El pasado 14 de mayo de 2007, cuando el ministerio de la protección social expidió su decreto 1670, el artículo 3 de dicha norma dispuso lo siguiente:
“Artículo 3º. Utilización obligatoria de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes a los subsistemas de la Protección Social para pequeños aportantes e independientes. El pago de los aportes parafiscales propios del Sistema de la Protección Social, para los aportantes y los pagadores de pensiones que cuenten con menos de 20 cotizantes y para los trabajadores independientes, se efectuará utilizando la Planilla Integrada de Liquidación de Aporte, bien sea en su modalidad electrónica o asistida, a más tardar en las fechas que se indican a continuación, de conformidad con sus números de identificación:
Ultimo dígito del NIT o Documento de Identificación
Fecha
0,1 y 2
1 de julio de 2007
3,4 y 5
1 de agosto de 2007
6,7,8 y 9
1 de septiembre de 2007
Sin embargo, cuando tales plazos para utilización obligatoria de la PILA se estaban empezando a vencer, el propio Ministerio de la Protección social expidió su circular 046 de julio 30 de 2007 en la que indicó que tales plazos se ivan a entender como prorrogados por dos meses más para dar así tiempo de que quienes no se hallaban afiliados a los fondos de pensiones, tuvieran oportunidad de afiliarse y de esa forma hacer el pago conjunto de todos sus aportes (salud y pensión) en la PILA
Por consiguiente, a raíz de esa circular, los bancos han venido permitiendo la utilización de planillas en papel para esos pequeños aportantes y trabajadores independientes, pues para aquellos a quienes era obligatorio usar la PILA en 1 julio de 2007, el plazo se les extendía hasta 1 de septiembre de 2007. A los que el les era obligatorio usar la PILA a partir de agosto 1, el plazo se les extendía hasta octubre 1 de 2007. Y para aquellos a quienes les era obligatorio usar la PILA a partir de septiembre 1 de 2007, el plazo se les extendía hasta noviembre1 de 2007
En vista de todo lo anterior, y al haber llegado ya el mes de noviembre de 2007, quedaría claro que ya no hay más postergaciones para que esos pequeños aportantes y los trabajadores independientes hagan uso obligatorio de la PILA. Al no hacer uso de tal mecanismo, los bancos tampoco les podrían seguir recibiendo sus liquidaciones en planillas de papel.
Sobre los plazos en que cada mes deben hacer sus aportes esos pequeños aportantes y los trabajadores independientes, debe examinarse lo indicado en el articulo 2 y el articulo 4, respectivamente, del mismo decreto 1670 de mayo de 2007
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Los Sistemas de Cobranza hacen uso de la tecnología de una forma intensiva para hacer efectiva su labor, lo cual no deja de ser una molestia para muchas personas que reciben llamadas de grabaciones automatizadas en horas de la noche. ¿Hay fallos éticos en estos "molestos" métodos? ¿O es una molestia merecida por aquellos que no pagan a tiempo sus obligaciones?.
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Mi comentario es el siguiente
Mediante resolución 3975 del 31 de octubre de 2007, el Ministerio de la Protección Social prorrogó el plazo hasta el 1o. de marzo de 2008.
Cordial saludo
NORMAN CAñAVERAL OSPINA
TELS (1)2694467 Y (300)2694467
BUENOS DIAS.
ES INCREIBLE QUE OBLIGUEN A LOS POBRES QUE NO TIENEN CON QUE PAGAR A RETIRARSE DE LA SALUD PUES SI PAGAN PENSION NO TIENEN PARA SALUD, O AL CONTRARIO. ADEMAS, MUCHOS YA NO TIENEN ESPERANZA DE PENSIONARSE, Y ASI COMO VAN LAS COSAS MENOS. POR DIOS, PORQUE SERA QUE EL GOBIERNO APRIETA A LOS POBRES Y A LOS RICOS, A LAS ESALES (ENTIDADES SIN “ANIMO DE LUCRO”, BUENO ALGUNAS), A QUE PAGUEN LOS IMPUESTOS, A QUE NO ELUDAN. PIENSEN UN POCO EN EL PUEBLO, Y QUE SEA OBLIGATORIO PARA LAS EMPRESAS QUE EVADEN ESTAS OBLIGACIONES, PERO PARA UN PELUQUERO, PANADERO, MODISTA, SASTRE, VENDEDOR AMBULANTE, EN FIN, AQUELLOS QUE TRABAJAN PARA SU DIARIO, Y SACAN LO DE SALUD QUE ES LO IMPORTANTE, POR QUE LOS OBLIGAN A RETIRARSE? SIN PALABRAS.
quisiera saber como es el formato de registro de la planilla integral para aprenderlo a llenar. ;;)
Buenas tardes soy un empleador que debe diligenciar la PILA, que debo hacer si las cajas de compensación no reciben afiliaciones de menos de 10 trabajadores, está planilla me exige el pago de dicho aporte parafiscal, existe alguna norma que pueda utilizar para no pagar este aporte o por el contrario estoy supeditado a pagar. Tengo el dilema que los trabajadores que estan bajo mi responsabilidad no laboran continuamente es decir hoy estan y mañana se retiran. Que hacer?