Hay dos tipos de incapacidades en un trabajador:
Es de las primeras de las que nos ocuparemos aquí:
¿Cuándo pagan las EPS y cuando el empleador?Como ha sido anotado y reseñado en repetidas ocasiones por parte de la honorable Corte Constitucional, “el pago no es solamente una forma de remuneración del trabajo sino una garantía para su salud, quien podrá recuperarse satisfactoriamente -como lo exige su dignidad humana- sin tener que preocuparse por reincorporarse de manera anticipada a sus actividades habituales con el objeto de ganar, por días laborados, su sustento y el de su familia”.
De esto, se desprende que la obligación de pagar estas incapacidades está repartida entre el empleador y la EPS.
Cuando la persona es incapacitada por el médico de la EPS por 1, 2 o hasta 3 días, esta no será pagada por la EPS: la obligación recae únicamente en el empleador, quien debe cancelar los salarios de tales días y no descontarlos (como algunos acostumbran).
Ahora, si la incapacidad es superior a 3 días, la EPS debe pagarla desde el 4 día en adelante.
La responsabilidad económica del pago de la EPS se extiende solo por los primeros 180 días de incapacidad, si esta sobrepasa ese tiempo, a partir del día 181 estará a cargo su pago por parte del Fondo de Pensiones al cual se encuentra afiliado el trabajador; dicho fondo deberá iniciar paralelamente el proceso de calificación de la invalidez ante la junta respectiva según la gravedad de la enfermedad o recuperación.
La EPS debe pagar el 66.66% del salario diario de la incapacidad del 4to día en adelante para SDMLV mayores al mínimo(SMDLV = Salario Diario Mínimo Legal Vigente)
Esto es importante: para quienes aportan sobre la base de un salario mínimo o una suma superior, la EPS no deberá pagar por debajo del salario mínimo diario legal vigente, según sentencia de la Corte Constitucional.
La única forma en que se puede cancelar sobre el porcentaje del 66.66% es que el salario base de cotización sobrepase el valor mínimo de un día de trabajo en Colombia.
En plata blanca, esto significa que bajo ninguna circunstancia una persona que se le da una incapacidad puede recibir por cada día de incapacidad una suma inferior al SDMLV.
Vamos a plantear tres escenarios, partiendo de las siguientes premisas:
Esto da para un texto más detallado, pero hagamos un resumen: el empleador sólo está obligado a pagar los tres primeros días, y el desembolso del dinero que corresponde a la EPS puede hacerse una vez esta haya emitido el pago correspondiente (que lo hace directamente al empleador).
Sin embargo muchos empleadores –por cuestiones más humanas que legales- hacen este cálculo y liquidan el adelanto del dinero para pagar en las quincenas correspondientes, y no esperan el tiempo del trámite que le toma a la EPS hacer este desembolso, que puede tomar algunas semanas.
Estimados señores, cuando un trabajador la eps le entrega una incapacidad por tres dias es claro que dicha entidad no esta obligada a cancelar ningun valor a la empresa cotizante en nombre del trabajador.
la pregunta es la siguiente ¿porque muchos patrones incluyendo bolsas de empleo dicen que estos tres dias se deben pagar al 66.66% si la corte se pronuncio sobre este tema diciendo que el valor a pagar por el patrono debia ser el 100% del salario que esta recibiendo en el momento?
Ante quien se puede uno dirigir para aclarar esta inquietud, que estoy seguro tienen muchos contadores y patrones al momento de liquidar este tipo de incapacidad. gracias
Saludos, Carmelo…
Hemos complementado este artículo con más información al respecto. Por favor, lee la nueva versión y nos cuentas si tu duda queda resuelta.
Muchas gracias por tu participación en esta bella comunidad…
Don Juan Fernando
En mi empresa hay un caso parecido a de la Sra Luz Milena Cardona, y quisiera saber si ustedes nos pueden despejar esa duda, ya que la costumbre es que cuando es una incapacidad de tres dias se le pague al empleado el 100% de su salario, pero la norma no es clara en que se debe hacer eso, estamos debatiendo este tema con un abogado y el argumenta que la ley es clara donde dice que las indemizaciones se pagan por los primeros 90 dias las 2/3, y que el empleador asume los 3 primeros dias pero que en ningun momento dice que se debe cancelar estos primeros dias al 100%, por tal razon estos dias que el empleador asume los debe cancelar tambien a las 2/3 partes.
Me gustaria saber su opinion al respecto.
Gracias
Para Jazmín, Jimmy y Luz Milena Gordillo… es claro que la ley dice que se paga las 2/3 o el 66.6% del salario base de cotización los primeros 90 días, pero la Corte Constitucional cambió la interpretación de la norma laboral, en el sentido que el valor de la incapacidad no puede estar por debajo del s.m.d.l.v. o sea $15.383 por cada día de incapacidad a pagar, incluyendo los 3 primeros días a cancelar el empleador. Ahora, si la persona cotiza con sumas muy altas, al liquidar el valor de un día de salario x 66.6%, da como resultado un valor mayor a $15.383, si se le podrá pagar el 66.6%, pero sin afectar el s.m.diario l.v.
Gracias por participar es nuestra comunidad…
Alexander Coral
Líder de Investigación Legal
actualicese.com
Buenos días
Alexander, de antemano muchas gracias por su colaboración, tengo una inquietud cuando un trabajador es incapacitado por un dia y su salrio base es de $600.000, primero debo de cancelarle el sueldo normalmente o debo de cancelarle de acuerdo al porcentaje 66.67% y cuanto sería el valor a deducir por los aportes a pension y a salud.
En espera de su colaboración.
Gracias
Donde esta la parte complementaria de este articulo donde dicen que prfundiza mas del tema?
Podrias por favor regalarme el link :)
Gracias.
PD: Ahh excelente articulo.
En que link, veo el artículo actualizado? (pago de incapacidades)
PREGUNTO SI TENGO UNA INCAPACIDAD DE 8 DIAS CUANTO ME DEBE PAGAR EL EMPLEADOR POR ESOS TRES DIAS QUE LE CORRESPONDEN EL 100% Ó EL 66.6% ESTOY GANANDO UN SALARIO MINIMO
Tengo la misma duda, si se gana mas del minimo, pero la incapacidad es por solo 3 o menos dias, el empleador debe pagar el 100% y no el 66.66%..La pregunta seria si el empleador debe pagar siempre el 100% sea el sueldo que sea.Gracia
No, usted debe hacer el calculo, ( osea el sueldo/30 x 66.66%) si el dia sale a menos del valor de un dia de salario minimo, debe pagar el valor del minimo y si da mas del valor de un salario minimo diario se paga el valor que de. Bueno los primeros tres dias lo paga el empleador luego la EPS.
EXCELENTE
Qué interesante este artículo, aclara muchas dudas con respecto al tema de las incapacidades.
Muchas gracias por esos grandes aportes.
Que Dios lo bendiga por esta gran labor.
Lucia cual articulo?? no se si aparte de todos estos comentarios existe otro articulo para leer?, la verdad este tema de las incapacidades es bastante confuso…
Gracias
Si la EPS a partir del 4to, está obligada a pagar (en este caso a reembolsar a la empresa) el 66.66% sobre el IBC del empleado, quiere decir que el empleador pagaría el 33.34% por los días de incapacidad a partir del 4to? Según el tercer ejemmplo.
Es lo que se presume…
Gracias
Diana… ni el empleador ni la EPS asumirán ese 33.33%. En términos simples, este dinero lo pierde el empleado.
La razón es que la misma Corte dijo que sólamente la EPS responde por el 100% cuando se afecte el “mínimo vital”, que es un Salario Diario Mínimo Legal Vigente.
Gracias por participar es nuestra comunidad…
Alexander Coral
Líder de Investigación Legal
actualicese.com
Leyendo las preguntas y respuestas sobre el porcentaje que debe pagar el empleador y la EPS en el caso de incapacidades, me surge una gran inquietud: Es tan evidente que el sistema de seguridad social genere perjuicios economicos al empleado al recibir menos salario por una incapacidad que no es provocada? es decir, si el empleado debe ser sometido a una cirujía, no por gusto sino por problemas de salud, porqué debe perder el derecho a percibir parte de su salario (1/3 parte)? Es claro que al empleador no le conviene perder dinero, pero asumir esta 3ra parte no singificaría un costo igual al aporte que debe hacer mensualmente? NADIE HA APELADO A ESTA PARTE DE LA LEY? No se han dado cuenta que muchos empleados dejan de someterse a tratamientos médicos por evitar el descuento por incapacidad?
Lo digo porque mi padre esperó casi 5 años para hacerse una cirujía de la cadera porque tenia una fractura, soportó el dolor subiendo todos los dias por escaleras 4 pisos hasta su oficina, todo por evitarse el descuento de la incapacidad. Al final nunca pudo operarse, murió por causas desconocidas hace año y medio.
ESTO PUEDE ESTAR PASANDO EN MUCHAS PARTES, Y ASI COMO TENDREMOS EN COLOMBIA UNA CAPACIDAD FISICA OPTIMA PARA TRABAJAR?
Estimado Alexander;
De manera por demas respetuosa, me permito hacer una precision respecto al comentario que publicaste al inicio de esta seccion, en el cual comentas que la Corte (refiriendote a la constitucional) “cambio la interpretacion” de la norma que establece el pago de los tres primeros dias de una incapacidad. Al respecto consideramos erronea la frase, habida c uenta que la Corte como operador judicial no cambia interpretaciones, ella hace interpretaciones, de hecho como criterios auxiliares de las fuentes del derecho, tal vez fijò su posicion respecto de la norma y en consecuencia da a conocer el alcance de su interpretacion, mas no quiere esto decir que haya cambiado la interpretacion de la norma.
Cualquier comentario por favor enviarlo al mail henserdelgado@hotmail.com
Buenas tardes
Tengo una duda, con respecto de una incapacidad de un dia, la empresa debe cancelar al empleado el 100% de dia, o el 67%.
Ya que en las normas dicen que los primeros 90 dias se pagara al empleado las 2/3 partes, y que los primeros 3 dias los asumira el empleador pero no estipula si los asumira por el 67% o por el 100%
Depende del salario, sí el empleado gana el minimo, si se le cancela el 100%, pero si gana mas se calcula el valor diario y sobre este se multiplica el 66.66%. (ojo si al hacer esta multiplicación el valor es inferior a 15.383, se pagan 15.383 por día, pero si gana mas ej. 25.000 diarios, se toman los 25.000 y se multiplican por 66.66% el valor a pagar no serian los 25.000 sino 16.665.
Buenos días
Quisiera saber si una incapacidad de menos de tres días, para un trabajor que devenga más de un SMMLV, el empleador cancela sobre el 100% o sobre 66,67%
Depende del salario, sí el empleado gana el minimo, si se le cancela el 100%, pero si gana mas se debe tener como base minima a pagar por día calcula el valor diario y 15.383. ¿Cuanto gana el empleado? para poder ayudarte mejor?
¿Como procede este mecanismo a servidores públicos?
gracias
mi inquietud es la siguiente:
si una persona que gana $1.000.000, y tiene 15 días de incapacidad al mes recibe un de $833.333. sobre que base se debe aportar a la seguridad social.
agradezco la orientación al respecto.
HOLA :
MERY, LAS INCAPACIDADES PAGADAS CONSTITUYEN IBC PARA EL PAGO DEL RESPECTIVO APORTE A SALUD, RESPONDIENDO A TU PREGUNTA DIRIAMOS QUE EL EMPLEADO EN ESE MES DEBERA COTIZAR SOBRE LOS $ 833.333. SI COTIZARA POR LOS $ 500.000, ESTARIA SIENDO REDUCIDO IGUALMENTE EL INGRESO BASE DE LIQUIDACION PARA LIQUIDACION DE PRESTACIONES SOCIALES COMO LA PRIMA O LA CESANTIA, LAS CUALES TIENEN EN CUENTA LAS INCAPACIDADES PARA EL CALCULO DE LOS PROMEDIOS SALARIALES.
BYE.
Buenos dìas, el Articulo es de suma Importancia, pero tengo una duda, si la persona se gana un SMLMV la EPS O EL EMPLEADOR POR UNA INCAPACIDAD INFERIOR O IGUAL A TRES DIAS LE CANCELA EL 66.67%, PERO SI LA PERSONA GANA 650.000 COMO VA A SER LA BASE PARA EL REEMBOLSO DE LA INCAPACIDAD EL VALOR DE UN DIA DE TRABAJO SOBRE EL SALARARIO MINIMO SI EL INGRESO BASE DE COTIZACIÒN ES $650.000.???? LA VERDAD ME GUSTARIA ACLARAR MÀS ESTA PARTE, NO ME ES CLARA.
MUCHAS GRACIAS.
Cuando se presentan todo este tipo de inquietudes con respecto a normatividad tambien es muy interesante consultar con la pagina web del fosyga o de la superintendencia nacional de salud, ya que actualmente existen e.p.s. que se aprovechan del desconocimiento de ley de algunas empresas o usuarios de igual manera en las lineas 018000 de cada entidad (Fosyga o superintendencia) son muy amables y eficaces para calmar todas las interrogantes.
BUENAS TARDES MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE ¿ A MI ME DIERON UNA INCAPACIDAD POR 3 DIAS AHORA ESOS 3 DIAS SEGUN EL ARTICULO LO DEBE PAGAR EL EMPLEADOR, PERO FUERON DESCONTADO DE MI SALARIO. AHORA EL INTERROGANTE ES SI TENIAN QUE DESCONTARMELOS A MI? GRACIAS
LA LEY DICE QUE LOS TRES PRIMEROS DIAS DE INCAPACIDAD SON ASUMIDOS POR EL EMPLEADOR POR LO TANTO LA EMPRESA NO TIENE POR QUE DESCONTARLOS
EN LA EMPRESA DONDE TRABAJO EXISTEN TRABAJADORES QUE DEVENGAN POR COMISION ,CUANDO ALGUNOS DE ELLOS SE INCAPACITA , LA INCAPACIDAD NO LOS AFECTA EN NADA, E INCLUSO LA INCAPACIDAD SE LES PAGA ADEMAS DE LA COMISION .ME GUSTARIA SABER SI ESTE PROCEDIMIENTO ESTA BIEN,
COMO SIEMPRE, EXCELENTE ARTICULO, EXCELENTE, CLARA Y DIAFANA EXPLICACION. ACLARA MUCHA DUDAS. GRACIAS SEÑORES DE ACTUALICESE
Buenas tardes
Haber si entendi, segun lectura de la sentencia, sencillamente un empleado o trabajador nunca puede recibir menos del SDMLV por incapacidad segun sea el caso. Es decir que si el trabajador gana el minimo se le liquida sobre el minimo, y si gana $2.000000 se liquida el salario diario y a este si se le aplica las 2/3 partes
Es de vital importancia para los Contadores y Estudiantes de Contaduria que Actualicese, nos informe de forma tan clara y especifica la normatividad y la forma de aplicar la ley en materia de las incapacidades, porque ha decir verdad hay mucha confusion en este tema.
