Durante el presente mes de diciembre de 2006, y según lo establece la norma vigente contenida en el art.386 del ET, los empleadores que apliquen a sus trabajadores el método de retención en la fuente conocido como “procedimiento 2” deberán entrar a definir cual es el “porcentaje fijo de retención en la fuente” aplicable durante el primer semestre del año 2007.
Frente a ello, es muy importante que tales empleadores tengan presente que al momento de definir dicho “porcentaje fijo de retención en la fuente”, la “tabla” en la cual han de buscar el “salario promedio gravable” de los últimos 12 meses anteriores (dic de 2005 a noviembre de 2006) será la “nueva tabla” que regirá dentro del nuevo artículo 383 modificado por el Congreso de Colombia en la reforma tributaria que aprobó en las pasadas sesiones de dic.11 y 12 de 2006 (nota: a la fecha en que se escribe este editorial, solo hacía falta la respectiva sanción presidencial del texto aprobado por el congreso para que el mismo quede convertido en “ley”).
Lo anterior se sustenta en lo indicado por el artículo 1 del DR.1809/98 el cual indica que :
“Para efectos de calcular el porcentaje fijo de retención en la fuente sobre salarios y demás pagos laborales, cuando el agente retenedor opte por el procedimiento 2 de retención establecido en el artículo 386 del Estatuto Tributario, se deberá aplicar la tabla correspondiente al año gravable en el cual se debe efectuar la retención”
(el subrayado es nuestro)
En efecto, en el artículo 23 del texto de reforma tributaria aprobada por el congreso, se dispuso lo siguiente:
“Artículo 23. Modificase el artículo 383 del Estatuto Tributario, el cual queda así:
“Artículo 383. Tarifa. La retención en la fuente aplicable a los pagos gravables, efectuados por las personas naturales o jurídicas, las sociedades de hecho, las comunidades organizadas y las sucesiones ilíquidas, originados en la relación laboral, o legal y reglamentaria, será la que resulte de aplicar a dichos pagos la siguiente tabla de retención en la fuente:
TABLA DE RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA INGRESOS LABORALES GRAVADOS
| Rangos en UVT | Tarifa Marginal | Impuesto | |
| Desde | Hasta | ||
| >0 | 95 | 0% | $0 |
| >95 | 150 | 19% | (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos
95 UVT)*19% |
| >150 | 360 | 28% | (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos
150 UVT)*28% más 10 UVT |
| >360 | En adelante | 33% | (Ingreso laboral gravado expresado en UVT menos
360 UVT)*33% más 69 UVT |
Parágrafo. Para efectos de la aplicación del Procedimiento 2 a que se refiere el artículo 386 de este Estatuto, el valor del impuesto en UVT determinado de conformidad con la tabla incluida en este artículo, se divide por el ingreso laboral total gravado convertido a uVT, con lo cual se obtiene la tarifa de retención aplicable al ingreso mensual.
Parágrafo Transitorio. Para el año gravable 2007, la tarifa a que se refiere el último rango de esta tabla será del treinta y cuatro por ciento (34%).”
(el subrayado es nuestro)
Como se observa, al aplicar esa nueva tabla, el panorama cambia totalmente en comparación con el que se venía aplicando hasta el presente año 2006 pues hasta la fecha se venía usando una tabla, con valores absolutos en pesos, y con cerca de 128 rangos distintos para los cuales se podían definir también 128 “porcentajes fijos distintos (ver la tabla que rigió durante el 2006 según lo dispuesto por el decreto 4713 de dic. de 2005).
Pero ahora, según la nueva tabla, ya no se habla de valores absolutos en pesos, sino de valores en “UVT”. Además, ya no se manejarán los 128 rangos y los 128 tarifas de la anterior tabla, sino solamente 4 rangos con solamente 4 “porcentajes fijos” posibles.
