Duración: 10 minutos
En vista de la eliminación que la ley 1111 de Diciembre del 2006 hiciera al sistema de ajustes integrales por inflación fiscales, las sociedades comerciales ya no podrán seguir incluyendo en la sección de rentas ordinarias algunas partidas que están señaladas para ser declaradas en la sección de ganancias ocasionales. Por consiguiente tales partidas les harÃan tener que tributar impuesto de ganancias ocasionales, e incluso las utilidades contables reflejadas en tales partidas, aun cuando la sociedad pague el impuesto sobre ellas, pasarÃan como gravadas en cabeza de los socios. En esta conferencia abordamos este importante tema
Repaso a la forma en como las sociedades comerciales manejaban hasta Diciembre del 2006 las partidas que originan impuesto de ganancias ocasionales
Aclaración de por qué razón, con la eliminación de los ajustes por inflación fiscales, las sociedades comerciales tendrÃan que volver a liquidar impuestos de ganancias ocasionales en sus declaraciones anuales del impuesto de renta y complementario
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Contabilidad y Auditoría del Valor Razonable (2 Conferencias)
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Duración: 1 hora 30 minutos (repartidos en 2 partes)
Sería conveniente que se explicará además el tratamiento fiscal de la perdida en ventas de activos. Además de las deducciones por concepto de perdida ocasional.
Muy clara la presentacion y la exposicion, solo tengo una duda con respecto a los socios, no tendrian derecho a descontar el impuesto de ganancia ocasional pagado por la sociedad?
Gracias por la presentacion.
Elio Mejia
Espectacular la presentaciòn, Guao!, gracias por mantenernos frescos con cada actualización. Merecen que todos sus proyectos se den a cabo. Pido a Dios que les ayude cada dÃa.
Se que por todo lo que nos dan gratuitamente y aún todo lo que ponen a nuestra disposición ustedes reciben mucho mas por ello.
“Porque más bienaventurado es dar que recibir.”
Adelante! y
Un abrazo.