Trabajo en una alcaldia en la dependencia de Secretaria de Hacienda, hay un caso de un empleado que lleva mas de 1 años incapacitado por enfermedad general, inicialmente creia que toda la incapacidad la pagaba la EPS pero con este articulo me entero que es el Fondo de Pensiones, tanto las ESP como los Fondos pensiones son demorados para cancelar las incapacidades la alcaldia le ha venido pagando al empleado y por lo tanto es el fondo quien debe pagarle a la Alcaldia… Cual seria el proceso ya que las incapacidades que reposan en la alcaldia se encuentran sin liquidar? ¿se deben enviar al fondo Pensiones para que haga la respectiva liquidación y cancele a la alcaldia?? ¿Al empleado se le ha pagado la totalidad de su salario estando incapacitado este debe reembolsar a la alcaldia o que se debe hacer???
Agradezco me colaboren….
Cordial Saludo
Quisiera saber en el caso de que la incapacidad por los 3 primeros días no la otorgue una EPS sino un medico particular, aplicaría de igual forma el pago de la incapacidad por parte del empleador?
Gracias
SMR
Hola, como siempre interesante los apuntes de Actualicese. Tengo una inquietud: en el caso de las Cooperativas de Trabajo Asociado el tratamientos es identico.
Mil gracias y felicitaciones.
Quisiera que me aclararan esta duda:
Si un empleado se $ 900.000 mensual y tiene 6 días de incapacidad, esos días se deberían pagar al 66.66% es decir $ 120.000. Esta bien si se paga lo minimo legal vital es decir $ 92.300??? porque una cooperativa de trabajo asociado asi lo aplica, independiente del salario que se gane el empleado paga siempre lo “minimo vital”
Gracias por sua ayuda.
buenos dias.
Con respecto al articulo publicado en mayo 12 sobre Pago de Incapacidades, mi inquietud es si opera igual para el caso de trabajadores indepedendientes? las EPS liquidan sobre el 66.66% del SMLMV es esto legal?
gracias de antemano por su ayuda.
Excelente tema el de hoy; pero aun me queda una duda, cual es la norma que me indica que el empleador asume los 3 primeros dias de la incapacidad por emfermedad no profesional; siendo que el codigo sustantivo del trabajo no lo especifica en ningun lado y he indagado ante la oficina del trabajo y siempre me han comfirmado lo que yo he venido aplicando – ESTO RECONOCIMIENTO ESTA A POTESTAD DEL EMPLEADOR – la puede reconocer o no la puede reconocer.
Si es posible me aclaren y me suministren la normatividad respectiva
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Cesar:
…“INCAPACIDAD LABORAL A CARGO DEL EMPLEADOR”…
►Decreto 1406/07/1999 Art. 40 parágrafo 1º
(…) “Serán de cargo de los respectivos empleadores las prestaciones económicas correspondientes a los tres (3) primeros días de incapacidad laboral originada por enfermedad general, tanto en el sector público como en el privado. En ningún caso dichas prestaciones serán asumidas por las Entidades Promotoras de Salud o demás entidades autorizadas para administrar el régimen contributivo en el SGSSS a las cuales se encuentren afiliados los incapacitados” (…).
Cordial saludo,
Bogotá D. C., Colombia, S. A.
Hola:
Por favor me aclaran cual es el tiempo de caducidad para el cobro de las incapacidades por parte del empleador al asegurador?
Gracias
Tengo una duda, en mi empresa hace poco se incapacito un empleado, la EPS ya liquido la incapacidad, y ya envie la cuenta de cobro de esta, dado que no tenia conocimiento que la incapacidad no se podia pagar por debajo del salario minimo, no me di cuenta que la EPS liquido mal la incapacidad el empleado gana $550.000ºº y tenia un incapacidad de 28 dias, reconocieron 25 días y el pago fue por $308.728ºº, cuando el valor que debieron haber cancelado segun este articulo es de $384.575ºº, puedo poner la queja y con quien.
Gracias
cuando el empleador decide que la eps pague directamente la incapacidad al empleado …. como se debe pagar la incapacidad si el empleado no dispone de una cuenta de ahorros?
Jhon Jairo… por regla general si la EPS debe pagar una incapacidad de un trabajador dependiente, la EPS consignará los valores a la empresa y esta a su vez se lo entregará al trabajador. Si la EPS paga directamente al trabajador, expide un cheque a nombre de él.
Gracias por participar…
Alexander Coral R.
actualicese.com
Buenas tardes gracias por su apuntes y colaboracion son muy importante.
Espero me colaboren con la siguiente pregunta:Una trabajadora que sufrio un accidente de trabajo se lastimo una mano fue remitida a la ARP y esta en tratamiento esto en el 2007 tiene su contrto fijo inferior a un año la cual vencio el 23 de Diciembre del 2007 pero como tambien se encontraba en embarazo fue suspendida las terapias. entro a laborar nuevamente terminando su incapacidad de maternidad el 16 de febrero 2008 pero la ley la ampara 3 meses mas por lactancia se a largo su contrato hasta 15 de mayo pero no se pudo liquidar por estar nuevamente un su tratamiento de terapia
que va a junio, la cual termina y dan el resultado de evolucion de su tratamiento.dicha trabajadora la podemos liquidar sin ningun problema para la empresa ya que en junio termina su terapia? o se puede liquidar aunque este en una terapia progranada por la ARP.?
Muchas gracias por su colaboracion gracias por los comentarios
Sr. Pedro como está?… Al leer detenidamente su interrogante, se observan muchas variables como términos y prorrogas del contrato, incapacidades y terapias, por lo que un concepto se podría dar estudiando toda la documentación, que en el caso es imposible. Por ello, le recomendamos ir con toda la documentación a la Oficina del Trabajo o al Consultorio Jurídico de las Facultades de Derecho de su ciudad o ante un abogado laboralista, quienes podrían dar un concepto estudiando toda la documentación.
Muchas gracias por participar.
Alexander Coral
Líder de Investigación Legal
actualicese.com
Buenas tardes, por favor me podrian aclarar los siguientes temas referente al pago de incapacidades por E.G. con salario variable:
1. Si a partir del 4 dia la EPS paga al 66.66%, el 33.34% restante lo debe asumir la empresa??
2. Si el emplado tiene salario variable el IBC se debe promediar sobre que tiempo, ¿ el ultimo mes reportado a la EPS? o ¿el promedio del ultimo año? o ¿ el promedio de los 3 ultimos meses?
Agradeceria que me ayudaran con esta duda, pues habitualmente no tenemos incapacidades y no tengo claro como liquidar una incapacidad de 20 dias por E.G. con salario variable
Gracias
cordialmente
CARLOS JULIO FLOREZ R.
HOLA NECESITO SABER COMO TIENEN QUE PAGAR LAS COOPERATIVAS DE TRABAJO LAS INCAPACIDADES DE LOS ASOCIADOS EN UN 100% O EN UN 67%?
Hola, me gustaria que por favor me informaran si una incapacidad es emitida, en este caso, por una odontologa particular y supera los 3 días quién la debe asumir?
Hola, me gustaria por favor nos nos ilustren en lo siguiente:
Un empleado que tiene una incapacidad a la fecha de 270 días, y el seguro social no le ha definido su pension. ni se ha hecho cargo de su salario.
¿Es obligacion del empleador seguir cancelando su salario. y En que proporcion si es un empleado que devenga el SMLV.?
Gracias por la nformación tan oportuna que brindan a los usuarios.
Mi pregunta es: Cómo es la liquidación de la incapacidad del día 91 al 180? aplica la misma fórmula del 66.66% y el repeto por el SMDLV??
hola, mi pregunta es, una persona que paga como independiente sobre un salrio minimo, estos tres dias no se los paga la E.P.S?
una amiga la incapacitaron por 5 dias por una enfermedad ginecobstericia y le dieron 5 dias de incapacidad solo le pagan 2 contando que es cotizante independiente? ademas cuando le cancelen la licencia de maternidad no sera de 84 dias sino de 81?
le agradeceria me respondieran para poder avisarle.
gracias
Las licencias de maternidad se pagan sobre el 100% del IBC y no hay descuento de dias, la EPS debe pagar los 84 dias completos.
Como es el tramite para pasar la novedad de incapacidad a la EPS, para el reembolso del dinero?….
Como es el tramite para pasar la novedad a la EPS, para que
esta reembolse lo cancelado por el empleador al trabajador
incapacitado por mas de 30 días?
Es muy bueno el articulo pero me gustaria saber como se causan las incapacidades y forma de pago
Buenos Dias, como siempre excelente el artículo, pero tengo unas inquietudes:
1.En la empresa donde laboro, a una empleada le dieron incapacidad por enfermedad general por 6 días, pero en la EPS le dijeron que como la empresa ha venido cancelando los aportes de forma extemporánea, entonces la EPS no pagaría los días de incapacidad,que este pago lo debía asumir la empresa, ¿es esto cierto? ¿que ley lo reglamenta?
2.Si esto es cierto, y el que se incapacita es un empleado con un sueldo de $1.000.000, ¿la empresa está en la obligación de cancelarle los 6 días al empleado,así: a)los 3 primeros dias el 100% y a partir del 4to el 66.66% b) los 6 dias el 66.66%?
Le agradecería mucho me resolviera mi inquietud.
Si Usted leyó el ejemplo en la parte superior del artículo, no debería hacer esta pregunta
buenas tardes
tengo una inquietud si una persona es incapacitada por 3 dias por la EPS cuando debe de presentar la incapacidad a la empresa. Nada mas le den la incapacidad????? (saliendo del medico) o cuando retorne nuevamente a trabajar despues de cumplido el tiempo de incapacidad
Muchas gracias
Avisar a la empresa lo más pronto posible, ya sea por fax, pero, deberá presentarla físicamente cuando se reintegre.
Si la incapacidad es por más tiempo, hacerla llegar a la mayor brevedad.
Buenas tardes
Mi hija de 3 meses de edad estuvo hospitalizada por 4 dias y como es logico permaneci dicho tiempo como acompañante en la clinica.
se informo verbalmente a la empresa donde laboro dicha situacion, ahora estoy tramitando una certificacion ante la EPS con el fin que se reconozca esos 4 dias de hospitalizacion y llevar dicho soporte a la empresa, pero la EPS no tramitara ninguna solicitud porque no fui yo la que estuve hospitalizada.
requiero con urgencia una solucion con el fin elevar una queja a la EPS o tramitar directamente con mi empresa la justificacion de mi ausencia.
Mil gracias.
Tengo un empleado incapacitado hace mas de un mes el acidente no ocurrio en el trabajo ,mas sin embargo la empresa le a pagado las incapacidades , la eps pone muchas trabas para pagar , la eps le puede pagar directamente al empleado si sigue incapacitado el se gana el minimo gracias
me operaron la rodilla y me dieron una incapacidad por 30 dias, mi salario de cotizacion es de $ 812.000, y lo hago como independiente, como independiente, cuando voy a que me liquiden lo hacen por $ 509.000, hagoel reclamo a cruzblanca y no hay quein me de razon , me dicen que esta bien liquidado, entonces la pregunta es ¿cuanto me debe pagar por ese mes de incapacidad, cuando cotizo con $812.000 como independiente?
cuando soy independiente, que la cotizacion corre toda por cuenta mia, y mi salario de cotizacion es $ 812.000 y me dan incapacidad por un mes, cuanto me pagaria la EPS
BUENOS DIAS
LES PIDO EL FAVOR ME ACLAREN SI DURANTE LA INCAPACIDAD DE UN EMPLEADOR SE DEBE RECONOCER AUXILIO DE TRANSPORTE DESDE EL PRIMER DIA ????
MUCHAS GRACIAS
Hola jenny … en el momento en que la persona se incapacita, esta no asiste a su trabajo y por lo tanto no se genera la obligacion de cancelar auxilio de transporte. El auxilio de transporte esta contemplado como una ayuda para desplazarse hacia el lugar de trabajo.
me dieron 3 dias de incapacidad, y despues15 mas, no me tome la incapacidad pues por que pude trabajar, pero en la empresa si la cobraron , a mi no me dieron nada porque labore , tengo derecho a esa incapacidads? gracias
[...] Pago de Incapacidades, un dolor de cabeza. Volver a la página inicial de esta sección [...]
Cuando el trabajador se encuentra incapacitado no se le paga auxilio de trabajo porque según a ley 15 de 1959, y reglamentado por el decreto 1258 de 1959, con el objetivo de subsidiar el costo de movilización de los empleados desde su casa al lugar de trabajo, el cual para el 2008 es de $55.000.Además, en su “ARTICULO 5o. El auxilio de transporte se pagará únicamente en los días en que el trabajador preste sus servicios al respectivo patrono”, por lo tanto al encontrarse incapacitado no presta ningún servicio.
Veo que el Doctor Alexander Coral, tiene bastante conocimiento de todos los temas laborales, por esto me atrevo a solicitar su ayuda para despejar una duda con respecto al tema de la incapacidades, ya que he tratado de pedir información al Ministerio de la Preotección Social pero nadie me da una respuesta concreta.
