Mediante la expedición de su resolución 13123 de nov.7 de 2007 , la DIAN ha entrado a eliminar las disposiciones que estuvieron contenidas en el art.1 de su resolución 8551 de agosto 2 de 2006 y en su resolución 8957 de agosto 10 de 1006 , resoluciones que habían establecido la obligatoriedad , para los representantes legales, revisores fiscales y contadores que a agosto 10 de 2006 tuvieran firma digital, de estar presentando en forma virtual sus propias declaraciones como personas naturales (ejemplo: la de renta 2006, o las bimestrales del IVA si son responsables del IVA en el régimen común, etc.)
La razón por la cual la DIAN les entra a eliminar dicha obligatoriedad (lo que significa que entonces pueden optar entre presentar sus propias declaraciones en forma virtual o hacerlo en forma litográfica, pues su mecanismo de firma digital sigue estando activo) fue por cuanto muchos de tales personas naturales terminaron presentando su declaración de renta 2006 en forma litográfica (en papel) cuando en realidad estaban obligados a hacerlo virtualmente (y no se podría alegar que fue por motivos de “fuerza mayorâ€; incluso, este fue un asunto que se explicó claramente en nuestro producto educativo “ Declaración de renta 2006 de personas naturales â€.
Si ese fue el caso, la norma del art.579-2 del ET señala que si la declaración se presenta litográficamente pero el declarante estaba obligado a hacerlo virtualmente, entonces la DIAN tendría que dar esas declaraciones como “no presentadasâ€. Así las cosas, y como fueron muchos los que no cumplieron a cabalidad con la norma, la DIAN ha preferido desmontarles la obligación, a partir de nov.7 de 2007, de tener que presentar en forma obligatoria sus declaraciones personales en forma virtual para que de esa forma no tengan el riesgo de seguir incurriendo en la irregularidad.
En todo caso tendríamos que entender que aquellas personas naturales que debían haber presentado en forma virtual su declaración de renta 2006 pero lo hicieron litográficamente, tales personas estarían en la obligación de volver a presentarlas virtualmente y liquidando su respectiva sanción de extemporaneidad, pues la eliminación de la obligatoriedad de declarar virtualmente aplica a las declaraciones personales que se venzan después de noviembre 7 de 2007. Estas ultimas entonces, repetimos, las pueden presentar en forma voluntaria en el portal de la DIAN , o si lo prefieren lo pueden hacer en papel en los bancos.
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Les estoy mey agradecida por esta información, en ocasiones por falta de tiempo no puedo actualizarme pero con la información que ustedes muy amablemente me envian permanezco actualizada dia a dia. El árticulo publicado hoy me fué de gran ayuda.Y me gusta por que es muy claro y oportuno.
Muchas agracias.
Carmen
GRACIAS, POR LA INFORMACION ENVIADA, ES BUENO QUE NO SE IMPONGAN Y SE TENGA EN CUENTA LA FLEXIBILIDAD DE DAR LA INFORMACION EN LAS DOS FORMAS VIRTUAL Y LITOGRAFIADA, PARA ALGUNOS PERSONAJES QUE MUEVEN LA ECONOMIA DEL PAIS, SOLO SE DEDICAN Y PAGAN PARA QUE TERCEROS LLEVEN SU INFORMACION; POR TAL RAZON SOLO CEDEN O DAN EL PODER A ESTOS TERCEROS, QUIENES DEBEN DE RESPONDER POR DICHA INFORMACION, SUPERVISADA POR QUIEN MUEVE LA ECONOMIA.
LUZ MARINA.
estoy de acuerdo con luz marina la Dian deberia en todos sus procedimientos ser flexibles con los que mueven la economia en colombia y presentar herramientas para facilidad del contribuyente pero no para sancionarlo si no para hacerle la vida mas facil pero que sea el quien escoja la herramienta para pagar sus tributos y con eso la Dian deja de reflejar esa entidad castigadora de todos los contribuyentes.ojo facilidad para los contribuyentes.
Estoy de acuerdo con LUZ MARINA, la confianza se deposita a veces por necesidad en personas o profesionales que actuan como intermediarios para dar cumplimiento a formalidades impuestas por norma o por reglamentacion de una norma y en ocasiones por capricho de los funcionarios de turno sin medir las consecuencias a las que se ven obligados los indefensos contribuyentes para evitar onerosas sanciones ademas de esta decision Administrativa tambien estoy de acuerdo con otros colegas que un pais tan pobre como este no deberia malgastar su dinero en perdias de tiempo y compra de formularios para presentar declaraciones en ceros A caso la DIAN no tiene el total control y dominio magnetico sobre todas las operaciones que los Colombianos ejecutamos?????
