Temática tratada: Fundamentos del impuesto de renta para Personas Naturales. Reporte de activos, pasivos, ingresos y gastos, Renta presuntiva. Beneficio de auditoria y Sanciones. Requisitos formales (RUT firma digital). Proyectando la Declaración de renta del 2007.
Fecha de grabación de esta sesión: Junio 5 de 2007
Duración: 57 minutos
Participantes:
Listado de preguntas respondidas: haz click aquí
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La recientemente expedida ley 1231 de julio 2008 introduce importantes modificaciones al código de Comercio para redefinir la forma en como se seguirán manejando los títulos valores que hasta ahora se conocen como “Facturas Cambiarias de Compraventa” y que a partir del 18 de octubre de 2008 se llamarán simplemente “Factura”.
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Conferencista: Dr. Joser Arbey Maldonado
Diferencia entre Régimen Pensional del ISS y los Fondos Privados
Conferencista: actualicese.com
Los Pro y los Contra de la Cobranza Sistematizada
Conferencista: actualicese.com
Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
Conferencista: Victor Abreu
Contabilidad, Costos y Auditoría Medio ambiental: un enfoque novedoso para el Contador Público
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5 Oportunidades Económicas para el Contador Público en la Industria del Conocimiento
Invitados: Orlando Rincón, Carlos Lián, Juan Fernando Zuluaga
Foro: Propuesta de Tabla de Honorarios Profesionales para Contadores Públicos
Invitados: Dr.Omar Montilla, Dr. Harold Edgar Perea
Duración: 30 minutos
Me parece que la pregunta No. 2, como todas las de la conferencia, hacen referencia a la DECLARACIóN DE RENTA DE PERSONAS NATURALES, y el conferencista respondió sobre lo que se puede descontar de la base de RETENCIóN EN LA FUENTE de los asalariados.
Para responder a la persona que preguntó, para un asalariado es posible tomar como gasto deducible en su declaración de renta los pagos efectivamente realizados por salud obligatoria, salud prepagada y educación. Y en lo que tiene que ver con educación, con todo respeto creo que la respuesta fue incompleta, porque no sólo matrícula y pensión hacen parte del concepto, sino también el pago por alimentación y transporte.
Para quien no es asalariado, son deducibles los pagos realizados por aportes de salud obligatoria y prepagada. En lo que tiene que ver con educación,será necesario verificar si los pagos por este concepto, tienen relación de causalidad con sus ingresos derivados de su actividad económica.
estoy de acuerdo con comentario respecto a que no unicamente la matricula y la pensión hace parte del concepto, sino que tambien los pagos por alimentación y transporte. cordial saludo
Me permito precisar la respuesta a la pregunta No. 7, transcribiendo el contenido del artículo 19 de la Ley 1111 de 2006, que adicionó el artículo 273 del E.T.:
“ARTICULO 19. Adicionase un artículo al Estatuto Tributario, el cual queda así:
“Artículo 273. Revalorización del Patrimonio. A partir del año gravable 2007 y para todos los efectos, el saldo de la cuenta de revalorización del patrimonio registrado a 31 de diciembre de 2006, forma parte del patrimonio del contribuyente.
El valor reflejado en esta cuenta no podrá distribuirse como utilidad a los socios o accionistas, hasta tanto se liquide la empresa o se capitalice tal valor de conformidad con lo previsto en el artículo 36-3 de este Estatuto, en cuyo caso se distribuirá como un ingreso no gravado con el impuesto sobre la renta y complementarios.”
Cómo se ingresa a la página de la dian para averiguar si una empresa tiene sanciones?
