Cuando un trabajador inicia labores siempre se debe fijar un horario y con ello una jornada de trabajo diario y semanal; pero puede suceder que un dÃa entre lunes a sábado coincida con un dÃa festivo y por lo cual no se labora.
En estos casos el empleador no puede exigirle a su trabajador que reponga esas horas no laboradas por ser un dÃa festivo ocurrido entre semana, ni mucho menos descontarle de su salario el valor de ese dÃa festivo no laborado.
Si bien por lo general las empresas tienen como jornada de trabajo semanal 48 horas o menos distribuidas en jornadas diarias de 8 horas o 9 horas para no ir el sábado, el hecho de que un dÃa entre semana sea festivo (como por ejemplo el pasado 7 de agosto que correspondió a un jueves) el empleador no puede exigir de sus trabajadores que esas horas no laboradas ese dÃa festivo las tenga que reponer trabajando unas horas o el tiempo que sea, la semana previa o siguiente al dÃa festivo ocurrido en semana.
Si el empleador exige al trabajador que unos dÃas antes o unos dÃas después tenga que trabajar unas horas de mas para reponer las no laboradas por el dÃa festivo, el empleador estará obligado a pagar esas horas con el valor de la hora ordinaria mas el recargo del 25% si es en hora diurna (6 a.m. a 10 p.m.).
No olvide que para el Pago de Horas Extras en Trabajadores de Dirección, Confianza y Manejo se tiene unas condiciones especiales.
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Buenas tardes mi nombe es yaneth y tengo una duda cuando uno falla dos dias consecutivos por enfermedad con escusa medica osea que trabaje lunes,martes, miercoles y el jueves fue festivo el viernes y el sabado no fuy por la incapacidad, el empleador tiene derecho a descontarme los dias de incapacidad solamente por que no trabaje el jueves festivo.
ademas de eso quiero saber si cuando uno falla un dia entre semana o finalizando la semana se le descuenta al trabajador el dominical mas el dia que no laboro.
gracias
Hola. Si te dieron incapacidad emitida y aprobada por tu EPS tienen que pagárte todos los dias, ya que la incapacidad tiene un valor el cual el empleador se lo descuenta del pago mensual de sus aportes a salud.
muy bueno el articulo. Me gustaria saber cual o cuales normas obligan al empleador a pagar el subsidio de alimentacion a sus empleados
MUY BUENO EL DOCUMENTO… QUIERO SABER LO SIGUIENTE: UNA PERSONA QUE SOLICITA PERMISO EN DIAS LABORALES Y ACUERDA RECUPERARLO EN DIAS DOMINGOS Y/O FESTIVOS… ACUANTO EQUIVALE UNA HORA O UN DIA FESTIVO LABORADO EN RELACION A LOS DIAS LABORALES QUE EL EMPLEADO NO LABORÓ?
GRACIAS…
Cuando en tu ciudad o municipio hay fiestas locales y no se labora, el empleador puede descontar o exigir la compensacion del tiempo? si existe algun articulo, decreto o ley favor enviarlo a jhonnjer@hotmail.com
Buenas Tardes, si tengo un empleado el cual su dÃa de descanso es dentro la semana, no fines de semana y su descanso cae un festivo como el pasado jueves 8 de agosto, ¿tengo pendiente por pagarle un dÃa de descanso? o el festivo se toma como el descanso de la semana?
Alfonso… en este caso, el jueves festivo 7 de agosto, corresponde a un descanso obligatorio remunerado, por lo que aun le adeuda al trabajador el dÃa de descanso compensatorio.
Gracias por participar.
Alexander Coral R.
LÃder de Investigación Legal
buenos dias
Doctor
alexander coral
los dias festivos generan un descanso remunerado?
cuales son las disposiciones legales que regulan esta materia y si tienes algunas jurisprudencias al respecto
te agradezco
att
leonardo sanchez martinez
Buenas tardes.
Mi inquietud es: si en una empresa se fijó desde un principio un horario que es de 8 horas diarias y va de lunes a sábado, podrÃa ser que se le cambie a un empleado las horas extras que ha trabajado por tiempo de descanso compensatorio sin pagársele a cambio ningún recargo?
Bibiana, con la reforma laboral hecha atraves de la ley 789 de 2002, uno de los principios de esta reforma fue FLEXIBILIZAR las normas laborales para que se adaptaran a un mercado cada vez mas competitivo y dentro de un enfoq
me discupas que se me fue el envio.
