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Contabilidad y AuditorÃa del Valor Razonable: una visión actual y globalConferencista: Dr. Samuel Alberto Mantilla
Duración: 43 minutos
Este es un tema polémico y poco convencional: ver la contabilidad desde un punto de vista alternativo pero absolutamente práctico. En esta charla entre actualicese.com y el Dr. Mantilla se vislumbra la importancia de este tema en el futuro de nuestra profesión. Recomendada!
Regulación Contable en ColombiaConferencista: Dr. Hernán RodrÃguez
Duración: 50 minutos
Una de las más interesantes charlas que hemos publicado, llena de datos técnicos y curiosidades alrededor de la contabilidad. Una visión del presente y del futuro de nuestra profesión, enmarcada en la globalización e internacionalización.
3 Conferencias sobreReflexiones del Dr. Jose Hernando Zuluaga - CEO de actualicese.com - sobre los procesos de modernización de la profesión, las obligaciones del CP y los retos que enfrentará en el futuro.
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6 Conferencias sobre Declaración de Renta Año Gravable 2007
¿Que tener en cuenta para reportar Información Exógena Tributaria?
Ana C. Quiero agradecer a todo el personal de actualicese por la preocupacion de nuestro saber y de tener a los contadores actualizados para mi personalmente ha sido de gran ayuda Dios les bendiga su grupo y empresa, quiero tener un poco mas de informacion en Declaracion de renta personas naturales no obligados a llevar contabilidad, respecto a las reteciones efectuadas por terceros. Los Amo y un feliz dia y semana
Contribuyente desesperado,
Por primera ves tengo que presentar declaración de renta este año, debido a una herencia recibida en Noviembre de 2007 y me dicen que tengo que pagar ganancias ocasionales; como los bienes suman $190.000.000 me dicen que tengo que pagar el 33%, yo no voy a poder pagar esa plata en Junio cuando presente la declaración. Entonces pregunto si me pueden decir cuanto tendré que pagar y si puedo pagar en cuotas y a cuantos años. También quiero saber si lo que se pago para poner los bienes en orden con el estado, cancelacion de hipotecas, impuestos atrasados, registro, beneficencia, etc, se puede restar del valor herencial.
Muchas gracias
Señor Néstor Amaya:
Revise fecha en que quedó ejecutoriada la sentencia que aprueba la partición o adjudicación. Verifique el valor que tenÃan los bienes en la declaración del causante. Suponiendo que tenga que declarar por el año gravable 2007, a los ingresos por ganancias ocasionales podrÃa restarle 1200 UVT por estar exentas de impuesto y para establecer la ganancia ocasional gravable tener en cuenta que las primeras 1200 UVT se encuentran gravadas con tarifa cero (0%).
La tarifa a aplicar será del 34% si la ganancia ocasional gravable se ubica en el último intervalo de la tabla. Respecto de un posible acuerdo de pago con la DIAN, esto no lo exonera de los intereses los cuales actualmente son menos onerosos si se endeuda con una entidad financiera, aún cuando hay mejores alternativas financieras.
Jorge DomÃnguez, C.P.
Para contribuyente deseperado:
La DIAN no acepta que las ganacias ocasionales se afecten con costos. Lo que se puede restar es la parte exenta de dicha herencia pero aún asà le va a tocar pagar una suma importante de impuesto. Le recomiendo que se obtenga por lo menos dos opiniones profesionales antes de tomar una decisión sobre qué hacer. Y ante todo no vaya omitir declarar porque empeorarÃa la situación. Es preferible declarar y dejar pendiente el pago que agregarle al problema una sanción por extemporaneidad o por no declarar. El impuesto de renta de las personas naturales no se puede pagar en cuotas pero en un momento dado se puede llegar a un acuerdo de pago con la DIAN.
Carlos Diaz.
Para contribuyente desesperado:
Es importante se tenga en cuenta la clase de bienes que recibio en la herencia, para asi poder determinar la ganancia ocasional, pero si dado el caso fueron bienes diferentes a dinero, tiene que tener muy presente el articulo 303 del Estatuto Tributario, el cual es favorable al que recibio la herencia, por cuanto, para determinar la ganancia ocasional no se toma el valor de la particion si no el valor que tenian esos bienes en la declaracion de renta del causante, lo cual hace bajar el valor de la ganancia ocasional y por ende el impuesto. Le transcribo el mencionado articulo
ArtÃculo 303. Cómo se determina su cuantÃa.
Su cuantÃa se determina por el valor en dinero efectivamente recibido. Cuando se hereden o reciban en legado especies distintas de dinero, el valor de la herencia o legado, es el que tengan los bienes en la declaración de renta y patrimonio del causante en el último dÃa del año o perÃodo gravable inmediatamente anterior al de su muerte.
Cuando se reciban en donación especies distintas de dinero, el valor es el fiscal que tengan los bienes donados en el perÃodo gravable inmediatamente anterior.
Cuando los bienes se hubieren adquirido por el causante o donante durante el mismo año o perÃodo gravable en que se abra la sucesión o se efectúe la donación, su valor no puede ser inferior al costo fiscal.
Señores
Actualicese
Estimados señores
En el cuadro de excel: valorizacion de bienes inmuebles, de las personas no obligados a llevar contabilidad, me parece que la columna I ” COSTO FISCAL AJUSTADO AL 31 DIC -2006 ” CORRESPONDE AL COSTO FISCAL AJUSTADO AL 31 DIC 2007
Atentamente
Jorge E. Rodriguez Conde
Traté de abrir, y no abrio, el modelo del anexo de bienes raices en DR 2007, de personas naturales no obligada a llevar contabilidad. ¿Que será, que problema resultaria, o es que ya no está disaponible?