
No. La Honorable Corte Constitucional en Sentencia C-041 de 2000 expresó que el empleador no puede obligar a sus trabajadores a abrir cuentas bancarias para recibir sus salarios o prestaciones sociales, mucho menos a exigirle la apertura de cuenta en un Banco en particular, pues para la Corte Constitucional esto lesiona los derechos de libertad de escogencia del trabajador.
Asimismo, la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia en muchos fallos han dado a entender que tener una Cuenta de Nómina significa tener una Cuenta de Ahorros y por ende el trabajador nunca podrá disfrutar de la totalidad de su salario, ya que los saldos de salarios que tiene en la cuenta, le descuentan los costos de la Tarjeta Debito y su cuota periódica de manejo, o el valor de la Libreta-Talonario, el valor de la utilización de Cajeros Electrónicos o incluso comisión por retirar directamente en ventanilla, etc.
El primer contrato que se debe celebrar es entre el la entidad financiera y el empleador, donde generalmente obligan a que la empresa tenga sus cuentas en el mismo Banco; este tipo de contrato no está regulado por las leyes colombianas por lo que todas las condiciones del convenio están reguladas por las decisiones impuestas por las partes, sobre todo por el Banco quien es la parte dominante en dicha relación comercial.
El segundo contrato que se debe celebrar es entre el trabajador y la entidad financiera para la apertura de una Cuenta de Ahorros, la cual está regulada por las leyes del sistema financiero. En todo caso, una Cuenta de Nómina al final, es lo mismo que tener una Cuenta de Ahorros, ya que los beneficios no se evidencian como más adelante se describirá.
El numeral 6º del artículo 127 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero establece que toda entidad para pagar valores ahorrados o sus intereses, se le debe presentar libreta o cualquier constancia que existe en calidad de depósito (Cuenta de Ahorros), pero la misma norma ha permitido que el pago se haga con la presentación de un medio electrónico por parte del Usuario, con tal que se quede constancia de prueba del pago, o sea, con la presentación de Tarjeta Débito en un Cajero Electrónico y con la entrega necesariamente del comprobante de la transacción, constancia que en muchos casos los Cajeros Electrónicos no expiden.
Por ello, por economía y negocio para los Bancos, estos ya no quieren entregar Libreta o Talonario de Retiro, sino únicamente Tarjeta Débito, ya que los Bancos siempre ganaran de dos maneras:
Por comisión por cada retiro o si no le cobran comisión, si le cobran mensual o bimestral con el cobro de Cuota de Manejo.
Por eso debe ser que muchos dicen que los Bancos son como los casinos… ¡nunca pierden!
Para abrir una Cuenta de Nómina es porque ya existe previamente un Convenio (Contrato) entre el Banco y la Empresa. Si no existe dicho convenio, la Cuenta que abra el trabajador será una simple Cuenta de Ahorros sin ningún tipo de beneficios.
Si usted es el encargado de nómina de su empresa y debe celebrar con el Banco el Convenio para las Cuentas de Nómina, exíjale al Banco que le entregue por escrito en el Convenio y detalladamente todas la prerrogativas o beneficios que tendrán las Cuentas que abrirán los trabajadores de su empresa, de tal manera que tengan como reclamar por algún cobro excesivo por parte del Banco como Cuotas de Manejo, Cuotas de Retiro en Cajeros Electrónicos y por Ventanilla, etc.
Me parece excelente que se haga claridad sobre el tema, ya que la mayorìa de las empresas por falta de asesorìa en el tema de los contratos hacen que el trabajador asuma todos estos costos para no perder nada.
Importantisimo que una vez se este realizando la negociacion con la entidad bancaria para la apertura de este tipo de cuentas se busque siempre el beneficio para el empleado, muchos bancos solo cobran el 50% de la cuota de manejo, ademas de no cobrar retiros por cajeros de la misma entidad, y la posibilidad de dejar en ceros las cuentas. Muy importante tambien que una persona de la entidad bancaria capacite al personal en todos los aspectos de cobros y manejos de tarjetas para que el empleado vea en la utilizacion de la Tarjeta Debito un beneficio y no un problema en su utilizacion.