Resulta que mi hija de 8 años fué hospitalizada por una apendicitis que se complicó con peritonitis, tuvo que ser sometida a dos cirugías y duró 15 días hospitalizada y al salir le dieron 15 días más de incapacidad, esto suma 1 mes, en el cuál yo debí estar con ella las 24 horas del día por lo menos durante la hospitalización, ahora debo recurrir a buscar ayuda para que pase su incapacidad bajo cuidados postoperatorios. En el Hospital alguien me dijo que tramitará una incapacidad ante mi EPS para que me cubra a mi, pues temo que mi Empresa me descuente estos 15 días que debí estar al cuidado de mi hijita, me dijeron que esto es posible, pero aún no sé si esto es cierto, y si es así, que debo hacer, a donde debo acudir.
Mil Gracias por su ayuda.
tengo in amogo que sufrio un accidente de trabajo la empresa donde trabajaba le canselo el contrato de trabajo y tambien el seguro y la ARP. el tenoa 8 anos trabajando en esta empresa.
la ARP siempre a dicho que no puede pagar las incapasidades por que este senor aparese desvinculado de esta ARP.
a quien se deve reclamar las incapasides ya que este senor tiene dos anos de estar enfermo y no le an solucionado nada aun.
que tiene que acer esta persona .
quien le proteje sus derechos fundamenstales.
Hola
EL TEMA LABORAL ES MUY COMPLEJO Y AMPLIO,PREGUNTO SI LA EMPRESA PROGRAMA SEMINARIOS O CAPACITACIONES SOBRE ESTE ASPECTO,SERIA DE GRAN AYUDA PARA TENER CONOCIMIENTOS BASICOS
GRACIAS
Relamente la empresa no esta obligada a pagar a sus empleados la nomina cuando esta incapacitado?? Me regalan por favor el codigo, articulo o ley donde esto aparezca.
Por otro lado, cuando a una persona se le incapacita a si sea por 3 dias esta la empresa obligada a cancelar el subsisdio de transporte por esos 3 dias??
Gracias por su ayuda.
Hola como estan, mi caso es el siguiente: trabajo en una cooperativa de trabajo asociado y devengo un SMMLV, me incapacitarón por tres días los cuales al momento del pago de la quincena me fueron descontados en su totalidad al hacer el respectivo reclamo, me contestaron que debia esperar a que la EPS los pagara y que en tal caso solo me seria reconocido el 66%.
¿Es esto correcto?, por favor aclararme todo lo respectivo con referencia a mi caso.
Agradezco de antemano la atención prestada y la oportuna respuesta.
gracias
mi inquietud es sobre el servicio de salud en una eps – mi inquietud es la siguiente
1.- somos un grupo familiar incluidos en la misma eps desde hace mas de 8 años,
2.- en agosto 2007 y en razon a que mi hijo era mayor de edad y no estaba estudiando salio como benefiaciario
3.- por sugerencia de la misma eps me dijo que pagara como cotizante independiente lo que hice en la misma eps que veniamos desde hace 8 años. pague los meses de octubre y noviembre-08, ya que diciembre conto con un servicio medico internacional en razon a que estaba fuera del pais.
4.- Enero 08 ingreso a estudiar su carrea profesinal, y actualmente se encuentra estudiando y tiene 20 años . los certificados de la universidad los entregue a la eps cuando inicie el ingreso como beneficiario nuevamente.
5.- en marzo me llego la comunicacion que el contrato como cotizante de mi hijo estaba cancelado por mora y estaba fuera del servicio, yo fui a la eps y me dijeron que ese contrato estaba cancelado y que no habia problema, nunca que habia que informar mediante una carta. la verdad yo no me preocupe ya que el tenia el servicio de salud por cuenta de la entidad donde estudio el primero semestre 2008 que era en las fuerza miliates.
6.- sin embargo por retiro de mi hijo de la institucion de las fuerzas militares y al ingresar el segundo semestre a otra universidad , fui a la eps para llevar la certificacion de lA nueva universidad hace mas de 45 dias
y hasta ahora me encuentro con un problema no lo quieren ingresar nuevamente al grupo familiar me dicen que no por que esta en mora y tiene un contrato como cotizante vigente sin embargo en la base de datos dla eps se registra el contrato cancelado por mora
Quiero manifestar que mi hijo aproximadamente 2007 y hasta la fecha no ha utilizado los servicio medicos de la eps , lo unico que quiero es que este incluido en el grupo familiar como beneficiario , lo anterior por el derecho a la salud que el tiene y por que somos cotizantes vigentes y tengo los documentos probatorios que durante este año el se encuentra cumpliendo el requisito para beneficiarios mayor de edad que es estar estudiando y que el cotizante esta al dia -
me gustaria saber que debo hacer y si es correcto que la eps no me den respuesta a mi caso o por haber ingresado como cotizante mi hijo y apesar de tener derecho ahora esta excluido del servicio.
la eps es privada gracias
Aprovechando los valiosos comentarios, solicito información sobre la base de liquidación y porcentajes de cotizaciones tanto de empleado como empleador cuando hay incapacidades. Gracias que Dios les bendiga.
aprovechando este espacio me gustaria saber como funciona el pago de una licencia de maternidad.
¿quien le paga al trabajador decha licencia el empleador o la eps?
¿como se le liquidaria aun trabajador que cotiza con el minimo?
¿cuanto tiempo tiene el empleador o la eps para efectuar dicho pago?
Gracias y que Dioslos bendiga
HOLA!! DE VERDAD MUCHAS GRACIAS POR ESTE ARTICULO, ESTO ERA LO QUE ESTABA BUSCANDO YA QUE MI MAMÁ ESTÁ PASANDO POR ESTAS CIRCUNSTANCIAS Y DE VERDAD ME AYUDARON MUCHO TANTO EL ARTICULO COMO ALGUNOS COMENTARIOS……
MIL GRACIAS…
VILMARIS TORRES C…
CARTAGENA/ BOLIVAR
excelente articulo felicidades de verdad, me ayudo muchisimo.
Necesito orientación por favor: una persona que trabaja en el área de aseo tuvo un tropiezo en el trabajo, la incapacitaron por 3 días por ligamentos, vuelve al trabajo y se le inflaman exageradamente las piernas con bastante dolor al punto de no poder caminar, Los médicos dicen que debe guardar reposo, pero solo le dan incapacidad por 1, 2 o máximo 3 días y vuelve al trabajo por un día y al siguiente día debe ir al medico porque no puede caminar. Lleva así casi tres meses. Por favor alguna orientación sobre que podemos hacer, ya que en un mes se le termina el contrato. ahh los dias de incapacidad mencionados no se los pagan completos como mencionan aca.
Solicito un formato donde pueda liquidar mi nomina, ya que estuve varios meses incapacitada, con licencia de maternidad y vacaciones y me parece que la firma para la cual trabajo me liquidó mal…. Agradezco la colaboración.
que debo hacer como empleador cuando recibo una incapacidad, es decir, que trámites debo efectuar ante la EPS., y al cancelar la planilla única debo hacer alguna modificación?, si es así que debo hacer?…
hola doctor mi salario en el minimo $461.500 estuve incapacitado por un accidente de transito durante 115 dias la eps me pago el 66.6% del salario osea $307.359 mensual esto esta bien pago? gracias
mi tio es independiente y no se gana nisiquiera el minimo pero paga seguridad social por el minimo para no quedar sin seguridad social el hace poco quedo incapacitado y le liquidaron la incapacidad por l 66.6% cuando debe ser por el 100% ademas de el depende un niño menor de edad de hadonde va hasacar el para aliviarse y seguir pagando la seguridad si no lecanselan al menos el minimo por que se la liquidaron haci y que ley estipula el pago de incapacidad para independientes y si estan vulnerando a mi tio ya que no hay igualdad con los demas cotizantes por favor colaboreme
• ¿Usted cree que es suficiente hacer una inspección de seguridad en la empresa para prevenir los riesgos que allí tenemos? Qué propone?
• ¿Considera usted que con el Panorama de Riesgos se tiene el diagnóstico que identifica y localiza los riesgos de una empresa? Argumente su respuesta.
• ¿Cómo cree usted que podría participar activamente en la evaluación del riesgo en su puesto de trabajo?
• ¿Usted considera que al Panorama de Riesgos hay que hacerle un seguimiento? Argumente su respuesta
• ¿Qué se entiende por ” controles”?
2. Participe del foro que se publicará en esta semana, escribiendo su propia opinión sobre el tema propuesto y un comentario sobre las opiniones de otros dos compañeros.
3. Escoja tres fases, tareas o áreas de la construcción como por ejemplo la excavación, la cimentación, las estructuras, los acabados, la movilización de maquinaria, o la demolición entre otras, e identifique los riesgos que allí puedan generar accidente de trabajo y enfermedad profesional y realice el respectivo panorama de riesgo, teniendo en cuenta la norma GTC 45 Incontec.
[...] EPS paga incapacidades por enfermedades y accidentes de origen común; en general, lo que le puede suceder a cualquier [...]
Buenos dias, los felicito por su articulo es cual es de vital importancia para personas que no tenemos los conocimientos necesarios para saber como liquidar las incapacidades de nuestros empleados. Quisiera saber si me pueden colaborar con la siguiente pregunta. Cuando a un empleado lo incapacitan por ejemplo por 7 dias y nuevamente hay otra incapacidad seguida por 15 dias ( el empleado no va a trabajar durante esos 22 dias, como se asume el pago de los tres dias por cuenta del empleador? Se paga los tres primeros dias de la primera incapacidad o se paga tambien los tres primeros dias de la segunda incapacidad?
Buenos Dias Lucero:
Esto depende de si la segunda incapacidad es prorroga de la primera o es por otra enfermedad, si es prorroga el empleador para los 3 primeros dias y la eps paga los 19 dias restantes, si no es prorroga por los primeros 7 dias el empleador paga 3 dias y la eps 4 y para los 15 dias siguientes el empleador paga los 3 primeros y la eps paga los 12 restantes.
hola, quisiera saber cual es el salario que se aplica àra el pago de una incapacidad mayor a tres días, para una persona que tiene salarios promedio, y que su base de cotizacion es con base en los promedios, es el promedio de los 6 ultimos mes o de los tres ultimos meses?
Cuando la persona esta incapacitada por la EPS, sobre el valor de la incapacidad, deben liquidarse prestaciones sociales o este tiempo no le genera ningún tipo de prestacion.
como se liquida las prestaciones sociales a un trabajador que estuvo incapacitado por espacio de 12 meses articulo y decreto sobre este tema
Buenas noches, por favor me pueden colaborar en este caso:
1. Empleada a la que se le practicó cirugía de columna lleva 11 meses de incapacidad por enfermedad general.
2. Los primeros 180 dias los reconoció la EPS
3. A partir del día 181 es claro que lo debe reconocer el fondo de pensiones e iniciar el proceso de calificación para reconocer pensión por invalidez siempre y cuando supere el e 50 % de su capacidad.
4. Se le han hecho dos valoraciones en las cuales se le da el 42.05%.
5. El dictamen da concepto NO favorable de recuperación.
6. La aseguradora del fondo de pensiones dice que mientras no haya concepto favorable de recuperación, no se le otorga la pensión ( como contradictorio no).
7.Si hay concepto no favorable porque el porcentaje no le da para su pensión, es decir porque es inferior al 50%?
En este momento la entidad le ha seguido cancelando su salario sobre el 66.66%, pero estas incapacidades quien no las debe reconocer si la eps dice que el fondo de pensiones y el fondo no porque no hay concepto favorable?
Gracias por su colaboración.
Gracias Luz Dary, mi caso es parecido al tuyo, te agradecere si has recibido alguna respuesta y sobre que marco normativo o fundamento legal, en lo que corresponde al reembolso del dinero.
Lo hace la Eps, la AFP, etc
Te agradecere enviar respuesta lo mas pronto al correo en mencion.
GRACIAS
Saludos
necesito preguntarles
tengo un que trabajo años y bueno, se enfermo, actualmente tiene 420 dias de incapacidad, ahora es independiente, mi pregunta, es
tiene derecho a pago de incapacidades, y que pasa con la pension con tantos dias consecutivos de incapacidad.
Excelente pàgina, los felicito!!, por que ayuda a todos a aclarar temas que generan muchas dudas.
Lo que veo es que la pregunta mas recurrente es la del pago de la incapacidad en los tres primeros dìas y a pesar de que la respuesta es muy clara se repite y se repite y se repite.
Eso me genera una hipotesis: que los empleadores no quieren pagar el 100% y los trabajadores, muy seguramente los enguayabados, desean que su irresponsabilidad no les salga cara, por que les aseguro que un buen empleador y un buen trabajador no mantienen pendientes de estas minucias.
Actualmente padezco una enfermedad General (cáncer) estoy en tratamiento, llevo 330 días de incapacidad. La EPS me pagó hasta los 180 días. continue incapacitado y el Fondo de Pensiones Iss me recibió los papeles y las incapacidades pero posteriomente las devolvió y llevo seis meses sin recibir un solo peso. Este Fondo me pagó por un mes la suma de 230.750 ose al mitad del mínimo legal.
He hecho dos derechos de petición y nunca los contestaron. me acerco a la oficina donde radique las incapacidades y me dicen que las devolvieron porque para citar un ejemplo la incapcidad tiene una fecha inicial de mayo 15 y fecha final de junio 13 (30 días) la Empresa paga mes vencido o sea el mes de junio lo paga en julio. el Banco demora 45 días para reportar el Banco al Fondo de Pensiones y este se demora 20 días para comprobar si la empresa pago el aporte o no. conclusión tengo que radicar esta incapacidad cuatro meses despues de haberla emitido el médico.
Esto es legal? tambien dicien que la sentencia C-543 es transitoria que por eso hacen caso omiso, que pueden pagar menos de la mitad del mínimo legal.
Que podemos hacer los enfermos aparte de morirnos? si vulneran nuestro derecho a la vida y no contribuyen para una recuperación mental y fisica.
Será bueno que nosotros los enfermos en nuestras respectivas camillas nos paremos en los semaforos para que nos reconozcan una moneda?
Gracias
Eduardo.
Beunas noches, mi inquietud es la siguiente:
mi hermana trabaja en una empresa privada. ella se gana el salario minimo,estuvo incapacitada por 5 dias, la empresa en la quincena le desconto por la incapacidad casi $60.000.
¿Obro legalmente la empresa al momento de hacer este descuento?
