Duración: 8 minutos 03 segundos
De acuerdo con la norma contenida en el art.46 de la ley 962 de julio de 2005, los soportes en los que se respalda una declaración de renta, solo se tienen que conservar por el tiempo en el que haya de quedar en firme dicha declaración. Lo mismo sucederÃa con los soportes de las declaraciones de IVA y de retefuente que correspondan al mismo periodo al que corresponde la declaración de renta. Por tanto, ya no se deben conservar por los 5 años mencionados en el art.632 del ET. En esta conferencia examinanos esta importante disposición
Comentarios a la norma contenida en el art.46 de la ley 962 de julio de 2005,y que define el tiempo por el cual se deben conservar los soportes de una declaración tributaria administrada por la DIAN
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Me gustaria que me ayudaran sobre losiguiente:
Una sociedad cancelo su matricula mercantil, pero no se habian terminado
de imprimir los libros oficiales y las hojas que se habian registrado en
la Camara de Conmercio no alcanzaron y se tubo que terminar de imprimir
dichos libros en hojas sin registrar ante la Camara. Necesito saber
que debo hacer para que dichas hojas tengan valor probatorio ante la DIAN, ante la Camara. Debo firmar como contador cada una de ellas.
Por favor su ayuda y concejos son importantes para mi, favor escribanme al email antes mencionado.
Gracias.
Omar Ardila - Tel 2687297- cel. 3125207311
Barrancabermeja, 6 de Agosto de 2007.
Queria felicitarlos por las conferencias semanales
en las cuales se actualiza a los profesionales de la
Contaduria Publica y de otras profesiones en aspectos,
tributarios, legales y procedimentales.
No obstante quería hacer una recomendación en cuanto al
sonido de estas conferencias que es muy bajo y casi no se
ollen, sería magnifico que de alguna forma en su edición
observaran esta caracteristicas para mejorar al 100% su
encomiable divulgación.
Gracias.
Que interesante poder contar con estas conferencias, me uno a la solicitud de Agustín en la mejora del sonido, para que sea perfecta la conferencia.
Cordialmente,
César Enrique Lozano Ramírez
http://www.cesarlozanoram.blogspot.com
me parece muy buena la informacion que relata conferencista debido a que explica muy bien todo lo que se debe hacer en cuanto a los soportes de las declaraciones
queria felicitarlos y de antemano pedirles que me resolvieran una duda lo que pasa es que estan pidiendo de acuerdo a la resolucion 1137 de 2006 la presentacion de medios magneticos de industria y comercio de los años 2005 y 2006 queria saber que sancion tiene el no presentarse esta informacion puesto que mucha gente no conocia esta resolucion y no la tenian en cuenta.
espero su pronta respuesta y muchas gracias.
Muchas gracias por darnos estas conferencias sobre estos aspectos que son de mucha importancia para nosotros los contadores, es muy clara la información, espero nos sigan dando esta clase de conferencias en forma permanente, que sean puntuales y no sean tan extensas.
Les quedo muy agradecido por su ayuda
11 de agosto de 2007.
muchas gracias por darme la oportunidad de comunicarme con ustedes por este medio, mi problema es el siguiente.
en el 2004 adquiri un restaurante en la ciudad de Quibdo - Choco durante un año en el cual declaraba IVA, por ignoracia no realice la declaracion de ese año, resulta que como me habia vuelto RC en noviembre del año anterior no declare ese mes en el 2004.
el restaurante lo vendimos a principio del año 2005 y cancelamos camara y comercio y todos los documentos concernientes al caso ahora vivo en Barranquilla y tengo una tienda la cual no he popido registrar en camara y comercio porque en Barranquilla no me aceptan solucionarme el problema de la Dian y no puedo viajar a Quibdo a la Dian por cuestion de tiempo.
que debo hacer al respecto.
CREO IMPORTANTE TENER EN CUENTA QUE LOS SOPORTES CONTABLES ESTAN SUJETOS TAMBIEN A LO DISPUESTO EN EL CODIGO DE COMERCIO PARA SU CONSERVACION
GRACIAS POR ACTUALIZARNOS