Aunque en el texto de reforma aprobado por el congreso se dispuso que los valores absolutos que se venían manejando en las normas del ET quedarán convertidas todas en términos de UVT (Unidad de Valor Tributario), y se dispuso que ese valor de cada UVT, por el año 2006, es de $20.000 (ver artículos 50 y 51 del texto aprobado), será necesario que la DIAN recalcule ese valor del “UVT” en su aplicación para el año 2007 y así poder convertir en valores absolutos las UVT de que trata ahora la tabla del nuevo artículo 383 (eso lo hará en el decreto de fin de año 2006 que está próximo a salir).
Además, aunque el texto aprobado por el congreso para el artículo 383 del ET mostraría que el último rango de la tabla tendría un porcentaje aplicable del “33%”, debe leerse lo que el parágrafo transitorio de ese mismo artículo 383 dispuso. En dicho parágrafo transitorio se dispuso que :
“Para el año gravable 2007, la tarifa a que se refiere el último rango de esta tabla será del treinta y cuatro por ciento”
Tomando en cuenta esos dos aspectos antes comentados (actualización del UVT para el 2007, y aclaración del porcentaje aplicable para el último rango de la tabla), los empleadores podrán definir cuál será el porcentaje fijo por retención en la fuente que aplicarían a los salarios gravables de sus trabajadores sometidos al procedimiento 2 durante el primer semestre de 2007.
Nótese que el parágrafo del nuevo artículo 383 dispuso algo muy importante para los empleadores que utilicen el procedimiento 2 de retención en la fuente. Siguiendo las instrucciones allí dadas, un ejemplo de cómo se definiría el “porcentaje fijo de retención en la fuente” para el semestre enero-junio de 2007 sería:
Si suponemos que el UVT para el año 2007 tendría un valor de $21.000, y que el salario gravable promedio de un trabajador en los meses de dic de 2005 a nov de 2006 arroja un total de $8.000.000, en ese caso se tendría que proceder de la siguiente manera:
Recibe semanalmente la información Contable y Tributaria más actualizada.

Qué sómos, qué debemos cambiar y cuál es el futuro, son algunos de los interrogantes que plantea el Presidente de la Junta Central de Contadores, Dr. Luis Alfonso Colmenares en esta conferencia donde la Ética y las problemáticas de la Profesión son temas tratados a fondo. De la misma manera se aclaran muchas de las dudas que nos surgen a los profesionales de la Contaduría Pública en Colombia, sobre el futuro y las dinámicas de trabajo.
¿Cómo interpretar el Mercado de Capitales en Colombia?
Conferencista: Jose Arbey Maldonado
Nueva Ley sobre Facturación (Ley 1231 de Julio de 2008) y otras normas relacionadas
Conferencista: actualicese.com (Dr. Diego Hernán Guevara M.)
Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Conferencista: Dr. Joser Arbey Maldonado
Gobierno Corporativo: una perspectiva de control empresarial innovador
Conferencista: Victor Abreu
5 Oportunidades Económicas para el Contador Público en la Industria del Conocimiento
Invitados: Orlando Rincón, Carlos Lián, Juan Fernando Zuluaga
Foro: Propuesta de Tabla de Honorarios Profesionales para Contadores Públicos
Invitados: Dr.Omar Montilla, Dr. Harold Edgar Perea
Duración: 30 minutos
pido que me llegue el valor del uvt que expide la dian a mi correo para poder entender la forma como deducen el rango y demas
QUISIERA SABER SI SE LE SIGUEN HACIENDO LOS RESPECTIVOS DESCUENTOS POR CORRECCION MONETARIA Y ESTUDIO PARA HALLAR EL VALOR A DESCONTAR POR VALOR DE RETENCION EN LA FUENTE SALARIOS
EN CUANTO AL REGLAMENTO INTERNO QUE DEBEN ELABORAR TODAS LAS ENTIDADES PUBLICAS QUISIERA SABER SI LAS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS COMO LA ESE DE IGUAL FORMA LO DEBEN ELABORAR, Y SI LO RIGEN LA MISMA FECHA EJEMPLO ASESORO UNA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO (ESE)
Para este tema en especifico tiene la tabla en excell completa con todos los pasos para sacar la liquidación final.