Bueno, hay que entender que no todo es “desventajas” para el trabajador si la empresa le pide que tenga una cuenta de ahorros para que le consignen la nómina
Por ejemplo, por el hecho de mover su quincena por una cuenta bancaria, tiene entonces una prueba física (los extractos) de que sí mueve dineros y con ello poder solicitar un crédito a esa entidad bancaria o en otro tipo de empresas (además los extractos de la cuenta también se los piden cuando va a las embajadas a sacar las visas…)
Además, esos bancos le pueden autorizar tener una tarjeta de crédito que sirve mucho para poder enfrentar problemas económicos inesperados sin tener que ir a donde los familiares o amigos a decirles: “me prestan”.
Hay que saber ver las ventajas y no solo las desventajas de que tengamos al menos una cuenta de ahorro-
Excelente tu aporte. Lamentablemente la mayoría de las personas solo ven los aspectos negativos en todo, así no los tenga.
Hola amigo buscador de la verdad gracias por tu comentario, generalmente siempre miramos lo negativo y no lo positivo que pueda tener las propuestas así sean mínimas, pero en este caso generalmente los bancos siempre van con el lema: “con cara gano yo y con sello pierde Ud.”
Buenos días señores.
Me interese por leer el tema de CUENTA DE NOMINA: Un servicio caro y no-obligatorio para el pago de salarios, y encuentro en uno de sus párrafos, específicamente el que hace referencia a: ¿Tarjeta Débito o Libreta de Retiros para cuentas de nómina? El texto que cito a continuación:
“….Por comisión por cada retiro o si no le cobran comisión, si le cobran mensual o bimensual con el cobro de Cuota de Manejo.”.
Cuando están haciendo referencia a Bimensual, quieren advertir que este cobro se hace dos veces en el mes?
O por el contrario que cada dos meses se realiza un cobro. Porque de ser la segunda alternativa, es decir, cada dos meses, la palabra a usar en el texto debería ser BIMESTRAL.
Lo anterior se los refiero porque es casi un error que se comete en algunos escritos de forma involuntaria, pero que es preciso aclarar cuando ello sucede, porque son dos acciones totalmente diferentes.
Quedo atento a sus comentarios.
Fhanor… listo. Tienes toda la razón, fue un pequeño error de edición, es bimestral, o sea cada dos meses.
Alexander Coral R.
Líder de Investigación Legal
El tema es de suma importancia y de un alcance y contenido muy humanos. Sin embargo no debemos perder de vista el factor “seguridad” en el transporte de valores, tanto para el empleador como para el trabajador. En la época en la que no se contaba con recursos como el abono directo a las cuentas de ahorros cuyos titulares son los trabajadores, abundaban los casos de atracos justo en los días de quincena o fin de mes y eso era peor que los cargos por los servicios prestados por los estalecimientos financieros; pues dejaban a los afectados con el delito en condiciones económicas sumamente vulnerables.
Imaginémonos el riesgo para la integridad personal corrido por los mensajeros de las empresas transportando periódicamente el valor de las nóminas de los empleados de las organizaciones, verdaderas oportunidades para el delito, cuya ocurrencia terminaría por vulnerar no sólo a los trabajadores sino a los empleadores mismos.
Respetando de plano la concepción que cada uno de los colegas lectores tenga al respecto, pero creo que es menos costoso un servicio prestado por un estalecimiento financiero que la pérdida total de un período de nómina.
