De conformidad con lo que se había establecido en la resolución 3975 expedida en octubre 31 de 2007 por el Ministerio de la protección social, en marzo 1 de 2008 se venció el plazo para que los pequeños aportantes (es decir, empresas con menos de 20 trabajadores) y los trabajadores independientes, que no hayan hecho sus afiliaciones a los fondos de pensiones y por tanto pagaban solamente aportes a salud y utilizando planillas en papel, cumplieran entonces con hacer tales afiliaciones y de esa forma puedan entrar a hacer uso obligatorio de la PILA.
Al respecto, es necesario recordar que fue con el artículo 1 del decreto 1931 de junio 12 de 2006, cuando se estableció que para cuando llegara abril de 2007 todas las empresas y personas naturales que deben hacer aportes a la seguridad social y parafiscales terminarían su proceso de entrar a utilizar obligatoriamente la PILA y abandonar las planillas en papel (consulta nuestro anterior editorial “Todos a utilizar la PILA”).
Pero luego, con el artículo 3 del decreto 1670 de mayo 14 de 2007 se dispuso que los pequeños aportantes y los trabajadores independientes, en forma gradual y según el número de su nit, tendrían hasta el 1 de septiembre de 2007 para empezar a utilizar obligatoriamente la PILA, fuese en su versión “electrónica” (es decir, por Internet) o en su versión “asistida” (llamando por teléfono, y recibiendo una clave que se utilizaría para ir y pagar en un formato de consignación especial ante los bancos).
Sin embargo, como el uso de la PILA implica pagar en un solo acto todos los aportes que le corresponda a cada aportante (por ejemplo a quienes cotizan como trabajadores independientes se les exige pagar salud y pensiones), lo que sucedía era que muchos aportantes (en especial los trabajadores independientes), no se habían afiliado a los fondos de pensiones y por eso la PILA no les dejaba pagar un solo aporte (aporte a salud).
En consecuencia, cuando los plazos del artículo 3 del decreto 1670 de mayo de 2007 se estaban cumpliendo, el propio Ministerio de la Protección social expidió su circular 046 de julio 30 de 2007 en la que indicó que tales plazos se ivan a entender como prorrogados por dos meses más para dar así tiempo de que quienes no se hallaban afiliados a los fondos de pensiones, tuvieran oportunidad de afiliarse y de esa forma hacer el pago conjunto de todos sus aportes (salud y pensión) en la PILA. Al darse ese mayor tiempo, quienes no tenían afiliación a pensiones, podrían seguir usando planillas en papel para pagar solamente su aporte a salud.
Eso significó entonces que el último plazo indicado en el artículo 3 del decreto 1670 de 2007, fijado para 1 de septiembre de 2007, se entendía prorrogado hasta noviembre 1 de 2007. Pero en octubre 31 de 2007 fue cuando de nuevo se dio la ampliación que comentamos en el primer párrafo de este artículo.
Sobre lo anterior, lo que ha quedado manifiesto es que son los trabajadores independientes los que han provocado todas estas prórrogas pues muchos de ellos no se afilian a los fondos de pensiones no porque no tengan conocimiento sobre cómo hacerlo o porque no tengan el tiempo para hacerlo, sino porque no tienen la capacidad económina para pagar hoy día, y como mínimo, un 28,5% sobre un salario mínimo (461.500 x 28,5%=$132.000) que es lo que les exigen la norma vigente.
(Nota: el aporte a salud pasó de 12 a 12,5% con la ley 1122 de enero de 2007, mientras que el aporte a pensiones pasó de 15,5 a 16% con el decreto 4982 de diciembre 27 de 2007; pero es importante recordar que el aporte a pensiones no solo es para una futura pensión de vejez, sino que también cubre eventualidades más inmediatas como la invalidez o la muerte por lo cual sí conviene tener dicha afiliación a los fondos de pensiones).
Fue por ello entonces que coincidiendo con los aplazamientos otorgados por el Ministerio de la Protección Social para que estas personas utilicen obligatoriamente la PILA, en el Congreso se discutió el proyecto de ley 26/07C radicado en julio de 2007 y con el cual los pensionados de pequeños ingresos no asumirían el incremento del 0,5% en cotizaciones a salud que se produjo desde enero de 2007 con la ley 1122 de enero de 2007 (ver art.1 del proyecto), y para que a los trabajadores independientes de pequeños ingresos (ingreso mensual inferior a 1 salario mínimo mensual) no se les exigiera cotización obligatoria a fondos de pensiones (ver art.2 del proyecto).
