De acuerdo con los cambios que el artÃculo 12 de la ley 1111 de Diciembre de 2006 le efectuase al artÃculo 241 del ET, es importante tener presente que las personas naturales (obligadas y no obligadas a llevar contabilidad, nacionales o extranjeras), y que por el año fiscal 2007 cumplan con ser consideradas como “residentes” en Colombia para efectos del impuesto de renta (ver artÃculo 9 y 10 del ET), en ese caso dichas personas naturales tendrán que usar en el año fiscal 2007 esa nueva tabla contenida en el artÃculo 241 a la hora de calcular el impuesto de renta sobre su renta liquida gravable, o el impuesto de ganancia ocasional sobre su ganancia ocasional (que sea ganancia ocasional distinta de loterÃas, rifas y similares)
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Contabilidad y AuditorÃa del Valor Razonable: una visión actual y globalConferencista: Dr. Samuel Alberto Mantilla
Duración: 43 minutos
Este es un tema polémico y poco convencional: ver la contabilidad desde un punto de vista alternativo pero absolutamente práctico. En esta charla entre actualicese.com y el Dr. Mantilla se vislumbra la importancia de este tema en el futuro de nuestra profesión. Recomendada!
Regulación Contable en ColombiaConferencista: Dr. Hernán RodrÃguez
Duración: 50 minutos
Una de las más interesantes charlas que hemos publicado, llena de datos técnicos y curiosidades alrededor de la contabilidad. Una visión del presente y del futuro de nuestra profesión, enmarcada en la globalización e internacionalización.
3 Conferencias sobreReflexiones del Dr. Jose Hernando Zuluaga - CEO de actualicese.com - sobre los procesos de modernización de la profesión, las obligaciones del CP y los retos que enfrentará en el futuro.
* Para participar en estas conferencias (que incluyen sesiones de preguntas y respuestas) debes ser suscriptor del Servicio de Actualización Permanente.
6 Conferencias sobre Declaración de Renta Año Gravable 2007
¿Que tener en cuenta para reportar Información Exógena Tributaria?
Muchas gracias por la informacion que publican, es muy importante porque en ocasiones se nos escapan ciertos detallitos que son parte vital en el ejercicio de nuestra profesion. :D
Mil gracias estas son las herramientas que nos facilitan todo en nuestra profesion… ;;)
Muchas gracias por todas la herramientas que facilitan el ejercicio de la profesion :)
Muchas gracias por todas la informacion que nos facilitan. es muy vital para nuestra carrera.
Felicitaciones en este nuevo año que iniciamos y muchas gracias por estas valiosas herramientas de trabajo que nos ofrecen. Dios les bendiga por su meritoria labor en pro del mejoramiento de nuestra profesión. Cada dia nos convencemos mas y mas de la necesidad de seguirlos apoyando con las suscripcion a sus productos.
YA HE ESCUCHADO TRES SESIONES IMPORTANTES DE TEMAS TRIBUTARIOS DE GRAN AYUDA, QUIERO SABER CUANDO UNA COMPAÑIA ADQUIERE UNOS CONTRATOS DE LEASING OPERATIVO, LA NORMA DICE QUE SE DEBE REGISTRAR COMO CANON DE ARRENDAMIENTO PERO AL FINALIZAR EL CONTRATO DE LEASING Y LA OPCION DE COMPRA, COMO REGISTRO ESE ACTIVO DENTRO DEL BALANCE GENERAL SI DURANTE 3 AÑOS HE REGISTRADO EL ACTIVO COMO UN GASTO DE ARRENDAMIENTO DEDUCIBLE DE RENTA, SI NO ESTOY MAL EL ART.158-3 NO ACLARA MUCHO SOBRE EL TEMA. MARCELINO ARELLANO-CONTADOR PUBLICO.
ESPERO ME ACLAREN MI INQUIETUD GRACIAS.
AL FINALIZAR EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO LEASING, TE DAN LA OPCION DE COMPRA, POR ESA OPCION ES QUE TU REGISTRAS EL ACTIVO, SIEMPRE ESA OPCION DE COMPRA ES MINIMA, HAORA TEN EN CUENTA QUE SI TU MANEJAS EL LEASING NO COMO OPERATIVO SINO COMO FINANCIERO CON OPCION IRREVOCABLE DE COMPRA TIENES DERECHO A LA DEDUCION DE QUE HABLA EL ART. 158-3 DEL E.T CUANDO SEÑALA QUE ES DEDUCIBLE EL 40% DEL VALOR DE LAS INVERSIONES EN ACTIVOS REALES PRODUCTIVOS
JOse damian,, oye que pilo…))¡¡¡¡¡
Cordial saludo.
Realmente SE HAN FAJADO!!!!! que servicio tan excelente. Me siento orgulloso de ser colega y de haber podido escuchar las conferencias de esta semana.
SerÃa maravilloso si todos los dÃas se toman al menos una hora o dos, para responder inquietudes, el conocimiento no solo se construye estudiando, se construye mediante la retroalimentación y la exteriorización del saber.
Muchas felicitaciones.
Las herramientas que nos facilitan, son de gran ayuda, agradezco mucho el tiempo que nos dedicaron durante el año 2007 y les pido que en el 2008 sigan guiando nuestra profesión.