…y dentro de un enfoque global o mundial.Ahora en el tema expuesto, se puede afirmar de acuerdo a la nueva ley que las jornadas diaria de trabajo pueden variar y al mismo tiempo el horario asignado, pudiendo trabajar en un dia 4 o 6 horas y en otro 9 o 10 Horas (Esto es lo maximo permitido en un dia), siempre y cuando en toda le semana se labore 48 horas; si se pasa de 48 horas semanales se deben pagar horas extras hasta maximo 12 horas.Para que el empleador asigne trabajar en horas extras se debe tener autorizacion por parte del ministerio de proteccion social.Saludos.
buenas tardes, un cordial saludo a todas esas personas que estan prestas a orientarnos. mi inquietud es la siguiente: soy auxiliar de enfermeria,laboro en un hospital que hace más o menos de un año fue restruturado y conmigo quedamos seis de planta y laboramos en el área clÃnica; por consiguente dejamos de laborar nocturnos y festivos pr que asi lo padia el proceso, pero continuamos relizando turnos de seis y doce horas diarias, ya que para cubrir las 174 horas mensuales debemos rtealizar 29 turnos al mes. nota: somos nombradas en febrero del año 1990.el cual nos cobija las 44 horas semanales. debido a este proceso que no realizamos nocturnos ni festivos nosotra debemos cumplir con las horas semanales y no como nos vienen haciendo el horario de trbajo que es el siguiente si el mes trae 2 festivos trabajamoas 6 turnos de 12 horas, osea que estamos laborando los festivos en dias ordinarios y no nos quieren corregir éste
quisiera saver que pasa cuendo el dia festibo cae entre semana
lo que pasa es que yo rolo turnos
y pues la semana del 16 de sep me toca de noche
y como cae en martes el 16 pues como se ase
es sierto que se corre al lunes,
quedando asi lunes no se trabaja y martes si?
es asi?
Una duda si yo no labore el dia 15 de septiembre tengo derecho al pago del dia festivo 16 de septiembre (tampoco laborado)
A una persona de nuestra empresa le dieron incapacidad el a partir del 16 de septiembre (dÃa festivo obligatorio en México). Se debe descontar ese dÃa al empleado?
Buenas tardes,
mi inquietud es la siguiente. se puede obligar a auna persona a que trabaje el 25 de diciembre y el 1 de enero ambos festivos en colombia,,,
gracias
buenas tardes, mi pregunta es si hay alguna norma en la que me pueda apoyar para sustentarle esto a mi empleador, ya que este caso es muy comun en la empresa en la que laboro, laboramos de lunes a sabado pero el sabado solo trabajamos 4 horas ya que las restantes las reponemos entre semana de a media hora cada dia pero si se presenta un festivo nos obligan a reponer la media hora la semana siguiente.
hola, estoy trabajando solo los fines de semana, resulta ke este mes trabajo 3 festivos seguidos, tengo derecho a estos festivos?…y ke vale un dia festivo laborado?
gracias
buenas tardes
Se de un lugar donde las personas trabajan de 8:00am a 9:00pm o 9:30pm, solo les pagan un minimo, trabajan festivos y ademas de eso no les pagan prima ni nada de eso; solo salud………quiero saber con quien se tiene que hablar o quien me puede decir que hacer….
gracias
QUISIERA SABER SI LAS INCAPACIDADES SE PUEDEN HACER REPONER LOS DIAS Y QUE ARTICULO O LEY AFIRMAN QUE NO.
Buenas noches, el pasado 20 de julio me tocó trabajar 8 horas en el turno, pero ahora la empresa a la cual trabajo me dice que ese dia me lo van a pagar como si fuera un recargo festivo y no como horas extras, adicional a esto el pasado 7 de agosto me dieron el dia de descanso y me dicen que estoy debiendo este dia y que tengo que reponerlo despues. Me gustaria saber que hacer referente a esto y si ellos tienen la razon o no. ¿Que articulos del codigo sustantivo del trabajo puedo emplear ante el empleador?
buen dia , mi duda es , si alguien se casa por lo civil o la iglesia, tiene derecho a faltar por lo regular lunes , se le paga el dia o se le descuenta, escuche algo hace algunos dias sobre eso y supe que no se decuenta que tiene derecho el trabajador de pagarse el dia que hay de eso . gracias atte miguel gonzalez de monterrey miyte7279@hotmail.com …le agradezco
Buenos dias, les pido el favor aclararme lo siguiente, labore en una empresa desde el año 1974 hasta 1981, segun la historia laboral del ISS, dice que tengo cotizadas 320 semanas, pero no se si se hayan tenido en cuenta horas extras, a la fecha tengo 53 años, fui a averiguar al ISS pensiones y me dijeron que no calificaba para pensionarme, que tengo derecho a una indemnizacion sustitutiva, no se que hacer pues segun ellos no tengo edada para solicitarla, y tampoco se como liquidaran en dinero esas semanas, muchas gracias por ayudarme, pues nunca volvi a cotizar.