HOLA
MI INQUIETUD ES LA SIGUIENTE:
SI UNA PERSONA TRABAJA MEDIO TIEMPO Y SE GANA LA MITAD DEL MINIMO, EN CASO DE UNA INCAPACIDAD EL VALOR A CANCELAR A ESTA PERSONA POR DIA SERIAN LOS $7.692 QUE LE VALE SU DIA NORMAL AL 100% (POR MEDIO TIEMPO DE LABRO) O SERIAN $15.383 QUE VALE UN DIA NORMAL AL 100% (LABORANDO TODO EL DIA)? TENIENDO EN CUENTA QUE EL IBC DE ESTE TRABAJADOR ES DE 461.500 A PESAR DE QUE SOLO TRABAJE MEDIIO TIEMPO YA QUE ES EL VALOR MINIMO CON EL QUE SE PUEDE COTIZAR A LA SEGURIDAD SOCIAL.
Deseo consultar: Si un tranajador es suspendido de sus funciones por el termino de un mes, lo que correponde a pensión y salud se paga o no.
Agradezco su respuesta
Mauricio Florez
Hola buenas tardes, mi pregunta es la siguiente: tengo en estos momentos una incapacidad de 28 dias por una histerectomia abdominal. mi base de cotizacion es de $520.000 me pagarian el 100% o el 66.66%?. Gracias
Gracias aclararnos tanta duda que hay sobre este tema..
mi problema es el siguiente: Hay un empleado que lleva mas de 180 dias incapacitado y estamos esperando que la empresa de pensiones lo pensione… por lo tanto hasta el momento nosotros le hemos venido cancelado el sueldo… antes de su incapacidad se le pagaba $710.000..y esa era IBC.. La pregunta es: si en este momento se le esta pagando 461.500 ¿CUAL ES LA IBC..PARA PAGAR LA SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES?.. GRACIAS
Mi suelso es de 515000 pesos, si tuve una incapacidad de 11 dias cuanto me debio pagar la empresa en total, osea que en este caso si aplica el 66.66%.
Gracias
Buenas tardes.
Mi duda es la siguiente:
Siendo trabajador independiente, sufrí un accidente no profesional y la incapacidad fue por 50 días, correspondientes a dos períodos de 25 días cada uno, así:
Primer período de agosto 22 a septiembre 15.
Segundo período de septiembre 16 a octubre 10.
Valga anotar lo siguiente: En octubre 01 suscribi contrato como trabajador dependiente, es decir, estuve como independiente hasta septiembre 30.
Bueno, la EPS me reconoce solo el primer período de 25 días, aduciendo que el segundo período no lo reconoce puesto que interrumpi la incapacidad, es esto legal??, hay algo que se pueda hacer, para buscar el pago de la incapacidad hasta septiembre 30, pues, la salud estuvo paga hasta esa fecha.
Otra inquietud es: Cuanto debería ser el pago de los 25 días que reconocen, sabiendo que cotizaba sobre la base de 1 SMMLV ($461.500)
Gracias por su respuesta.
Hola!!! Buenas Tardes!!!
Tengo una consulta, el imss expedio una incapacidad por 14 dias, el dia catorce fue un viernes… por logica razon sabado y domingo no me peresente a trabajar, la empresa me desconto 16 dias de incapacidad ….. es correcto que hallan hecho eso???
siendo que yo solo les presente un documento que describio 14 dias ?????? por logica persi esos dos dias no recibi pago del imss ni de mi empresa???
espero respuesta y si hay un articulo donde diga que es correcto esto por favor diganme donde lo encuentro????
como empleador tengo una trabajadora que ppresento una licencia dse maternidad por 84 dias ¿ Debo cancelarle salrio durante esos dias o eso lo cancela junto la eps? mi duda es por que yo como empleador le estoy pagando su salario normal, entonces el pago de la licencia por la eps hacia quien va dirigido ? la otra duda es que la trabjadora tiene una bonificacion de 100.ooo a parte del salario minimo pero la seguridad social se le liquida sobre elminimo pero los dias que estuvo incapacitada los pague con bonificacion la licencia que paga la eps los paga con bonificacion o base solo del sueldo minimo?
Gracias
espero muy pronto respuestas de su parte
Un trabajador sufrio un accidente en su moto, en horas no laborales, estuvo incapacitado 60 días, en ese tiempo la empresa cancelo lo aportes en forma normal y el salario, porque estaba tramitando ante la EPS la incapacidad, pero ahora la EPS dice que no paga la incapacidad a la empresa que esta debe cancelarla el SOAT de la moto,es esto cierto?.
Hola, en la empresa hay un empleado que devenga salario solo por los dias que trabaja, pero obviamente la empresa aporta a seguridad social sobre un smlv, por tanto la eps esta pagando la incapacidad sobre el minimo, la pregunta es..cuanto se le debe pagar al empleado?? el mimimo?? pero el normalmente devenga solo sobre los dias que trabaja sobre una base salarial de 545.000.
Hola buenas noches:
Agradezco la colaboración al darnos la información correspondiente a la liquidación de incapacidades durante los primeros 3 días; sin embargo, aún no me ha quedado claro si estos primeros días se deben pagar al 100% o al 66.66%, ya que según el informe éste último porcentaje se debe aplicar a partir del 4 día de incapacidad, por favor aclarar, gracias
buenos dias
me gustaria saber que tiempo tienen el empleador para hacer efectiva la incapacidad, alguien me habia dicho que un año, pero quisiera saber con certeza cuanto tiempo es.
gracias
Hola tengo varias preguntas sobre el tema:
1. Un trabajador estubo incapacitado durante 210 dias por un accidente en moto no laboral la Eps me cubrio las incapacidades por el 66.66% pero la empresa cancelo a esta persona todo su salario sin decontar un solo peso, Como se hace ahora para el pago de las prestaciones sociales es decir las vacaciones correspondientes al año, el pago de las cesantias y la prima de servicios, el empleado devengaba 545.000 en el año 2.008, por favor si me pueden colaborar con normatividad estamos en un verdadero delima.
2. Ahora tengo 2 incapacitados por enfermedad profesional (Tunel de Carpio) la Eps solo paga el 66.66% del valor de las incapacidades pero la empresa esta asumiendo un sobre costo en lo corresponde al rubro de personal de produccion, aparte de eso las entidades piden una serie de documentos que tienen un costo quien dede cubrir esos costos la empresa??? siendo este el que esta siendo perjudicado en sus costos.
Gracias por su atencion y espero me puedan colaborar.
Cuando un empleado se encuentra incapacitado presenta la incapacidad pero por funciones que no pueden reemplazar con nadie el sigue trabajo que inconvenientes tiene la empresa
[...] Pago de incapacidades, un verdadero dolor de cabeza [...]
MI COMENTARIO ES SOBRE LAS INCAPASIDADES MAYORES A 180 DIAS ELLAS LAS PAGAN EL FONDO DE PENSIONESS MI PREGUNTA ES ¿CUANTO ES EL PORCENTAJE Q EL FONDO DE PENSIONES DEBE DE PAGAR SOBRE UN SALARIO DE 510000? AGRADESCO SU COLABORACION
HOLA BUENOS DIAS,
EN LA EMPRESA QUE YO TRABAJABA, SE ESTABA LIQUIDANDO TODAS LAS INCAPACIDADES SOBRE EL 66.66%, YO LE DECIA AL GERENTE QUE ESTO NO ESTABA BIEN, QUE SE CANCELABA A PARTIR DEL CUARTO DIA, PERO LA CONTADORA DIJO QUE SE PODIA CANCELAR TODAS LAS INCAPACIDADES POR EL PORCENTAJE DE 66.66%, PORQUE LA LEY ASÍ LO DETERMINABA.
ENTONCES CON ESTE ARTICULO ENTENDÍ QUE LA EMPRESA ESTA OBRAN MAL EN EL PAGO DE LAS INCAPACIDADES. MUCHAS GRACIAS Y MUCHOS EXITOS.
Cordial saludo
mi duda es si existe una norma que obligue al empleador a reconocer el pago de la incapacidad enfermedad comun que supera el tercer dia o si por el contario se puede esperar a que la eps la reconozca para realizar el respectivo paso al trabajador , aclaro se trata de proceder en derecho por e visto que unas empresas hacen eso en la que yo laboro se le paga primero al trabajador y luego se hace el recobro a la eps,
si alguien sabe agradezcolo informen al e-mail gustafa21@gmail.com
attGustavo
buenos dias:
tengo una duda estoyen estado de embarazo y pues ahorita tendre la licencia de maternidad, la cual la paga la eps segun lo que tengo entendido, mi slario es de 600.000 mil mensuales, de igual manera me pagaran la licencia sobre el minimo, o como es esta situacion.. la verdad no la tengo clara. gracias
Iris, la licencia de maternidad se cancela al 100% y sera sobre los 600.000. que es el ingreso base de cotizacion que tienes.
Aunque me queda la duda propuesta anteriormente, es sobre los salarios variables propuesta anteriormente sin una respuesta y es saber como se determina la base para liquidacion, si sobre el ultimo salario o cuantos meses anteriores?
Hola , pregunta que pasa si a una persona le dieron una incapacidad por 7 dias ya que se iso la vasectomia pero al cuarto dia se presento a trabajar, un dia de esos cuatro lo tomo a cuenta de vacaciones.
el punto es que regreso a trabajar al cuarto dia el cobro su incapacidad y solo le descontaron 3 dias, los que no se presento a trabajar.
Que hace el imss en estos casos se da cuenta?????? si el no entrego la incapacidad.
gracias y espero su ayuda
A MI SE ME FUE NEGADA MI LICENCIA DE MATERNIDAD, LA EPS ARGUMENTO DE QUE EL EMPLEADOR REALIZO PAGOS EXTEMPORANEOS Y POR ESO EL DEBIA CANCELARME MI LICENCIA. EN ESTOS CASOS QUE PUEDE UNO HACER ADEMAS COTIZO DESDE EL 7 DE FEBRERO 2007 Y MI PARTO FUE EL 20 DE AGOSTO 2008
Quisiera saber como antes de salir algún articulo, ya hacen preguntas.
Yo solo puedo preguntar después que leo el artículo.
Perdón la ignorancia.
Gracias
Buenos dias
Yo tuve una incapacidad por 15 dias porque tuve varicela , devengaba 1.200.000 despues de descuentos me quedaba en 980.000 , llego mi nimona despues de la incapacidad por valor de 620.000 la EPS como me consigna y cuando el excedente de mi incapacidad ?’
Ahora, renuncie 3 dias despues de llegar de mi incapacidad por que me incumplieron con un aumento ,aun no me han dado mi liquidacion , ali aparece ese descuento por incapacidad ?
Juan P
Buenas noches, interesante tema y los comentarios.
Tengo una duda con respecto a las incapacidades y es la siguiente:
¿Esto mismo rige para los que estamos en el magisterio, es decir en la parte oficial, sabiendo que tenemos un règimen especial?
Agradezco su colaboraciòn
Gracias
Cual es el procedimiento en las entidades del estado para vincular al personal al fondo de cesantíAS, CUANDO NO ESTAN AFILIADOS LOS TRABAJADORES Y SIS EL PLAZO DE 15 DE FEBRERO OPARA PARA EL EMPELADOR QUE HASTA AORA VA AAFILIAR, ES DECIR SI OPERA LA SANCIÓN.
OTRA INQUIWTUD ES QUE TENMEMOS UN TRABAJADOR OFICIAL QUE YA LA EPES NO REMIETIO ESCRITO DEONDE NOS DICE QUE SUPERO LOS 180 DIAS POR INCAPACIDAD , ESTE SEÑOR SUSFRE DE N PROBLEMA RENAL, POR ELLO MISMO TIEN DEABETIS Y AYA PERDIO UNA PIERNA. EN ESTE MOMENTO YA SE INICIO POR E DEL EMEPELEADOR LOS TRMAITES PARA LA PANSION DE INVALIDEZ? LO DEBO SAVCCAR DE NOMINA O LO REPORTO AL IIS PARA QUE LE SISGA PAGANDO MIENTRAS SE RESUELVE LOS LA PENSIÓN .
GRACIAS. MI CORREO ES, joagrim7@yahoo.com
[...] Pago de incapacidades, un verdadero dolor de cabeza [...]
TENGO UNA INQUIETUD: CONOZCO VARIAS EMPRESAS QUE EN LOS 3 PRIMEROS DIAS DE INCAPACIDAD LE RECONOCEN AL EMPLEADO SOLO EL 66.66% EL MISMO PORCENTAJE QUE LE RECONOCE LA EPS A PARTIR DEL 4TO DIA. ¿ES ESTO CORRECTO?
MUCHAS GRACIAS
CUANDO DICE, QUE LA EPS TARDA ALGUNAS SEMANA EN HACER EL PAGO DE LA INCAPACIDAD A CUÁNTAS SEMANA SE REFIERE PUES MI EMPLEADA TUVO UNA CIRUGÍA Y POR LO TANTO UNA INCAPACIDAD EN LA EPS SALUDCOOP DEL 01 AL 31 DE OCTUBRE/08, A HOY 17 DE FEBRERO/09 NO ME HAN HECHO ELPAGO DE ESTA,HE LLAMADO REPETIDAS VECES. Y LO ÚLTIMO QUE ME DIJERON HOY ES QUE DEBO ABRIR UNA CUENTA EN BANCOLOMBIA PARA QUE ME CONSIGNEN EL DINERO… HASTA CUANTAS SEMANAS ME GUSTARÍA SABER, LE ES PERMITIDO A LA EPS TOMARSE PARA EL PAGO DE ESTA INCAPACIDAD.
Buenas tardes, mi duda es la siguiente. Yo me gano $ 600.000 de salario básico y me descuentan el 4% de salud y el 4% de pensión, pero resulta que en la empresa donde estoy nos tienen con un salario en la EPS del mínimo, es esto legal?
Buenas tardes Sr. Juan Fernando : tengo una inquietud una empleada de mi empresa le dieron una incapacidad por 30 dias y su salario es de $550.000 ella es la cotizante como debo pagarle a ella estos dias cuanto me paga la eps y como lo reporto en la planilla del SOI, agradezco si me puede despejar la duda mil gracias y como siempre felicitaciones a Actualicese por tan valiosos aportes.