Me parece muy interesante el tema, pero debemos tener en cuenta como dice el compañero, la seguridad de la empresa y del trabajador en el manejo de efectivo, la rapidez en el tramite de los pagos cuando se hacen por transferencia electronica a los bancos, y las ventajas de tener una cuenta bancaria para el tramite de creditos y visas. Por otro lado sin descuidar el gasto que esto tiene para el trabajador, por lo tanto es importante que se haga el covenio entre la empresa y la entidad financiera, para que los costos de manejo de tarjeta de nomina sean minimos. Pero para mi es mejor una cuenta bancaria de ahorros pues agiliza mucho el tramite del pago.
buenos dias:
en cuanto al tema de cuenta de noina, me parece que al trajador no se le debe cobrar ningun costo por el retiro de su salario y esto lo debe asumir la empresa. ya que muchos empleados solo ganan el minimo y si les estan descontando cada ve que hacen un retiro o por manejo de tarjeta entonces que dinero les va a quedar.
es un punto importante, ya que es vital el convenio de la empresa con la entidad bancaria, para si los trabajadores puedan disfrutar beneficios como tarifas mas bajas y hasta acceso a otros servicios financieros como creditos y tarjetas adicionales.
Esto suena muy bonito pero la mayoria de los bancos no lo hacen, yo he tenido varias tarjetas debito “de nomina” y me descuentan la cuota de manejo y retiros por cajero y si dejo un saldo pequeño al siguiente mes no esta.
Supuestamente uno de los beneficios es que te cobra la mitad de la cuota en un banco, y tienen razon por medio de las tarjetas debito uno nunca utiliza del 100 de la tarjeta, y si gana mucho asi le descuentan. Esto deberian regularlo bien en todas las empresas.
Hola Buenos dias:
Excelente el articulo sobre Cuentas de Nomina. Sería conveniente que publicaran la Sentencia C-041 de la H. Corte Constitucional sobre el tema. Conozco empresas que asumen el 50% de los gastos de tarjetas y el otro 50% lo asume el trabajador. Por lo menos es un alivio para el tranajador, pero seria mucho más beneficioso que la Empresa asumiera el 100% de dichos gastos.
muy interesante el tema , pienso que las entidades bancarias siempre le sacan provecho a esto , en muchos casos se quedan con saldos mìnimos en las cuentas que nunca devuelven.
QUE TIPO DE SANCIONES RECIVEN AQUELLOS EMPLEADORES QUE OBLIGEN A SUS EMPLEADOS A ABRIR UNA CUENTA EN UN BANCO ESPECIFICO
De acuerdo con Iván Guillermo,el riesgo de pagar en efectivo la nómina es bastante alto por que:
1- Ha sucedido bastante el atraco a los mensajeros que retiran el dinero para el pago de sueldos.
2- Para las empresas que tienen más de 100 empleados, se imaginan en tesoreria, para contar el valor del sueldo y empacarlo en sobres… Que desgaste.
3- El sistema de hacer los pagos a través del Banco es buena,pero sería un llamado para los empresarios y el “generoso” sistema financiero para que entre las dos partes asumieran el costo de las transacciones.
Se hace necesario que la Corte suprema se manifieste para que en las cuentas de Nómina no sea cobrado el costo de la Tarjeta Débito, ni el valor de la libreta de ahorros, al trabajador o al empleador, ya que los bancos nunca pierden; porque hay trabajadores que incluso no retiran todo el dinero en el mes, que además no genera ningún interés.
Gracias
Se hace necesario que la Corte Suprema se manifieste para que no se cobre el valor de la Tarjeta Débito o Libreta de Ahorros al trabajador o al empleador, ya que como los bancos nunca pierden, es lógico que no todos retiran el sueldo de cuenta, dejando ahorros sin que se les genere ningún interés.
