
Es una empresa –EST- que le presta un servicio a un tercero llamado usuario (generalmente otra empresa) para colaborarle temporalmente en el desarrollo de sus actividades, mediante la labor desarrollada por personas naturales contratadas directamente por la EST a quienes se les denomina trabajadores en misión. Las EST están reglamentadas en el Decreto 4369 de 2006.
Si. La vinculación de los trabajadores en misión es con la EST y esta a su vez hace un contrato de prestación de servicios con el tercero o usuario (empresa beneficiada).
El trabajador, que es empleado de la EST, va en calidad de Trabajador en Misión a donde la empresa usuaria, la cual no tiene ningún vÃnculo laboral con el Trabajador en Misión. Lo único que debe hacer es pagarle a la EST, quien luego le pagará los salarios a su trabajador.
Sólo por 6 meses, prorrogable por una sola vez hasta por 6 meses más.
EstarÃamos frente a 2 situaciones:
Igual argumento legal maneja la Oficina JurÃdica del Ministerio de Protección social, según Concepto 106784 de 2008 del 22 de abril.
La empresa usuaria no puede contratar mas con la EST por dejar de existir las causas de contratación de este servicio, mencionadas expresamente en el artÃculo 6° del Decreto 4369 de 2006, como es lo ocasional y transitorio de la contratación a través de las EST.
Por ende, si la empresa usuaria sigue necesitando de dicho servicio tiene que contratar directamente trabajadores bajo su cargo y nómina y si en especial quiere la continuidad del Trabajador en Misión de la EST, pues éste deberá dejar de trabajar para la EST para pasar a ser empleado de nómina de la empresa en la que en tiempo pasado estuvo en misión.
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Conferencia de esta semana por el Dr. Mauricio Uribe, Abogado Especialista en Propiedad Horizontal.
En actualicese.com hemos programado una serie de Jornadas de Actualización para el fin de año 2008 e inicio del 2009 que incluyen:
* Recuerda que si no puedes estar en alguna de las conferencias, cada conferencia quedará publicada para que la repitas cuando necesites.
¿Cómo interpretar el Mercado de Capitales en Colombia?
Conferencista: Jose Arbey Maldonado
Nueva Ley sobre Facturación (Ley 1231 de Julio de 2008) y otras normas relacionadas
Conferencista: actualicese.com (Dr. Diego Hernán Guevara M.)
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Conferencista: Dr. Joser Arbey Maldonado
Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
Conferencista: Victor Abreu
5 Oportunidades Económicas para el Contador Público en la Industria del Conocimiento
Invitados: Orlando Rincón, Carlos Lián, Juan Fernando Zuluaga
Foro: Propuesta de Tabla de Honorarios Profesionales para Contadores Públicos
Invitados: Dr.Omar Montilla, Dr. Harold Edgar Perea
Duración: 30 minutos
Definitivamente me encanta esta su pà gina….es excelente…aunque me gustarìa que tuvieran temas de propiedad horizontal exclusivamente….les agradezco inmensamente por sus valiosos aportes….
Les agradezco mucho por los temas tan importantes que citan en su portal, son ustedes de mucha ayuda.
Gracias
Buenas tardes, este mismo tratamiento se le da a las CTA, O tienen manejo diferente????
[...] ¿Cómo contratar con Empresas de Servicios Temporales (EST)? [...]
Buenos Dias,
Mi esposo tiene 12 años trabajando en una multinacional pero vinculado con un contratista, quien no es EST, y este a su vez tiene toda la carga laboral. Este caso tiene el mismo tratamiento?
Gracias
Buen dia, por favor me sacan de la duda, si un multinacional o x empresa trabaja con gran parte de empleados como temporales por mas de un año, asi los liquiden y dejen pasar por lo menos un mes y los vuelven a contratar estan incurriendo en esta norma.
Tengo una pregunta, y si el trabajador en mision tiene una incapacidad de EG por mas de 30 dias, en la factura a la empresa usuaria tambien se le cobrarÃa por este trabajador?
Muchas gracias por su importante informacion, ademas de mantenernos actualizados constantemente.