JAIRO LOMBANA C
CONTADOR TEL 311-8095166 300-5604813
quiero agregar al comentario de carmen stella que si la dian ha tenido la ambilidad de exonerar a los contadores y revisores fiscales de presentar virtualmente sus declaraciones tributarias, cosa que me parece lo mas practico y amable, pues no todas las veces se encuentra a mano un computador con internet para hacerlo, tambien deberia exonerar de tener que presentar virtualmente las que se presentaron en medio litografico, pues la ley debe ser amable y elastica en estos casos, para tener que incurrir en costos onerosos que no se justifican.
LES AGRADEZCO POR LA INFORMACION QUE USTEDES ME PROPORCIONAN DIA A DIA YA QUE ESTA ME ES DE MUCHA UTILIDAD, POR Q EL CONTADOR DE HOY ESTA LLAMADO A MANTENER INFORMADO Y DICHA INFORMACION DEBE SER VERAZ, Y YO, QUE ESTOY EN EL PROCESO ME SIENTO MUY CONTENTA DE PODER CONTAR CON TAL INFORMACION CADA DIA. ME DESPIDO Y LOS FELICITO POR TAN INTERESANTE PORTAL.
MIL GRACIAS POR LA INFORMACION ES MUY IMPORTANTE Y DE MUCHA AYUDA YA QUE NO TODAS LAS PERSONAS TIENEN FACILIDAD AL INTERNET. ES MUY OPORTUNA ESTA INFORMACION.
gracias por la informacion que es muy clara y entendible,
pero hay que reconocer que la Dia mueve sus fichas a su razon es por eso que esta informacion es muy importante, y poder entrar a analizar cada uno de estos aspectos de correcion y diligenciamiento de cada formulario por internet
Quiero hacerles llegar mis felicitaciones a todo los que conforman el equipo de trabajo de la pagína de ACTUALICESE por tan valioso aporte. Pienso que los contadores somos afortunados al poder contar con ustedes y permitirnos estar día a día con la información pertinente a la mano y alcance de todos nosotros. Muy agradecida Betty.
MUCHAS GRACIAS POR LA INFORMACION QUE NOS ENVIAN, POR MEDIO DE ESTE PORTAL, PARA NOSOTROS LOS CONTADORES ES DE MUCHA IMPORTANCIA ESTAR AL DIA CON CUALQUIER DECISION QUE TOME LA DIAN, DE MI PARTE LES ESTOY MUY AGRADECIDA. FELICITACIONES POR TAN VALIOSO PORTAL
Muy oportuna e interesante la información, felicitaciones y que sigan al día con la normatividad.
Un comentario extra: Quisiera saber si algún colega o a través de este portal, se ha presentado ante la DIAN, alguna demanda sobre la obligatoriedad de presentar las declaraciones de retefuente en ceros, para todos los del régimen común. Esta obligación no tiene sentido, lo que hace es llenar de papales los archivos de la DIAN y lo engorroso para el contribuyente.
ESTOY MUY DE ACUERDO CON MAURICIO ES MAS TODOS LOS CONTADORS A TRAVES DE ESTE PORTAL DEBERIAMOS PROPONER UNA TUTELA PARA QUITAR ESO DE PRESENTAR RETENCION EN LA FUENTE EN CEROS NO TIENE SENTIDO COMO ASESOR ME HA TOCADO
VER A MUCHAS PERSONAS CON NEGOCIOS PEQUEñOS QUE PRESENTAN IVA PERO NO TIENE IDEA DE PRESENTAR LA RETENCION EN LA FUENTE EN ESTE MOMENTO SI LAS VAN A PRESENTAR LAS MULTAS POR SANCIONES SON MILLONARIAS DESE JULIO DE 2006 A LA FECHA UNO SE PREGUNTA LA DIAN QUIERE CUBRIR EL DEFICIT FISCAL A PUNTA DE SANCIONES O CON LA OBLIGATORIEDAD DE COMPRAR FORMULARIOS A $3.500 PARA LLENAR EN CEROS AMEN DE LOS QUE SE DAñAN Y LO COMPLEJO PARA COMPRARLOS
UNICAMENTE EN SERVIENTREGA SI UNA PERSONA VA COMPRAR UN FORMULARIO A UNA DE ESAS OFOCINAS DE SERVIENTREGA LE TOCA HACER UNA COLA CON LA PERSONAS QUE VAN HACER TODA CLASE DE ENVIOS POR CORREO DESDE CARTAS HASTA NEVERAS TOCANDOLE ESPARAR CASI UNA HORA PARA COMPRAR UN FORMULARIO PORQUE LA DIAN NO LOS VENDE COMO ANTES EN TODOS LOS ALMACENES DE CADENA FINALMENTE FELICITACIONES A ACTUALICESE POR LA PAGINA
Gracias por este informe, me parece genial, ya que todos no tienen la facilidad de hacerlo por internet, claro está que al hacerlo por este medio se evitan muchos errores de sumas y daños de formularios, que a la hora de la verdad, hacen mella al bolsillo.
