  • Reglas para llegar a un acuerdo de pago.
  • Contenido del acuerdo.
  • Efectos de la celebración del acuerdo de pago sobre los procesos en curso.
  • Qué constituye una reforma del acuerdo.
  • Cuando puede impugnarse el acuerdo o  su reforma.

Cumplimiento del acuerdo.

  • El  conciliador y la comunicación a los acreedores
  • Verificación del  cumplimiento del acuerdo
  • Inicio de un nuevo trámite de negociación de deudas.
  • Fracaso de la negociación.
  • Incumplimiento del acuerdo.
  • Efectos del fracaso de la negociación, de la nulidad del acuerdo o de su incumplimiento.

Convalidación, liquidación patrimonial, inventario y avalúo de bienes del deudor.

  • Convalidación del Acuerdo Privado
  • En qué consiste
  • Cuando puede solicitarse
  • Reglas para la negociación de deudas
  • Eventos en que se inicia la apertura de la liquidación patrimonial.
  • Disposiciones sobre la Providencia de apertura
  • De la publicación de la providencia de apertura
  • Efectos de la providencia de apertura.
  • Que pasa con los  procesos de restitución de tenencia contra el deudor .
  • Término para hacerse parte y presentación de objeciones.
  • Del Inventario y avalúo de los bienes del deudor.
  • Providencia de resolución de objeciones, aprobación de inventarios y
  • avalúos y citación a audiencia.
  • Acuerdo resolutorio dentro de la liquidación patrimonial.


Audiencia, comerciantes en ley 1116 de 2006, procedimiento de insolvencia

  • Audiencia de adjudicación
  • Efectos de la adjudicación.
  • Efecto para personas naturales comerciantes que  adelanten un proceso de liquidación
  • judicial en los términos establecidos en la Ley 1116 de 2006.
  • Disposiciones comunes
  • Acciones Revocatorias y de simulación.
  • Información crediticia.
  • Solicitud de un nuevo procedimiento de insolvencia.
  • Divulgación.
  • Prevalencia normativa.

Objetivos  Generales

  1. Dar una visión clara y detallada de los procesos de Insolvencia en Personas Naturales No Comerciantes desde la persepectiva legal y procedimental.
  2. Exponer los alcances previstos y no previstos de la nueva Ley 1380 de 2010
  3. Presentar casos claros de quiénes tienen derecho a acogerse y los requisitos que debe cumplir
  4. Definir el papel del Contador Público en estos procedimientos
  5. Detallar el trámite y las consecuencias legales que se derivan de la aceptación del trámite de Negociación de Pasivos.

¿Quiénes deben recibir este Seminario?

  • Responsables de crédito en mpresas, bancos, e instituciones que dan préstamos a personas naturales no comerciantes
  • Personas naturales no comerciantes,   emprendedores, y  profesionales independientes con dificultades económicas, de obligaciones o deudas
  • Contadores Públicos
  • Abogados cuya práctica haga énfasis en procesos administrativos y comerciales
  • Estudiantes de las carreras de Contaduría , Economía, Administración y Derecho

Metodología

  • Este Seminario podrá ser visto por los Suscriptores Oro (en modalidad Full o Virtual) que tengan su suscripción vigente al momento de la emisión del Seminario a través de Internet
  • El Suscriptor sólo tendrá que acceder a su Pánel de Suscriptor el día y la hora indicada. De cualquier forma, estaremos enviando recordatorios vía email con todos los enlaces correspondientes en los días previos a su emisión.
  • Las unidades se transmitirán en línea a las horas definidas en la agenda, y podrá ser visto vía Internet. Sólo se requiere conexión a Internet de banda ancha y parlantes.
  • Una vez transmitida cada unidad a la hora definida, se podrá ver la grabación en línea, descargar el video y el material complementario.

Contáctanos:

Unidades que componen el Seminario de Insolvencia:

Bases normativa
18 de Septiembre
(1 hora)

Procedimiento de negociación de deudas
19 de Septiembre
(1 hora)

Designación del conciliador y aceptación del cargo.
20 de Septiembre
(1 hora)

Acreencias, subsistencia del deudor desarrollo de la audiencia
21 de Septiembre
(1 hora)

El acuerdo de pago y sus efectos
25 de Septiembre
(1 hora)

Cumplimiento del acuerdo
26 de Septiembre
(1 hora)

Convalidación, liquidación patrimonial, inventario y avalúo de bienes del deudor
27 de Septiembre
(1 hora)

Audiencia, comerciantes en ley 1116 de 2006, procedimiento de insolvencia
28 de Septiembre
(1 hora)

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Formas de pago

Formas de Pago

Conferencista:

Dr. Alexander Coral Ramos

Ex funcionario de la Secretaría de Gobierno de la Alcaldía de Cali y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -Inpec-, por vinculación en esta última en concurso de méritos con la primera calificación en Colombia de 100%, con estudios en Control a la Gestión de las Entidades Públicas, Delito de Lavado de Activos y DIH.

