1. ¿Qué es PILA?
2. ¿Cuál es su finalidad?
3. ¿Quienes participan?
4. ¿Cómo funciona la PILA?
5. ¿Cual es la edad para que no sea necesario cotizar a pensión?
6. ¿Y si tiene mas de 1.000 o 1.125 semanas pero no tiene la edad de pensión?
7. Y si llega a 57-62 años (Mujer-Hombre) pero no tiene las semanas mÃnimas (ISS) o el monto mÃnimo para pensión (Fondo Privado) ¿Debo seguir cotizando?
Duración: 12 Minutos (Encienda los parlantes de su Computador)
BUENOS DIAS SEÑORES; EXCELENTE CONFERENCIA SOBRE EL SISTEMA PILA, LA CUAL ME ACLARO MUCHAS DUDAS SOBRE QUIENES NO ESTAN OBLIGADOS A COTIZAR EN PENSIONES. QUIERO PREGUNTAR SI ALQUIEN SABE SOBRE EL VALOR MINIMO QUE HAY QUE TENER AHORRADO EN EL BONO PENSIONAL EN PESOS, PARA TENER DERECHO A UN SALARIO MINIMO LEGAL VIGENTE?. GRACIAS
señores actualicese, buenos dias,tengo una pregunta y es. una persona que ya tiene la edad, el tiempo cotizado, es empleada, esta aportando para que su promedio le aumente, desea pasar los documentos para solicitar su pension, que debe hacer, pasa los papeles al iss y se desafilia de pension, o los pasa y sigue aportando a pension, que implica lo uno y lo otro, porque no tengo muy claro cual es el mejor beneficio, en cuanto a retroactividad por lo anterior, que se debe hacer,
mil gracias
Yolanda… es potestativo del trabajador que cumple con los requisitos mÃnimos de edad y semanas de cotización, si continúa cotizando a pensión, pero el consejo que le doy es que no deje de cotizar a pensión mientras le reconocen la pensión por la siguiente razón:
Presente la documentación exigida para acceder a la pensión y siga normalmente cotizando. Cuando le reconozcan la pensión muy seguramente será tomándole los aportes que realizó hasta el dÃa que radicó la petición, pero desde la fecha de solicitud y la fecha de reconocimiento e inclusión en la nómina de pensionados muy seguramente han pasado 8, 10 u 11 meses.
Pero tranquila, estos meses en los que siguió cotizando no se pierden; cuando empiece a recibir su mesada pensional y con la tranquilidad que está mes a mes recibe este dinero, se dirige nuevamente al ISS y solicita el reajuste pensional y lo que hace el ISS es simplemente tomarle esos meses en los cuales usted cotizó mientras se resolvÃa su petición y promediarlos a todo su historial pensional y ordena modificar el monto que está recibiendo como mesada pensional por una cifra mas alta.
Gracias por participar.
Alexander Coral R.
LÃder de Investigación Legal - actualicese.com
Este tipo de miniconferencias son muy importantes, ya que nos permiten aclarar las dudas que generan para este caso lo referente a pensiones.
Muchas gracias.
MUY BUENOS DIAS AL EXELENTE EQUIPO DE ACTUALICESE.COM. EXELENTE CONFERENCIA MUCHAS GRACIAS POR ESTAR A LA VANGUARDIA EN ACTUALIZACION USTEDES SON LA MANO DERECHA DE LOS PROFESIONALES DE CONTADURIA Y CARRERAS A FIAN. MUCHAS GRACIAS POR TODA SU AYUDA QUE DIOS LOS BENDIGA.
SI SE CUMPLE CON LA EDAD, PERO NO CON LAS SEMANAS MINIMAS. ¿ ME DEVOLVERIAN EL DINERO?
Ana, es indudable que el dinero que tengas acumulado, aún si no cumples con el tiempo requerido, pero si la edad, te pertenece. Ese es el llamado bono pensional y aplica para generar pensión o para ser reembolzado, cuando exista la imposibilidad de completar el tiempo (ISS) o el monoto dinerario (fondo privado) para generar una pensión de vejez mensual. Para ello debes reclamarlo a quien haya retenido los montos mensuales.