FELICITACIONES AL EQUIPO DE TRABAJO POR ESTAS INFORMACIONES TAN NECESARIAS Y VALIOSAS QUE NOS PERMITEN A LOS CONTADORES ESTAR ACTUALIZADO EN TODAS LAS NORMAS YA QUE A VECES POR EL FACTOR TIEMPO NO TODOS LOS DIAS SE PUEDEN CONSULTAR TODOS LOS PERIODICOS QUE DIOS LO SIGA PROTEGIENDO Y QUE SALGAN ADELANTE
Mil y Mil gracias !!!!!! por toda la informaciòn tan oportuna
Si en verdad como dice el texto de la resolución que por no vulnerar el principio de justicia en las relaciones del Estado con los particulares, y que la entrada de operación de los servicios informaticos electronicos se considera como una etapa de transición debido a lo novedoso y a las eventualidades propias (no haber presentado la declaración en medios electronicos; entonces no deberían sancionar a quienes no presentamos la declaración por los medios electronicos.
Gracias actualicese por mantenernos actualizados.
Cordialmente,
Diego Fdo Buitrago Latorre
Hola, Buenas tardes, estoy de acuerdo con usted, aún creo que la plataforma tecnológica de la DIAN, no es muy buena y como que está lejos de ser excelente, al igual que los portales para los pagos de parafiscales, que lentos y esos horarios ni hablar.
estoy de acuerdo con usted, estos dos temas como son la plataforma de la dian y el soi son muy deficiente sobre todo cuando se enlazan con los bancos, debido a que se quedan sin linea y las normas no han entredo a regular o no tienen en cuenta estas fallas electronica cuando de imponer sanciones se trata.
felicitaciones por el trabajo tan inmenso y bien realizado que ustedes nos aportan a nosotros los contadores,pues sinceramente desde que conozco la pagina siempre la visito, y me gustan todos los articulos,las conferencias, los aportes profesionales, en fin esta pagina es excelente y lo que me hace es falta tiempo para estudiar y aprender todo lo que publican.
se deberia tomar esta medida para todas la empresas ya que aunque parezca increible hoy en día todas la personas en Colombia no cuentan con la tecnologia para presentar las declaraciones virtualmente.
JUAN GABRIEL LOPEZ
COTADOR
311 2534371
muchas felicitaciones actualicese por la intensa labor que desarrollan para el bienestar en la carrera de los contadores publicos solo recomiendo un plan para acabar con la competencia desleal que aumenta considerablemente el desempleo en nuestro pais, debido a que esto contribuye a honorarios mal pagos por exceso de trabajo.
Sigo con mi tesis, que la informaciones en medios magnéticos y presentaciones de declaraciones en medios virtuales, no debería ser obligatoria, si no, en caso de empresa de mucho patrimonio, o muchos ingresos, la Dian no debe descargarlo su responsabilidad y costos en los contribuyentes, para hacer bien su función de recaudo. Igual pienso del pila, debería ser, el que lo quiera hacer, de acuerdo a la necesidad de cada empresa. Para algunas empresas es barato por su tamaño, pero para la mayoría es un ….. Bueno. Saludos colegas.
agradesco la informacion que casi a diario me suministrab por internet me ha servido de harto y aunque aun no soy contador peo estoy en ultimo semestre me gusta permanecer siempre actualizada
gracias
ate
ana patricia dulce
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