Hola amigos de Actualicese.
Una consulta que no he podido despejar.
Tengo un trabajador que se incapacito desde finales de diciembre. Dado que fue una fractura, ya lleva mas de 2 meses con la incapacidad, y aun no se sabe hasta cuando seguirá.
Pero la pregunta es sobre el valor que paga la EPS.
Ella tenía un salario de 660,000 en diciembre, cuando se incapacito. Por esta razón, la EPS liquido sobre $461,500, que fue el minimo en 2008.
Sin embargo, el 1 de enero subio el minimo, y la EPS siguio liquidando Enero, y lo que va de febrero sobre esa misma base $461,500.
Yo pensaba, que ellos debían hacer el ajuste desde enero, al nuevo salario minimo.
Hice esta consulta a la EPS, y me dicen que NO, pues en el momento que inicia la incapacidad, la EPS congela el salario, y se mantiene igual durante todo el tiempo de la incapacidad.
La verdad, lo entiendo si fuera un salario muy superior al minimo, pero siendo un salario cercano al minimo, una vez el gobierno lo cambia, considero que la EPS debería hacer el mismo ajuste.
Me pueden ayudar a confirmar si la EPS tiene razón, o si yo la tengo, y tenemos que solicitar el pago de dicha diferencia para que enero y febrero lo paguen sobre el nuevo salario minimo, y no sobre el del año anterior.
Gracias por su apoyo y respuesta
Cordial saludo,
Todo el tema anterior ha sido muy claro para mi, pero tengo una inquietud referente a si hay alguna instrucción al respecto de que ibc debe tomarse para la liquidación de una incapacidad es decir se debe tomar la del mes vigente o la del mes anterior.
gracias de antemano
Hola a todos, los felicito por esta pàgina acerca de las inquietudes del pago de incapacidaes; mi pregunta es: soy auxiliar administrativa desde hace 5 años y me realizaron una cirugia de artrodosis de tobillo con injerto òseo y reconstrucciòn de nervio, hasta las presente llevo 120 dìas de incapacidad y mis dedos del pie aun no los muevo bien, y la empresa co la cual trabajo no tiene al dia el pago de pensiones, ARP, ni parafiscales e incluso se atraza con el pago de salud en algunas ocasiones, ocasionando el NO pago de incapacidad por parte de la EPS a la empresa,aunque ellos me pagan puntual mi salario, pero mi reemplazo no recibe nada, ya que no les quieren pagar el pago de mi incapacidad, què pasarà con mi trabajo? esta incapacidad afectarà? por favor ayudenme con esta inquietud, soy madre cabeza de hogar de 4 niñas menores de edad. Mi correo es rodimon2@yahoo.com
Por cierto olvidaba comentarles que mi salario es de $869.000, y mantengo un tutor puesto en mi pie izquierdo, por favor ayudemne aclarar esta inquietud, ¿Què debo hacer y dònde acudir para esto?
Por favor me informan si el valor de una incapacidad se debe tener en cuenta para el pago de parafiscales. por ejemplo una empleada con un salario mensual de $600.000 esta incapacitada 15 dias durante el mes. cual seria la base para hacer los aportes parafiscales.
Clara Munera
le comento que la base para liquidar parafiscales es la misma que toma para ibc para el pago de salud y pension ya que este se basa en el total de la nomina.
[...] Maternidad se paga sobre el 100% del salario base de cotización, mientras que las incapacidades se pagan sobre el 66.6% del salario base de cotización; no se debe olvidar que la madre gestante y su bebe, tienen especial [...]
Excelente tema queda mas claro
Buenas Tardes:
Tengo duda sobre como debo cancelar a los empleados si tenemos un basico de $497.000 y solo han sido 2 dias de incapacidad, al igual con un operario que tuvo incapacidad de 15 dias por cirujia de apendice y recibe de sueldo $647.000. Soy nueva en el tema y quisiera me colaboraran con una respuesta no tan tecnica.
Gracias,
Johana Mildreth Ramos B.
Buenas Tardes,
Resulta interesante que la legislación colombiana haya dejado en realidad un vacío en lo que se refiere al reconocimiento económico de las incapacidades posterior al día 180, aclaro que reconocimiento económico, puesto como habran notado la EPS no deja de expedir incapacidades. La norma habla del reconocimiento por la AFP siempre y cuando haya posibilidades de rehabilitación, dejando un limbo que perjudica a los usuarios por la ya conocida demora de las AFP para tramitar cualquier cosa. (No sólo el ISS)
BUENOS DIAS:
ES VIABLE QUE EL TRABAJADOR INCAPACITADO POR ENFERMEDAD DE ORIGEN COMUN COBRE LAS INCAPACIDADES Y NO EL EMPLEADOR?
CUAL SERI EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN ESTE CASO.
GRACIAS,
ANA MARIA LARA
Hola buen dia a todos, la presente tiene como fin solicitar ante ustedes una asesoria ya que llevo 120 dias de incapacidad por lesión del ciático e implante óseo en mi tobillo, al principio me pagaban mi salario más la prima de alimentación, soy cotizante de más de 7 años ahora que fuí a recibir mi desprendible pude observar que me suprimeiron la prima de laimentación dejandome solo el salario quisiera saber si esto es legal, pronto me daran otra incapacidad y la empresa está atrazada con ARP, ¿Qué debo hacer ante esta situación ayudenme por favor, o envienme una respuesta acerca de esto, soy madre cabeza de hogar de 4 niñas y hasta ahora uso sólo las muletas para poder transportarme de un lugar a otro, mantengo en mi pie un tutor mi correo es: rocd-m@hotmail.com por favor denme una ayuda con respecto a esta inquietud.
Agradeciendo de antemano la atención prestada a esta soicitud.
Una amiga mas.
Caso:
Empleada de servicio doméstico( 63 años).Cotizando al ISS desde Agosto 1996.
Tiempo de incapacidad:Casi tres años.
Diagnóstico: Artrosis
Le hemos venido pagando su salario completo ( 100%)hasta Nov 2008 cuando la contadora nos dijo que debíamos pagarle el 67%.Se hizo bien?
Se pasaron los papeles para pensión por incapacidad y le fue negada. Le dieron un 29% de incapacidad solamente.
Hasta cuando un patrón debe tener un empleado como tal si se mantiene en incapacidad?
Sus cesantías han sido consignadas en un Fondo cumpliendo la norma.
Gracias!
estuve incapacitado por quince dias por una operacion de la vista y mi empleador me dice que no le corresponde a el cancelarme la quincena a quien debo rrecurrir, o en que ley me debo basar para poder reclamar mi sueldo
Buenas Tardes
Mi Caso es el siguiente: Tengo un trabajador que se se encuentra en proceso de calificacion de su caso con la ARP, hasta el momento no ha dado la calificacion correspondiente si es de origen comun o por accidente de trabajo.
Se le ha venido pagando el 100% la cual es bastante alto (3 meses), si llegase el caso que la ARP calificara como origen comun y respondiera la EPS solo nos reembolsarian el 66.66%??. Habria alguna forma donde como empleador pudiera solo pagarle este porcentaje y cuando se calificara el caso se realizara el ajuste pertinente y la Empresa no Asumiera un valor que no sera reembolsable en su totalidad.???? existe alguna norma que apoye este criterio???
Me ayudarían muchisimo
Gracias
es muy valiosa su aporte y queda muy claro el manejo del pago de las incapacidades, pero pienso que no es justo recibir el 33.4% menos del salario por un evento que el trabajador no se busco, el hecho de estar enfermo no significa que sus gastos van a bajar ese 33.4% que va a dejar de persivir durante su enfermedad o incapacidad, por eso muchas veces el problema se agranda y el trabajador para no devengar menos opta por trabajar enfermo y generarse mas adelante una enfermedad profesional o hacer la forma de que las incapacidades no superen los tres dias, trabajar uno y descansar tres, casos se han visto y los he vivido con mi equipo de terabajo.
Tengo una inquietud… en el caso de que al empleado le hayan pagado por equivocacion de la EPS durante su incapacidad laboral de (120 dias) el 100% del salario, es posible que la EPS a partir del dia 121 deduzca esos mayores valores pagados e inicie un cobro coactivo en contra del empleado a fin de devolver lo que se pago y excedio del 66.66%???
Paola Gomez
Tengo un empleado que fue incapacitado por 20 dias pero decidio trabajar los ultimos 5 dias. El quiere que le pague doble estos ultimos 5 dias, es decir la incapacidad + el sueldo que recibiria por estos dias. Tiene el razon?
buenas tardes, el día de ayer 29 abril me incapacitaron por 15 días en la actualidad me encuentro embarazada y me dieron esta incapacidad por que presento principios de preeclancia me comunique con la EPS para lo de la liquidación de la misma y ellos me dicen que me pagan pero solo el 66.66% de los 12 días yo le pregunte acerca de la sentencia C-543/07 ya que estoy cotizando con el salario mínimo y me dicen que esa sentencia nunca fue valida que nunca rigió, yo quiero saber si eso es verdad o no y que debo hacer… les agradezco inmensamente me colaboren. gracias
Buenos dias,
Tengo una pequeña duda, los tres primeros dias que paga el empleador de incapacidad, los paga en un 100% o tambien en el 66.66% como los paga la EPS, lo anterior en cuestion porque la empresa donde trabajo, de esos tres primeros dias me esta cancelando solo el 66.66% de mi salario devengado en esos tres dias.
Atenta a sus comentarios..
Diana
Alguien sabe cual es la ley y cual el articulo donde se estipula el pago de incapacidades correspondientes a los primeros 3 días, a solo el 66.66 % siempre y cuando este valor sea igual a 1 SMLDV.
Lea gradezco su colaboración.
Buenos Días
como se manejan las prorrogas en las incapacidades, por ejemplo un trabajador que inicialmente le dan una incapacidad por 3 dias y luego le prorrogan 2, quien asume los otros 2 la EPS o el Empleador y lo segundo es si en algun momento una icapacidad se le debe descontar al empleado.
Gracias.
Muy buenas tardes:
Mi nombre es Amanda
Muchaa gracias por brindarnos esta hemosa pagina.
Por favor me ayudan a despegar la siguiente inquietud:
Una Licencia de Paternidad son 8 dias habiles o ocho dias calendario?
Si son habiles y en ese lapso tenemos dos domingos y un lunes festivo. Quien le paga estos tres dias al empleado.
Mil gracias.
El articulo es excelente, me gustaria que me enviaran mas articulos.
Buenas tardes:
Quiero pedirles un favor muy grande, me indiquen como puedo manejar una situacion difícil para mí. Es la siguiente:
Me practiqué una corrección de miopía y astigmatismo de forma particular, toda vez que este procedimiento no está cubierto por el POS, pero que para mí, debido a la labor que realizo, era bastante limitante.
Aunque generalmente este es un procedimiento que no requiere incapacidad, el mismo se llevó a cabo un viernes en la tarde, visperas de un puente, con la esperanza que para el martes siguiente yo estuviera lista para ir a trabajar;
desafortunadamente hice un proceso inflamatorio y bastante incapacitante, por lo cual mi medico particular expidió una incapacidad de tres días.
Creyendo equivocadamente que, cómo la entidad estatal para la cual trabajo debía hacerse cargo de la incapacidad hasta tres (3) días, entregué la incapacidad para justificar la ausencia.
La Entidad decide hacer el recobro de la incapacidad ante la EPS, que niega el pago, argumentado que ésta no fue expedida por uno de sus médicos inscritos.
Un tiempo despues la oficina de personal me solicita hacer el trámite de la incapacidad ante la EPS, lo que intento con resultado negativo, por cuanto la EPS contesta que solo transcriben incapacidades expedidas por medicos adscritos.
Hace pocos días fui notificada de un proceso disciplinario abierto en mi contra por 1. Omitir la prestación del servicio a que estoy obligada. 2. No cumplir con diligencia y eficacia el servicio que me es encomendado 3. Las demás que se desprendan de las anteriores y que resulten conexas con los hechos materia de la actuación procesal.
Aclaro que no sabía si tenía que ir con los ojos inflamados a un medico inscrito a la EPS para que me expidiera una incapacidad por una inflamación a consecuencia de un procedimiento que me realice de forma particular y esta fue la razon por la que me confié y dejé las cosas así no mas.
Agradezco infinitamente su colaboración
Herminda Gómez
hola. para quien me pueda responder bien o asesorarme mi caso es el siguiente llebo enferma desde diciembre 2008 pero en enero enferme mas en diciembre me diagnosticaron bronquitis, pero pude trabajar en enero 2 me enferme mas y me dijeron que posible mente era tbc me internaron 8 dias pero sali con diagnostico neomonia bacteriana y no me dieron incapacidad desde esta fecha llevo que no he podido trabajar el 26 de febrero me hicieron fibrobroncoscopia con lavado y cepillado, pero segia cada rato en urgencias con problemas porque no me daban resultao del examen por fin en mayo 18 dijeron que era tbc y todo este tiempo lo unico que me dieron de incapacidad fue 7 dias yo no he podido llevar una vida normal hasta ahora trato de hacer cosas pero no pauedo me dan desalientos y tengo que acostarme, yo coloque una tutela, paro diganme estoy en derecho de que me canselen estos meses que no he podido trabajar les agradesco su respuesta a mi correo odiazd2005@hotmail.com
Muy buenos dias,
Quiero que porfavor me colaboren con el Decreto que dice que los 3 primeros dias de incapacidad por enfermedad General es obligacion del empleador.
gracias…………..
Primero que todo gracias por las aclaraciones que ustedes hacen con respecto a este tema tan tedioso de las Incapacidades… pero a pesar de esto tengo una duda, si una empresa le ha pagado el 100% a una persona que lleva 4 meses incapacitada cuyo salario es superior a dos smlmv, la empresa le puede descontar en algún momento lo que le pagó de mas al empleado?, le debe pagar prima de servicios?
Gracias, en espera de sus comentarios
Felicito a las personas que realizan estos artículos de vital importancia.