Buenos Dias.. tengo una inquietud y si es posible me colaboren con la solucion.. una mujer de 50 años ha cotizado desde los 18 años que esta laboralmente activa, por el momento no cumple con las semanas ni la edad, pero el monto de ahorro que tiene en el fondo privado de pensiones supera el porcentaje requerido para este tipo de fondos…
1. ella puede solicitar pension?
2. que ley dicta esto?
Gracias.
Buenos dÃas, trabajo con varias personas que son contratistas con empresas del estado, ellas solo cancelan salud, pensión y aportes parafiscales solo cuando se lo exigen para el pago de la cuenta, esto perjudica a estas personas o se puede seguir haciendo sin ningún problema, ya que ellos no siempre tienen contratos.
que sucede cuando unaa persona qque cotiza al ISS tienen 1300 semanas pero tienen solamente 56 años y perdio su puesto que era de mas de 10 millones de pesos, l apregunta es puede l apersona no octizar maas a pension en la eventualidad de que el salario que consiga sea por ejemplo de un millon de pesos, lo que lo perjudicaria para su promedio?
El Dr. Coral en su expòsicion dice que si debe cotizar pension si está con el ISS. Pero que pasa si la persona está desempleada y ya cotizó mas de 1.025 semanas con un promedio alto en los ultimos 10 años. cual será la consecuencia de no poder cotizar mas al ISS. y solo espera que cumpla el requisito de la edad?. No recibe pensión?. Por favor aclareme esta situación.
Muchas gracias
Jaime
Sin lugar a dudas se perjudicarÃa cotizando por un monto de 1.000.000 dado que la base para liquidar son los últimos diez años. Por otra parte de no hacerlo se quedarÃa sin cobertura para las contingencias de invalidez y en caso de quedar en ese estado tendrÃa que esperar a cumplir el requisito de la edad para solicitar la pensión de vejez.
Una persona dejo de cotizar al ISS en 1998 a los 45 años de edad habiendo cotizado 1000 semanas. Puede acceder a la pensión y a que edad podria hacerlo?. Gracias a quien me oueda ayudsar con esta inquietud
Que buen tema. Muchas Gracias. Si una mujer lleva solo algunas semans cotizadas durante su vida (como 150) y tiene 53 años de edad, ¿debe continuar cotizando?
La Corte Constitucional en providencia reciente, determino que los trabajadores independientes no estan obligados a cotizar Pension.
Comentario muy particular…. Si no quiero asegurarme por que no creo en los fondos de Pensiones y de manera particular, por que no alcanzare a pensionarme por las politicas de Inseguridad Social de este Gobierno,..¿ Por que diablos debo cotizar y pagar lo que no podre disfrutar en mi etapa final? A quien beneficia esas Leyes de Seguridad Pensional ?
EXCELENTES TODOS SUS COMENTARIOS, SOY UNA HINCHA MAS DE ACTUALICESE, MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE, SI HAY UNA PERSONA QUE TRABAJA UN SOLO DIA EN MI CASA, COMO HAGO PARA AFILIARLA A SEGURIDAD SOCIAL, SI LAS OTRAS PARTES DONDE TRABAJA NO LES INTERESA…. MEJOR LA HECHARIAN….. LA VERDAD QUEDA SUPER PESADO COTIZAR POR UN SALARIO MINIMO, QUE OTRA COSA PUEDO HACER SI LA PERSONA ES EXCELENTE TRABAJADORA.MIL Y MIL GRACIAS
tengo 56 años, he cotizado a pension con fondo privado, muy pocos meses cotize con iss, complete mas o menos 23 años de servicio interrumpido pero que sumado da 23 años, en estos momentos estoy desempleado, y no estoy cotizando a pension. mi fondo privado no me explica en que condiciones estoy, y tampoco ha recolectado toda la informacion, dicen que las entidades donde labore, no le interesa consignarle lo correspondiente al bono pensional. que debo hacer, seguir cotizando o esperar la edad para pensionarme.????. agradeceria me conteste el que tenga conocimiento ante esta situacion particular. gracias
Cual es la formula de valor presente, o que utiliza el actuario, en el fondo privado, es importante evaluar las variables de la formula, para hacer la comparación de los dos sistemas de pensión. Esto porque yo puedo tener el capital suficiente para que me paguen por un año el 110% del mÃnimo, sencillamente bastarÃa con dividir dicho valor en la tasa de rentabilidad del fondo, pero; y el otro año, cuando sube el valor del mÃnimo?, aquÃ, creo la ley debe especificar mas variables? por cuantos años,Ej. si se le acaba el fondo , ¿se queda sin pensión a los 92 años?