Me parece excelente el artículo debido a que muchas empresas autoritariamente obligan a sus trabajadores a incurrir en gastos adicionales con la apertura de Ctas de Ahorro con los gastos que esto conlleva. Desafortunadamente es una forma coactiva de las empresas pues dicen : “tiene que abrir una cta para poder consignarle su quincena” Lo tomas o lo dejas……
Estimados colegas, el tema muy interesante, comedidamente les solicito me ayuden a interpretar la inquietud que tengo referente al articulo 108-3 del Estatuto tributario, que nos habla de las cuotas de manejo de tarjetas no asociadas a cuentas corrientes o de ahorro, le agradezco su aporte.. gracias
Allí es donde entra una empresa a negociar con la entidad financiera varias situaciones: Créditos por medio de libranzas, exoneración por el manejo de tarjetas o libretas (en este caso se manejan cierta cantidad de retiros y consultas mensuales a las cuentas de ahorro - nómina), atención (un tanto) personalizada de funcionarios del banco a los empleados de la entidad, entre otras. Y la verdad, se da, lo que sucede es que el empleador debe saber que esta negociando y a cambio de qué.
MUY IMPORTANTE EL TEMA Y AYUDA A DAR MEJORES LUCES
ES INDICUTIBLE LO QUE RESPECTA A ALA SEGURIDAD TANTO PARA TRABAJADORES Y EMPLEADORES , PERO BAJO ESE ESCUDO NO SE PEUDE HACER CONVENIOS LESIVOS PARA LOS TRABAJADORES , Y EN TODO CASO LOS COSTOS DE TAL CONVENIO LOS DEBE ASUMIR EL EMPLEADOR , A MENOS QUE EL TRABAJADOR VOLUNTARIAMENTE SOICITE QUE SE LE DEBE CONSIGNAR EN UNA CUENTA BANCARIA QUE EL DESIGNE
Apreciados colegas:
Para que la Corte Suprema de Justicia se pronuncie respecto del tema por nosotros analizado en la fecha se requiere de demanda donde la entidad financiera sea parte legitimada, salvo que ella motu propio intervenga como coadyuvante (cosa que veo muy poco factible por no decir que ilusoria), a las voces del artículo 52 del Código de Procedimiento Civil. De no ser así, y si nos encontramos frente a un proceso ordinario laboral, donde sólo son parte ex empleador y ex trabajador, mal haría la alta corte en afectar con la sentencia a terceros que no han sido llamados al proceso a ejercer su legítimo Derecho de Defensa.
La actuación procesal es tan delicada, que es precisamente ella la que justifica la inconformidad de los Jueces de la República (no los Magistrados de las altas Cortes) en el sentido de que su salario debe estar acorde con las responsabilidades que de ellos se exige.
ESTIMADOS COLEGAS:
EL TEMA SOBRE LOS GASTOS BANCARIOS ES ALGO QUE VA MUY DE LA MANO CON LA SEGURIDAD, EN EL MOMENTO DEL PAGO DE NOMINAS EXTENSAS O MAYORES DE 20 EMPLEADOS Y REALMENTE ESTE COSTO LO DEBERIA ASUMIR EL PATRONO QUIEN A SU VEZ DEBE REALIZAR UNA BUENA NEGOCIACION CON LA ENTIDAD BANCARIA PARA PODER SUFRAGAR EN ALGO EL GASTO FINANCIERO GENERADO POR LAS TRANSACCIONES DE COBRO MENSUAL COMO SON COMISIONES, CUOTAS DE MANEJO, ETC.
LO QUE NO ESTOY DE ACUERDO CON ALGUNAS ENTIDADES FINANCIERAS ES QUE OBLIGUEN A LOS EMPRESARIOS A ADQUIRIR LAS PLATAFORMAS DE NOMINA, DADO QUE EN ALGUNOS CASOS GIRAN UN SOLO CHEQUE Y CONSIGNAN A CADA UNO DE LOS EMPLEADOS, QUE ESTA ES UNA SOLUCIÓN PARA NO ADQUIRI DICHO PROGRAMA OFRECIDO POR LOS BANCOS
POR ESO LA SENTENCIA DE LA CORTE ES BIEN CLARA…NADIE PUEDE OBLIGAR A REALIZAR APERTURA DE CUENTAS DE NOMINA….