Felicitaciones por ser tan ejemplares. ;)
;MIL GRACIAS POR MANTENERNOS TAN BIEN INFORMADOS SOBRE TEMAS TAN IMPORTANTES.
GRACIAS POR TENER TAN BUENA INFORMACION SOBRE TODOS LOS TEMAS RELACIONADOS CONTABLES
buenas noches, señores actualicese…estoy muy contenta con su pagina ya que como soy estudiante tengo demaciadas inquietudes y deseo saber acerca de como realizar un buen estado finaiciero y de resultado….les agradezco
Felicidades por tan valiosa herramienta,,, les ruego el favor de ayudarme a esclarecer una duda que tengo,,,tengo un cliente que se encuentra inscrito en camara de comercio como persona natural (su sombre) y como establecimiento (nombre de su empresa) por cual de las dos debo preparar su declaración de renta,ademas sabiendo que el se paso del regimen simplifiado al comun en octubre de 2007. Mil gracias por su colaboracion
en la dian o camara de comercio siempre va a figurar como persona natural, a menos que pase a ser sociedad unipersonal o se asocie con otras personas y pase a ser una sociedad (persona juridica). la mayoria de las personas naturales le tienen un (nombre comercial) a su negoccio pero esto solo tiene efectos comerciales para ser reconocido en el mercado.
Gracias por toda la información que llega, es una herramienta clave para el desarrollo de nuestro trabajo.
HOLA A TODOS LOS USUARIOS DE ACTUALICESE, YO ESTOY RECIEN EGRESADA COMO CONTADOR PUBLICO Y DEBO HACER LA DECLARANCION DE RENTA A MI PADRE. LA VERDAD TENGO DUDAS YA QUE LO QUE VI EN LA UNIVERSIDAD NO FUE SUFICIENTE. ME GUSTARIA TENER UN MODELO ACTUALIZADO Y PAUTAS PARA COMO HACER DICHA DECLARANCION DE RENTA.
AGRADEZCO SU VALIOSA AYUDA
hola buenas tardes
yo no se nada de contabilidad pero quiero ayudar a mi mama ya que requiere darse de alta y le piden recibos de arrendamiento pero como seria la formula para saber cuanto pagara de impuestos o que es lo que le cobran.
necesito much ayuda
mil gracias
hola espero me ayuden a la sgte duda, una persona natural R comun esta obligada a presentar retefuente
gracias.
Yasmin, Gracias por tu pregunta, yo tambien tengo esa misma inquietud, pero segun lo que veo en el ET, entiendo que si esta persona natural, perteneciente al RC, cumple con los valores de patrimonio bruto o los ingresos brutos del año gravable 2007 ,establecidos según la reforma. Debe efectuar la retención en la fuente por los conceptos de compras, honorarios, etc. Cuando sea aplicable.Y por lo tanto debe presentar la declaración de retención en la fuente mensual, haya o no efectuado retenciones en el periodo.
Ahora, mi otra duda es que pasa si esta persona natural no cumple con los valores de patrimonio o los ingresos brutos para efectuar la retención, pero pertence al RC. ¿debe igual presentar declaracion de retención en la fuente mensual, por los ivas retenidos en compras y servicios efectuadas al RS?¿y presentarla solamente cuando haga las retenciones de IVA al RS y cuando no hayan habido estar retenciones , no presentarla o presentarla mensualmente aunque sea en ceros?
Bueno si alguien puede colaborarme con esta inquietud, de antemano le agradezco.
QUERIDA AMIGUITA EDHIT :
SI QUIERES SABER EL CALCULO DE LOS IMPUESTO DE TU MAMI DEJA QUE UN CONTADOR PUBLICO LOS HAGA Y NO TE PONGAS A INVNTAR NADA …
PARA ESO FUE QUE ESTUDIAMOS Y ESTAMOS EN LA CAPACIDAD DE DARTE UN ASESORIA …. MIL GRACIAS
yasmin. busca el articulo 368-2, libro segundo de e.t (retencion en la fuente). la mayor parte de lo que respecta a retencion en la fuente esta hay.
Para la declarcion de renta del año 2007 hay anexos en excel gratis, como todos los años?
Si los hay por favor me informan en que parte los encuentro.
Cordialmente,
Jose Jairo Barrera Cabrera
señores
ACTUALICESE, MUCHAS GRACIAS POR LA AYUDA TAN IMPORTANTE QFUE NOS PRESTAN ATRAVEZ DE EL FORMATO DE EXCEL PARA EL CALCULO DE LA RENTA 2007, NOS FUE DE MUCHA UTILIDAD.
DIOS LES BENDIGA Y LES SIGA DANDO SABIDURIA
YASMIN LEETE EL ARTICULO 72 DE LA LEY 1111 DE 2006
SI EN AÑO 2007 OBTUVISTE UNOS INGRESOS IGUALES A P¡SUPERIORES A 600.000 MILLONES DE PESOS DBES EMPEZAR A PAGAR RETENCION EN LA FUENTE A SI SEAS PEROSNA NATURAL.
YANICE
Muy buena la herramienta para el calculo del impuesto.
gracias por aportar con estas herramientas , las cuales dan un buen valor agregado de parte de ustedes.
Excelente aporte. Muchas gracias
GRACIAS POR LAS HERRAMIENTAS QUE NOS FACILITAN PARA NUESTRO TRABAJO
LUZ GARCIA