Dr Alexander.
me gustaria me colaborara con la siguiente inquietud, no sin antes felicitarlo por sus conocimientos.
mi madre es adicional en el iss pagando $98.000 mensuales por salud, ya que tiene 70 años de edad; quisiera cambiarla a coomeva en donde mi señora y yo cotizamos con una base de 4′000.000, atendiendo el articulo 39 del decreto 806 de 1998, que trata sobre la cobertura familiar cuando los dos conyugues cotizan al sistema, toda vez que mi madre depende economicamente de mi.
cual es el procedimiento para realizar este cambio.
cordialmente
eleycer camargo marin
EXCELENTE CONFERENCIA, QUIERO FELICITARLE DOCTOR ALEXANDER POR HE ACLARADO DUDAS RELACIONADAS CON EL TEMA DE LA PILA Y QUIENES DEBIAN COTIZAR.
BUENAS NOCHES QUIERO FELICITARLO POR LA PAGINA DE ACTUALICESE.COM DE VERDAD QUE VALE PENA, QUIERO PREGUNTARLE SI ESTANDO AFILIADA A PORVENIR EN ESTE MOMENTO PUEDO TRASLADARME AL ISS, PUES VEO QUE ES MEJOR COTIZAR CON EL ISS
GRACIAS
FELICITACIONES POR EL APORTE DIARIO QUE HACE A NUESTRA CARRERA
buen dia que buena conferencia pero aun tengo una inquietud que espero me pueda colaborar
mi papa tine 62 años y ha cotizado en el iss desde el 2004 tiene la edad pero no las semanas y aun le falta mucho para completarlas en la actualidad no cuenta con los recursos para seguir cotizando en pension solo para salud. Esta obligado a cotizar pension,
Agradezco su colaboracion
Si una persona cotizo a pension durante algunos años por que laboraban con el estado pero dejaron de laborar por un largo tirmpo aproximadamente de 20 años y durante mas o menos 2 años volvieron a cotizar pero solamente a salud y ahora con pila no se si tengan que nuevamente cotizar a pension.
El Dr. Coral dice que si está obligado a pagar pension si esta con el ISS, pero que pasa con una persona que queda desempleada y venia cotizando con ingresos altos ($6, o 7 millones) y ahora solo paga salud con el minimo. Esta obligado a cotizar si ya lleva mas de 1.025 semanas cotizadas. Si cotizara con el minimo el promedio bajaria ostensiblemente hasta que cumple la edad que solo le faltan 4 años. que consecuencias trae si no cotiza mas.
MIL GRACIAS POR LA CONFERENCIA
¿PORQUÉ OBLIGAR A LAS PERSONAS A COTIZAR MAS DE LAS SEMANAS REQUERIDAS PARA SU PENSION?
COMO ES POSIBLE QUE UNA PERSONA JOVEN Y CON BUEN TRABAJO PUDO COTIZAR, DIGAMOS CON 2 SMMV Y QUE YA COMPLETÓ LAS SEMANAS REQUERIDA y SOLO LE FALTA EDAD, AHORA QUE ESTA VIJO Y CON MENOS POSIBILIDADES DE TRABAJO, TAN SOLO PUEDE Y A DURAS PENAS, COTIZAR CON UN SALARIO MINIMO.
PREGUNTO: ¿POR LEY LE OBLIGAN A BAJAR O A DESMEJORAR SU PROMEDIO DE 2 SALARIOS QUE YA TIENE? esto es demasiado injusto…..