Sin embargo, ese proyecto sí fue discutido y aprobado en el Congreso en dic de 2007, pero el Gobierno nacional lo devolvió al Congreso en enero de 2008 ya que el Gobierno no estuvo de acuerdo en las modificaciones que se le hicieron al artículo 1 del proyecto (el Congreso terminó aprobando que ningún pensionado asumiría el 0,5% de incremento en cotizaciones en salud, pero el Gobierno solo quería exonerar a los pensionados de pequeños ingresos; véase el diario oficial 46861 de enero 4 de 2008 para conocer el texto aprobado por el Congreso y las objeciones del Gobierno).
En todo caso, aun si lo aprueban, ello no quiere decir que los trabajadores independientes con pequeños ingresos podrían seguir utilizando planillas en papel para pagar solamente sus aportes a salud. Tal aporte a salud lo tendrían que hacer solamente a través de la PILA (en forma electrónica o asistida), pues lo único que se haría en la PILA es eliminar la restricción de exigirles pago de pensiones junto al pago de salud. Como quien dice, es mejor que todo trabajador independiente que aun no lo haya hecho se capacite en lo que implica el uso de la PILA, ya sea en forma electrónica o en forma asistida.
Así, hemos llegado entonces al mes de marzo de 2008 y como el proyecto de ley 26/07C no se ha convertido en ley, y el Ministerio de la Protección Social no ha dado más prórrogas, la situación que enfrentarán los pequeños aportantes y los trabajadores independientes que aun vengan haciendo aportes en planillas de papel es que desde este mes en adelante no podrán seguir utilizando tales planillas en papel, pues debieron haber cumplido con afiliarse a los fondos de pensiones y empezar a hacer entonces sus pagos a la seguridad social y parafiscales utilizando únicamente la PILA (en forma electrónica o en forma asistida).
Al respecto, es importante comentar que en relación con el uso de la opción de la PILA “asistida”, recientemente se informó que por convenio entre los “Operadores de información” (que son quienes administran los datos diligenciados en la PILA) y las Cajas de compensación, esa opción de PILA asistida se podrá efectuar en los distintos supermercados de cadena que existen en el país y sin costo adicional para los aportantes (consulta una noticia de feb 5 de 2008 al respecto).
Y más importante aun es comentar que recientemente el Ministerio de la Protección Social anunció que mediante cruces de información con la DIAN y otras entidades, se ha podido establecer que cerca de 12.000 trabajadores independientes con altos ingresos (entre los que se encuentran magistrados, consultores, y ojalá no haya revisores fiscales ni contadores pues ellos mismos certifican que en las empresas la seguridad social de las empresas sí hasta al día…) han terminado evadiendo cerca de 300 mil millones de pesos a la seguridad social pues cotizan sobre bases muy inferiores a las que en verdad les corresponde.
Y que incluso las empresas que los contratan se entienden como cómplices de ellos por no estar cumpliendo con la norma que les exige vigilar que sus contratistas trabajadores independientes sí efectúen correctamente las cotizaciones a seguridad social (consúltese noticia de febrero 26 de 2008 en el diario el Tiempo y también nuestros anteriores editoriales “¿Cuál es la base para que los Revisores Fiscales y Contadores independientes efectúen sus aportes a la seguridad social?” y Lista de chequeo sobre asuntos laborales de su empresa).
Y esta detección en la evasión a los aportes de la seguridad social y parafiscales se seguirá efectuando gracias al nuevo Sistema Integral de Información de la Protección Social (Sispro), una poderosa bodega de datos administrada por el Ministerio de la Protección Social.
Al respecto, aunque existen normas en el Código Civil que indican que la oportunidad que tendrían las administradoras de la seguridad social para cobrar esos valores dejados de cancelar prescribe después de cierto tiempo, el Ministerio de Protección Social tiene su opinión de que, por tratarse de recursos de carácter parafiscal, tales deudas no prescriben en el tiempo y en consecuencia, así se estén adeudando aportes mal pagados de hace 20 años atrás, las EPS, Fondos de Pensiones y ARP pueden iniciar el proceso de cobro de tales valores adeudados en cualquier momento.
Y seria obvio entonces que si cada una de las entidades administradoras de la seguridad social y parafiscales tienen todavía la oportunidad de hacer cobros por ciertos aportes que no se hayan hecho o se hayan hecho mal, eso implicaría que en la PILA tendrán que hacer ajustes para que se permita la liquidación parcial de esos pagos no realizados o realizados incorrectamente. Si no se hace de esa forma, significaría que junto a la PILA tendrían que dejar coexistir las planillas en papel para poder hacer esos pagos individualizados de liquidaciones anteriores no realizadas o mal efectuadas.
