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Leasing: todo sobre el uso de esta figura de Arrendamiento Comercial

Por: actualicese.com
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Publicado: 6 de Noviembre de 2008

Pequeños, Medianos y Grandes Empresarios utilizan el Leasing por ser una figura válida para el arrendamiento comercial. Pero todos sabemos que esta práctica financiera también la usan personas del común para adquirir vehículos e inmuebles para uso personal. ¿Esto es bueno o malo?

¿Qué es el Leasing?

No es otra cosa que Arrendamiento Comercial. Consiste en que una entidad financiera adquiere un bien (mueble o inmueble), que alquila al usuario denominado Locatario permitiéndole que lo use y goce pagando un canon de arrendamiento periódico (mensual, bimestral, etc.), con la posibilidad que al final del Contrato de Arrendamiento Comercial el usuario pueda hacer Opción de Compra de dicho bien, para lo cual los cánones de arrendamiento que pagó durante todo ese tiempo sean tenidos como parte de pago.

En muchos casos, adicional al haber pagado durante determinado tiempo dicho Arrendamiento Comercial, deberá pagar un valor adicional para la Opción de Compra.

Durante todo el tiempo que se tiene el Bien en Leasing, ¿éste a quien pertenece?

A la Entidad Financiera. Lo que tiene el usuario del Leasing es simplemente el Uso y el Goce, pero no la propiedad. Esto será durante todos los años que dure el Arrendamiento Comercial y sólo pasará a ser del usuario si al final del plazo fijado para el Arrendamiento, el usuario hace la Opción de Compra.

¿Cómo es la Opción de Compra?

Como ya se mencionó, al final del plazo fijado en el Arrendamiento Comercial –Leasing-, el usuario podrá tomar la Opción de Compra, en el que se presentan dos opciones:

La Primera se dá cuando el usuario cumple con todos los cánones de arrendamiento comercial dentro de las fechas de pago, durante todos los años que se pactó el Leasing. Si se logra cumplir esta condición, al final podrá hacer la Opción de Compra pagando un valor adicional que se ha fijado desde el mismo momento que se pactó el Leasing.

La Segunda (que se dá en pocos casos con las Entidades Financieras), con el sólo hecho de cumplir con todos los cánones de arrendamiento comercial durante el periodo fijado del alquiler y dentro de las fechas de pago, el bien alquilado al final, se le traspasará la propiedad.

Los 3 Leasing más comunes son: el Financiero, el Operativo y el Habitacional.

El Leasing Financiero, que es aquel en el que se alquila un bien mueble e inmueble por un plazo establecido, que al final la persona tiene derecho a la Opción de Compra cancelando adicionalmente un valor que se determinó al inicio del contrato.

El Leasing Operativo es igual que el Financiero, simplemente que no se toma la Opción de Compra al final del Contrato de Arrendamiento.

Y el Leasing Habitacional, en donde el Bien es una VIvienda y el cual merece mención aparte, dadas sus particularidades.

¿Es peligroso adquirir Vivienda por Leasing?

Veamos un ejemplo: una persona contrata un Leasing Habitacional por 15 años, al cabo de los cuales tiene la Opción de Compra pagando un valor fijado al inicio del contrato. Durante los 15 años la persona está pagando arriendo.

El peligro está en que en muchos casos, y por una indebida explicación, el usuario considera que son cuotas de pago del inmueble cuando son simplemente arriendo. Por eso, si la persona pagó arriendo todos esos años pero -llegando al final del contrato, cuando ha pagado 14 años- se queda atrasado en 2 o 3 cánones de arrendamiento, la Entidad Financiera puede solicitar la devolución del inmueble arrendado y el usuario pierde la Opción de Compra. En otras palabras los 14 años pueden quedar como simple pago de un arriendo y nada más.

¿A quién le convienen el Leasing?

Básicamente a las personas naturales o jurídicas que pretendan adquirir bienes productivos, como maquinarias, vehículos de servicio público o de carga, equipos de oficina, incluso inmuebles para uso comercial como oficina, almacenes, talleres, etc.

La razón es que al ser bienes que producen, prácticamente el objeto arrendado paga con su producción los valores del Canon de Arrendamiento.

¿A quienes no?

No les conviene a las personas que adquieran bienes como Vehículos o Vivienda para uso personal, caso en el cual el bien alquilado no les produce dinero y se corre el riesgo que después de pagar varios años el Arrendamiento Comercial se queden atrasados en un par de cuotas y corran el riesgo de que les inicien un proceso judicial para la restitución de inmueble arrendado, y además que por atrasarse ya no pueden hacer la Opción de Compra que es el gran fin del Leasing.

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