Mediante el artículo 4 de resolución 16114 de Diciembre 28 de 2007, la DIAN definió el formulario 350 que se utilizará a lo largo del 2008 para la presentación mensual de la declaración de retenciones en la fuente, formulario que aplica por igual tanto para quienes declaren virtualmente como para quienes aun declaran en papel.
Por consiguiente, la presente herramienta es una reproducción en excel de ese formulario diseñado por la DIAN y se podrá utilizar para elaborar los borradores tal declaración aprovechando las bondades del excel (sumas y restas)
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Listado de (6) Conferencias :
Miércoles 1º de Julio
7:00 am - José Hernando Zuluaga Marín
Síntesis de la Ley de Convergencia de las normas de Contabilidad con los estándares internacionales -> Publicada!
9:00 am - Jaime Alberto Hernández Vásquez
Antecedentes, presente y futuro de la Ley de Convergencia Contable Colombiana y los Estándares internacionales -> Publicada!
Jueves 2 de Julio
7:00 am - Jorge Herrera Indaburu
Adoptando por primera vez de los Estándares Internacionales de Contabilidad Financiera -> Publicada!
9:00 am - Oscar Horacio Torres
Verdadera dimensión de la Convergencia -> Publicada!
Viernes 3 de Julio
7:00 am - Luis Henry Moya Moreno
La discusión sobre el Valor Razonable -> Publicada!9:00 am - Eutimio Mejía
Estándares Internacionales para Pymes (Hoy conocidas como NPAEs) -> Publicada!
Buenisimo el archivo, pero me encantaria que nuevamente publicaran los de Declaracion de renta que alguna vez publicaron, son una herramienta de mucha ayuda
excelente el formato.
Seria de gran ayuda que en este año 2008, diseñaran como lo hicieron en el 2007 los formulario de la decalracion de renta y sus anexos u hojas de trabajo, Estamos esperando esta ayuda pro favor. gracias por su invaluable labor.
Excelente! Como siempre, de gran ayuda. Ojala este, como los años anteriores nos regalaran la ayuda para las declaraciones de renta de este año.
DESEO EL ARCHIVO EN EXEL POR FAVOR
Es muy interesante toda la información que encontramos en la pagina y de gran ayuda. Deseo poder descargar en excel el formulario 300 para el IVA.
Muchas gracias y muchos éxitos.
Mil Gracias por todas esas ayudas y más cuando son en excel, mil y mil gracias
HOLA FELICITACIONES POR LA PAGINA
ME GUSTARIA SABER QUIEN ME PUEDE AYUDAR CON LO SIGUIENTE
EN CASO DE NO PRESENTAR UNA DECLARACION DE RETENCION EN LA FUENTE Y ESTA ESTABA EN CEROS ¿CUAL ES EL VALOR A PRESENTAR POR SANCION, ES DECIR QUE FORMULA APLICO?
EJEMPLO:
RETENCION EN CERO(0) NO HUBO PAGOS PARA VALORES
TIENE 38 DÍAS DE VENCIDA
INGRESOS ENERO 314.483
HAGO LO SIQUIENTE:
314.483*5% SANCION POR NO PRESENTARLA=15.724 0 16.000*38 DIAS
=598.000 REDONDEADOS
QUIERO SABER SI EL PROCEDIMIENTO ESTA BIEN, PERO TAMBIEN ME ASALTA LA DUDA PUESTO QUE PARA LOS INTERESES POR MORA SOLO TENGO EL VALOR DE LOS INGRESOS DE ENERO, PUESTO QUE NO HABIA VALOR DE IMPUESTO YA QUE ESTE ERA DE CERO (0) PESOS.
GRACIAS A QUIEN PUEDA AYUDARME.
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Sandra:
…“SANCION POR EXTEMPORANEIDAD EN RETEFUENTE”…
Las personas o entidades obligadas a declarar, que presenten las declaraciones tributarias en forma extemporánea, deberán liquidar y pagar una sanción por cada mes o fracción de mes calendario de retardo, equivalente al cinco por ciento (5%) del total del impuesto a cargo o retención objeto de la declaración tributaria, sin exceder del ciento por ciento (100%) del impuesto o retención, según el caso.