En resumen, parece que el 2008 será el año del ajuste en cintura para todos los trabajadores independientes y sus cotizaciones a la seguridad social en salud. Pero en todo caso queda claro que sí es muy necesario que Gobierno y Congreso tramiten pronto la exoneración de la cotización obligatoria en pensiones para los trabajadores independientes de pequeños ingresos pues de lo contrario tales trabajadores independientes preferirán no cotizar ni siquiera a salud (lo cual sería gravoso para ese subsistema) y tampoco tendrán la intención de irse al SISBEN (del cual se quejan la mayoría) escenario entonces que perjudicará a una gran cantidad de colombianos que actualmente trabajan justamente como trabajadores independientes.
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Modalidad: Conferencia de 42 minutos
Conferecista: Dr. Alexander Coral
Material Incluído: Diapositivas, Video, MP3
Tema: Cuando una empresa entra en una liquidación o en un plan de salvamento comercial, los primeros afectados son los proveedores a quienes se les debe dinero. Y muchas veces no sabemos a quien priorizar.Afortunadamente, las normas vigentes plantean salidas claras mediate la Prelación de Créditos.
¿Cómo ven la Contaduría Pública los estudiantes?
Expositor: Dr. Jose Hernando Zuluaga
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Hilos Conductores para el Contador Público del Futuro
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Lo legal y lo ilegal en la contratación del Servicio Doméstico
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3 Casos prácticos para la Declaración de Renta 2007 de Personas Naturales
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Contabilidad y Auditoría del Valor Razonable (2 Conferencias)
Conferencista: Dr. Samuel Alberto Mantilla
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LES CUENTO A MIS COLEGAS,QUE LA PILA PARA INDEPENDIENTES FUE APLAZADA HASTA MAYO, AYER LOS BANCOS ESTABAN YA RECIBIENDO LOS PAGOS DE MARZO EN PLANILLAS. YO PAGUE LOS MIOS.ASI QUE ESO TODAVIA NO SE VA A DAR POR AHORA. NO HAY QUE CORRER A PAGAR PENSION PORQUE NO SE HA DADO ,FUE APLAZADO .ASI QUE CORRIJAN USTEDES TAMBIEN LA INFORMACION. Y MANEJO PEQUEÑAS EMPRESA QUE TAMBIEN SE PAGO LA EPS.SIN PENSION. GRACIAS.
Uy, que pena elías. En tu comentario dices “MANEJO PEQUEÑAS EMPRESA QUE TAMBIEN SE PAGO LA EPS.SIN PENSION.”. Eso es una declaración de que eres o un rotundo evasor de la seguridad social o que desconoces gravemente las normas sobre seguridad social, pues en el proyecto de ley que mencionaron en el artículo se ve claramente que es A LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES (y que sean de pequños ingresoso) a los que se les va a exonerar de pagar pensiones. Pero en el caso de las “pequeñas empresas”, esas empresas, por tener a su cargo a empleados, a esas “pequeñas empresas” nunca se les ha contemplado la posibilidad de que no cotizen a las pensiones de sus empleados. Pienso que eres lo primero que supuse: un grave evasor de la seguridad social y por tanto deberías renunciar a ser el “manejador de las pequeñas empresas”
SOY AMIGO Y COLEGA DE MI AMIGO ELIAS SOTO MALDONADO, EL CUAL VIAJO HOY A MIAMI, EL ES UN GRAN PROFESIONAL, EL NO EVADE EL PAGO DE PENSION DE NINGUNA INDOLE ,EL MANEJA DOS EMPRESAS PEQUEÑAS DE TANTAS DE LA LLEVA, PERO LAS DOS SON FAMILIARES DE SEÑORES Y SEÑORAS MAYORES QUE YA ELLOS NO ESTAN EN LA EDAD DE PAGAR PENSION. EL SABE .UNO EN LA VIDA TIENE QUE ACTUAR CON PRUDENCIA,SABER DECIR LAS COSAS, Y MAS EN ESTE PAIS QUE CUALQUIER COSA QUE UNO DIGA MALA DE OTRA PERSONA , PUEDE APARECER CON LA BOCA LLENA DE MOSCAS……. Y QUIEN SABE QUE CONTADOR DE PACOTILLAS ERES Y ME IMAGINO QUE SERAS UN DESEMPLEADO MAS DE ESTE PAIS .GRACIAS ASI QUE NO OFENDAN .PORQUE ESTE ES EL PAIS QUE NO SE PERMITEN LAS OFENSAS. GRACIAS MIS COLEGAS. LO QUE SI PIDO ES LUCHAR PARA QUE UNA PERSONA INDEPENDIENTE Y UNA EMPRESA PEQUEÑA DE PERSONA MAYORES DE 50 MUJERES Y HOMBRES 55 .NO PAGUEN PENSION PORQUE ES ABSURDO. GRACIAS
El anonimo que maltrata a Elias, y Ralpy que defiende a elias hacen unos comentarios de mal gusto y agresivos.