Pero mira que para un Banco también debe ser complicado adaptarse a la forma de pago que una empresa tenga, si hay 100 empresas en una ciudad y cada una con un programa diferente para realizar los pagos entonces el Banco se va a tener que adaptar a cada una de ellas???? no, eso tampoco se puede!!
No se trata tanto de obligar a adaptarse a una plataforma de nómina sino tratar de unificarlas de una manera que sea ágil, segura y con los menores costos posibles para las dos partes.
Articulo importantísimo y de verdad que si lesiona a los trabajadores de una empresa, debido al alto costo de las transacciones que una persona realiza $4.000 o $5.000, por retiro. Muchas personas no retiran todo su salario por miedo a un atraco y entonces donde quedan los argumentos de mis queridos colegas, pues en este caso el rego se traslada al trabajador, quien además tiene que pagar cuotas de sostenimiento y/o valor de la Libreta,disminuyendo la canasta familiar.Las empresas deben hacer arreglos especiales con las entidades bancarias en estos casos, ya que las sumas de dinero depositadas son altas y cibrirían estos gastos trasladados a sus empleados.Importante tambien exigirles a los bancos extratos mensuales o al menos trimestrales para que as.i el poseedor de la Cuenta de Ahorros vea los cardos que por los diferentes conceptos le hacen.
Fabio García A.
Es interesante este articulo en cuanto a convenios que se deben generar entre la espresa y la entidad financiera, la cual presta el servicio de PAGO DE NOMINA, lamentablemente no todas empresas o ebntidades bancarias cumplen con este reguisisto y uno como usuario termina cancelando las cuatas de manejo, y no importa nada y por otro lado las entidades financieras en ocaciones son usuras en los cobros que ellos hacen en las cuotas moderadoras por transacciones entre entidades.
Esto indica que las diferentes entidades no siempre cumplen con los requerimientos y normas que se establen para el control de estos pago y lo mas dificil es colocar una denuncia o reclamación porque inmediatamente cambia en concepto por untiempo y despues desmejora el servicio, tan solo me queda preguntarme y en donDe queda la SUPERINTENDECIA BANCARIA????
MUY INTERESANTE ESTE ARTICULO, DE GRAN AYUDA, SERIA MUY BUENO QUE LOS BANCOS DIERAN EN VEZ DE TARJETAS, LIBRETAS YA QUE EVITARIAN LA CUOTA DE MANEJO DE LA TARJETA Y SERIA MAS BENEFICIOSO PARA EL TRABAJADOR YA QUE MUCHOS EN ESTE PAIS SOLO GANA EL MINIMO, PUES A COMPRARACION DE LAS CUENTAS DE AHORRO QUE EN MI OPINION SON UN ROBO,SIRVEN PARA OTRAS COSAS MENOS PARA AHORRAR, PUES ES MEJOR OPCION, Y LA REALIDAD ES ESA,MUCHAS EMPRESAS OBLIGAN A LOS TRABAJADORES A ABRIR CUENTAS EN LOS BANCOS Y EN ENTIDADES ESPECIFICAS, ES BUENO ESTUDIAR ESO…
Es bueno saber que la Corte Constitucional dice que el empleador no puede obligar a sus trabajadores a abrir cuentas bancarias, es difícil no hacerlo porque cuando vamos a la empresa nos dicen “hasta que no abra la cuenta, no le podemos pagar!!”, no es de todas las empresas pero se ve frecuentemente.