RECIBAN DE MI PARTE UN CORDIAL SALUDO Y A LA VEZ LES MANIFIESTO LA SATISFACCION QUE TUVE EN EL MOMENTO DE ESCUCHAR LA SECCION DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS EN LO REFERENTE A LA DECLARACION DE RENTA DE PERSONAS NATURALES 2006. LOS FECICITO POR SU GRAN ESFUERZO Y DEDICACIÃ’N UN ABRAZO DE MI PARTE. CORDIALMENTE
JOSE ALEJANDRO ROMERO
CONTADOR PUBLICO USTA 2007
ME PARECIO EXCELENTE SU CONFERENCIA
SIN EMBARGO TENGO UNA DUDA CUANDO UNA PERSONA NATURAL POSEE UNA FINCA QUE NUNCA HA SIDO VALORIZADA POR UNA LONJA O ENTIDAD DEDICADA A LAS VALORIZACIONES, QUE ESTA VENDIENDO POR $ 150.000.000 PERO AUN NO LA HA VENDIDO ADEMAS UN VEHICULO QUE SE ADQUIRIO A UN TERCERO POR VALOR DE $13.000.000 NO COMPRADO EN CONCECIONARIO Y SU OFICIO ES MAESTRO DE CONSTRUCCION SE DEBE ELABORAR DECLARACION DE RENTA SOLO POR CONTAR CON LOS ACTIVOS FIJOS
GRACIAS POR SU RESPUESTA….
pregunta, necesito saber si la pension recibida por una persona es declarable hasta que monto ya que la persona tiene un establecimiento de comercio
Solicito el favor de colaborarme, sacandome de la duda. Si hay un productor agropecuario cual es la base para presentar declaracion de renta con respecto a su patrimonio y a sus ingresos. Según el articulo 499 paragrafo 2 le da una base mucho mas alta en el patrimonio, me gustaria saber si para la declaracion de renta 2006 cual es esa base, lo mismo para los ingresos creo que tienen que ser iguales para trabajadores independientes. Gracias por colaborarmen
sobre este seminario los felicito, ya que tenia varias inquietudes que por diferencia de conceptos con otros amigos contadores nos generaba duda.
Solicito que me colaboren con esta duda ya que estoy iniciando con mis contabilidades y lo que tiene que ver con renta estoy un poco desactualizada. Una persona natural, hace tiempo fue comerciante, y termino activiades en el 2005 (lo manifesto ante la Camara de Comericio y la Dian), su anterior contador hizo que declarara todos los años sin tener obligacion ya que los bienes poseidos y el establecimiento de comercio era parte del contrato matrimonial( se entiende un 50% y 50% para cada conyuge), el año pasado no declaro ya que fue aplicada la norma patrimonial del %50, pero en este momento le llego comunicado de la Dian que no ha presentado su declaracion de renta. Si esta persona no pasa los montos por ingreso o por patrimonio, que debe hacer para que no tenga sanciones por parte de la Dian. Gracias por su colaboracion.
Agrazco que me ayuden con la siguiente inquietud. Una persona natural agricultor que adquiere en el 2006 una maquinaria agricola(tractor) puede tratarse este como deduccion especial del 30% art.158-3 E.T. POR INVERSION DE ACTIVOS FIJOS REALES PRODUCTIVOS?. Adicionalmente paso solicitud mediante Banagrario a Finagro para el Incentivo de capitalizacion rural que aun no han aprobado.
muchas gracias a los colegas que me puedan responder.
Cordial Saludo,
Primero quiero felicitarlos, ya que esta pagina es una herramienta muy importante para todos los que estamos dedicados a la contabilidad.
Ahora quiero pedirles el favor de que me ayuden a resolver una duda:
Como se maneja Contablemente, y como presento las declaraciones del IVA, cuando se manejan contratos de Obra Civil?, ya que en ellos solo se calcula iva sobre la Utilidad. Como tomaria el costo en Contabilidad?
Agradezco su ayuda
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Comentario para Martìn Nagles
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…”EL IVA EN OBRAS CIVILES”…
La solución para sus interrogantes la encuentra en el siguiente editorial de “actualicese.com”:
creo que es muy bueno ersta nueva forma destudio