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» Declaraci贸n del impuesto de renta personas jur铆dicas


Las p茅rdidas formadas hasta Diciembre de 2006 se reajustar铆an fiscalmente s贸lo por el periodo 2007 en adelante y no desde cuando se formaron.

Si el c谩lculo de la Renta Presuntiva s贸lo se deja para cuando finalice el a帽o fiscal, en ese caso es posible que las estimaciones hechas sobre la simple Renta L铆quida fiscal proyectada, no hayan sido las m谩s exactas para proyectar el impuesto de renta que se pagar铆a por dicho a帽o.

Si se poseen, por ejemplo, caballos de paso fino, tales semovientes se deber谩n declarar como m铆nimo por su valor comercial a diciembre 31.

Cuando se haga necesario que las empresas ubicadas en Zonas francas tengan que liquidar impuesto de ganancias ocasionales, en ese caso tendr谩n que utilizar la misma tarifa que utilicen las empresas ubicadas por fuera de zonas francas y no la del 15% definida en el art.240-1 del ET pues esta 煤ltima solo aplica para liquidar su impuesto de renta.

Aunque la DIAN no haya incluido esta vez una casilla para indicar si en las declaraciones de renta del a帽o gravable 2007 el contribuyente se acoge o no al beneficio de auditor铆a, ese hecho no impide que al contribuyente que cumpla con todos los requisitos del art.689-1 del ET se le reconozca el beneficio de auditor铆a tanto para su declaraci贸n de renta como para sus declaraciones de IVA y de retenci贸n en la fuente del mismo a帽o 2007

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U. Rosario - Direcci贸n Gerencia Est谩ndares Int. Auditoria