Ya hace varios a帽os que la DIAN, sin que las normas superiores se lo exijan (es decir, sin que los art铆culos 623 a 631-1 del ET lo contemplen), ha estado exigiendo que en sus reportes de Informaci贸n Ex贸gena Tributaria anual se le reporte, como un item obligatorio, el dato de la 鈥渄irecci贸n del tercero鈥, el cual quedar铆a junto a los dem谩s datos b谩sicos de dicho tercero (nombres, apellidos, raz贸n social y nit).
Al respecto, es importante cuestionar si en verdad es necesario que el referido dato de la direcci贸n urbana del tercero, sea un dato que se tenga que exigir en el caso de la totalidad de los terceros que se incluyan en los reportes que se hacen a la DIAN.
En efecto, es poco entendible pensar para qu茅 le puede servir a la DIAN el que le reporten las direcciones de correo urbano de terceros que son personas jur铆dicas o naturales que ya tienen NIT, es decir, que ya est谩n inscritas en el RUT administrado por la DIAN; RUT en el cual es obligatorio que el tercero haya reportado su direcci贸n.
Incluso, hasta es posible que cuando se le hacen los reportes de informaci贸n ex贸gena a la DIAN, el reportante cumpla con reportar la direcci贸n que ten铆a el tercero en la fecha de cu谩ndo se hicieron operaciones econ贸micas con 茅l, pero que dicho tercero, para la fecha en que se entregar谩 el reporte, ya haya ido a la DIAN a cambiar la direcci贸n por una m谩s reciente (en ese caso no habr谩 ni siquiera 鈥渃ruce de informaci贸n鈥 y no ser谩 culpa del reportante pues el reportante no est谩 obligado a darse cuenta de los cambios de direcci贸n que el tercero haya hecho en fechas posteriores a aquella en que se hicieron las operaciones econ贸micas con el mismo.).
Por consiguiente, quedar铆a claro que las 煤nicas direcciones urbanas para ubicaci贸n de los terceros que le pueden ser 煤tiles a la DIAN son las que se le reportan sobre terceros que sean personas naturales y que no est茅n inscritas en el RUT (ejemplo, un tercero a qui茅n se le compr贸 bienes excluidos del IVA o a qui茅n le prestamos dinero o de qui茅n recibimos prestado dinero. De igual manera, a qui茅n le hicimos ventas. Casos en los que no hay obligaci贸n de figurar en el RUT).
A esas personas naturales es a las que luego la DIAN las podr谩 rastrear como omisas por su no cumplimiento con las obligaciones tributarias y por tanto, aprovechando las direcciones de correo urbano que le hicieron llegar en los reportes de informaci贸n ex贸gena, la DIAN les har谩 llegar cartas para invitarlos a declarar o para emplazarlos por no declarar
Pero incluso esas direcciones que se le reportan a la DIAN sobre esos terceros personas naturales que no est谩n inscritos en el RUT pueden no ser 煤tiles para la DIAN, pues si el tercero persona natural se cambia de direcci贸n despu茅s de la fecha en que se hicieron las operaciones econ贸micas de la DIAN, entonces hasta la DIAN va a perder el env铆o de la correspondencia que antes mencionamos. En esos casos s贸lo le queda a la DIAN avisarles de sus obligaciones tributarias mediante avisos en peri贸dicos regionales o nacionales (ver art.565 y siguientes del ET).
Como vemos, la DIAN podr铆a ahorrarnos bastante cantidad de tiempo de trabajo en el proceso del suministro de informaci贸n ex贸gena si limitara su exigencia del dato de la direcci贸n del tercero solo para cuando dicho tercero sea una persona natural que no tenga nit, es decir, las no inscritas en el RUT.
***
Actualidad:
Recibe semanalmente la información Contable y Tributaria más actualizada.
Contabilidad y Auditor铆a del Valor Razonable: una visi贸n actual y globalConferencista: Dr. Samuel Alberto Mantilla
Duraci贸n: 43 minutos
Este es un tema pol茅mico y poco convencional: ver la contabilidad desde un punto de vista alternativo pero absolutamente pr谩ctico. En esta charla entre actualicese.com y el Dr. Mantilla se vislumbra la importancia de este tema en el futuro de nuestra profesi贸n. Recomendada!