En lo personal alguna vez trabajé en servicio al cliente de un banco y de parte del empleado entiendo que sea para muchos complicado tenerla por primera vez no tanto en el manejo sino a los cobros que ella trae y uno no sabe decirle al cliente “una Cuenta de Nómina al final, es lo mismo que tener una Cuenta de Ahorros”, a ellos no les importa, con el nombre tienen para decir: no es lo mismo y no estamos de acuerdo con los cobros!! yo sé que no nos gusta que nos descuenten de nuestra cuenta, pero cuando estamos utilizando los servicios del banco no paramos a reparar que realmente se está inviertiendo lo que pagamos, en nosotros mismos; aunque nos duela el bolsillo cuando veamos las utilidades que genera el banco gracias a nosotros.
Buenas tardes, lo que creo es que al suscribir el contrato con la entidad bancaria, se especifique que es para el pago de sueldos, igualmente con la apertura de las cuentas para los trabajadores; hay muchos bancos que no cobran cuota de manejo en las cuentas de nómina y hacen otro tipo de concesiones, pués en las actualies circunstancias de inseguridad, es mejor recibir sueldos a través del banco y no pagos en cheque o efectivo.
Lo que hay que velar es por que las entidades bancarias cumplan a cabalidad con los acuerdos hechos con los empleadores.
Este es solo uno de los abusos que cometen las entidades bancarias con sus ahorradores. Ustedes creen que es logico que una persona lleve su dinero a una entidad de estas y luego para retirarlo se tenga que humillar para retirar su dinero haciendo cola por mas de dos horas por falta de cajeros. Con razon obtienen utilidades no de millones sino de billoes de pesos
Queridos colegas lo que yo puedo aportar es que los Bancos si deben cobrar una cuota de manejo pero que debe ser muy minima no debe sobrepasar la suma de 3.000 pesos maximo. y dejar que por nomina se saque todo el dinero consignado por el empleador y si queda saldo jamas tomarlo para ellos sino dejarlo como ahorro del empleado y creo que para esos son cuentas de ahorro.
Buenas noches
Me guataria agregar que en el caso de la apertura de cuentas de nomina, el candidato no tiene mucho que decir si antes de vincularse a la Empresa DEBE FIRMAR o simplemente buscan otro candidato menos “complicado”. Cuando es la Empresa la que hace el convenio vaya y venga, por lo menos la Empresa se favorece, pero cuando son esas Empresas de empleados temporales o el adefesio de las dichosas Cooperativas de trabajo Asociado, ahi si el candidato a un cargo pierde con cara y pierde con sello y los beneficios los gana la Empresa Temporal o las dichosas Cooperativas que lo unico que hacen es exprimir el trabajo de los diversos candidatos vinculados a ella. Conclusion: El candidato a empleado SIEMPRE pierde pues le toca asumir costos para que le paguen su salario o sea regalarle parte de su trabajo a las entidades bancarias.
Aportar al foro una opinion sobre el reconocimiento de la cuota de manejo de las cuentas de ahorro sobre nomina, la ley 863 de en su articulo segundo expresa lo siguuiente:
ARTÍCULO 2o. CUOTAS DE MANEJO DE TARJETAS. Adiciónase el siguiente artículo al Estatuto Tributario.
“Artículo 108-3. Cuotas de manejo de tarjetas. Las cuotas de manejo de tarjetas no asociadas a cuentas corrientes o de ahorro, emitidas por establecimientos bancarios, para los empleados, pensionados o miembros de la fuerza pública con asignación de retiro o pensión, que devenguen un salario mensual igual o inferior a dos punto cinco (2.5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, correrán a cargo del empleador, quien tendrá derecho a deducir de su renta el importe que haya reconocido por los mismos.”
Espero con esto ayufarles a corregir los errores que tienen muchos patrones.