Tengo esta duda:
necesito saber las bases de retencion y porcentajes a aplicar a los pagos durante el año 2007 y en especial el de rendimientos financieros
Quisiera que elaboraran un ejemplo con los dos métodos para saber cual será el ,étodo más beneficiosos para los trabajadores gracias
Buenos dias,
Serian tan amables y me informan si para la disminucion de la base de retencion sigue aplicando el valor de los intereses y/ correccion menetaria o la salud y educacion, en tal sentido hasta que montos y que decretos lo reglamentan, gracias
Jaime Triviño
Este ejemplo habla de como se calcula el Porcentaje Fijo de Retencion en la fuente es decir procedemiento 2 … y como se aplica ahora el procedimiento 1 para la nueva tabla??? y como se manejan los valores deducibles tambien se pasan a UVT??? o ya no existen los deducibles….
El valor de la UVT , quedo establecido en la resolución 15652 dic-28-06. Para este año es de $ 20.974
Por favor, una segunda parte de este articulo, teniendo en cuenta el nuevo valor de la UVT y ratificando el procedimiento.
Ojala con ejemplos del primer y del cuarto rango.
quiero saber si para el 2007, ha tabla de retencion en la fuente para pagos varios
Para hallar la UVT, aplicable para hallar el porcentaje de retención aplicable de enero a junio de 2007, se debe hacer antes la depuración? es decir haber restado aportes pensionales, fondos voluntarios y el descuento del 25%??? sobre la base gravable???
quiero saber si se deduce como en años anteriores, lo cancelado por salud y educación o interese de vivienda y correción monetaria antes de calcular el % de rentención en la fuente sobre salarios
Por favor me podrían confirmar los siguientes ítem:
1. Los aportes a pensión obligatoria y voluntaria se deben segir tomando en cuenta hasta un 30% o no se toman en cuenta para el nuevo cálculo de porcentaje fijo de retención ?
2. Se debe tomar la exención del 25% ?, esta exención si se va a tomar en cuenta tendría tope, cuál sería ?
3. Los deducibles por vivienda o salud y/o educación se seguirán tomando en cuenta ?, cuál será el tope del deducible de vivienda de seguirse aplicando ?
Muchas gracias,
Gustavo, me gustaría saber si te resolvieron tus dudas consignadas, pues deseo saber si una persona puede hacer aportes extralaborales un Fondo de Pensión para tener el máximo del 30% de INCRniGO.
Gracias
Quisiera que por favor me indicaran que puedo deducir del salario para tener la base gravable y aplicar la tabla, igualmente me gustaría tener datosde los dos metodos para saber la aplicacion de las dos.
Mil gracias
APRECIADOS COLEGAS: SOY CONTADOR PUBLICO CON ESPECIALIZACIONES EN IMPUESTOS (1) Y EVALUACION SOCIOECONOMICA DE PROYECTOS (2), ESTUDIOS REALIZADOS EN LA UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA.
EN LA ACTUALIDAD VOY A REALIZAR EL SEGUNDO SEMESTRE DE LA ESPECIALIZACION EN REVISORIA FISCAL, EN LA MISMA UNIVERSIDAD.
ESTOY MUY INTERESADO EN CONTACTAR A PERSONAS
NATURALES Y/O JURIDICAS QUE TRABAJEN CON EL TEMA DE LOS BONOS PENSIONALES: BUSCO UN PROGRAMA, DOCUMENTO,FOLLETO, LIBRO, ARTICULO QUE EXPLIQUEN DETALLAMENTE OJALA CON EJEMPLOS PRACTICOS EL CALCULO ACTUARIAL DE LOS BONOS PENSIONALES.
Y LO MAS IMPORTANTE PODER COMPRENDER LA APLICACION DE LAS FORMULAS MATEMATICAS.
OJALA ESTE MENSAJE SEA TRANNSMITIDO LA DOCTORA
CECILIA VALENCIA HERNANDEZ, PRESIDENTE EJECUTIVA DE FESOVALLE Y A LAS PERSONAS QUE QUIERAN COLABORARME CON DICHO OBJETIVO.