Regulaci贸n Contable en ColombiaConferencista: Dr. Hern谩n Rodr铆guez
Duraci贸n: 50 minutos
Una de las m谩s interesantes charlas que hemos publicado, llena de datos t茅cnicos y curiosidades alrededor de la contabilidad. Una visi贸n del presente y del futuro de nuestra profesi贸n, enmarcada en la globalizaci贸n e internacionalizaci贸n.
3 Conferencias sobreReflexiones del Dr. Jose Hernando Zuluaga - CEO de actualicese.com - sobre los procesos de modernizaci贸n de la profesi贸n, las obligaciones del CP y los retos que enfrentar谩 en el futuro.
* Para participar en estas conferencias (que incluyen sesiones de preguntas y respuestas) debes ser suscriptor del Servicio de Actualizaci贸n Permanente.
6 Conferencias sobre Declaración de Renta Año Gravable 2007
¿Que tener en cuenta para reportar Información Exógena Tributaria?
MUY BUENO EL APORTE, PERO DISCREPO DE SU OPINION, PORQUE EL TRABAJO DE SUMINISTRAR LA INFORMACION DE DIRECCIONES DE TERCEROS PRECISAMENTE SE ENCUENTRA EN LOS TERCEROS PERSONAS NATURALES QUE NO TIENEN REGISTRO EN EL RUT.
DESDE QUE IMPLEMENTARON LA OBLIGACION DE EXIGIR COPIA DEL RUT, EN LA MAYORIA DE LAS APLICACIONES CONTABLES (SOFTWARE) Y DE LAS COMPA脩脥AS REPORTANTES, SE HAN ACTUALIZADO DICHAS DIRECCIONES; POR ESO EN ESTE CASO SER脥A MAS F脕CIL REPORTAR DICHAS DIRECCIONES.
EN CAMBIO EN EL CASO DE LAS PERSONAS NATURALES QUE NO SE ENCUENTREN REGISTRADAS EN EL RUT ES MUY DIF脥CIL EXIGIRLES EL SUMINISTRO DE SU INFORMACI脫N PERSONAL (DIRECCION, TELEFONO, ETC) PORQUE SON MUY REACIAS A ESTO (POR CUESTIONES DE SEGURIDAD? POSIBLEMENTE)
ES USTED EMPLEADO DE LA DIAN?
Estoy totalmente de acuerdo, pero tambi茅n hay que ver que s贸lo colocar las direcciones de las personas naturales sin RUT, nos ahorrar铆a algo de tiempo.
No encuentro ninguna discrepancia al comentario del autor. Lo que este quiere mencionar, precisamente es que esas direcciones que estamos reportando pueden, o no; ser 煤tiles para la Administraci贸n. No se le olvide que algunos formatos se reportan incluyendo la direcci贸n de todos los terceros con quienes se produjo relaciones comerciales, ya sean personas naturales o jur铆dicas.
Este comentario me lleva a decirles mi pensamiento acerca de la informaci贸n ex贸gena: los contadores p煤blicos solo debemos estar pendientes de la exactitud monetaria y realmente legal de dicha informaci贸n, pero no el de sentarnos a hacerla, eso le corresponde a otros funcionarios o esesores de la empresa. En cuanto a las direcciones lo que pasa es que la Dian pretende ser mas papista que el papa. Insisto en que la informaci贸n ex贸gena no deber铆a presentarse por parte de todas las personas jur铆dicas sino por parte de los grandes contribuyentes que son los que al fin de cuentas realizan operaciones con una gran cantidad de personas que permiten el cruce que quiere la Dian. Cada que llega esta 茅poca me siento en los a帽os 70 u 80 cuando hab铆a que llevar a la Dian la declaraci贸n con todos los anexos, en esa 茅poca en papel hoy en una USB o medios virtual. No avanzamos sino que retrocedemos. Los funcionarios de la Dian lo que deben hacer es m谩s visitas a las empresas y averiguar lo que deban averiguar.
Le hacemos el trabajo a la DIAN????
La verdad es que es muy desgastante sobretodo cuando se diligencian los formatos que tienen que ver con el IVA y las Retenciones y s茅r铆a mucho mas 煤til y menos tedioso si solo tuviese que informarse lo que la DIAN necesita.
Siempre me he preguntado si realmente funciona la informaci贸n que se le reporta a la DIAN. Este interrogante porque pienso que a la gran mayor铆a de los que han superado los topes para estar obligados a declarar, la DIAN ha hecho poco o nada. En una de las empresas que asesoro por lo menos 20 personas superaron los topes en el a帽o 2005, y hasta la fecha nada ha pasado. Entonces se justifica tantos trasnochos de los contadores para cumplir con el envio de la informaci贸n ex贸gena?