Primero porque ya cotizó lo requerido
Segundo porque le estan obligando a dañar su promedio
Tercero porque a mayor edad, menor posibilidad de ingreso
Quisiera contactarme con más perosnas que tengan este problema
Mi correo es melisap-p@hotmail.com
MUCHAS GRACIAS AL EQUIPO DE ACUALICESE, POR SUS APORTES LO CUAL NOS ILUSTRA Y GUIA PARA DETERMINACION DE PLANES Y ASESORIAS A SEGUIR.
PEDRO NEL ZORRILLA C PZORRILLA36@HOTMAIL.COM
LOS FELICITO POR TAN PRESTIGIOSOS SERVICIOS.
QUISIERA PREGUNTAR.¿QUE SUCEDE SI CUMPLO LA EDAD PARA LA PENSION, ENTREGO TODA LA DOCUMENTACION REQUERIDA, PERO ME RETIRO DEL SEGURO SOCIAL EL MISMO DIA QUE CUMPLO LA EDAD? SERA QUE AL LLEGARME LA RESOLUCION COMO PENSIONADO, LLEGA TAMBIEN LA RETROACTIVIDAD DE LOS MESES QUE DEMORA LA RESOLUCIÓN?
MIL GRACIAS.
OSCAR
Buenos dias, colegas.
Sin duda, éste es un tema muy delicado y sobre el cual existen muchas particularidades. Considero que para hacer mas efectivas, útiles y obtener una respuesta, Actualicese deberÃa recoger todas estas inquietudes y organizar una conferencia que las involucre a todas.
Aprovecho para agradecer al equipo de Actualicese por su valioso aporte.
Caso muy puntual de una persona hombre que a a los 37 años por razones del Gobierno fue favorecido sin otra opción por cierre de una entidad administrada por el Bco de la Rep. con el 55% de pensión - sancion por vinculación laboral con el Bco de la Rep. desde 1.978 hasta 1.990, que hasta la fecha ha venido devengando año a año con los ajustes de ley. Continúa laborando en otras empresas privadas y por el principio de solidaridad le siguen reteniendo por nómina para salud y pensión. Se retira de la empresa en el año 2.003 y hasta ahà cotiza, por cuanto en su actividad particular no siguió cotizando. Tan solo al pago de la pensión le retienen salud y seguridad social. La pregunta es, que si cotizó durante 25 años (1,300 semanas aproximadas) y actualmente tiene 55 años de edad, tiene derecho al ajuste de la pensión en un porcentaje mayor?, hasta qué porcentaje y que trámite se debe hacer y ante quien para reclamarla?.
Muchas gracias por estas conferencias tan oportunas, pero hay algo que no entiendo: Si ya tengo la edad de 55 años por pertenecer al régimen de transición y tengo 1.011 semanas cotizadas, que también me cobija porque son 1.000 semanas y no tengo recursos para seguir cotizando, puedo radicar documentos para pensión?. Si estas 1.011 semanas no fueron consecutivas porque hubo lapsos de tiempo que no trabajé, sobre los últimos 10 años cotizados asà sea interrumpidos me promedian el valor de mi pensión? Les agradezco su opinión y la aclaración. Gracias
Rosa
Si la persona tiene 57 años y es mujer y tiene 1.150 semas cotizadas por qué le va a pedir ayuda al Estado si ya tiene la edad y las semanas’, se supone que está en el régimen de transición, y si este ejemplo sucediera más adelante donde no la cobije la ley de transición, porque el Estado le exige mÃnimo 1.150 semanas si las mÃnimas son 1.125?
BUENOS DIAS DOCTOR QUISIERA SABER APARTE DE LAS PERSONAS POR EDAD QUE NO ESTAN OBLIGADAS AL PAGO DE PENSION QUIEN MAS ESTA EXONERADA DE ESTO GRACIAS.
Para Alex:
Recuerde que no esta obligado a cotizar a pension la mujer mayor de 50 y el hombre mayor de 55 que NUNCA ha cotizado a pension, en su caso ya cotizo 150 semanas entonces pierde este beneficio.
