Según lo dispuso el inciso 2do. del Artículo 18 de la Resolución DIAN 12690 de Octubre de 2007, a partir del próximo 27 de mayo de 2008 se empezarán a vencer los plazos (que transcurrirán hasta el 21 de agosto del mismo año) de la entrega del Formato 1002.
Personas naturales, Sucesiones Ilíquidas y Personas Jurídicas que durante el 2007 actuaron como agentes de Retención en la Fuente por cualquier concepto.
Y cuando nos referimos a “cualquier concepto” involucramos los que se hagan a título de renta, o a título de IVA al Régimen común, o a título de IVA al Régimen simplificado, o título de timbre, etc.), .
Además, no importa ningún requisito adicional especial para que opere la obligación: no importa el monto de los ingresos o patrimonio a diciembre de 2006, ni tampoco si sólo empezó operaciones durante el 2007, etc..
Recibe semanalmente la información Contable y Tributaria más actualizada.
Programación, preguntas frecuentes e información detallada
La Propiedad Intelectual y sus repercusiones en el ámbito Contable y Tributario
Conferencista: Dr. John Restrepo - Abogado Especialista en Derecho Marcario y Propiedad Intelectual
Duración: 30 minutos
Cuando se liquida una sociedad, ¿a quien se le paga primero? - Todo sobre la Prelación de Créditos y su Pago
Conferencista: Dr. Alexánder Coral- Líder de Investigación Legal - actualicese.com
Duración: 42 minutos
¿Cómo ven la Contaduría Pública los estudiantes?
Expositor: Dr. Jose Hernando Zuluaga
Duración: 1 hora 13 minutos
Hilos Conductores para el Contador Público del Futuro
Expositor: Dr. Jose Hernando Zuluaga
Duración: 2 conferencias de
Lo legal y lo ilegal en la contratación del Servicio Doméstico
Conferencista: Dr. Alexánder Coral- Líder de Investigación Legal - actualicese.com
Duración: 48 minutos
Contabilidad y Auditoría del Valor Razonable (2 Conferencias)
Conferencista: Dr. Samuel Alberto Mantilla
Duración: 1 hora 30 minutos (repartidos en 2 partes)
Señores Actualicese,son muchas las responsabilidades y muchos los detalles que hay que tener en cuenta en cada año gravable, cada aporte permanente de ustedes, siempre es oportuno; ademas de excelente e inigualable. ¡Gracias!!
Equipo de Actualicese, gracias por estar pendiente de cada responsabilidad contable,tributaria, laboral, contractual en que se ve inmersa la pequeña empresa colombiana.
ME ATREVERIA A PENSAR QUE “EL QUE NO CONOCE LA HISTORIA ESTÁ CONDENADO A REPETIRLA” PERO EL QUE NO VISIONA EL FUTURO NO SABE DONDE ESTÁ” GRACIAS POR SER Y ESTAR FELICITACIONES.
tengo una duda, en la empresa donde trabajo se presentaron los medios magneticos en abril incluyendo el formato 1002, mi duda es, hay que volver a presentar el formato 1002???
les agradezco quien me pueda aclarar esta duda.
Gracias.
El formato 1002 si ya lo presentaste dentro de los demas formatos de la resolución 12690, ya no debes volver a reportarlo.
Los plazos que se señalan a partir de mayo/2008 son solo para aquellos que por ingresos y/o patrimonio no son superiores a 1.500.000.000 y que en el año gravable 2007 hayan realizado retenciones en la fuente por cualquier concepto.
PARA YULY… LA INFORMACION EN MEDIO MAGNETICO PARA ENTIDADES OBLIGADAS A PRESENTAR VARIOS FORMATOS YA FUE PRESENTADA COMO DONDE TU TRABAJAS, LOS PLAZOS QUE VIENEN ES SOLO PARA AQUELLOS QUE ASI NO TENGAN LOS TOPES HICIERON ALGUN TIPO DE RETENCION Y SOLO PRESENTAN EL FORMATO 1002. POR TANTO LA EMPRESA YA CUMPLIO CON SU OBLIGACION.
los contadores publicos que prestan servicios profesionales deben presentar este formato?
pregunta para alonso diaz.
¿Soy persona natural regimen comun, y le retengo a regimen simplificado, y, presento declaracion de renta en papel, esta informacion del formato 1002, se puede hacer en un formato de papel?.
Gracias.
Yuli no ustedes ya cumplieron con el deber de informar las retenciones practicadas a titulo de renta para el 2007 en el formato 1002 no tienen que informarlas nuevamente.
Adelaida y Nidia, Deben presentar este formato todo aquel que hubiese efectuado retenciones a titulo de Renta en el año gravable 2007, de forma virtual no se puede hacer en forma litografica es decir tienen que tener mecanismo de firma digital.
Agradezco cada información que me suministran. Son la mejor imagen que tenemos en el mercado. Felicitaciones
GRACIAS ACTUALICESE POR ESTAR TAN PENDIENTES DE TODAS LAS RESPONSABILIDADES DE LAS EMPRESAS LA GUIA QUE NOS SUMINISTRAN ES INMEJORABLE
UN SALUDO MUY ESPECIAL A TODO EL GRUPO DE ACTUALICESE FELICITACIONES
Como siempre la Información Suministrada por su portal es muy oportuna. Gracias por estar al día para nosotros los CP.
ALONSO Y DANIEL, MUCHAS GRACIAS POR SUS ACLARACIONES.
LES AGRADEZCO.
adelaida lainformacion exogena no se puede presentar sino en medio magneticos doris
Para todos especialmente para Daniel:
El formato 1002 no solamente se presenta de manera virtual, tambien se puede hacer de manera presencial.Lo que se utiliza es un medio magnético USB, CD.
Es decir, quien presenta sus declaraciones por internet, por ahí mismo presenta el formato 1002. Quienes nó, lo hacen en la Dian directamente en un medio magnético.
Espero aclaren sus dudas.
yo tambiem felicito a actualicese por la informacion tan valiosa que nos suministra nos sirve de mucha syuda insisto un poco en saber mas a fondo sobre la manera de entregar la informacion exogena en forma virtual espero pronta respuesta saludos y muchos exitos