FAVOR CONTACTARME POR CORREO ELECTRONICO, ASI:
hernandovelez@geo.net.co
LES AGRADEZCO MUY SINCERAMENTE POR LA COLABORACION QUE PUEDAN PRESTARME HACIENDO CONOCER MIS INQUIETUDES.
SEGUIRE CONSULTANDO DIARIAMENTE VUESTRA PAGINA
LOS TEMAS AFINES A NUESTRA PROFESION
MUCHAS GRACIAS A TODOS USTEDES !
Por favor me podrían confirmar los siguientes ítem:
1. Los aportes a pensión obligatoria y voluntaria se deben segir tomando en cuenta hasta un 30% o no se toman en cuenta para el nuevo cálculo de porcentaje fijo de retención ?
2. Se debe tomar la exención del 25% ?, esta exención si se va a tomar en cuenta tendría tope, cuál sería ?
3. Los deducibles por vivienda o salud y/o educación se seguirán tomando en cuenta ?, cuál será el tope del deducible de vivienda de seguirse aplicando ?
Muchas gracias,
Ejemplo: para aplicar el % fijo cuando utilizo el procedimiento 2, teniendo en cuenta la nueva tabla de Retencion en la Fuente.
Gracias marla
Por favor escribierme lo mas pronto posible.
QUISIERA SABER SI LAS UVTS RESULTANTES, SE DEBEN USAR CON DECIMALES O REDONDEAR A LA UVT USANDO EL REDONDEO MATEMATICO.
CUAL ES EL VALOR DE LA UVT PARA ESTE AñO
Yo quiero saber si las deducciones siguen igual. Los aportes a pensiones voluntarias, cuentas AFC, el 25% de exención, los gastos de representación en el caso de los profesores y las deducciones en salud y educaciòn como las de corrección monetaria.
Muchas gracias
El ejemplo nos explica de como se calcula el Porcentaje Fijo de Retencion en la fuente para el procedemiento 2 … pero no explica como se aplica ahora el procedimiento 1 para la nueva tabla? y como se manejan los valores deducibles tambien se pasan a UVT?
Hasta hoy vengo a conocerlos a ustedes,de verdad me parece excelente lo que he leido aquí, su manejo y demas.
! FELICITACIONES !
Buenos dias…Mi preguntas es: en el simulador para liquidar la retfte.sobre salarios recibidos de la emrpesa , esta incluido el descto.
del 25% exento de impto? Y otra cosa, para sacar la base neta deduzco la pension voluntaria, tambien puede deducir lo correspondiente a pagos por salud, vivienda ?
Yo soy profesora en un colegio y dentro del programa está la nómina: deseo saber si las deducciones siguen igual: total devengado menos aportes a pensiones voluntarias multiplicado por el 75%
Buenos dias
quisiera que ustedes me realicen el calculo de la retefuente, pues creo que me estan descontando mas de lo establecido. Mi salario fijo es $3.357.000. El año pasado realice pagos por medicina prep por $1.353.519. El descuento que me estan haciendo es de $124.000 por retefuente
muchas gracias
Buenas tardes, deseo saber cual es el monto maximo que se puede descontar los intereses de vivienda para el calculo de retencion en la fuente.
GARCIAS ME AYUDARON CON LA TAREA SU PAGINA ES MUY COMPLETA
Quisiera saber como se calcula la retención para salario integral…. gracias
dar una tabla mas entendible para los jovenes
Quisiera preguntar sobre los siguientes temas:
Una empresa que presta su servicio de adminitracion a vehiculos de transporte publico es decir el cliente da su vehiculo y la Empresa se encarga de administraselo que porcentaje de iva debemos calcular y cual seria igualmente el % de rte fte.
El iva por venta de vehiculos automotores nuevos y usados cual seria el Gral?.
Cuando la empresa se dedica a la venta de inmuebles para recibir una retribucion pactada como maneja el iva ?
Gracias por su colaboracion
me podrian informar cuanto es la retefuente par servicios prestados por tecnologos, tengo entendido que es el 6% y a profesionales es el 10% . gracias