Amigo que pasa donde el empleador me dijo a las 12pm que tenia que trabajar ese domingo y no fui habiendole dicho que no podia por razones personales es legal que me habran un proceso disciplinario gracias
buenas tardes.
quisiera que alguien me aclarar una duda:
yo trabajo de domingo a domingo con un dia compensatorio a la semana el cual es el miercoles, si en esa misma semana se presenta tambien un dia festivo que tambien lo trabajo, ¿a parte del recargo del dia me deben compensar ese dia festivo con un descanso??
YO ESTOY TRABAJNDO 9 HORAS DIARIAS DE LUNES A VIERNES Y EL SABADO TRABAJO 3 HORAS,PARA UN TOTAL DE 48 HORAS SEMANALES CONSTANTEMENTE, TODO ESTO PREVIO ACUERDO CON MI EMPLEADOR. ESTO ESTA BIEN O NO????
hola-muy-buenas-tardes-mi-duda-es-que.si-mi-dia-de-descanso-es-un-miercoles-pero-el-lunes-es-dia-festivo-y-no-bine-a-trabajar-me-pagan-normal-el-dia-o-me-descuentan-el-dia-festivo?-o-me-pueden-castigar-por-no-benir-a-trabajar-el-lunes-que-fue-dia-festivo-gracias
hola amigos, realmente me parece muy bueno lo que estan haciendo en beneficio de muchas personas que a veces ignoramos algo. ojala hubiesen muchos mas como uds.
quiero aprovechar la oportunidad a ver si es que pueden ayudarme.
tengo un problema judicial en la via contencioso administrativa y como saben demora años. el proceso se inicio en el 2,006 fecha que se interpuso la demanda. luego de 4 años la señora juez me manifiesta que va declarar infundada mi demanda porque el 29 de junio fue dia laborable. yo estoy seguro al 100% que el 29 de junio fue declarado feriado no laborable, pero debido al tiempo transcurrido, lamentablemente no tengo la norma legal, ni la publicacion realizada en el diario el peruano por mas que lo busco. no se si uds. tienen esta informacion, les agradecere de antemano. muchas gracias por ser como son…………….
Hola
Si alguien me puede responder se los agradecere mi duda es que tengo un empleado que muy seguido falta a su trabajo esta semana se tuvo dia festivo a si que digamos el lunes fue festivo y el no se presento el martes.. se le deve pagar el lunes como festivo y el domingo o solo lo proporcional a los dias que trabajo mas el festivo ??
yo estoy laborando de 8 horas pero el 1 de mayo me van ha descon tar por haber caido sabado festivo y la empresa me obligaba a ir a pagar tiempo ese dia no me parece que esto sea legal ya que he trabajado de lunes ha viernes y he pagado el tiempo necesario
buenas tardes amigo (s) quisiera saber como se paga un dia festivo por ley si se trabajo normal , este fue el dia 1 de mayo si me pudieran ayudar se los agradecere GRACIAS …..
Buenas noches mi nombre es yina paola macea almentero trabajo en un restaurante y tengo una pequeña inquietud:
trabajo de lunes a domingo y me dan un dia de descanso en la siguiente semana por lo que el dia correspondiente de descanso obligatorio remunerado era el domingo pero como es una empresa de servicios restaurante me toca trabajarlo. Mi pregunta es Me pueden pagar ese descanso o compensatorio correspondiente a la semana anterior que ya me lo gane con un dia festivo por ejemplo con el dia 1 de mayo me lo dan de descanso y de una vez con ese mismo dia me pagan el descanso de la semana que ya habia laborado eso se puede hacer ? yo le dije a mi jefe q eso no se podia por q el festivo tambien era un dia de descanso obligatorio remunerado yo pienso que si me lo dan de descansosimplemente no me genera compensatorio pero no me pueden pagar el descanso ya ganado con ese mismo dia ? les agradesco me colaboren. y les agradeseria de corazon si me pueden ayudar
la empresa donde laboro opto por cambiar la jornada laboral de lunes a sabado por una que ellos llamaron 7 x 1 que es laborar 7 dias segidos con 1 de descanso.
esto implica que se laboren hasta los 4 dominicales al mes pero con la diferencia de que no quieren reconocer a partir del tercer domingo el recargo correspondiente a dominical habitual.
es decir todos los dominicales se cancelan solo con el recargo del 75% mas el dia de descanso.
¿es esto legal o no?.
gracias por su asesoria
tengo una pregunta, yo trabajo de domingo a domingo con dia compensatorio cada semana….la semana pasada cogi como mi dia compensatorio el domingo en ese caso me pagarian ese dia normal?…..es decir que esta semana no tengo descanzo?….sera que alguien me explica eso9?
Si trabajo un domingo y me compensan un dia de la siguiente semana, pero ese dia se me cruza con una incapacidad, la incapacidad corre el dia compensatorio. Gracias