Colegas: pienso yo que no se trata de agredirnos, al contrario, deberiamos pensar como grupo y enriquecernos mutuamente. Evitemos la agresion en este pais tan violento.
En la universidad me enseñaron: PRIMERO SER PERSONA Y LUEGO PROFESIONAL.
Elias: Yo entiendo que el proyecto de ley que busca la exoneracion del pago de pensiones, es unicamente para trabajadoras de menores ingresos unicamente.
SI ES CIERTO LA PILA FUE APLAZADA PARA MAYO, EL PAGO ELECTRONICO O PLANILLA ASISTIDA LOS BANCOS ESTAN ACEPTANDO PAGOS DE MARZO. EN PLANILLAS NORMALES DE LAS EPS .GRACIAS
HOLA, ME PARECE EL COLMO QUE EL GOBIERNO SIGA PENSANDO QUE LOS INDEPENDIENTES TENGAN QUE CANCELAR PENSIONES SI LA GENTE NO PUEDE CON $ 57.700 QUE CORRESPONDE A SALUD Y AHORA SUMARLE A ESTE VALOR $ 73.840.
POR FAVOR AYUDENMOS A QUE ESTE ABUSO NOS PERJUDIQUE.
GRACIAS
Quisiera saber que se hace en el caso para las personas naturales que son patrono y que las cajas de compensación no dan ninguna respuesta para afiliación, con el fin de poder cumplir con las exigencias de la PILA
Esperanza, Comubniquese conmigo al 300 2 80 13 67
Carlos
Fue aplazado bajo alguna ley ò Resolución?
Las oficinas de Recaudo delos Bancos de bogota, Megabanco y los centros de pagos de Avvillas y banco de bogota, estan recibiendo los aportes normalmente en el formato de planillas fisica.
Algunas planillas de coomeva -saludcoop se les ha colocado un sello en la mismas EPS que dice ” RECAUDO APORTES POR ASPECTOS NO REGULADOS POR EL PLA O POR GARANTIA DE ACCESO A LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD”.
De todas maneras los aportes los estan recibiendo en estos puntos.
Colegas: este es el extracto del boletin del ministerio de proteccion social sobre el aplazamiento de la pila, publicado en su pagina web:
Boletín de Prensa No 016 de 2008
01/03/2008
Para facilitar pago a través de PILA:GOBIERNO NACIONAL MODIFICA PLAZOS
*De acuerdo con el proyecto de Decreto, las empresas con menos de 10 trabajadores deberán comenzar a pagar mediante este mecanismo el 1º. de abril, mientras que los independientes tendrán que hacerlo a partir del 2 de mayo. *La norma vigente establecía que estos grupos de trabajadores debían comenzar a pagar por la PILA el 1º de marzo.
ESTOY DE ACUERDO CON EL APORTE POR EL SISTEMA PILA, PERO NO COMPARTO LA MANERA COMO DISEÑARON EL CALENDARIO DE VENCIMIENTOS PARA EL PAGO DE LOS APORTES (Decreto 1406 de Jul 1999 y modificado por el Dcreto 1670 de 2007 en su Art. 4) QUE EL VENCIMIENTO INICIA EL PRIMER DIA HABIL DE CADA MES TENIENDO EN CUENTA LOS DOS ULTIMOS DIGITOS DEL DOCUMENTO DE IDENTIFICACION, Y LOS INDEPENDIENTES QUE PRESTAMOS SERVICIOS POR CONTRATO, EN LOS PRIMEROS DIAS DEL MES NO HAN LIQUIDADO NI CANCELADO DICHO CONTRATO, POR TAL RAZON DEBEMOS CANCELAR INTERESES DIARIOS DE MORA QUE LOS LIQUIDA AUTOMATICAMENTE EL SISTEMA Y APROXIMA AL MULTIPLO DE MIL POR ENCIMA DE LO QUE RESULTE. LA TABLA DE VENCIMIENTOS DEBIERA INICIAR EL QUINTO (5) DIA HABIL CON EL RAMNGO 00 AL 10 Y TERMINAR EL DIA CATORCEAVO (14)CON EL RANGO DEL 91 AL 99. DE ESTA MANERA ALIVIARIA UN POCO EL PAGO DE INTERESES DE MORA. LA VERDAD NO SE ANTE QUIEN EXPONER ESTA INQUIETUD; SI ALGUNO PUEDE AYUDARME LE AGRADEZCO MUCHISIMO.
