Hasta el 31 de enero hay plazo para pagar los Intereses a las CesantÃas. EvÃtese la sanción.
Cuando un empleado viene laborando desde antes del 31 de diciembre del año que termina, tiene derecho a Auxilio de CesantÃas proporcionales por el tiempo laborado en el año anterior. Aunque el Auxilio de CesantÃa se consigna a más tardar el 14 de febrero, los Intereses de CesantÃa se le deben cancelar a más tardar el 31 de enero.