Me gustaria que por favor nos refirieran lo siguiente:
1. Cuál es la norma que tanto refieren, pero de la cual no han dicho su nombre, por así decirlo?.
2. Cuándo una persona pierde el derecho a que sus incapacidades (prestaciones económicas) sean reconocidas por la EPS?
3.Cuando la EPS no quiere o no quizo reconocer el derecho a la incapacidad (prestaciones económicas, a sabiendas que la persona cumple con los requisitos. Ante quién o que instrumentos puede usar la persona para reclamar?
Pasa sobretodo en la EPS: Nueva EPS y Coomeva.
Nota: Por favor hacer uso de los medios de comunicación (radio, tv, prensa) sobre la manera correcta de afiliación al sistema de seguridad social integral: eps, afp y arp., ya que hemos observado que algunos establecimientos de garaje, por pagar mas barato no los afilian de manera correcta.
Gracias
buenos dias, tengo una duda coordino el area de recursos humanos en un empresa, en esta semana hubo un incidente entre dos empleados, fue un agresión verbal y física a uno de ellos le dieron incapacidad por tres días, en el codigo sustantivo de trabajo esta es una causa de despido y terminación de contrato ¿sera que a este empleado con incapacidad de tres dias se le puede despedir o no o espero a que pase la incapacidad? gracias
Buen dia tengo una inquietud si una persona tuvo un accidente en un dia no laborado pero este termina contrato de prestacion de servicios el 30 de este mes, pero tiene una incapacidad aproximada de 60 dias, en este caso son 3 dias el empleador, pero los demas dias quien lo cubriria?
En espera de sus comentarios. Gracias
BUENAS TARDES:
Como el tema de las incapacidades es bastante interesante, me gustaria saber si cuando a una funcionara X la incapacitan por 10 dias por amenaza de parto prematuro, ¿le corresponde la empresa pargar el excedente del 66.66%? o funciona igual que el resto de incapacidades por enfermedad general?
agradezco su colaboracion
RUBY GUTIERREZ
TENGO UNA PREGUNTA URGENTE, A UNA PERSONA PENSIONADA POR EDAD LA INCAPACITARON 30 DIAS POR UNA OPERACION, ESTA INCAPACIDAD PUEDE SER REMUNERADA????????………SI ES REMUNERADA QUIEN LA DEBE PAGAR???????????, O QUE DEBO HACER.
LES AGRADEZCO ME AYUDEN CON ESTO GRACIAS.
Hola, tengo una duda; cuando el empleador es una cooperativa de trabajo asociado aplican las mismas politicas en el pago de incapacidades?
Necesito saber,
Si las incapacidades menores de tres dias se le pagan al empleado el 100% de su salario, o a 2/3.
En que parte del cogigo laboral puedo consultar esto.
O alquien quien me informe aclarandome esta duda.
Muchas Gracias.
att. Maria
En nuestra empresa fue incapacitado un empreado por 10 días, gana $920.000 y la EPS reconocio $143.115, pero al empleado se le descontaron el 66.67% (920000/30×66.67×10)= 204.455
En la primera quincena se la cancelo por sueldo $ 153.333 mas el auxilio de transporte y por incapacidad $204.455,para un total de $367.671. El contador aduce que se deben descontar el total de los días (incluidos los 3 primeros. Quedo bien liquidado?? Cual seria la forma correcta de liquidar tanto los tres(3) primeros días como los restantes??
Gracias
Agradezo me ilustren al respecto para saber de que forma la EPS, a la cual se encuentra afiliada una funcionaria, se niega a reconcoer el pago de incapacidades, aduciendo que los pagos se han efectuado en fechas posteriores a su vencimiento. NO reconocen su pago e intereses de mora que se han efectuado, mencionan el Decreto 1804/1999 Art.21 numeral 1. Siempre termina el empleador pagando la incapacidad del funcionario.
Gracias,
Flor Perez
Hola, mi nombre es Luz Angela y para quien pueda asesorarme.Soy ama de casa tengo una señora que me ayuda en las labores domesticas hace 4 años, esta afiliada a salud, pesion y ARP,le pago vacacines dos primas anuales y deposito sus cesantias en un fondo cada año el salario que recibe es $409.000₧ le descuento por pension $19.800 mensales y mis dudas son:Que porcentage de su salario debo pagarle si esta incapacitada por enfermedad general hace varias semanas . gracias por la atencion prestada
Buenas tardes, en cuanto al pago d eincapacidades mi caso es el No. 2: gano $ 600.000 mensuales, teniendo en cuenta que pagan el 66.66%, cuánto realmente deberían pagarme?
Por otra parte me enteré que antes del día 90 de incapacidad pagan el 66.66% pero a partir del día 81 se paga distinto, cómo es esto?
Gracias por ayudarme!!
Cordial saludo.
Mi inquietud es: Si soy trabajor independiente y me incapacitan 3 días. ¿se pierde la incapacidad?, es decir. Si a un empleado los 3 primeros días se los paga el empleador, ¿en el caso de los independientes, equivaldría a que yo misma me poago?, es decir, ¿la EPS no le reconoce estos días?
Buenas tardes, tengo claro que el pago de las incapacidades por parte de la EPS, al empleado y a la empresa dependen del sueldo del empleado; es decir que si la EPS liquida la incapacidad al 66.66%, este mismo 66.66% debe ser cancelado al empleado, o me equivoco?. Ahora para los tres (3) primeros dias que deben ser cancelados por la empresa al empleado, se mantiene la misma normatividad? Se cancelan al 66.66% o 100%?
Agradezco si me colabaran con esta inquietud.
Gracias.
buena tarde
mi pregunta es, sobre el pago de las incapcidades a los aprendices.
si cuando un aprendiz tiene una incapacidad, pero esta la liquidan a favor del empleador que se debe hacer?
ya que en este momento esta suspendido el contrto de aprendizaje.
gracias por su atencion
Buenos dias, mi inquietud es la siguiente, como se liquida una incapacidad por parto prematuro con criatura no viable y aborto???? igual una incapacidad normal???. además otra pregunta en que sentencia o articulo del codigo del trabajo se trata este tema en especifico??
Tengo una duda .
si se trabaja en una empresa minera, donde el turno es de 12 Hr diarias de trabajo, por lo cual si trabajas 14 dias mereces 7 dias de descanso..
la pregunta es la siguiente :
si te incapacitan el primer dia de tu descanso ya ganado por trabajar los 14 dias, la empresa debe reconocerte esos dias, ya que una parte es asumida por ellos y la otra es asumuda por le EPS ?
si en caso de q si o que no , en que parte del codigo sustantivo esta plasmado.
BUENAS TARDES
ACTUALICESE
QUIERO SABER SI EL PORCENTAJE PARA CALCULAR EL PAGO DE INCAPACIDADES PARA EL 2009 SIGUE SIENDO 66.66% O SI CAMBIO.
EN ESPERA DE SU PRONTA Y POSITIVA RESPUESTA
JHONATAN JARAMILLO.
buenas tardes, mi pregunta es la siguiente.
fui operado de la rodilla y niegan mi incapacidad por pagos dos dias despues del cumplimientos de estos es normal esto o que puedo hacer para que me paguen la incapacidad ya que soy desempleado y pago como independiente.
MIL GRACIAS
FAVOR RSPONDER A LA DIRECCION DE CORREO
tengo una inquietud porfa si alguien puede ayudarme , la pregunta es la siguiente
si mi empleada domestica se incapacita 8 dias y luego de la incapacidad decide renunciar , debo pagarle los 8 dias que estubo incapacitada
buenas mi pregunta es la siguiente estoy enferma desde noviembre, supuestamente por bronquitis pero hasta en mayo me descubren tbc y en estos meses los medicos no me incapacitaron apesar de estar muy enferma y pasar de medico en medico en urgencias y asi sucesivamente hasta que en enero me agrave y me internaron 8 dias segun los medicos por neomonia pero tampoco me incapacitaron ahora puedo pedirle a la eps incapacidad y de que manera la puedo pedir,por esta razon perdi mi trabajo, cotizo como independiente, soy madre cabeza de hogar, ahora en junio me an dado incapacidades po 3, 5,5, pero ahora en agosto me dieron por 9 diaz y 30 dias las 4 primeras incapacidades se descontaron para ayuda de pagar el seguro, ahora las otras que debo hacer, tambien si como cotizo como independiente tambien estos dias de seguro los debo pagar o no
y la incapacidad de 30 dias me la deben pagar en dinero, y cuanto les agradesco contestar a mi correo odiazd2005@hotmail.com
SI DESEAS ASISTENCIA EN EL PAGO DE UNA INCAPACIDAD CONTACTANOS EN
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RESULTADOS GARANTIZADOS CONFORME A LA LEY.
Buenas tardes me gustaría saber si un empleado, por culpa de una pelea que tiene en la calle , lo incapacitan por 30 días la EPS , el empleador está obligado a cancelar los 3 primeros días de incapacidad?
Me gustaria se profundizara un poco más en sus artículos, pues segun las consultas se puede evidenciar que en muchos casos hay superficialidad en los mismos.
Igualmente, continuando con el tema de las Incapacidades, me gustaría se tratara el tema de las incapacidades superiores a ciento ochenta (180) días, y para complicarlo un poquito más, con empleados con Salario variable. Entiendo que es un tema bastante complejo y como casi nunca lo tenemos en frente, no estamos preparados para cuando se nos de una situación de esas.
Gracias
BUENAS TARDES DESEO SABER COMO DEBO PARA LA QUINCENA A UN TRABAJADOR QUE TUVO UN ACCIDENTE DE TRANSITO Y LE DIERON 10 DIAS DE INCAPACIDA.Y COMO DEBE HACER LOS PARAFISALES.
SU SALARIO ES 740000
GRACIAS
Hola.
Siempre he tenido la duda, cuando una persona la incapacitan más de 3 días, los demás dias las prestaciones sociales (cesantias, primas y vacaciones) deben ser asumidos por el patron, así la incapacidad sea por tiempos prolongados. Ya que las incapacidades no suspenden el contrato de trabajo, pero si suspende la contraprestacion física que brinda el trabajador.
Me gustaría me pudieran despejar esta inquietud.
Gracias
Hola, quiero saber que se debe hacer en caso de un empleado que todas las semanas trae una incapacidad del entidades privadas, de 2 o 3 dias, y que obviamente la EPS no las trascribe.
Pregunto, es legal que la empresa emita un memorando donde aclare que no recibe incapacidades diferentes a la EPS y que en dicho memorando mencione que esos dias seran descontados????
EL 21 DE MAYO DEL PRESENTE AÑO TUVE A MI HIJO, Y YA VOY A TENER CASI 4 MESES Y TODAVIA NO ME HAN PAGADO MI INCAPACIDAD A LA CUAL TENGO DERECHO, POR QUE LA EPS DICE QUE NO COTIZE EL TIEMPO COMPLETO EN EL MOMENTO DE LA GESTACION. QUE DEBO HACER??.
BUENOS DIAS. TENGO UNA INQUIETUD AL RESPECTO DE UNA INCAPACIDAD Y ES LA SIGUIENTE:UN TRABAJADOR QUE SOLO LLEVA LABORANDO CON LA EMPRESA 13 DIAS Y AL DIA 14 SE INCAPACITA PORQUE YA TENIA PROGRAMADA UNA CIRUGIA GASTRICA, LE DEBO PAGAR INCAPACIDAD COMO EMPLEADOR? LE CORRESPONDE A LA EMPRESA PAGARLE O LO ASUME EL COMO EMPLEADO O EN SU DEFECTO LA EPS?
Agradesco la atencion prestada, para este tipo de inquietudes.
El caso mio es el siguiente en la empresa donde laboro se registro una incapacidad por enfermedad general de 21 dias el empleado devenga 1.138.244 pesos, la EPS reconose 18 dias, 3 asumiria la empresa cual es el prosedimiento a realizar para la liquidacion de esta incapacidad.
Y en referente a salud y pension se le aporta al 100%.
Espero pronta respuesta.
Agradesco la atencion prestada.
Att. JOSE ROJAS
Es muy claro el tema tratado; sin embargo, quisiera conocer quién fija los términos en los que la EPS debe hacer el desembolso del pago de las incapacidades y cuáles son estos. Al respecto no se hace mención alguna. En mi caso Coomeva EPS me indica que tiene 20 días hábiles y que el siguiente viernes al vencimiento de dicho plazo debo llamar a consultar el estado del trámite del pago de la licencia. ¿Está obrando la EPS de acuerdo con alguna normativa o establecen estas de forma independiente los términos para la realización de los desembolsos? ¿En el caso de licencias de maternidad el término es el mismo?
Agradezco su atención y quedo en espera de una pronta respuesta.
Buenos dias
Tengo dos inquietudes
1 Los tres primeros dias estan a cargo del empleador al 66.66% aunque el IBC es el minimo y el valor a pagar al empleado quedaria por debajo del SDMLV , es decir de $ 496.900 una incapacidad de 5 dias los 3 primeros se cancelarian por
$ 11.041 ¿ Esta correcto ? y es del 4 dia en adelante que lo paga la EPS al 66.66% pero no puede ser menor al SDMLV.
2. Una persona incapacitada por un mes y el medico le recomienda por escrito a la empresa que se debe reubicar el empleado , ya que no puede hacer fuerza , pero no le prorrogan la incapacidad y la empresa no tiene donde reubicarlo por que el empleado no tiene nivel academico para desempeñarse en oficina y fue contratado para labor de esfuerzo (ayudante de Vehiculo ) ¿ que se debe hacer en este caso ? si el empleado procede a renunciar se le puede aceptar la renuncia ?
Mil gracias por la amable colaboraciòn.
Buen dia,
Respecto a las incapacidades me surge una duda a raiz del no pago de mi EPS porque el contrato de trabajo fue hasta el 13 de agosto, y el 24 me hicieron una cirugia previamente autorizada, me dieron una incapacidad por 30 dias, al hacer el cobro la EPS dice que durante el periodo de proteccion laboral no se pagan incapacidades, pero creo que escuche hace como uno o dos años una sentencia de la corte en la que le decia a las EPS que el atraso en pagos no era impedimento para el pago de las incapacdades… ALGUIEN SABE QUE SENTENCIA FUE ESA!!!! Mil gracras.