Esta sanción se cobrará sin perjuicio de los intereses que origine el incumplimiento en el pago del impuesto, anticipo o retención a cargo del contribuyente, responsable o agente retenedor.
Cuando en la declaración tributaria no resulte impuesto a cargo, la sanción por cada mes o fracción de mes calendario de retardo, será equivalente al medio por ciento (0.5%) de los ingresos brutos percibidos por el declarante en el período objeto de declaración, sin exceder la cifra menor resultante de aplicar el cinco por ciento (5%) a dichos ingresos, o del doble del saldo a favor si lo hubiere, o de la suma de dos mil quinientos (2.500) UVT, año 2008, cuando no existiere saldo a favor. En caso de que no haya ingresos en el período, la sanción por cada mes o fracción de mes será del uno por ciento (1%) del patrimonio líquido del año inmediatamente anterior, sin exceder la cifra menor resultante de aplicar el diez por ciento (10%) al mismo, o del doble del saldo a favor si lo hubiere, o de la suma de dos mil quinientos (2.500) UVT, AÑO 2008, cuando no existiere saldo a favor. (1)
De manera que en el caso que usted plantea se aplica el medio por ciento (0.5%) de $314.453 por mes o por fracción, para la situación concreta son dos (2) meses, cuyo resultado es de $3.145, lo que implica que debe liquidar la sanción mínima equivalente a diez (10) UVT (Valor UVT $22.054 base año 2008) o sea la suma de $221.000. (2)
Al no existir saldo a cargo puesto que en el mes de referencia no se practicaron retenciones, no hay lugar a liquidación de intereses moratorios.
Fuente:
(1) ●ESTATUTO TRIBUTARIO Art. 641
http://www.estatutotributario.com/index.php/Art%C3%ADculo_641
(2)●ESTATUTO TRIBUTARIO Art. 639
http://www.noticieroficial.com/codigos/Estatuto_Tributario.htm
Buen dia,
Mi nombre es Teresa, y quisiera saber si alguien me puede colaborar orientándome acerca de la siguiente pregunta:
Existe alguna norma, articulo,concepto etc., en el que determine que si una empresa no desarolló su objeto social, nunca recibió ingresos, y nunca hizo retenciones esta exenta de pagar la sancion mínima $ 221.000?
Agradezco cualquier informaion que me puedar dar al respecto.
Cordial saludo,
Gracias por todos los favores de su pagina.
Tengo una consulta que no he podido despejar por mis propios medios y es la siguiente: soy una persona natural con regimen comun, comerciante, y segun el articulo 368-2 del ET no cumplo con las condiciones para ser agente retenedor, mis obligaciones tributarias basicas son Renta e Iva. Pregunta estoy obligado a presentar la declaracion de retencion en la fuente aunque no sea agente retenedor. gracias al que me pueda colaborar.
HOLA…
Necesito saber, si se han hecho actualizaciones para la liquidación de impuestos, si es verdad que ya se pueden presentar cifras en los renglones que no sean multiplos de cero. Ej: 1999 y no 2000.
gracias,
MUY IMPORTANTE TODA LA INFORMACION QUE REPORTAN, LO FELICITO POR ESTA AYUDA QUE NOS DAN A LOS CONTADORES, LES AGRADEZCO ME INDIQUEN COMO CONSULTO EL FORMULARIO DE RETENCION EN LA FUENTE PARA SU DILIGENCIAMIENTO,
CORDIAL SALUDO,
nubia varon triana
[...] Plantilla en Excel para elaborar borrador con anexos del formulario mensual declaración de retencio… Volver a la página inicial de esta sección [...]
diganme como se hace una nómina y den ejemplos
señores(as)
necesito urgente el formulario 350 2008 para imprimir
URGENTE
Fácil!!!
Decarge esta hoja electrónica e imprímala!
CG
Buenos días,
el 19 de diciembre se vencio el plazo para presentar la declaracion de retencion en la fuente, si la voy a presentar el 22 de diciembre de este miisomo año y e valor a pagar es inferior a la sancion minimia, de tdas formas debo pagar la sancion mínima de $221.000.oo.
Muchas gracias a quien pueda colaborarme
GRACIAS POR LA AYUDA QUE FACILITAN A NUESTRA LABOR.