Patrocinado por:

Dudas sobre el pago de Seguridad Social y Parafiscales en las Cooperativas de Trabajo Asociado

Por: actualicese.com
Imprimir Imprimir   
Publicado: 4 de Junio de 2008

Son miles de personas que laboran o empresarios que vinculan personal a través de las Cooperativas de Trabajo Asociado, pero desconocemos la normatividad que regula a estas asociaciones respecto al pago de Seguridad Social y Parafiscales.

¿Es lo mismo un contrato de trabajo a vincularme a través de una CTA?

No, el contrato de trabajo está regulado por el Código Laboral, mientras una vinculación con CTA es de carácter comercial y por ende son distintos los derechos y obligaciones para trabajadores y asociados.

¿Soy asociado o empleado?

Soy asociado, porque las CTA nacen de la voluntad libre y autónoma de un grupo de personas que decide unirse para trabajar mancomunadamente, bajo sus propias reglas contenidas en los respectivos estatutos o reglamentos internos y el pago se que se hace es una compensación, no salario.

¿Qué pasa entonces con el pago de Seguridad Social y Parafiscales?

Dado el carácter obligatorio e irrenunciable de los derechos y beneficios que proporciona el Régimen de Seguridad Social o Ley 100 de 1993, el reglamento interno de la CTA no puede desconocer la afiliación y aporte a Salud, Pensión y ARP tal como se ordena en el Decreto 2996 de 2004. Pero respecto a los parafiscales como Caja de Compensación, Sena e ICBF, el Consejo de Estado mediante una acción de nulidad declaró nula la frase que obligaba a la CTA a aportar a parafiscales. Significa entonces que la CTA esta obligada a cotizar seguridad social de sus asociados y de manera voluntaria en parafiscales.

¿Sobre qué valores debe cotizar a Seguridad Social las CTA?

Ya está claro que la CTA es una asociación y como tal es parte del acuerdo reglamentario fijar los montos de cotización a Salud, Pensión y ARP, que son obligatorios su aporte, en todo caso el valor se acuerde para tener como base de liquidación no puede ser inferior al s.m.m.l.v.

22 Comentarios »


Lee esto antes de comentar:

  • Aunque nos gustaría, nuestro Equipo Editorial no contesta las dudas o consultas que se hagan aquí (posiblemente en el futuro lo hagamos). Si deseas ver cómo resolver una pregunta en actualicese.com, haz click aquí.
  • ¿Quieres que aparezca tu foto al lado de tu comentario? Crea una cuenta en Gravatar.com y aparecerá aquí inmediatamente!
 
Servicio de Actualización Permanente

La Propiedad Horizontal y la Ley 675 de 2001

Conferencia de esta semana por el Dr. Mauricio Uribe, Abogado Especialista en Propiedad Horizontal.


Agenda de Actualización para Fin de 2008 e Inicio de 2009

En actualicese.com hemos programado una serie de Jornadas de Actualización para el fin de año 2008 e inicio del 2009 que incluyen:

  1. Jornada de Actualización en el Cierre Contable y Fiscal
    Fecha: 17 al 19 de Diciembre de 2008 --> Ya están disponibles las grabaciones
    [Conferencia # 1 ] [Conferencia # 2]] [Conferencia # 3]] [Conferencia # 4]] [Conferencia # 5]]
  2. Novedades Laborales 2009 e Implicaciones Contables del Aumento del Salario Mínimo
    Fecha: 7 de Enero de 2009
  3. Jornada de Actualización para el Revisor Fiscal
    Fecha: Enero 14 al 16 de 2009
  4. Actualización en Reportes a Supersociedades
    Fecha: Enero 22 de 2009
  5. Actualización en el Diligenciamiento de los nuevos Formularios de RTF e IVA
    Fecha: Enero 23 de 2009
  6. 1a. Gran Jornada de Actualización 2009 (es el evento más grande, con 10 conferencistas)
    Fecha: Enero 28, 29 y 30 de 2009

* Recuerda que si no puedes estar en alguna de las conferencias, cada conferencia quedará publicada para que la repitas cuando necesites.

Temario y detalles adicionales

  • 10 Tecnologías de Información que el Contador Público debe conocer [actualicese.com]
  • Responsabilidad de los Socios en los distintos entes societarios - [actualicese.com]

Archivos

Por fecha

Por tema