Una de las confusiones que más tienen empleadores y trabajadores, son los días y los valores que se reconocen por incapacidades. De igual manera, ¿qué se puede hacer cuando arbitrariamente EPS, ARP y Fondo de Pensiones niegan su reconocimiento?
Una de las confusiones que más tienen empleadores y trabajadores, son los días y los valores que se reconocen por incapacidades. De igual manera, ¿qué se puede hacer cuando arbitrariamente EPS, ARP y Fondo de Pensiones niegan su reconocimiento?
La semana pasada, se publicó la conferencia: Incapacidades, ¿cuándo se pagan sobre el 100%, 66.6% o 50% del IBC?, en ella, observamos varias dudas de nuestros usuarios en particular sobre los valores a pagar por los 3 primeros días de incapacidad que debe cancelar la Empresa.
Si hay algo que consultan a diario nuestros usuarios, es respecto a los pagos de incapacidades y licencias que las EPS están negando o liquidando por valores inferiores. Aquí unos aspectos que debe tener en cuenta.
En días pasados, el Gobierno expidió el nuevo listado de enfermedades profesionales. Conocerlo es importante para saber cuándo estamos frente a una enfermedad profesional y cuando no y ante quién reclamar por una incapacidad temporal o permanente.
A pesar de múltiples fallos judiciales que aclaran la situación, empleadores y EPS pagan erróneamente las incapacidades laborales.