Buenos dias,
mi caso es que empece a trabajar en una empresa en donde me dijeron que las incapacidades menores a cuatro dias me las descontaban del sueldo por que estas deben ser cubiertas por el empleado.
quiciera saber si esto es cierto o puedo suministrarle a la compañia que dice ser muy seria y correcta la informacion correspondiente para que salgan de su equibocacion.
mil gracias,
Buenos tardes
quisiera saber si la Sentencia C-543/07 aplica para las empresas o solo para las eps??? en cuanto a reconcel el SDMLV
Quisiera saber si una persona que llevaba 4 meses desempleada sin cotizar seguridad social, y al consigue trabajo,a los 8 dias de estar laborando se enferma y le dan 20 días incapacitada. Este trabajador tiene derecho a su liquidación de nomina normal, y quien tiene que responder por el pago?. Cual sería la ley que ampara al trabajador o le niega el pago, ya que la empresa y la eps no quieren pagarle nada. Gracias
Bueno lo de la correcta liquidación del pago de incapacidad estuvo muy acertado sin embargo como esta escrito en el artículo en la última parte el empleador por cuestiones humanas decide hacer el calculo y pagar al empleado por adelantado y no esperar el trámite de la EPS O ARP que dura más de un mes generalmente y obviamente el trabajador necesita el pago para sus gastos sin embargo mi duda es si la empresa hace el calculo y lo paga anticipadamente como sería el ingreso base de cotización a la seguridad social si no se ha recibido aún la autorización de pago de la EPS.
Mi pregunta es si el empleador es el que paga los primeros tres dias de la incapacidad el debe pagar el 100% o esta en facultad de pagar el 66.67%?
Hola Todos.
Quisiera saber sus opiniones al respecto de siguiente situación: Mi mamá tiene 66 años y desde hace ya un buen rato estamos aportando a la eps (coomeva) los aportes que obliga la ley para poder mantener su afiliación a la Prepagada que ha tenido hace 35 años (Coomevea también). La semana pasada tuvieron que operar a mi mámá de la mano, de su pulgar izquierdo, y va a tener una incapacidad de 6 semanas. Mi mamá es artesana y por lo tanto no tendrá ingresos durante estas semanas al no poder usar su mano, por lo que acudimos a tramitar la incapacidad ante la EPS (primera vez que decidíamos usar a la EPS para algo)y para nuestra sorpresa nos dicen que NO será pagada pues los aportes mensuales anteriores debieron haberse hecho el dia 1 de cada mes pues su apellido es Acevedo, y que esto no se a cumplido a cabalidad… Mi pregunta es, si todos los aportes han sido pagados dentro del mismo mes, y el valor que uno paga es anticipado, y nunca hemos estado en mora por ningún mes, y se han pagado los apotes con el valor que se liquida a la fecha por medio del PILA con intereses y todo (por los dias que pasan a partir del 1 de cada mes)como es posible que tengamos que dejar pasar ese dinero que es con el que va a sostenerse económicamente mi mamá? La EPS se resguarda en el decreto 1804/99 para evadir esta responsabilidad… alguien sabe qué puedo hacer ante esta atraco de Coomeva EPS? Quién nos defiende? Agradezco cualquier luz que me den en este problema.
la pregunta es la siguiente ¿porque muchos patrones pagan los tres dias al 66.66% de personas que ganan el minimo si la corte se pronuncio sobre este tema diciendo que el valor a pagar por el patrono debia ser el 100% del salario que esta recibiendo en el momento?
¿que debo hacer para solucionar este error?
BUENOS DIAS, TENGO UN EMPLEADO QUE DEVENGA UN SUELDO DE 600.000 Y LA ESPOSA TUVO BEBE, EL SE TOMO LOS 8 DIAS HABILES POR LICENCIA DE PATERNIDAD, QUIERO SABER COMO DEBO LIQUIDAR ESTOS DIAS, SI DEBO PAGAR EL 100% DEL SALARIO O SI LE PUEDO PAGAR EL 66.66% POR INCAPACIDAD. ADICIONAL A ESTO SE LE PAGA UN AUXILIO DE ALIMENTACION MENSUALMENTE, SI EL EMPLEADO ESTA EN LICENCIA DEBO PAGAR ESTE AUXILIO O SE LO PUEDO DESCONTAR. PUES ESTE AUXILIO SE DA COMO UN ADICIONAL AL EMPLEADO
Buenas tardes.
Con todo respeto, y sin dejar de reconocer lo valioso de sus aportes y lo interesante de sus artículos, pienso que serían mejores si se citaran la documentación que lo sustentan, es decir, las referencias de la jurisprudencia y normativa que mencionan en sus conceptos.
Gracias por su atención.
Buenas Tardes:
Tengo el siguiente problema y agradeceria muchos los comentarios que me colaboren a solucionar esto. Sufri accidente de transito hace 9 meses causandome fractura de platillos tibiales izquierdos Sharkert tipo VI, la eps respondio solidariamente por los primeros 180 dias de incapacidad, pero el fondo de pensiones horizonte no, van a entregar el porcentaje de discapacidad para iniciar tramites segun ellos de pension, pero ya me recupere y empeze a laborar, le solicite al fondo que me cancelara los 3 meses restantes de la incapacidad y estos se negaron argumentando que el fondo no paga incapacidades. En este caso que debo hacer para el pago justo de la misma, reitero no califico a pension por invalidez pues el grado actual de movilidad es satisfactorio y aunque utilizo una muleta no llego al 20% de discapacidad.
Buenos dias: Soy trabajadora independiente, afiliada a una EPS.
El 19 de agosto me practicaron una histerectomia y el el 2 de septiembre solicité el valor de la incapacidad. La última información que recibí sobre la misma, fue que no me la cancelaban, por mal hábito de pago, durante los primeros meses del año. Es esto legal?. Por favor responderme.
Buenas Noches Alexander.
Tengo una duda , al trabajador independiente.Como no tiene vinculo laboral ¿Es la EPS quien debe asumir el valor de la incapacidad desde su inicio y no desde el día 4to? o aplica tal cual como a una persona dependiente ..si es así;quisiera saber cual es la ley que lo reglamenta .
Agradezco su respueta.
Ingrid
Buenas Tardes,
mi esposa esta embarazada, pero el embarazo es de alto riesgo,actualmente tiene 5 meses pero la incapacitaron por un mes por emfermedad . esta incapacidad se la debe pagar la eps al 66 % o al 100 %. Y si de ser asi existe algun articulo que acompañe esta respuesta.
Dr Alexander Coral
El tema de mi pregunta no se ha tratado. lo deben tener muy claro los demas colegas, pero no para mi: Las prestaciones sociales durante el tiempo de licencia o incapacidad quien las paga? o se descuentan de los pagos al trabajador?
BUENAS TARDES,
TRABAJO EN UNA EMPRESA DEVENGANDO EL S.M.L.M.V. ME ENCUENTRO EMBARAZADA CON 6 MESES DE GESTACION, MI EMBARAZO ES DE ALTO RIESGO Y A PARTIR DEL 2 MES ME ENCUENTRO INCAPACITADA, LA EPS ME ESTA LIQUIDANDO LAS INCAPACIDADES AL 100% PERO LA EMPRESA DICE Q SE DEBE PAGAR AL 66%. ¿ESTO ES CIERTO O NO?
AGRADEZCO SU RESPUESTA.
ELIZABETH
hola laboro en una entidad en la actualidad me encuentro en estado de gestacion de alto riesgo por lo que hace mas de un mes me encuentro incapacitada y aun me faltan dos meses aproximadamente de incapacidad.
mi salario es de 2 salarios minimos por lo cual deseo saber cual debe de ser el sueldo que tecibitia en estos meses ya que me descuadro bastante a mis deberes economicos
Tengo incapacidad laboral por 30 dias, la EPS pagara mi incapacidad por desvinculacion laboral dias antes a una cirugia, cuanto debe ser el tiempo para que la EPS realice el pago. Gracias
CORDIAL SALUDO
QUISIERA SABER EL TRAMITE A SEGUIR DESPUES DE UNA INCAPACIDAD DE MAS DE 180 DIAS Y A CARGO DE QUIEN ESTA EL PAGO DESPUES DE SEGURIDAD SOCIAL DESPUES DE LOS 180 DIAS.
Si un trabajador le dan incpacidad inicial por 10, y luego le dan otros 10 dias esos 3 dias tambien corren por la empresa
Hola cómo estan,
Sólo quiero saber una cosa:
¿Las incapacidades son acumulables?
En caso afirmativo, en qué casos, bajo qué requisitos.
Muchas gracias.
quien reconoce las incapacidades por accidente de transito???
quien paga la incapacidad de origen comun que ha sabrepasado los 180 dias, si el fondo al calificar resulta con una perdida inferior del 50%?
Buen día,
Tenemos una inquietud:
Estuve vinculada en una E.P.S. alrrededor de 3 años consecutivos y solisite traslado para otra E.P.S., al mes me accidente y me incapacitaron por 2 meses, se envio la incapacidad a la E.P.S. donde me encuentro afiliada actualmente y dicen que no tengo derecho debido a que apenas tengo un mes de estar cotizando con ellos. Es esto cierto? que debo hacer?
Gracias.
Buenos dias hace 22 años trabajo en una empresa adquiri una enfermedad profesional y estoy incapacitado hace 8 meses mi sueldo mensual es de $1,500.000 por promedio al año mis cesantias son de $1.500.000 y en la empresa donde trabajo al pasar un determinado tiempo como el que llevo de imcapacidad las cesantias tienden a bajar a tal punto que lequeda debiendo a la empresa esto por ley es asi o nos estan liquidando mal las cesantias en la empresa
Quisiera saber si las incapacidades afectan las prestaciones sociales como la prima y las cesantias?
Gracias
LLEVE INCAPACIDAD DE 6 DIAS DE MEDICO PARTICULAR POR TRAUMA EN RODILLA A LA NEPS NO QUISIERON TRAMITARLA POR QUE YO DEVIA IR A LA EPS LUEGO DE 3 DIAS DE ESTAR EN ESAS VUELTAS EL MEDICO DE LA NEPS ME VALORA Y ME DA UNA DE 3 DIAS SOLAMENTE YO LE DIGO QUE ESTOY ASI DESDE HACE 4 DIAS Y ME DICE QUE EL NO PUEDE HACER NADA SINO DARME LA INCAPACIDAD A PARTIR DEL DIA QUE EL MA ESTA VALORANDO.
LA PREGUNTA ES SI ES LEGAL ESTO, ENTONCES LOS OTROS DIAS QUE PERDI ENEL TRAMITE DE LA TRANSCRICIÒN DE LA INCAPACIDAD DEL MEDICO PARTICULAR.
ESPERO PRONTA RESPUESTA
ADOLFO MONTENEGRO
Buenas noches. Quiero que me colaboren con respecto a mi caso. Fuí incapacitada durante 8 días. Los primeros tres días fueron asumidos por la empresa. Sin embargo, los otros días fueron descontados en su totalidad. Yo me encuentro afiliada a una EPS del magisterio, la cual no está regida por la ley 100 sino tiene un régimen especial. Deseo saber si yo debo asumir la totalidad del descuento de estos 5 días o si puedo exiguir que se me reconozca algo monetariamente. Muchísimas gracias por sus orientaciones.
Deseo saber si un empleado empezo a laborar en agosto de 2009, con un contrato inferior a 1 año hasta diciembre 30 de 2009, se liquido con todas sus prestaciones sociales, pero siguio laborando tiene derecho a aumento de salario desde enero de 2010?
buenas tardes la inquietud mia es la siguiente: se supone que el empleador debe pagr al trabjador los 3 primeros dias de la incapacidad, la pregunta es cuando la incapacidad es de 16 dias por ejemplo es ebligcion descontar esos 16 dias de la nomina del trabajador ya que no los laboro por su incapacidad, o aparte de que la incapacidad la paga la eps correspondiente es obligacion del empleador pagarle al trabajador esos dias que no laboro??
agradeceria que alguien me colaborara con ese dato..
Buena tarde.
Para el IBC de incapacidades se toma el del mes inmediatamente anterior??? Cuuál artículo lo reglamenta??
HOLA, ME GUSTARIA SABER COMO DEBO OBRAR YA QUE TUVE UNA INCAPACIDAD DE 10 DIAS POR UNA CIRUGIA FUNCIONAL DE NARIZ, LA EMPRESA ME QUIERE DESCONTAR ESTOS DIAS Y YO QUIERO SABER SI LO PUEDEN HACER TENIENDO UN CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS. CABE ANOTAR QUE NO TOME LA INCAPACIDAD COMPLETA YA QUE AL TERCER DIA HABIL ME LLAMARON Y TUVE QUE ASISTIR A UNA REUNION Y ESTO ME CAUSO INCONVENIENTES EN MI POSOPERATORIO EL CUAL ME OBLIGO A AUSENTARME NUEVAMENTE.
Tengo un caso en PArticular:
me incapacitaron tres dias y mi jefe me los deconto de la nomina icluyendo el sabado y el domingo por que no habia laborado la semana completa. que Puedo hacer ante ello?
ella Me dice que por que la incapacidad fue expedida de un hospital del area de urgencia no de una EPS. que Puedo hacer frente a ELlo?
mil gracias por la ayuda
quiero saber si por incapacidad inferior a tres días el empleador descuenta el auxilio de transporte correspondiente a los tres días.
