Mediante su circular externa 100-004 de diciembre 26 de 2006 la Superintendencia de Sociedades ha fijado los plazos en los cuales las sociedades que a diciembre 31 de 2006 tengan la condición de “vigiladas” ante tal entidad, deberán entregarle la información correspondiente a sus Estados Financieros al corte de diciembre 31 de 2006.
Así mismo, esa información del ejercicio 2006 tendrá que ser suministrada por sociedades que no son “vigiladas” sino simplemente “inspeccionadas”, pero a quienes se les haya llegar una copia de la circular 100-004 de diciembre de 2006.
Recuérdese que recientemente, y tal como lo reseñamos en un editorial anterior, el decreto 4350 de diciembre 4 de 2006 fijó nuevos criterios para que una sociedad comercial termine pasando de la condición de simple “inspeccionada” a la condición de “vigilada” ante la Superintendencia de sociedades.
De conformidad con lo indicado en la circular 100-004 de diciembre 26 de 2006, los plazos para la entrega de la Información Financiera del año 2006 son los siguientes:
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Téngase presente, como lo aclarara el último párrafo de la circular 100-004, que si por razón de lo dispuesto en el nuevo decreto 4350 de diciembre 4 de 2006 alguna entidad deja de ser vigilada a partir de 1 de abril de 2007, no por ello queda exonerada de enviar, entre el 5 y el 30 de marzo de 2007, la información del año 2006.
Es importante destacar que para el suministro de la información correspondiente a los Estados financieros del año 2006, la circular 100-004 dispuso que la misma solo se podría entregar a través del portal de Internet de la Superintendencia de sociedades www.supersociedades.gov.co
En el numeral 2 de dicha circular se estableció lo siguiente:
“Para la presentación de la información financiera la Superintendencia de Sociedades ha implementado el servicio electrónico de recepción a través del portal empresarial en Internet, www.supersociedades.gov.co en la sección “ENVÍO DE INFORMACIÓN”, de manera que todas las sociedades deben obtener el software de diligenciamiento y remitir su información a través de este medio, una vez se cumplan todos los procesos de validación, cargue y radicación dentro de los sistemas de información en línea de la entidad.
Para este servicio y todos aquellos que se ofrecen de manera personalizada, cada sociedad debe ingresar a la sección del portal empresarial de la Superintendencia www.supersociedades.gov.co , marcar el servicio, que en este caso es el envío de información, digitando su NIT, su digito de verificación y su CONTRASEÑA, la cual encontrará adherida en la parte superior de esta circular.”
Así mismo, la circular 100-004 de diciembre de 2006 dispuso que esta vez, y a diferencia de lo sucedido en años anteriores, la información de los Estados Financieros 2006 solo deberá acompañarse de dos documentos adicionales, los cuales se pueden suministrar virtualmente si se tiene “firma digital” emitida por CERTICAMARA SA. o en papel si no se posee dicha “firma digital” (consulta un anterior editorial al respecto).
Tales documentos adicionales son solamente la “Certificación de los Estados Financieros” (firmada por Representante Legal, Contador y Revisor Fiscal) y las “Notas a los Estados Financieros”. En consecuencia, no se exige esta vez el suministrar el “informe de gestión de los administradores”, ni el “dictamen del Revisor Fiscal”, ni el “proyecto de distribución de utilidades”, aunque se aclara que en un momento posterior sí pueden llegar a ser exigidos.
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me alegra encontrar una pagina muy completa de una ayuda muy importante para los contadores.
muchas felicitaciones
De manera muy precisa y veraz se presenta la información que es util para nuestras actividades contables.
Mis respetos por esta pagina fenomenal, me desempeño empiricamente enta rama, soy muy inquieteo en el tema, en este momento tengo una inquietud de ser posible con la ayuda de usteds me gustaria saber en un archivo de excel como hago para darle una contraseña esto con el fin no se pueda copiar, es una archivo que hice basado en un original impreso de un impuesto municipal, que este archivo no se pueda piratear.
gracias
pablo quevedo
Si estamos hablando de los plazos para la entrega de la información a Supersociedades correspondiente a los estados financieros del 2007. Por qué hacen relación a los plazos que se fijaron para la entrega de la información del 2006, es decir la que se debió presentar en el 2007?
En el dia de hoy quiero agradecerles por ofrecer esta herramienta tan util para las personas que de una u otra manera nos desempeñamos en areas relacionadas con la contabilidad.
Espero que continuen con su grandiosa labor, y para todos un gran dia