Estoy haciendo el informe de exogena del 2007, tengo una empresa instaladora de gas que hace pagos a por servicios, se hace las retefuente, el reteica y se calcula el reteiva. Pero:
1. Los beneficiarios no tienen RUT
2. Durante 3 a帽os no se ha entregado la informacion exogena
3. No tenemos nombres completos ni direcciones de los beneficiarios de los pagos.
Preguntas:
1. Debo presentar informacion exogena de los a帽os no reportados?
2. Hay sancion por no haberla presentado en a帽os anteriores?
3. Puedo relacionar los beneficiarios de los pagos con el numero de la cedula?
Agradezco sus comentarios, sugerencias y colaboracion.
LO QUE ESTA SUCEDIENDO ES QUE LOS EMPLEADOS DE LA DIAN NO ESTAN REALIZANDO EL TRABAJO QUE SE LES ENCOMENDO,
NOSOTROS TENEMOS QUE ENVIAR LA DIRECCION DE LOS TERCEROS CON LOS CUALES HEMOS HECHO TRANSACCIONES COMERCIALES,
TENEMOS UN RUT, PERO LA DIRECCION QUE REPORTAMOS ES LA DE DICHO RUT,
QUE SECEDE SI ESTA PERSONA CAMBIO DE DIRECCION, LOS EMPLEADOS ENCARGADOS DE LA DIAN NO SE TOMAN LA MODESTIA DE OBSERVAR LA DIRECCION, PARA ENVIAR REQUERIMIENTO. SOLO SE BASAN EN NUESTRA INFORMACION ENVIADA.
SI NOSOTROS TUVIERAMOS LA BASE DE DATOS DE LA DIAN SEGURO LA BUSCARIAMOS PARA PASAR LA INFORMACION.
CREO QUE NOS CONVIRTIERON EN EMPLEADOS PERO SIN REMUNERACION,
PERO SI NO PRESENTAMOS QUE 篓SUCEDE?
para hernando
como es un requisito indispensable la DIAN lo sanciona por no haber enviado esa informacion
SI TENEMOS EN CUENTA LA LEY 962 DEL 8 DE JULIO DE 2005 “LEY ANTITR脕MITE”, EN SU ART脥CULO 44 INFORMACI脫N SOBRE CONTRIBUYENTES. SE PUEDE LEER:”…LA ADMINISTRACI脫N TRIBUTARIA NO PODR脕 REQUERIR INFORMACI脫N Y PRUEBAS QUE HAYAN SIDO SUMINISTRADAS PREVIAMENTE POR LOS RESPECTIVOS CONTRIBUYENTES…” CLARAMENTE SE PUEDE OBSERVAR QUE SI EN LOS A脩OS ANTERIORES SE SUMINISTRO LA DIRECCION DE UN TERCERO EL CUAL SE LO TENGA QUE INFORMAR EN ESTE A脩O, SEGUN ESTA LEY NO NOS ENCONTRAMOS OBLIGADOS A VOLVER A SUMINISTRAR DICHA INFORMACI脫N, YA QUE EL NO HACERLO SEGUN LA LEY 962 EN CASO DE QUE LA DIAN SOLICITE INFORMACI脫N YA SUMINISTRADA “EL PARTICULAR PODR脕 ABSTENERSE DE PRESENTARLA SIN QUE HAYA LUGAR A SANCI脫N ALGUNA POR TAL HECHO”
estoy de acuerdo con los comentarios a cerca de la direccion a reportar, ya que muchas veces podemos reportar direcciones inexistentes o anteriortes a la del tercero, el tercero por lo general no informa los cambios de direccion, y si lo hace en la dian no envia de inmediato la actualizacion del rut y en el software lo tenemos grabado con la primera direccion
La informacion que solicita la Dian, es importanten para ubicar y practicar las auditorias que realiza la misma Dian, adem谩s la Dian, comparte esta informaci贸n con otros entes como es el caso de la SECRETRIA DISTRITAL DE HACIENDA, con el fin de ubicar los contribuyentes y cruzar la informaci贸n suministrada por la Dian.
Para los colegas contadores que trabajan en el sector privado es un poquito m谩s de trabajo, pero hoy en dia los sistemas contables permiten actualizar facilmente la informacion de los clientes o proveedores.