
El subsidio familiar es una prestación social que se paga en dinero, especie y servicios a los trabajadores afiliados. Su objetivo es aliviar las cargas económicas que representa el sostenimiento de la familia. También se le denomina Cuota Monetaria.
Tienen derecho a este subsidio los trabajadores cuya remuneración mensual -fija o variable- no sobrepase los 4 SMMLV (Salarios MÃnimos Mensuales Legales Vigentes), siempre y cuando laboren al menos 96 horas al mes; y que sumados sus ingresos con los de su cónyuge o compañero, no sobrepasen 6 SMMLV. (art. 3º Ley 789 de 2002). Y los beneficiarios deben cumplir los siguientes requisitos:
Pero ojo: tanto padre como madre pueden cobrar simultáneamente cada uno el subsidio familiar por los mismos hijos, siempre y cuando la suma de los ingresos de ambos no exceda de 4 s.m.l.m.v. Si excede sin sobrepasar los 6 s.m.l.m.v, solo podrá reclamar el Subsidio Familiar uno de los padres (artÃculo 3º numeral 7 de la Ley 789 de 2002),
Cuando los beneficiarios del trabajador pierdan las calidades que ya se mencionaron como es sobrepasar la edad, no estar estudiando o el fallecimiento.
Igualmente si el trabajador es padre soltero y tiene ingresos superiores a 4 s.m.l.m.v o convive con su cónyuge o compañero permanente y los ingresos de ambos suman mas de 6 s.m.l.m.v.
Aquà están todas las leyes, decretos, circulares y fallos de la Corte Constitucional sobre las Cajas de Compensación Familiar.
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Qué sómos, qué debemos cambiar y cuál es el futuro, son algunos de los interrogantes que plantea el Presidente de la Junta Central de Contadores, Dr. Luis Alfonso Colmenares en esta conferencia donde la Ética y las problemáticas de la Profesión son temas tratados a fondo. De la misma manera se aclaran muchas de las dudas que nos surgen a los profesionales de la Contaduría Pública en Colombia, sobre el futuro y las dinámicas de trabajo.
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Seria bueno que pudiera alguien aclarar los requisitos adicionales para padres discapacitados
hola Katerin…
Los padres, los hermanos huérfanos de padres y los hijos, que sean inválidos o de capacidad fÃsica disminuida que les impida trabajar, causarán doble cuota de subsidio familiar, sin limitación en razón de su edad. El trabajador beneficiario deberá demostrar que las personas se encuentran a su cargo y conviven con él.
como requisitos estan:
* Copia de la cédula del padre o madre
* Registro civil del trabajador con parentesco
* Supervivencia original del padre o madre
* Certificado de la discapacidad
* Constancia de dependencia económica
te invito para que leas la ley 21 de 1982 y la ley 789 de 2002
saludos
Melky
el papá de mi sobrino reclama el subsidio de el hijo y nunca a respondido por el que se puede hacer en este caso para que se lo entreguen directamente al niño o con el consentimiento de la mamá