Buenos días, creo que como profesionales debemos de efectuar un balance de pros y contras para cada parte y no para una sola. Manejé nòmina por 16 años y creánme no es fácil cuando la empresa y el encargado de nómina debe efectuar el pago, menos cuando el dinero que ya no es de la empresa si no de los empleados desaparece en el recorrido Banco- Empresa. Ustedes saben que es decir a los compañeros no hay quincena se la robaron?, ademàs de la presión que se sufre por parte de las autoridades e investigadores?, sin contar con la duda que se legenera al empleador respecto a su encargado de nómina o mensajero o quien realice el retiro. Aqui en mi ciudad fueron varios los empleadores (Arquitectos, ingenieros civiles, comerciantes, mensajeros) que no solo les robaron el dinero sino que fueron asesinados. acaso eso es màs econòmico que el manejo de una cuenta de nòmina, saben cuatos empleados quedaron sin sus puestos por que la empresa tuvo que cerrar?….
Ahora existen entidades bancarias que ofrecen beneficios como: apertura de cuenta con cero pesos, exoneración de cuota de manejo en cuentas de nominas pactadas con la empresa, no hay cobro por uso de cajero de la misma entidad, se pueden exonerar del 4*1000, expiden extrato timestral, le ofrecen créditos a los empleados. Se le da la oportunidad al empleado de tener como demostrar ingresos. ES ELEGIR ENTRE VARIAS ENTIDADES
Lo otro es la capacitaciòn que debe acordar el empleador con la entidad bancaria respecto a beneficios como pago de recibos de servicios publicos, uso de tarjeta debito en supermecados etc…. Eso es ayudar a nuestros empleados a adquir conocimientos….(en mi empresa hay extension internet para para que los empleados paguen sus recibos y otras obligaciones, hay tambièn el empleado se evita filas, tiempo, pasajes,y el valor de la transacciòn no alcanza los $380)
Tanto una como la otra parte buscan sus propios beneficios y si no cual seria su razón de ser? ESTOY DE ACUERDO CON LOS COMPAÑEROS QUE DICEN “NO SOLO HAY QUE VER LA PARTE NEGATIVA, VEAMOS LO POSITIVA” por lo general es fácil realizar comentarios cuando no se ha manejado personalmente el riesgo.
Rosa:
Te felicito por la absoluta claridad con la que nos compartes su sabiduría respecto del tema de la fecha.
Gracias por la luz que nos compartes.
Buenos dias.
Soy estudiante de contaduria publica y me parece importante conocer todo sobre salarios, con esta publicacion despeje unas dudas que tenia acerca de los pagos de salarios por nomina.
Gracias por brindar valiosa informacion..
FM2
Buenos Días:
este es muy tema importante pero me queda una pequeña duda, puede acaso el banco de una cuenta de nomina sacar gmf y si lo hacen que se puede hacer ya que una simple cuenta de nomina con el mínimo le sacan en el mes hasta 15.000 fuera de el cobro de cuota de manejo.
que puedo hacer y si esta platica desde hace mas o menos un mes que me di cuenta de esto y la cuenta la tengo desde hace seis meses.
si me pueden colaborar les agradezco mucho.
lina isabel
Estoy de acuerdo con Rosa. Las personas que manejamos nóminas mensuales o quincenales sabemos lo desgastante que es manejar dinero en efectivo. Durante algún tiempo giramos cheques en nuestra empresa y aumentó el trabajo y el costo. La solución fué soliicatr los servicios de un Banco que cobra una cuota fija mensual, el trabajador tiene derecho a hacer 4 transacciones en el mes. También deben firmar el formulario para exonerar las cuentas de nómina del 4 X 1000. Hay que solicitarlo, pocos bancos lo ofrecen en la paertura de las cuenta.
Desafortunadamente los empleados estan sometidos a abrir dichas cuentas y a correr con los gastos, de no ser asi, seguro que en el mercado encuentran un reemplazo a ese trabajador. Ahora, se dice que puede retirar por cajero la totalidad de la nómina, eso no es cierto. Los cajeros suministran billetas con denominación mínima de $20.000 si a una trabajador le consignan $229.000 puede retirar por cajero $220.000, los $9.000 restantes por ventanilla para lo cual tien que pagarle al banco $4.100 ( el 45% del saldo de su saldo) para que le permitan retirar “TODA” su nomina.