Autor de los Libros, Propiedad Horizontal, Guía de Derecho Laboral, Impacto de las Sentencias de la Corte Constitucional en el mundo laboral colombiano y autor de centenares artículos sobre éstos temas.

Especialista en Derecho, Abogado de importantes empresas del surooccidente colombiano, actualmente es el Líder de Investigación Legal de actualicese.com.

¿Por qué asistir a este Seminario? (en palabras del conferencista)

El Congreso  se  vió obligado a  generar leyes que favorezcan al conglomerado social; esto sucede con los  artículos 531 a 576 de la Ley 1564 del 12 de Julio de 2012  que establecen  un mecanismo de protección por así decirlo para las personas naturales no comerciantes tales como :

Los que han sufrido los estragos de la economía:

  • ya sea por errores en las decisiones económicas, o bien  por,
  • hacer operaciones económicas  equivocadas  llevados emocionalmente por influencias de personas o del medio, o bien por  decisiones  nacidas de  haber hecho un mal uso de los fondos con los cuales han dejando a un lado el pago de obligaciones impositivas, por arrendamientos, incumplimiento en el pago de obligaciones de leasing por inmuebles, o préstamos de amigos, o de los bancos por motivos tales como  ;
      • por efecto de la  fluctuación especulativa del mercado bursátil, o
      • pérdidas en negocios en  dólares u otras monedas;
      • por la existencia de los llamados  capitales golondrinas,  o también
      • porque los recursos que le han sido  sustraídos por personas sin ser cubiertos por seguros o sustraídos con modernas técnicas cibernéticas en los bancos o instituciones financieras sin que sean compensados.

El resultado final de esto es que las personas naturales no comerciantes que son  o bien empleados, o independientes prestadores de servicios y que no están obligados al registro mercantil; no encuentran otro modo de subsistir más que el endeudamiento mismo, resultando  que de un momento a otro no cuenten con el capital o dinero suficiente para responder por los créditos adquiridos.

En razón a lo anteriormente expuesto, el Congreso  se vio en la necesidad de aprobar este articulado incluído  en la Ley del Código General del  Proceso, con el objeto que la persona natural legalmente incapaz de responder por sus deudas o “insolvente”, pueda realizar una conciliación extrajudicial para de esta forma pactar acuerdos de pago con sus acreedores y así poder cumplir con todas sus obligaciones a cabalidad.

¿A quiénes interesa el evento?

Es de especial interés para

  • Profesionales independientes,
  • Profesionales dependientes,
  • Emprendedores,
  • Estudiantes  de derecho,
  • Prestadores de servicios como persona natural
  • Aquellas  personas naturales que no ejercen actividades de comercio;
  • Igualmente para aquellos abogados que aspiran a ser conciliadores y que quieran demostrar que se han capacitado. 

Preguntas Frecuentes

¿Hay otra forma de acceder a este Seminario sin ser Suscriptor Oro?

No.

¿Si soy un suscriptor ORO cuando debo pagar por este evento en línea?

NADA. Por ser suscriptor ORO tendrás acceso (sin costo adicional) a todos las unidades que transmitiremos en línea

Además, con tu acceso preferencial podrás participar e interactuar con los expositores y descargar todo el material disponible.

Los días señalados podrás acceder con tu usuario ORO al área de transmisión del evento. Si ese día no puedes estar, no te preocupes que TODAS las unidades quedarán grabadas y podrás accederlas y descargarlas cuando lo requieras.

¿Qué formas de pago se admiten?

Tarjetas de crédito, consignación y pago vía telefónica. Haz tu inscripción y ahí te daremos todas las instrucciones.

¿Me entregan factura?

Si. El proceso de pago incluye la entrega de una factura virtual que podrás imprimir. Todo está ajustado a la normatividad vigente.

Necesito contactarme con ustedes...

Aquí están nuestros teléfonos y correos.