Como consecuencia esta obligado a cotizar a pensiones.
hola….Felicitaciones y gracias x toda la informacion que nos brindan …..
Quisiera consultarles : Si por ejemplo mi padre tiene 70 años pero solo a cotizado a pensiones 6 años .. tiene derecho a algo ……. que tenemos que hacer …. o si vale la pena seguir cotizando y hasta cuando ???
gracias
Nana
Tu padre tiene derecho a reclamar la indemnización sustitutiva o la devolución del saldo que tiene en su cuenta de ahorro pensional.
HOLA, ME GUSTARIA QUE ME AYUDARAN A RESOLVER UNA INQUIETUD, LA EMPRESA CONTRATO A TRES EMPLEADOS QUE SON EXTRANJEROS Y NUNCA HAN COTIZADO EN COLOMBIA, UNO DE ELLOS TIENE 67 AÑOS Y LOS OTROS DOS TIENEN 51 C/U, YO CONSULTE CON I.S.S. Y ME DICEN QUE ES MEJOR QUE LOS AFILIE A PENSION Y QUE SE PAGUE PENSION POR ELLOS, PARA EVITAR ALGUN PROBLEMA EN CASO DE UNA AUDITORIA, PERO NO SE, CREO QUE EN ESTE CASO NO APLICA, ADEMAS SON PERSONAS QUE ESTAN UN AÑO, MAXIMO DOS, EN EL PAIS Y NUNCA VAN A RECLAMAR SU PENSION, NO SE QUE DEBO HACER, AFILIARLOS O NO? LES AGRADEZCO SU COLABORACION.
estoy como beneficiaria de mi esposo, en el regimen de salud, voy a firmar un contrato por valor de $480.000,oo mensuales, pregunta: es necesario desvincularme como beneficiaria y hacer afiliazión como cotizante en salud?
la anterior pregunta teniendo en cuenta que el contrato es temporal por cuatro (4) meses. Se justifica que me desafilie de la seguridad de mi esposo, para ser cotizante?
Buenas tardes, quisiera saber si un trabajador que a cumplido con la semana completa para laborar ey el patrono le pide el favor de que colabore los domingos trabajando y el se niega por que dice estar muy cansado y de hecho es verdad, que puede hacer el patrono ? gracias.
[...] PILA: ¿Quiénes no están obligados a cotizar a pensiones por la edad? [...]
Buen dia en la actualidad tengo 47 años de edad,y cotice hasta el año 2005 para pension año en el cual quede sin empleo cotice 1348 semas hasta ese fecha desde hay no volvi a pagar aporte para pensio me podrian hacer el favor y me informan si a mi me toga seguir aportando a pension; claro esta a salud si estoy aportando.
muy amables por la atencion y coloboracion a la presente
Atentamente,
Guillermo Quinche H.
SEÑORES MUY BUENOS NOCHES:
UNA UNION TEMPORAL TIENE NIT Y ESTA OBLIGADA A FACTURAR Y LLEVA SU CONTABILIDAD, EFECTUA RETEFUENTE E INFORMA A LA DIAN SOBRE MEDIOS MAGNETICOS. PRESENTA LOS ESTADOS CONTABLES A LOS MIEMBROS CADA MES CON LOS PORCENTAJES QUE LES CORRESPONDEN POR SU PARTICIPACION EN LA U.T. MI PREGUNTA ES: EL MIEMBRO DE LA U.T. DEBE INCLUIR EN SU CONTABILIDAD TODOS LOS VALORES QUE MUESTRA EL BALANCE DESDE CAJA HASTA LA ULTIMA CUENTA DEL P Y G. O BASTA CON INCLUIR EN UNA SOLA CUENTA LO QUE CORRESPONDE ACTIVO, OTRA DEL PASIVO Y OTRA DEL PATRIMONIO
MUCHAS GRACIAS Y BENDICIONES.
Dr. Coral, felicitaciones por esta web, muy completa. Por favor, quiero saber si una persona que pagaba de forma particular como cotizante a una EPS, tiene derecho a pensión por invalidez, en razón a haber quedado parapléjico de forma permanente, vÃctima de un