UN ABRAZO A MIS COLEGAS.
buenos dias tengan
tengo la siguiente inquietud, en el caso de una persona natural que acaba de convertirse en regimen comun por manejar una sufranquicia, cuenta unicamente con una trabajadora, ¿igualmente hay que pagar los aportes por el PILA? o se puede por otro medio
COMPAÑEROS ELIAS Y ANONIMO, NO SE DESGASTEN EN PELEAS INSULSAS, EL EQUIPO DE ACTUALICESE EN TODO MOMENTO PRETENDE UNIRNOS,REFORSARNOS EL UNO AL OTRO,COMPLEMENTARNOS. ES CIERTO QUE DURANTE TODO EL ARTICULO QUE COMENTARON DICEN QUE A PARTIR DE ESTE MES LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES NO PODRAN SEGUIR USANDO LAS PLANILLAS EN PAPEL, TAMBIEN ES CIERTO QUE AL INICIO DE ESTE ARTICULO, DESPUES DEL TITULO “En marzo de 2008 pequeñas empresas y trabajadores independientes deben utilizar la PILA”, HAY UNA ACTUALIZACION QUE DICE TEXTUALMENTE:”El Ministerio de Protección Social aumentó el plazo hasta Abril para empresas con menos de 10 empleados y hasta Mayo 2 para Independientes”, TALVEZ EL ARTICULO FUE HECHO ANTES DE LA ACTUALIZACION. PERO NOSOTROS TAMBIEN DEBEMOS ESTAR PILAS, PENDIENTES Y “COMPLEMENTARNOS” INCLUIDO EL EQUIPO DE ACTUALICESE
Bueno, el no pago de pension se debe a falta de cultura de prevencion del futuro. En otros paises veo la pension mas alta que la de nosotros y muy bien que la paga y la disfrutan. Ahora a futuro no se sabe que nos espera, con una pension a menos se tiene el ingreso para pagar el ancianato.
Paguemos pension y cuidemosnos para poder disfrutarla, ya que se arreglo el problemita con CHAVES.
Colega Ivan Jimenez, para mi esta cuestión de las pensiones no sirve, al menos que se haga una reforma para disminuir la edad para pensión. a mi me faltan 40 años de trabajo para pensionarme, y ya llevo 5 años cotizando son 45 años de trabajo no creo que lo aguante, será que la podre disfrutar?
realmente esto es una infamia… para mi esa es platica perdida
Queridos colegas, pienso que esa plata que paguemos a pensión puede hacernos complices de que fondos de pensiones puedan seguir favoreciendose economicamente con estos dineros que vienen parando al bolsillo del que menos le costo conseguirlo
Ncecesito sabe si las cooperativas pueden pagar po pila pro que ha ellas no las obligan a pagar icbf y sena por favor colaboreme con esta informacion
es bueno que no paguen pension ya qu es una medida inpopular
VIVA CHÁVEZ Y LA SALUD GRATUITA VENEZOLANA!!! AQUI NO TENEMOS ESE PROBLEMA DE EPS NI NADA DE ESO, VENIRME PARA ACA FUE LO MEJOR QUE HICE EN MI VIDA, Y AHORA NOS SUBIRAN EL SALARIO MINIMO UN 30%!!! EL GOBIERNO BOLIVARIANO NO ROBA NI PERJUDICA AL TRABAJADOR, COMO SI LO HACE EL REGIMEN NARCO-PARA-MAFIOSO URI-BUSHI-FASCISTA COLOMBIANO. ¿CUANDO TENDREMOS LOS COLOMBIANOS SALUD GRATIS? DENTRO DE 300 AÑOS POR LO MENOS
hola yo quiero saber si los trabajadores independientes estamos obligados a pagar penciones, tengo un amogo que dise que no. si no quiero conocer el decreto o norma.
blacho33@hotmail.com
necesito ayuda… tengo 52 años .. y me parece muy injusto que me pongan a pagar pension… alguien sabe si esta ley me aplica??
Trabajo independientge y tengo más de 65 años; estoy obligado a pagar pensión y ARP?