HOLA BUEN DIA, MI INQUIETUD ES MUY SENCILLA, SUFRI ACCIDENTE DE TRANSITO EL 30 DE JULIO CON INCAPACIDAD CONTINUA HASTA EL 15 DE FEBRERO DE 2010; AUN ME SIGUEN APARECIENDO EN LOS DESPRENDILES DE NOMINA COMO INCAPACIDAD POR ACCIDENTE, Y NO ME VIENEN PAGANDO LO DEBIDO, YA QUE ME DICEN QUE EL LOS MESES DE AGOSTO, SEP, OCT, NOV Y LA PRIMERA QUINCENA DE DICIEMBRE ME HABIAN PAGADO COMO SI ESTUBIESE INCAPACITADO POR ACCIDENTE PERO SIN DESCUENTO DEL 66,6% Y DESDE LA SEGUDA QUINCENA DE DICIEMBRE A LA FECHA ME APLICARON EL 66,6%, CON EL AGRAVANTE QUE ME ESTAN DESCONTANDO LO QUE ME PAGARON DE MAS EN LOS PRIMEROS MESES.ESTO ES DEBIDO O ESTAN COMETIENDO ALTERACIONES A ALGUNA LEY?. SUELDO BASICO 1665000 PARA EL 2009 Y 1698300 PARA EL 2010. AGRADEZCO DE ANTEMANO A LA COLABORACION Y GUIA.
hola, mi inquietud es la siguiente, he venido cotizando solo a salud como independiente y tengo 32 semanas de embarazo, hace un mes me vincule a una empresa en condicion de temporal hasta el 30 de junio….pero segui pagando como independiente, osea que estoy cotizando como independiente y como empleada a tra vez de la empresa… Lo que me preocupa es el pago de mi licencia de maternidad, no se como me la pagarian si como empleada o como independiente y pues como siempre ponen trabas las eps para pagar las licencias mejor segui pagando como independiente tambien para que no digan luego que no cotice todo el embarazo… aguien me puede aclara como seria mi situacion.
gracias
Les quiero felicitar por este excelente sitio, es de mucha ayuda para todas aquellas personas que estamos en el campo laboral.
Mi inquietud es la siguiente: Quisiera saber hasta cuantos dias de incapacidad la Eps reconoce las 2/3 parte del salario de un empleado y cuando se reconoce el 50% del salario, tengo entendido que hasta los 90 dias se reconoce 2/3, pero no me es muy claro.
Gracias, espero pronta respuesta.
Mi situación es lasiguiente: tengo veinte días de incapacidad pero debo renunciar al trabajo por cambio de domicilio una vez termine la incapacidad.¿ qué debo hacer?
GRACIAS
quisiera saber por que la eps sura me dice hoy que el sistema no me trascribe la incapacidad si el medico especialista me incapacito 30 dias
buenos diasi me incapacitan 5 dias y yo cotizo sobre un salario mnimo cuanto me paga la cta y cuanto la eps.
quisiera que me orientaran al respecto,mi esposo trabaja como conductor pero al empezar a laborar la empleadora y el hicieron un convenio de que como el posee salud ella no lo afiliara y mas bien le retribuyera el dinero; en este momento el tuvo un pequeño accidente en un pie y fue incapacitado por 10 dias. quisiera saber si la empleadora està obligada a pagar dicha incapacidad pues el accidente no fue en el vehìculo donde el labora sino en nuestro particular y en su efecto cuanto corresponderìa el valor a cancelarnos pues su salario es $800.000.oo Gracias
buenas yo estoy incapacitado por 16 dias estoy esperando hoy el cheque de esta quincena no se por cuanto llege.
Tengo la incapacidad de esta quincena por una operacion, quiero saber cuanto dinero puedo recibir y que descuentos me hacen. A mi sueldo es de $5390000.
Muchas gracias espero la respuesta con urgencia.
Estoy trabajando en dicha empresa con todas las de la ley pero no estoy conformen con el horario ni el pago, trabajo de lunes a viernes de 7am. a 9.30pm. o 10.30pm por un sueldo que es un minimo y por unidades movidas que no superan los $50000. Quiero saber que se puede hacer en este caso pues no tengo otra opcion de trabajo.
Gracias por tu opinion o concejo.
Me falto que el dia sabado tambien trabajamos de 7am. hasta las 6pm. o 7pm.
Quiero pedir orientacion con mi caso, sufri un accidente el 08 de julio de 2007 en horas no laborales el cual cubre la EPS como enfermedad general, estube 370 dias incapacitada de continuo y mi sueldo era de un SMLV para el 2007 de 433.000 y para 2008 de 462.00 y las incapaciades fueron pagas al 66.67% sobre mi salario mensualmente recibi un sueldo de 307.682 pesos.Entiendo que segun lo que ordena la ley esto no es legal pero hasta hora me entere de esto y es muy dificil para mi saber esto por que sufri mucha nesecidad con este salario durante 1 año y con tres hijos, quiero saber si aun puedo reclamar.y si debo hacerlo seria con la EPS o con la EMPRESA
Gracias
Actualmente me encuentro incapacitado 20 dias, la eps solamente me pagara el 66%, demasiado injusto sabiendo que mensulmente me decuentan 180.000 por salud y pension, fuera de eso la empresa no contrata ningun reemplazo para mi , Al fin de cuentas , la unica que sale ganando es la empresa que se ahorra el salario esos 20 dias y el unico perjudicado soy yo que me decuentan el 33% de mi salario ? eso es verdad o la ley obliga que deben contratar un reemplazo ? o en caso de que no lo contraten no es lo mas justo que la empresa asuma ese 33% al fin de cuentas todavia esta ganando plata
si alguien gana 860.000 lo multiplico por 3 dias de incapacidad y lo dicido en 30 esta bien?????????
si ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR…GRACIAS.
Quiero saber.
yo laboro en una clinica privada de colombia(valle del cauca) por turno, me incapacite tres dias entre ellos habian 2 turnos de noche, ¿es verda que ademas de descontarmen los dias de incapacidad, debo pagar en tiempo los turnos adicionales.
att maria elena g
No me parece razonable que por una licencia por paternidad, tenga que perdere el 33.33 % de mi salario durante nueve días, pues si bien es cierto que la EPS me reconoce el 66.66 %, pues entonces el empleador debería asumir el 33. 33%. Por que razón el empleado tiene que perder ese dinero; por que ni se tiene en cuenta las obligaciones bancarias, pago de arriendos, servicios, pago de pensiones de los otros hijos, subsistencia diaria, todo esto suma y nosotros los empleados tenemos presupuestado nuestros gastos mensuales y estamos quedando desamparados en un 33.33 % de nuestro salario.
Buen día Señores Actualicese.
Mi caso es el siguiente:
Quiero saber si un dia X estoy laborando hasta cierta hora del día y me voy para en medico por que me encuentro algo indispuesto.
El medico me incapacita
Buen día Señores Actualicese.
Mi caso es el siguiente:
Quiero saber si un dia X estoy laborando hasta cierta hora del día y me voy para en medico por que me encuentro algo indispuesto.
El medico me incapacita por ese día, Que pasa con las horas que he laborado. El empleador las debe pagar las horas laboradas mas la incapacidad o esas horas a que lugar va a parar?
Muchas gracias por la colaboración que me puedan prestar.
Att
Jhon Jairo
Buenos días: Muchas gracias por la ayuda que me puedan dar, mi caso es el siguiente, los 180 primeros días de incapacidad por enfermedad común me las canceló la EPS, y los otros 360 días quedaron a cargo del Fondo de Pensiones ISS, las cuales sólo asumieron 90 dìas y por menos del mínimo, las demas no me las quisieron pagar argumentando que el empleador hizo los pagos extemporáneos y por eso debe asumir el resto de incapacidades por 270 días, el ISS nunca le informó de esto al empleador quien a pesar de atrazarse pago siempre los aportes a Pension, este problema lo tengo desde el 15 de Noviembre de 2007, les agradecería informarme que debo hacer ya que presente tutela en abril 9 de 2010 solicitando el pago de la pensión por invalidez desde el 18 de junio 2009 y el pago de las incapacidades por enfermedad común. Atte. Teresa Quiñe, ced.de ext. 215565 de Bogotá
tengo una duda ami me incapacitaron 30 dias quien me las paga directamente el empleador o la entidad de salud.
o la entidad de salud le paga al a empresa y la empresa le paga al empleado
Hola,quiero saber cual es la ley que dice que el empleador esta obligado a pagar los tres primeros dias de incapacidad al 100%.??
hola primero los felicito por tan ardua informacion. ahora tengo una inquietud, mi nombre es juan carlos, vivo en b/quilla mi señora es una trabajadora independiente cotiza a la EPS y su IBC es de 1.030.000, ACABA DE DAR A LUZ A UN NIÑO PREMATURO DE OCHO MESES, ¿QUIEN Y CUANTO LE DEBEN PAGAR Y COMO HACEN O SE REALIZA ESA LIQUIDACION?, ¿EN QUE TIEMPO LE DEBEN PAGAR?, LES AGRADECERIA UNA ORIENTACION LEGAL AL IGUAL ME LA ENVIARAN A MI CORREO ELECTRONICO jukoca@hotmail.com
cooordial saludo mi pregunta es la siguiente tengo una incapacidad de mi esposo por 500 dias el seguro social no me ha cancelado y ya estan autorizadas y desde febrero estan radicadas se tramito lña pension por invalidez y calificaron con el 89 por ciento estoy tramitando la documentacion para llevarla como es con una cooperativa sera que a ellos ya les pagaron y no me cancelan me dicen que la forma de averiguar es madrugar un miercoles ya que solo entrgan 50 fichas pero me es imposible ya que yo cuido a ni esposo sera posible que me colaborara y me orientara ya que mi esposo es cabeza de familia y estoy pasando por una situacion economica bastante dificil ya que tengo 3 hijas menores gracias
Quisiera saber como se remunera la licencia por paternidad o “ley Maria” no es especifico en esta LEy que deba ser remunerada al 100% o al 66,66% me gustaria saber en donde especificamente se determina el % a pagar y cual es su monto
GRACIAS
hola, alguien me puede decir , si es posible que si me realize la laparoscopia, con un medico particular , el cual me dijo que me daria 7 dias de incapacidad, que acuda con esta, a mi unidad medica familiar del IMSS y me validen la inacapacidad como si me hubiera operado ahi en el IMSS….. agradezco su respuesta
Gracias =)
buenos dias: los empleados me traen copia de la incapacidad sin liquidar… mi pregunta es: Quien debeliquidar esta incapacidad?, simplemente espero que me llegue por correo la liquidación?, Debo yo como empleador ir a la EPS a hacer liquidar la incapacidad? gracias
Hola
Quisiera que me aclaren la siguiente inquietud.
Un compañero de trabajo lo incapacitaron por dos meses. La eps no asume el pago de esta incapacidad porque nos atrasamos en el pago de los aportes. Hay algo que hacer sobre esta situación?.
Gracis por su respuesta.
Tengo una pregunta como se liquida el IBC para salud y pension en tiempo de una incapacidad. Tengo un empleado que esta en incapacidad mayor a 90 días su salario mensual es de 1.750.000, como se debe liquidar la incapacidad
estoy incacitado un año la eps me pago los 180 dias y no tengo fondo actual cotizo salud solamente como independiente el resto de tiempo alguien me paga algo
buenos dias pero esto siempre y cuando sea incapacidad por enfermedad como lo fue el primer caso planteado pero quisiera saber como se liquida una incapacidad que tiene una enfermedad laboral por que fue por un accidente de trabajo a una persona que gana $1.000.000.oo o y ante quien se tramita ante la eps, arp o fondo de pensiones. agradezco la atencion que le puedan brindar a esta gran inquietud.
Hola si la conyugue de un empleado tiene un hijo este a que derecho tiene, y como lo puede reclamar. gracias por ayudarme
Gonzalo
Quisiera saber qué puedo hacer para que la eps pague una incapacidad si la seg. socisl en la empresa se canceló extemporánea?, Gracias
hola solo tengo una duda.
de mi quincena seran descontados 3 dias que el medico me dio de incapacidad,¿pero quien me pagara estos 3 dias?
es todo lo que tengo que argumentar.gracias espero que respondan a mi pregunta.
Muy buenas interesante tema, me gustaria saber como procedo para que la eps cancele o mas bien rembolse los dineros que se deben cancelar a partir del 4 dia de incapcidad? de antemano mil gracias.
Hola buen dia .
tengo algunas dudas sobre mi incapacidad . me dieron 7 dias de incapacidad . sufri un accidente mientras iva de mi casa al trabajo . a donde tengo ke ir a cobrar lo de mi incapacidad ?? tengo un salario de 105 pesos diarios .. como cuanto me llegara?? y si solo el seguro me cobre eso o tambien la empresa??
muchas gracias
señores saludcoop reciban un cordial saludo ,mi inquietud es sobre la de asesoria que hay en los municipios en especial el de san carlos ya que le falta mas compromiso y lealtad con su trabajo al asesor ya que como usuaria he tenido demasiados inconvenientes con la eps gracias en la afiliacion , reporte de pagos y ahora con mi incapacidad que fue en abril fines de mayo y aun no obtengo respuesta de el.
BUENAS TARDES.
QUISIERA SOLICITARLES ME COLABOREN ACLARANDOME; A QUIEN DEBO DIRIGIRME YA QUE LLEVO OCHOCIENTOS SETENTA (870) DIAS DE INCAPACIDAD CONTINUOS.
HE TENIDO LAS VALORACIONES CORRESPONDIENTES SOBRE MI CASO Y OBTUVE COMO CALIFICACION 35 PUNTOS, SEGUN ESTE RESULTADO ME PAGARON LOS PRIMEROS CIENTO OCHENTA DIAS (180) Y EN ADELANTE NO HE RECIBIDO NINGUN PAGO POR INCAPACIDAD.
HE ESTADO ATENTO AL TEMA Y HE ENVIADO A “ING PENSIONES Y CESANTIAS” DIFERENTES CARTAS SOLICITANDO EL PAGO DE MIS INCAPACIDADES, PERO SU RESPUESTA ES “QUE A ELLOS NO LES CORRESPONDE YA QUE PAGARON LO CORRESPONDIENTE A LOS PRIMEROS CIENTO OCHENTA DIAS (180) DIAS”.
POR FAVOR, QUISIERA SABER A QUE ENTIDAD DEBO DIRIGIRME PARA QUE ME PAGUEN LAS INCAPACIDADES A LAS QUE TENGO DERECHO, YA QUE A LA FECHA CONTINUO INCAPACITADO Y COMO COMPRENDERAN ME ENCUENTRO MUY PREOCUPADO PUES SOY CABEZA DE FAMILIA (ESPOSA Y DOS HIJOS QUIENES SE ENCUENTRAN ESTUDIANDO) Y TENGO QUE RESPONDER POR TODO LO CONCERNIENTE A LAS OBLIGACIONES DE UN HOGAR.
AGRADEZCO SU VALIOSA Y OPORTUNA COLABORACION.
CORDIAL SALUDO
EDUARDO SALINAS
C.C. N° 79 483